SUPERSERVICIOS-Resolución 20171300039945

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios

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Detalles

Título
SUPERSERVICIOS-Resolución 20171300039945
Autor
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
—

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DECNJDAE

S E)lV

·¡ JCJO SupersVel Ci lOSs 5 Dot,11c.1L1., Rro 111111111111111111111 111II111 I11 Superintendenecrviicaí os PúbliDcoomsi ciol.5ia :c,,,., J,;c ,•,"fi \ ., . '

J.SADOP Olfi

GD-F-008 V.9

Página 1 de 49 RESOLUCNIoÓS.NS P-D2 01713000D3E9L29 84150 312017 "Por la cual se derogan parcialmente la Resolución No. 20101300048765 del 14 de SSPO diciembre de 2010 y la.Resolución del 23 de mayo de 2013, y se SSPO 20131300008055 establecen los requerimientos que deben surtir los prestadores de servicios públicos domiciliarios ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para el reporte de información relacionada con la metodología tarifaría para acueducto y alcantarillado definida en la Resolución CRA 688 de 2014, modificada, aclarada y adicionada por la Resolución CRA 735 de 2015." . , •• : ·._ ,_.• :·<'.:fi·.: _¡: .. _- .. · ,. . _,·.,-. :.·r - ,.

  • i -ELS UPERINTENDDEESN ETREV ICPIUOBSL ICDOO$M ICILIARIOS En ejercicio de sus facultades legales y en particular las conferidas por el artículo 79, numerales 4 y 22 de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 13 de la Ley 689 de 2001, así como las

señaladas por el artículo 14 de la Ley 689 de 2001 y, CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 y en el numeral 79.4 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, modificado por los artículos 13 y 14 de la Ley 689 de 2001, corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios - SSPD, establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Único de Información - SUI, que se surtirá de la información proveniente de los prestadores de servicios públicos sujetos a su control, inspección y vigilancia; Que el numeral 79.22 ídem, dispone que es función de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el SUI; . ' Que el Sistema Unico de Información , SUI tiene dentro de sus propósitos principales servir de base a la Superintendencia - de Servicios Públicos Domiciliarios para el cumplimiento de sus funciones de control, inspección ..Y vigil¡¡ncia, así como de las funciones asignadas a los ministerios y demás autoridades que tengan competencia en el sector de los servicios públicos de que tratan las Leyes 142 y 143 de 1994; . . Que el artículo 15 de la_ Ley_ 142_ de 1994 establece quienes pueden prestar los servicios públicos dorniciliariós1'y :pór.tántó•son cón$iderados sujetos obligados;

Que conforme a lo previsto en la Resolución No. SSPD 321 de febrero de 2003, la información, una vez reportada por parte del prestador del servicio al SUI, se considera oficial para todos los fines previstos en la Ley; Que mediante Circular No. SSPD 001 de enero de 2006, la Superintendencia de Servicios Públicos reiteró a los prestadores de servicios públicos la responsabilidad por la calidad de la información suministrada al SUI, máxime cuando es información reportada al Estado colombiano; o.e., Carre1r8Na . 8º4 -3-B5o gotá Colomb-icaó dipgoos t1a1l0:2 21 NIT8:0 0.250.984.6 PBX( 16)9 13 005F-ax( 16)9 13 14-2C orrTeeor ritorial Línedaea tenc(i1ó6)n9 13 00B6o gotá Línegar atuniatcai o0n1a8 l0 0901 0 30 5 www.superservicios.gov.co - sspd@superservicios.gov.co !i{dP!¡J'1Il'i"fB.;;)F.J',C!A DE SEl:V!ClOS 1 20171300039945Página 2 de 49 P·u"L'"·1---:: fi011,q .r¡¡.¡ 11 !"!-r-- f..; •"-····-· l-'. ·•·.•••. ._,.,. .1 . Continu fia fi _ó fi:fifi,,lfi,tfi_:. 1, ._}ó :fi:-1 } · .:'-,;; 1 :r-· , _ -fi;.fi· ·;. . . :\¡¡,,

. • '•l · -·•' • •' -',,· •• -; ,,,, .. ' . -· , • ·· ·-Í ' Que la SSPD expidió la ResoluCiQn;/3.QJ)'l.Pllator_ia nú ero SSPD 201 01300048765 del 14 de 0 diciembre de 201 O, mfidiante la cJalcsefiala cuáles'.son1as's01icitudes de información que deben reportar al Sistema Unico de Información -:- SUI, los· prestadores de los seryicios públicos domiciliarios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo;· Que posteriormente, la Resolución SSPD N. 20131300008055 del 23 de mayo de 2013, modificó algunos apartes del Anexo de la Resolución Compilatoria número SSPD 20101300048765 de 201 O; Que mediante Resolución CRA 688 de 2014, modificada, adicionada y aclarada por la Resolución CRA 735 de 2015, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico expidió el Marco Tarifario para los servicios de acueducto y alcantarillado aplicable a personas prestadoras que atienden más de 5.000 suscriptores en el área urbana; Que en consecuencia, se hace necesario realizar modificaciones a varios de los formatos y formularios del SU I en el sentido de ajustarlos a las exigencias contenidas en la nueva metodología tarifaria para grandes prestadores de los serv1c1os públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado. Que por lo expuesto, RESUELVE: Artícpurliom eÁrmob.i dteoa plicación.

La presente resolución aplica a los prestadqres de.,los., servicios ',públicos ..d .on;iiciliarios de 688. acueducto y alcantarillado que se encuentrfih s' üj(itófi,:i )Ía, Resbíüci6ri ,CRA de 2014, modificada, adicionada y aclarada por la Res.. o lución CRA 7 .35 de 2015. . . ' . . ' ' ' • · : • , · .. Artícsuelgou ndOob.j eto 1 . . . . . • . ' _ ,_ ' ' ' Reglamentar el reporte de información comercial al :sistema Unico de Información - SUI que ' < • • deben efectuar los prestadores de los servicios públiccs· domiciliarios a los que les aplica la presente resolución. Artíctuelroc eFroor.m ulafroiromsa,yt a opsl icadteri evpoo dreti en formatcairóinfd aer ía acueduyca tloc antarillado. Hacen parte integral de esta resolución los siguientes: , Anexo No. 1, mediante el cual se definen los módulos del Sistema Unico de Reporte de Información de Cálculo Tarifario - SURICATA . Anexo No. 2, mediante el cual se relacionan los formatos y los formularios necesarios para el reporte de información de la aplicación de la metodología tarifaria de acueducto y alcantarillado, los cuales son de obligatorio cumplimiento para todos los prestadores que se encuentren bajo el ámbito de aplicación. Los mencionados formularios y formatos son: 1 . 1. 1.2 1.3 1 .4 1 .5 1 .6

1. 7 1 .8 1 . 9

Facturación acueducto. Facturación alcantarillado. . Información comercial acueduc_ to y alcantarillado . Refacturación acueducto. . . . , .. ., Refactuarlaccainótna r _ . .i .l ., , .._ l . ... : 1·a •. - 1'.-}d :'l.\o .\ . .l(-. /fi. : . , :.,, !, i.' 'ti, 01"!.' . :..:.:l , ? ..,i fit ;·,./ e, .fi: •i ,S • -h , -° .i , .; i:- •fi , ,' -: ..fi !--,. r , · ': , , -fi:,:.¡; ' r"/ ' · - _ ·;:n, ·,, ' Facturas por estrato en PDF ac uedu'cf o:. • ,' ·: _ ,, ,:,.,; ''' · ; ._ : . Facturas por estrato en PDF alcantarillad.o. . Información funcionamiento fondo de solidaridad .y redistribucion de ingresos acueducto. Información funcionamiento fondo de ::'solid . aridad y redistribucion . de ingresos alcantarillado. : ,. : ' 1 .1O Discontinuidades mensuales por ruta de lectura:•· _ , . 1.11 Formulación devoluciones por cobros no autorizadqs,- • ·

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_ www.superservicios.gov.co - sspd@superservicios.gov.co ,. . .. 20171300039945Página 3 de 49

  • r: 0 :: :m : _ JNTEND:. ;; fi:=¡.; ; .E , 1;:; , c ::: 1 fi A :-; D ;; E ;- s ;; s ;i ;, v ; c1 ; os1 os 1

Continuación de la resolución P U B L I C O fi _ D o r_ \, ' ( ] L l . ; ! H O S ¡ ,_A ,...fi .. .r.E -- -r _, , . , . . . ;1' ' ···•-..........- - · 1 .12 Ejecución devoluciones por cobros no autorizados. ---·----·-·1REVISADO Poiz 1.13 Información régimen de calidad y descuentos. 1 .14 Devoluciones por calidad y descuentos para los servicios e acDecJUCto y alcantarillado. 1.15 Definición del nivel económico de pérdidas. 1 .16 Plan de Obras e Inversiones Regulado - POIR. 1.17 Auto-declarafión de las inversiones planteadas y ejecutadas incluidas en los planes de inversión-de ios estudios de costos establecidos con base en la resolución CRA 287 de 2004. 1.18 VIDif287 Valor por cobrar del activo j, diferente al valor de las inversiones ejecutadas a partir de los planes de inversión de la Resolución CRA 287 de 2004. 1.1 9 Información geográfica de áreas de prestación de servicio de acueducto. . 1.20 Información geográfica de áreas de prestación de servicio de alcantarillado. Articulo cuarto. Reporte de información. . ; , . . ' . ' - · fi ... - :, , : : . .· ., ; •_ _ ' · ,,· · . . . • i : , . Los prestadores de·servitios· •públicos domiciliarios deberán reportar la información requerida con la calidad establecida en la presente resolución y en los plazos determinados en el Anexo No. 3.

Parágrafo primero. En caso de requerir modificación o actualización de la información cargada en el Sistema Único de Reporte de Información de Cálculo Tarifario - SURICATA, los prestadores de servicios públicos domiciliarios deberán presentar solicitud escrita firmada por el representante legal o su suplente que se encuentren registrados en el Régistro Único de Prestadores - RUPS, y seguir el procedimiento descrito en la Resolución SSPD "establece los lineamientos del 20121300035485 del 14 de noviembre de 2012 que procedimiento de atención de solicitudes de modificación de información reportada al Sistema Único de Información (SU/) ... " o la norma que la modifique, adicione o sustituya. Una vez efectuada la modificación y/o actualización, el prestador procederá con la certificación de la información, previa revisión y validación por parte de la Superintendencia.

  • • Parágrafo segundo.

En caso de requerir habilitación de costos inferiores en el Sistema Unico de Reporte de Información de Cálculo Tarifario - SURICATA, los prestadores deberán presentar solicitud escrita firmada por el representante legal o su suplente que se encuentren registrados • en el Régistro Unico de Prestadores - RUPS y anexar la respuesta de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111 de la Resolución CRA 688 de 2014. Articulo quinto. Derogatoria . en relación con el régimen aplicable a los prestadores obligados a cumplir la metodología tarifaría contenida en la Resolución CRA 688 de 2014,

modificada, adicionada y aclarada por la Resolución CRA 735 de 2015. ' . La presente resolución deroga todas las ,normas que le sean contrarias para el reporte de infcirrriación .al SU!: por parte' de {os· 'prestadorés sujetos a la Resolución CRA 688 de 2014, modificada, adicionada y aclarada por la Resolución CRA 735 de 2015, en particular los formatos y formularios definidos en los artículos del anexo de la Resolución No. SSPD 20101300048765 del 14 de diciembre de 201O que se relacionan a continuación: Artículo 2.3.3.1 Formato Tarifas aplicadas Artículo 2.3.3. Formato Acto de aprobación de tarifas de acueducto Artículo 2.3.3.3 Formato Factura del servicio Artículo 2.3.4.1 Formulario Fondo de solidaridad y redistribución de ingresos Artículo 2.3.4.2 Formato Factores de subsidios y contribuciones Artículo 2.3.4.3 Formulario Subsidios solicitados por estrato al ente territorial Artículo 2.3.4.4 Formato Acto aprobación factores de subsidios y contribuciones Artículo 2.3.5.1 Formulario Centros poblados donde presta el servicio Artículo 2.3.5.2 Formulario Suscriptores proyectados Artículo 2.3.7.1 Formato Facturación acueducto Artículo 2.3.7.7 Formulario Información comercial acueducto Artículo 3.3.3.1 Formato Tarifas aplicadas Artículo 3.3.3.2 Formato Acto de aprobación de tarifas de alcantarillado

2. Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios

www.superservicios.gov.co fi sspd@superservicios.gov.co 20171300039945Página 4 de 49Continuación de la resolución ' .. ·----- fi mi: rei• .:x, - - - A rt1'c u1 o 3 .3 . 3 .3 F ormat o Fa c tu ra de 1 serv1• c1• 0 ¿: . · - . __ f Artículo 3.3.4.1 Formulario Fondo de solidaridad y redistribución de ingresos -•--,:-::::::::::::: • ' , • ,, • • Artículo 3.3.4.2 Formato Factores de subsidios y cé:ÍntribijciÓries· • • · Artículo 3.3.4.3 Formulario Subsidios solicitados por estrato al ente territorial Artículo 3.3.4.4 Formato Acto aprobación factores de subsidios y contribuciones Artículo 3.3.5.1 Formulario Centros poblados donde presta el servicio • • • • • Artículo 3.3.5.2 Formulario Suscriptores proyectados : · - • Artículo 3.3.6 Formato Facturación Alcantarillado • . • Artículo 3.3.6. 7 Formulario Información comercial aicantarillado Además, todos los artículos relacionados en las siguientes secciones: Sección 2.3.1 O Costos y tarifas Sección 3.3.8 Costos y tarifas Artículo sexto. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo

Contencioso Administrativo.

PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE.

GUE ÉNDOZA' : • Superintenden s Públicos Domiciliarios . • .. ,.." . r • . . • '.. . "f < .1 .- .fi/·.: . 1;. .,: . .¡ 'f ../ , ''7 . 1-' ' fi_:/·-'; ' , -,j .i .; . .(1I t_f:: . . ¡ • , .; .l ,·' .;,_1 :,,__ ·_fi -fi:1 ,_t ,;1_ .- .;-ifi:. :·_, ,• .,¡ ;./ ¡_·_,,w ••-·· , .., . . . . ' . ' •• . : i . , • . ' . . '

2. Superintendenciá de ServlCios··,P.úbliCofi Domiciliarios

www.superservicios.gov.co - Sspfi@Superservicios.Qov.co ,,_, , , ,,. . . . ·, 2017130003959d 4e45 9P á¡jina ¡ .,' ,,

  • '.

Continudaelc ari eósno lución Tabla de contenido TABLA DE CONTENIDO ............................................ : ....................................................................S '

1 ANEXO NO. 1. MÓDULOS SISTEMA ÚNICQ DE REPORTE DE INFORMACIÓN DE

.

CALCULO TARIFARIO - SURICATA .............................................................................................. 6

. 1.1 M. ODULDOE C ONFIGUR.A.C.I.O.N. ..........................6. ............................................................. 1.2 M• • ODULDOE C ALCUDLEOS USCRIPT..O.R.E.S. ....................6. .................................................

  • 1.3 M O • DULDOE C ONSUMFOA CTURYAP DEOR DI.D.A.S. ...................6. .......................................... 1.4 MÓDULDOEC OSTMOE DIDOE A DMINISTR-ACCMIA.Ó .N. ..................6.. . ............................... 1.5 MÓDULDOE C OSTMOE DIDOEO PERACIÓN-..C.M.O.,. ................7. ........................................ • ' 1.6 M O. DULDOE C OSTMOE DIDOEI NVERS-IC MOIN.. L. . ....................7. ........................................

. !

17. MODULDOE C OSTMOE DIGOE NERAPDOORT ASAS'AMBI-ECNMTTA. .L.E.S. ......7. ................... 1.8 MÓDULDOE S EPARACDIECÓ ONS TOPSO RS UBSIST.E.M.A.S. .............7. ..................................

2 ANEXO NO. 2 FORMATOS Y FORMULARIOS COMERCIALES DE REPORTE AL SUl .......7 2.1 FACTURACAICÓUNE DU.C.T.O. ..........................................7. .................................................. 2.2 FACTURACAILÓCNA NTARI.L.L.A.D.O. .......................1.4. ......................................................... 2.3 INFORMACCOIMÓENR CAICAULE DUCYAT LOC ANTARI..L.LA.D.O. ...........2.0. ............................. 2.4 REFACTURAACCIUÓEND U.C.T.O. ..........................2.2. ........................................................... 2.5 REFACTURAACLICÓANN TARI.L.L.A.D.O. ........................2..4.. ..... ............................................ 2.6 FACTURPAOSRE STRAETNOP DFA CUEDU.C.T.O. ...................2.5. ......................................... 2.7 FACTURPAOSRE STRAETNOP DFA LCANTARI.L.L.A.D..O.. ....................2.5.. ............................

2.8 INFORMACFIUÓNNC IONAMFIOENNDTDOOE S OLIDARYI RDEADDI STRIBDUECI INOGNR ESOS ACEUDUC.T.O. .....................................................2..5.. ..................................................... ................ 2.9 INFORMACFIUÓNNC IONAMIFOENNDTDOOE S OLIDARYI RDEADDI STRIBDUECI INOGNR ESOS ALCAANRTI Ll>A.,:'.: :.D. . b.'..' .. ..;.. ....-... ........ .........................2.6. ............................................................ 21.0 DISCONTINUMIEDNASDUEASLP EOSRR UTDAE L ECTU.R.A. ......................2..7.. ...................... .. 2.11F ORMULACDIEDÓ ENV OLUCIPOONRCE OSB RONSOA UTORIZ.A..D.O.S. ........2.8. ...................... 2.12E JECUCDIEÓD NE VOLUCIPOONRCE OSB RONSOA UTORIZ.A.D.O.S. ..........2.9. .......................... 2.131 N FORMACRIÉÓGNI MDEENC ALIDYAD DE SCUEN.T.O.S. ..........................3.0. ........................... 2.14D EVOLUCIOPNOERSC ALIDYA DD ESCUENTPOASR AL OSS ERVICDIEO ASC UEDUCYT O ALCANTLALRAI.D.O.. ..............................................3.1. ..................................................................... 21.5 DEFINIDCEILNÓ INV EECLO NÓMIDCEPO É RDI.D.A.S. ..............................3..2.. ......................... 21.6 PLADNE O BRAESI NVERSIROENGEUSLA D-OP ORI. ..................3.3. ..................................... 2.17A UTO-DECLARADCEIL ÓANSI NVERSIPOLNAENST EAYD EAJSE CUTAIDNACSL UIEDNAL SO S

PLANEDSEI NVERSDIEÓL NO SE STUDIDOECS O STOESS TABLECCIODNBO SA SEEN L AR ESOLUCIÓN ' CRA 287 DE 2004 . ....................................................... :.'. ........................................................... 37 2.18V IDIF287,JV,AALCO/RPA OLR C OBRADRE LA CTIVJO,D IFERENATLEV SA LODRE LAS INVERSIEOJNEECSU TAADP AASR TDIERL OSP LANEDSEI NVERSDIEÓL NAR ESOLUCCIRÓAN2 87D E 20044.1 2.19I NFORMAGCEIOÓGNR ÁFDIEÁC RAE ADSE P RESTACDIESÓ ENR VIDCEIA OC UEDUC.T.O. .4.5. ..... 2.20I NFORMAGCEIOÓGNR ÁFDIECÁ AR EADSE P RESTACDIESÓ ENR VIDCEIA OL CANTARI..L4.LA6.D O

3 ANEXO NO. 3 CRONOGRAMA DE REPORTE .....................................................................4 8

. . . • ' · 2.S uperintdeeSn edrevniPccúiibaol Dsio cmoisc iliarios www.superservic-sisopsd.@gsouvp.iecoross .egrovvi.cco 20171300039945Página 6 de 49 Continuación de la resolución ' ' 1 ANEXO No. 1. MÓDULOS SISTEMA ÚNICO DE REPORTE DE INFORMACIÓN DE CÁLCULO TARIFARIO - SURICATA Con el objetivo de obtener la información de los estudio.s de costos calculados por los prestadores de servicios públicos domiciliarios a quienes les aplica la Resolución CRA 688 de 2014, modificada, adicionada y aclarada por la Resolución CRA 735 de 201.5, la SSPD ha desarrollado

un aplicativo de reporte, verificación y vigilancia de la información tarifaría, el cual permite: • El ingreso y autenticación a través del portal web del SUI, utilizando el usuario y contraseña del prestador de servicios públicos domiciliarios para acceder al aplicativo. • El guardado parcial de la información reportada a medida que el prestador de servicios público domiciliario va registrando su estudio de costos. • La navegación en el aplicativo para cargue de información se realiza por servicio, por sistema y por módulo (CMA, CMO, CMI, CMT y contratos de suministro de agua potable y/o • interconexión por subsistema), según corresponda. • La validación de las fórmulas tarifarías. • El despliegue del reporte consolidado de la información reportada. • La apertura del estudio de costos reportado y certificado para correcciones y/o actualizaciones durante la vigencia de la presente Resolución. A continuación se describen los módulos funcionales que conforman la aplicación: 1.1 Módulo de configuración. En esta opción el usuario inicia con la definición de la estructura tarifaría de cada empresa, donde reporta los sistemas, información complementaria, contratos como el conjunto de ·variables que ' determinan el registro de cada sistema. • ' ' 1.2 Módulo de cálculo de suscriptores. Se registra el cálculo de la proyección de suscriptores de acueducto y alcantarillado, indicando el número de suscriptores promedio, suscriptores residenciales, suscriptores no residenciales, así mismo, variables como: viviendas sin servicio, viviendas no facturadas, factores de crecimiento, DACAL, entre otros. De acuerdo con el título 11 capítulo I de la Resolución CRA 688 de 2014

modificada, adicionada y aclarada por la Resolución CRA 735 de 2015. 1.3 Módulo de consumo facturado y pérdidas. Se registra el cálculo del consumo corregido por pérdidas para los serv1c1os de acueducto y alcantarillado, indicando el índice de agua suministrada ISUF, índice de consumo de agua facturada ICUF, índice de pérdidas por usuario facturado IPUF, agua suministrada AS, agua facturada AF, agua producida AP entre otros. De acuerdo con el título 11 capítulo 11 de la Resolución CRA 688 de 2014 modificada, adicionada y aclarada por la Resolución CRA 735 de 2015 ' ' 1.4 Módulo de Costo Medio de Administración - CMA. Se registra la información relacionada con el costo medio de administración para el servicio público de acueducto en el APS de cada uno de los municipios que atiende, el cual se define como la operación de los costos administrativos totales y el número de suscriptores facturados promedio de ano,. Así mismo, se registra la información relacionada con el costo medio de administración para el servicio público de alcantarillado en el APS de cada uno de los municipios que atiende, el cual se define como la operación de los costos administrativos ·totales y el número de:,suscriptores facturados promedio de año i. · ·· • · " • • ·, • ·,,; • ,• . - Lo anterior, de acuerdo con el Titulo IV capítulo I de la Resolución CRA 688 de 2014 modificada, adicionada y aclarada por la Resolución CRA 735 de 2015., ; ••• . • ' .

2. Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios • .,

' www.superservicios.gov.co - sspq@superseryicios:gov.co _ 20171300039945Página 7 de 49 Continuación de la resolución 1.5 Módulo de costo medio de operación - CMO. En esta opción se registra la información relacionada con el costo medio de operación para el servicio público de acueducto en el APS de cada uno de los municipios que atiende, el cual se define como la operación de los costos operativos totales y el consumo corregido por perdidas en i. el año Así mismo, se registra la información relacionada con el Costo Medio de Operación para el servicio público dé alcantarillado en el APS de cada uno de los municipios que atiende, el cual se define i. como la operación de los costos operativos totales y el consumo corregido por perdidas en el año Lo anterior, de acuerdo con el Titulo IV capítulo 11 de la Resolución CRA 688 de 2014 modificada, adicionada y aclarada por la Resolución CRA 735 de 2015. 1.6 Módulo de costo medio de inversión - CMI. En esta opción se registra la información relacionada con el costo medio de inversión para el servicio público de acueducto en el APS de cada uno de los municipios que atiende, el cual se define como la operación de los costos de inversión del año i y el consumo corregido por perdidas i. en el año Así mismo, se registra la información relacionada con el costo medio de inversión para el servicio público de alcantarillado en el APS de cada uno de los municipios que atiende, el cual se define i como la operación de los costos de inversión del año y el consumo corregido por perdidas en el ano,.

Lo anterior, de acuerdo con el Titulo IV capítulo 111 de la Resolución CRA 688 de 2014 modificada, adicionada y aclarada por la Resolución CRA 735 de 2015. 1. 7 Módulo de costo medio generado por tasas ambientales - CMT . . En esta opción se registra la información relacionada con el costo medio generado por tasas . ambientales para el servicio público de acueducto en el APS de cada uno de los municipios que a atiende, el cual se define con referencia la tasa por utilización del agua establecida por la autoridad ambiental, o aquella que la modifique, adicione, sustituya o derogue. • ' . .. ' ,. ' . fiAsí mismo¡ se registra la información . ·del costo medio generado por tasas ambientales para el servicio público de alcantarillado en el APS de cada uno de los municipios que atiende , el cual se define con referencia a la tasa retributiva por la utilización directa o indirecta del agua como receptor de vertimientos puntuales, establecida por la autoridad ambiental, o aquella que la modifique, adicione, sustituya o derogue, y se determinará por separado para los suscriptores con caracterización de los vertimientos. Lo anterior, de acuerdo con el Titulo IV capítulo VI de la Resolución CRA 688 de 2014 modificada, adicionada y aclarada por la Resolución CRA 735 de 2015. 1.8 Módulo de separación de costos por subsistemas. En esta opción se registra la información de los costos de operación, costos de inversión y costos de tasas ambientales desagregados por subsistemas según los contratos que tengan como

proveedor de suministro de agua potable y/o interconexión para la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado. . V Lo anterior, de acuerdo con el Título de la Resolución CRA 688 de 2014, modificada, adicionada y aclarada por la Resolución CRA 735 de 2015. 2 ANEXO No. 2 FORMATOS Y FORMULARIOS COMERCIALES DE REPORTE AL SUI 2.1 Facturación acueducto . ' ' . . ' . ' ' Este form'ato solicita la información. de . facturación que el prestador de serv1c1os públicos domiciliarios liquida por la prestación del _servicio a cada suscriptor mensualmente, y que fue .2 _.S uprei"ntenqdeeSn écrivaiP cúibolsiD coomsi ciliarios www.supreservlcio•s-s.sgpodv@.scuop:e-rservicios.gov.co 20171300039945Página 8 de 49 Continuación de la resolución expedida en el mes de reporte. Igualmente, con el fin de identificar a cada suscriptor, adicional al número de cuenta contrato o NUIS, se solicita el Número Predial Nacional - NPN, el cual corresponde a la identificación del domicilio de cada suscriptor, definido por la autoridad catastral competente. Para aquellos casos en los que el código predial no ha sido homologado al NPN, se deben diligenciar todos los números de la información predial catastral en una sola columna, sin espacios y/o separadores especiales. Si el prestador no emitió facturas durante el mes, debe reportar este formato en el plan de carga de información del periodo con la opción "Formato no aplica" utilizando la causal "No se expidieron

facturas" Si el prestador no emitió facturas durante el mes, debe reportar .este formato en el plan de carga de información del periodo con la opción "Formato no aplica" utilizando la causal "No_ s,e !!Xpidieron . facturas" . , . : . . . . . .. . . . . . ..• .., • ' Para reportar la facturación del servicio público domiciliario de acueducto se debe construir un archivo plano de extensión .csv como se describe a continuación.; e ·-O ' u"' "'- "' ' - c. - e -¡¡; "' - o rn rn "Oou ·"'e -¡¡; - c. '" "' "' "' "O -"' E e"' "' c. -"' "' e "' e"' o 'º e g o _ -u"' - "'- • · -13O ;: e"' "Oe"' -D fi - E o - fi -i" fi fi u"' "' "Oe"' c"' . - u "' e V) "Ow z <(o"o e"' E rn "' c"' o o, . w z <( oo c u e fi E o o, . "O D w z <(o-o rn o c oe"' u o o,. •"O - "O .e-"' "' N fi rn "'- c. e ál E-O z "O a.e o rn e o u"' rn "'- o- "' E 1nrn E"' "' "O- -rnfi u"' "' rn •"O "O '13o "'- c. "' e u"'-O ' - "O1ile "'ufi "' oº - "O13rnfi rn "' o-

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2. Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios

www.superservicios.gov.co - sspd@superservicios.gov.co 20171300039945Página 9 de 49 Continuación de la resolución ,, ' \' , - '' "'- ' ' - "'- ' 1 ' - - -i!! "' "' -fio "' E ü "' e" "' fi o "' "ü ü " e -- - o ·fi - - ü"-' - "' "'- 'O ü oo "'- "' o " =o= o o E o Q,"' "' 'O e E o e,- "', fi ofi "' e "E fi ' o o "' o ü"' e" - e,"', o e 'O ü 'O o "'- ü e ü ü e o ü o e o- '- oN C " 'Oo o - '13 -o fi 'e º - üo fi 'ºe -- - "'- ü" "'fi t o- '" C 'fi"' " " - " -üfi "- "-üfi - "'- "' - "'- - " " "'-' o e Q," Q, " ü 'C o " "-' " '. 'O" .' 'O O "' " fi e 9."o "' fi fi' ' - " ''' fifi <>:' ' - ¡¡,- o :e ü"' E .,'' : ' fi- - fi·"' E fi- ¡¡,- >-"' E ' ·"'" o E "' e o ü- o Q," "- oX fi ' ' ' " '-O Oe o

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Dónde:

1. Número Único de Identificación del Suscriptor - NUIS. Corresponde al número único asignado por el prestador de servicios públicos domiciliarios a cada uno de los suscriptores que componen el catastro de usuarios de los servicios de acueducto y/o alcantarillado. Este número debe ser único e inmodificable y debe presentarse visiblemente en la factura del servicio.

Cuando el prestador considere necesario modificar el NUIS, el representante legal de la prestadora de servicios públicos domiciliarios deberá informarlo previamente a la Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo de la Superservicios. Este número tendrá que homologarse con el antiguo NUID o cuenta contrato y deberá ser el mismo con el que se identifiquen a lo

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