SUPERSERVICIOS- Resolución 20192200020155

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios

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Detalles

Título
SUPERSERVICIOS- Resolución 20192200020155
Autor
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
—

20192200020155 Pági1n1ad2 e 2 28 v.

INFORMACIÓN TÉCNICA

CÓDIGOS DE PARIDAD

FORMATO TP1. Tabla Código de Paridad

Tipo de cargue: Cargue Masivo.

Periodicidad: Cargue Único.

Dato a reportar: Único.

Fecha inicial para reporte: Desde el día 1 del mes siguiente a la aprobación de ingresos por parte de la CREG.

Fecha limite para reporte: Hasta el último día del mes siguiente a la aprobación de ingresos por parte de la CREG.

Descripción: Este formato captura los códigos de circuitos y subestaciones que venían siendo reportados por los operadores de red al SUI, asociándolos con los nuevos códigos asignados por la CREG a las unidades constructivas. Para el cargue de este formato se deberá tener en cuenta

la siguiente estructura: ",I Nro Campo .·1 1 CódiSgUoI 2 CódiCgRoE G

1. Código SUI: Corresponde a los códigos de circuitos y transformadores que venían siendo reportados por los operadores de red al SUI.

2. Código CREG: Corresponde a la codificación establecida por la CREG en la circular 029 del 2018, asociado a los activos o unidades constructivas que se venían reportando en el

SUI. SuperintednedS eenrcviiPacú ibolsiD coomsi ciliarios www.superservici-osss.pgdo@vs.ucpoe rservicios.gov.co 20192200020155 Página 113 de 228

CAPÍTULO TRANSVERSALES -TÉCNICA

FORMATO TT1. Inventario Alimentadores

Tipo de cargue: Cargue Masivo.

Periodicidad: Mensual por Demanda.

Dato a reportar: Demanda.

Fecha inicial para reporte: Desde la certificación del "Formulario El 1. Encuesta de Inventarios".

Fecha límite para reporte: Hasta el día 15 del mes en el que solicitó la habilitación del formato.

Descripción: Este formato captura las variables y características técnicas en relación con la in­ formación de los alimentadores de los Operadores de Red en un periodo de tiempo determinado.

Para el cargue de este formato deberá tener en cuenta la siguiente estructura: " Nre), .-, , Campo 1 Nro 'Campo 1 Código Circuito o Linea 7 Alimentador Radial 2 Voltaje Nominal (kV) 8 Normalmente Abierto 3 Grupo de Calidad Circuito Linea 9 Longitud Cabecera 4 ID Mercado 10 Latitud Cabecera 5 Relé Telecontrolado 11 Altitud Cabecera 6 Cuantos Relés Tiene 12 % Propiedad

1. Código Circuito o Línea: Identificador asignado por el operador de red para cada una de las líneas o circuitos del sistema que opera, de acuerdo con la estructura definida en la circular CREG 029 de 2018.

El código registrado en este campo, debe ser registrado en el formato BRA7. Información General de Circuitos en el Campo IUL y su estado debe ser en" Operación"

2. Voltaje Nominal (kV): Corresponde al voltaje de operación del circuito o línea.

3. Grupo de Calidad Circuito Línea: Corresponde al grupo de calidad asociado al punto donde se encuentra la cabecera del alimentador, de acuerdo con los criterios expuestos en el numeral 5.2.4.1 de la Resolución CREG 015 de 2018. Los valores admisibles para este campo corresponden a los mencionados en la Tabla 8.

4. ID Mercado: Código de Identificación del mercado de comercialización donde se efectuó la venta que se está facturando y que se encuentra registrado en el SUI y publicado en la página SUI, en la columna" Código SUI" del reporte WEB ubicado en el siguiente enlace:

http://www.sui.gov.co/web/energia/reportes/administrativo/mercados-activos

5. Relé Telecontrolado: Hace referencia a la existencia o no de relé de operación remota en la cabecera del circuito. Los valores admisibles para este campo son:

Tabla 69: Relé Telecontrolado Código Descripción 1 Existe relé de operación remota en la cabecera del circuito. 2 No existe relé de operación remota en la cabecera del circuito

6. Cuantos Relés Tiene: Hace referencia al número de elementos de protección y maniobra telecontrolados ylo telemedidos con los cuales cuenta el alimentador, incluyendo los relés en la cabecera del circuito. Cuando en el Relé Telecontrolado el registro es "Existen relé de operación remota en la cabecera del circuito", este campo debe contener el número de relés, de lo contrario, este campo debe ser vacío.

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7. Alimentador Radial: Hace referencia a si el circuito o línea es radial o no.

Un circuito o linea es radial cuando este posee una sola fuente de alimentación que atiende toda la carga del circuito. Se diligencia 1 en el caso que sea radial o un 2 en el caso contrario. Los valores admisibles para este campo son: Tabla 70: Alimentador Radiar Código Descripción

1 El circuito o la línea es radial 2 El circuito o la línea no es radial

8. Normalmente Abierto: Hace referencia a si el circuito o linea es normalmente abierto o no. Se diligencia 1 en el caso que sea normalmente abierto o 2 en el caso contrario. Los

valores admisibles para este campo son: Tabla 71: Normalmente Abierto Código Descripción 1 El circuito o la linea es normalmente abierto 2 El circuito o la linea no es normalmente abierto

9. Longitud Cabecera: Coordenadas geográficas del sitio donde se encuentra la cabecera del circuito, correspondiente a la longitud en grados decimales en el sistema de referencia

MAGNA-SIRGAS oficial del Instituto Geográfico Agustín Codazzi.

10. Latitud Cabecera: Coordenadas geográficas del sitio donde se encuentra la cabecera del circuito, correspondiente a la latitud en grados decimales en el sistema de referencia

MAGNA-SIRGAS oficial del Instituto Geográfico Agustín Codazzi.

11. Altitud Cabecera: Corresponde a la información georeferenciada de la posición donde parte el circuito o línea, en cuanto a altitud en metros sobre el nivel del mar. Máximo dos decimales redondeando en la segunda cifra. 12. % Propiedad: Corresponde al porcentaje de costo total del circuito que es propiedad del operador de red. Valor decimal entre O y 1. Para el cálculo del porcentaje, se debe usar el costo de las unidades constructivas que conforman el circuito, para diligenciar este campo no debe usarse la convención de la Tabla 6.

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FORMATO TT2. Inventario Transformadores

Tipo de cargue: Cargue Masivo.

Periodicidad: Mensual por Demanda.

Dato a reportar: Demanda.

Fecha inicial para reporte: Desde la certificación del "Formulario El1. Encuesta de inventario".

Fecha límite para reporte: Hasta el día 15 del mes en el que solicitó la habilitación del formato.

Descripción: Este formato captura las variables y características técnicas que debe cumplir el formato, en relación con la información de los transformadores de los Operadores de Red en un periodo de tiempo determinado. Para el cargue de este formato deberá tener en cuenta la si­ guiente estructura: Nro !.ampo íÍi.. - 1 Código Transformador 2 Grupo de Calidad -Transformador 3 ID Mercado 4 Capacidad del Transformador (KVA) 5 Propiedad (SIN) 6 Tipo de Subestación

7 Longitud 8 Latitud 9 Altitud 10 Estado 11 Fecha Estado 12 Resolución metodología

1. Código Transformador: Identificador asignado por el Operador de Red para cada uno de los Transformadores.

El campo Código de transformador debe estar registrado en el formato BRA 11. Unidades Constructivas de Transformadores de Distribución - Después de 015, en el campo IUA (aplica para los que son después de 015.) Para el caso de los transformadores puestos en operación luego de aprobado el plan de inversiones por parte de la CREG, este código corresponderá al Identificador Único del Activo (IUA) del transformador.

2. Grupo de Calidad -Transformador: Corresponde al grupo de calidad asociado al punto donde se encuentra el transformador, de acuerdo con los criterios expuestos en el numeral 5.2.4.1 de la Resolución CREG 015 de 2018. Los valores admisibles para este campo

corresponden a los mencionados en la Tabla 8.

3. ID Mercado: Código de Identificación del mercado de comercialización donde se efectuó la venta que se está facturando y que se encuentra registrado en el SUI y publicado en la página SUI, en la columna " Código SUI" del reporte WEB ubicado en el siguiente enlace:

http://www. sui .g o v. co/web/energ ia/reportes/adm inistrativo/mercados-activos

4. Capacidad del Transformador (KVA): Corresponde a la capacidad del respectivo trans­ formador de distribución especificada en KVA.

5. Propiedad (Si/No): Hace referencia a si el transformador es propiedad del operador de red o no. Los valores admisibles para este campo corresponden a los mencionados en la

Tabla 50. Superintendencia de SeNicios Públicos Domiciliarios www.superseNicios.gov.co - sspd@superseNicios.gov.co 20192200020155 Página 116 de 228

6. Tipo de Subestación: Corresponde a la clasificación de las Subestaciones presentada en el artículo 23 del RETIE. Los valores admisibles para este campo son:

Tabla 72: Tipo de Subestación Código Descripción 1 Subestación de Patio de Alta y Extra Alta Tensión. 2 Subestación de Alta v Extra Alta Tensión de Tipo Interior 3 Subestaciones de Patio de Distribución de Media Tensión 4 Subestaciones en Interiores de Distribución o en Media Tensión. 5 Subestaciones en interiores de edificación. 6 Subestaciones Tipo Pedestal, Las Cuales Solo se Deben Instalar en Zonas de Circulación Restrinaida. 7 Subestaciones Sumeraibles IPX8 8 Subestaciones Semi Sumergibles o a Prueba de Inundación

9 Subestaciones de Distribución Tipo Poste

7. Longitud: Coordenadas geográficas del sitio donde se encuentra ubicado el transforma­ dor, correspondiente a la longitud en grados decimales en el sistema de referencia

MAGNA-SIRGAS oficial del Instituto Geográfico Agustín Codazzi.

8. Latitud: Coordenadas geográficas del sitio donde se encuentra ubicado el transformador, correspondiente a la latitud en grados decimales en el sistema de referencia MAGNA­

SIRGAS oficial del Instituto Geográfico Agustín Codazzi.

9. Altitud: Corresponde a la información georeferenciada de la posición donde se encuentra ubicado el transformador, en cuanto a altitud en metros sobre el nivel del mar.

1O . Estado: Corresponde al estado en el que se encuentra el transformador. Los valores ad­ misibles para este campo son: Tabla 73: Estado del Transformador Código Descripción 2 En Operación 3 Fue ra de operación En Operación: Se diligenciará este estado si el transformador se encuentra en operación, independientemente si está siendo remunerado mediante cargos por uso o no.

Fuera de Operación: Se diligenciará este estado si el transformador ha salido de opera­ ción.

El reporte de este Campo, solo aplica para los transformadores que cuenten con aproba­ ción de ingresos en metodologías anteriores a la Resolución CREG 015. Lo anterior, se debe a que para los transformadores que cuenten con aprobación de ingresos en la me­ todología CREG 015 y posteriores, el campo estado debe ser reportado con las condicio­ nes del capítulo BRA de esta Resolución en el formato BRA 11 y coincidir con su estado.

11. Fecha Estado: Corresponde a la fecha en que el transformador entró o salió de operación.

El reporte de este Campo, solo aplica para los transformadores que cuenten con aproba­ ción de ingresos en metodologías anteriores a la Resolución CREG 015. Lo anterior, se debe a que para los transformadores que cuenten con aprobación de ingresos en la me­ todología CREG 015 y posteriores, el campo estado debe ser reportado con las condicio­ nes del capítulo BRA de esta Resolución en el formato BRA 11.

12. Resolución Metodología: Corresponde al número de la resolución de la metodología de remuneración de la actividad de distribución con base en la cual el Operador de Red soli­ citó aprobación de cargos para este activo.

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios www.superservicios.gov.co - sspd@superservicios.gov.co 20192200020155 Página 117 de 228 FORMATO TT3. Plan de Trabajos de Reposición o Modernización en Subestaciones -TRMS

Tipo de cargue: Cargue Masivo.

Periodicidad: Anual.

Dato a reportar: Anual.

Fecha inicial para reporte: Desde el día 1 del mes de enero del año correspondiente al reporte.

Fecha límite para reporte: Hasta el último día del mes de enero del año correspondiente al reporte.

Descripción: Este formato captura la información de los TRMS que se programaron en el año. cuyas interrupciones podrán ser objeto de exclusión para el cálculo de los indicadores de calidad del servicio en el SDL, de acuerdo con lo dispuesto en el literal n del numeral 5.2.2 de la Resolu­ ción CREG 015 de 2018. Para el cargue de este formato deberá tener en cuenta la siguiente

estructura: - Nro fi- .. Campo fi llifi -,.

,i,, . 1 IUS 2 Clasificación 3 Código Circuito o Transformador Afectado 4 Fecha de Inicio Afectación 5 Fecha Finalización Afectación 6 Descripción del Trabajo 7 Código del Proyecto

1. IUS: Identificador único de la subestación donde se realizará el TRMS reportado. El campo IUS registrado en este formato, debe estar registrado en el Formato BRA 1. Infor­ mación General de subestaciones en el campo IUS.

2. Clasificación: Corresponde a la clasificación del elemento (Transformador, Circuito) que se verá afectado por las interrupciones generadas a causa de este trabajo. Los valores admisibles para este campo esta definidos en la Tabla 3.

3. Código Circuito o Transformador Afectado: Identificador asignado por el Operador de Red para cada uno de los circuitos o transformadores que se ven afectados por las inte­ rrupciones programadas que trata el literal n) del numeral 5.2.2. de la Resolución CREG 015 de 2018. Este código deberá corresponder con los asignados a estos equipos en los formatos de inventario de transformadores y/o alimentadores.

4. Fecha de Inicio Afectación: Se refiere a la fecha a partir de la cual se tiene programada el inicio de la interrupción por TRMS.

5. Fecha Finalización Afectación: Se refiere a la fecha a partir de la cual se tiene programada la finalización de la interrupción por TRMS.

6. Descripción del Trabajo: Descripción general del trabajo con sus características más importantes.

7. Código del Proyecto: Corresponde al número de identificación del proyecto de inversiones aprobado, asignado por el operador de red.

Soporte Plan: Corresponde al documento PDF del programa completo de actividades incluido en el plan de inversiones referenciado en el literal n del numeral 5.2.2. de la

Resolución CREG 015 de 2018. Este soporte se enviará una única vez cada que la empresa cargue o modifique la información a la que hace referencia este formato, independientemente de la cantidad de trabajos a realizar. Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios www.superservicios.gov.co - sspd@superservicios.gov.co 20192200020155 Página 118 de 228 FORMATO TT4. Ingresos Por Otros Conceptos

Tipo de cargue: Cargue Masivo.

Periodicidad: Anual.

Dato a reportar: Anual.

Fecha inicial para reporte: Desde el día 1 del mes de enero del año correspondiente al reporte.

Fecha límite para reporte: Hasta el último día del mes siguiente del año correspondiente al reporte.

Descripción: Este formato captura la información de los ingresos anuales del Operador de Red por conceptos de respaldo, de migraciones de usuarios a nivel de tensiones superiores y por transporte de energía reactiva en exceso obtenidos durante el año anterior, los cuales serán des­ contados del ingreso del OR durante el año de reporte. Para el cargue de este formato deberá

tener en cuenta la siguiente estructura: Nro Campo 1 ID Mercado 2 Nivel de Tensión 3 IRM ($) 4 1R espaldo ($) 5 IMunts ($) 6 !Reactiva($) 7 !Infraestructura ($)

1. ID Mercado: Código de Identificación del mercado de comercialización donde se efectuó la venta que se está facturando y que se encuentra registrado en el SUI y publicado en la página SUI, en la columna " Código SUI" del reporte WEB ubicado en el siguiente enlace:

http://www.sui.gov.co/web/energia/reportes/administrativo/mercados-activos

2. Nivel Tensión (NT): Nivel de Tensión al que pertenece el usuario. Debe corresponder

exactamente al nivel de los cargos por uso, STR o SOL, que se liquidan en la factura.

3. IRM ($): Corresponde al ingreso anual por otros conceptos para el nivel de tensión regis­ trado en el campo 2, según lo establecido en la Resolución CREG 015 de 2018. 4. !Respaldo ($): Corresponde al ingreso anual por concepto de respaldo de red para el nivel de tensión registrado en el campo 2, según lo establecido en la Resolución CREG 015 de 2018.

5. IMunts ($): Corresponde al ingreso anual por concepto de migración de usuarios a otros niveles de tensión de red para el nivel de tensión registrado en el campo 2, según lo es­ tablecido en la Resolución CREG 015 de 2018.

Si el campo 2 (Nivel de Tensión) es igual a 4, este campo debe venir vacío, de lo contrario debe venir un valor >= O. 6. !Reactiva($): Corresponde al ingreso anual por concepto de transporte de energía reac­ tiva en exceso para el nivel de tensión registrado en el campo 2, según lo establecido en la Resolución CREG 015 de 2018. 7. !Infraestructura ($): Corresponde al ingreso anual por concepto contratos de comparti­ ción de infraestructura pare el nivel de tensión registrado en el campo 2, según lo estable­ cido en la Resolución CREG 015 de 2018. Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios www.superservicios.gov.co - sspd@superservicios.gov.co 20192200020155 Página 119 de 228 FORMATO TT5. Información de Accidente Origen Eléctrico

Tipo de cargue: Cargue Masivo.

Periodicidad: Trimestral.

Dato a reportar: Trimestral Vencido.

Fecha inicial para reporte: Desde dia 1 del mes siguiente a la finalización del trimestre.

Fecha límite para reporte: Hasta el día 15 del mes siguiente a la finalización del trimestre correspondiente del reporte.

Descripción: Este formato captura la información de los accidentes de origen eléctrico de los cuales la empresa se enteró durante el periodo de reporte, con o sin interrupción del servicio de energía eléctrica, que tengan como consecuencia la muerte, lesiones graves de personas (traba­ jadores y/o terceros) o afectación grave de inmuebles por incendio o explosión, de acuerdo con lo establecido en el numeral 9.5 del anexo general de la Resolución MME 90708 de 2013 -Re­ glamento Técnico de Instalaciones Eléctricas -RETIE y es el resultado del proceso de investiga­ ción del accidente de origen eléctrico. Para el cargue de este formato deberá tener en cuenta la

siguiente estructura: _.,. - ,,Nro Cfmpo .. Nr Campo ·' ,'" 41\, .. "é o ·1:1 1 Fuente de Información 16 Tipo de Vinculación 2 Descripción General 17 Tiempo de Vinculación Fecha de la Ultima 3 Fecha de Accidente 18 Habilitación del Trabajador 4 Hora 19 Grado de Escolari dad 5 Código DANE 20 Tipo de Lesión 6 Ubicación 21 Sección o Área de la Empresa Método de Trabajo Utilizado 7 Dirección 22 durante el Accidente Nombre del Procedimiento Utilizado 8 Receptor de la Afectación 23 para el Desarrollo de la Labor

Codificación del Reporte del Accidente de Nombre del Protocolo Utilizado para el 9 Trabajo ante la ARL o codificación suministrada 24 Desarrollo de la Labor por Medicina Leaal 10 Persona Accidentada 25 Origen del Accidente 11 Sexo 26 Causa del Accidente 12 Edad 27 Medidas Tomadas Aplicación del Procedimiento y/o Protocolo 13 Tipo de Identificación 28 para el Desarrollo de la Labor i Actualizacón o elaboración del Procedimiento y/o 14 Número de Identificación 29 Protocolo oara el Desarrollo de la Labor 15 Vinculado a la Empresa 30 Observaciones

1. Fuente de Información: Corresponde a la forma o el canal por medio del cual el prestador se enteró del accidente. Los Valores admisibles para este campo son:

Tabla 74: Fuente de Información Código Descripción 1 Call Center -Telefónico 2 SCADA / Cuadrilla 3 Reporte Autoridad (Policía, Bomberos. Ejercito, Personería, Alcaldía, etc) 4 Reporte Medicina Legal i 5 Demanda Judical 6 Visita de Campo 7 Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabaio. 8 Otro

2. Descripción General: Relatar de forma general en qué consistió el accidente reportado

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios www.superservicios.gov.co • sspd@superservicios.gov.co 20192200020155 Página 120 de 228 donde, como minImo, se indique si existen personas accidentadas, daños a la infraestructura, tipo de afectación, entre otros.

3. Fecha de Accidente: Corresponde a la fecha en la que ocurrió el accidente.

4. Hora: Hora en la que ocurrió el accidente, debe ser considerada en formato de hora militar.

5. Código DANE: Corresponde a la información del lugar en el que ocurrió el accidente, según la codificación dada por el DANE a la división político-administrativa de Colombia, con la siguiente estructura: DDMMMCCC, donde "DD" es el código del departamento, "MMM" corresponde al código del municipio y "CCC" corresponde al centro poblado. Para los casos en los que no aplique el centro poblacional se debe diligenciar 000.

6. Ubicación: Se debe indicar si el accidente tuvo como ubicación una zona rural dispersa, sector urbano o centro poblado. Los valores admisibles para este campo corresponden a los mencionados en la Tabla 9.

7. Dirección: Corresponde a la descripción de la ubicación de ocurrencia del accidente con referencia a la nomenclatura asignada por las autoridades municipales en los casos en que sea posible. Los valores de referencia para este campo corresponden a los mencio­ nados en la Tabla 1 O.

8. Receptor de la Afectación: En este campo se debe indicar los receptores directos de la afectación causada por el accidente. Los valores admisibles para este campo son: Tabla 75: Receptor de la Afectación

Código Descripción 1 Persona(s) 2 Animal(es) lnmueble(s) (siempre y cuando estos hayan 3 sido gravemente afectados ya sea por un incendio o exolosiónl 4 Otros Si se selecciona el valor admisible 2, 3 o 4, los campos 9 al 20 no se deben diligenciar.

9. Codificación del Reporte del Accidente de Trabajo ante la ARL o codificación sumi­ nistrada por Medicina Legal: Corresponde al código del reporte informado por la ARL

del accidente de trabajo, o el código suministrado por Medicina Legal del reporte del ac­ cidente del tercero (persona ajena a la empresa) teniendo en cuenta lo establecido en el numeral 9.5 del anexo técnico del RETIE. Dado el caso que la empresa no cuente con este código, el presente campo se diligenciará con valor cero (O).

10. Persona Accidentada: Corresponde al nombre completo de la persona accidentada.

11. Sexo: Corresponde al sexo de la persona accidentada. Los valores admisibles para este

campo son: Tabla 76: Sexo Código Descripción 1 Femenino 2 Masculino

12. Edad: Corresponde a la edad en número de años de la persona accidentada.

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios www.superservicios.gov.co - sspd@superservicios.gov.co 20192200020155 Página 121 de 228 CorrespaolnC dóed idgeotl i pdoei dentifdiecl aapc eirósno na

13. Tipo de Identificación: accidenLtoasvd aal.o raedsm isipbalreeass t cea mpsoo n:

Tabla 77: Tipo de Identificación Código Descripción 1 Cédula 2 Tarieta de Identidad 3 Pasaporte 4 Cédula de Extranjería 5 Otro 6 N.N Nota 1: Sie ne lc amp1o3 s es elecceilvo anlaao drm isi5,bs lede e berreág isltaar calra ­ racicóonr responednei lec natmep3 o0 " Observaciones".

14. Número de Identificación: CorrespaolnN dúeme rod ei dentifdiecl aapc eirósnoa ncac i­

dentaSdila a.p ersoancac idenetsua ndN a. Ns.ed, e berreáp oretlca órd i1g1o1 1.

15. Vinculado a la Empresa: Sed ebien discila apre rsoancac idenetsea mdpal eaddela a empersaL.o sv aloardemsi sipbalreeass t cea mpsoo n: Tabla 78: Vinculación con la Empresa Código Descripción 1 La persona accidentada es empleada de la empresa 2 La oersona accidentada no es empleada de la empresa

16. Tipo de Vinculación: Sed ebien dieclta irpd oer elaccioónnt raqcutetu iaelln ape e rsona accidenctoanld aea m presLao.sv aloardemsi sipbalreeass tcea mpsoo n:

Tabla 79. Tipo de Vinculación Código Descripción 1 Planta 2 Contratista 3 Temporal 4 Aorendiz 5 No aplica Nota: Ser egisterlva arláao drm isi5b "lNeoa pliscila a"p ersoancac idenntoat diae ne vincullaacbioócrnoa nll a E mpreseasd ,e cisrie, ne lc amp1o5 e lv alaodrm isirbeglies ­ traedso2 .

17. Tiempo de Vinculación: Sed ebien dieclta ire mpeonm, e sedse,v inculdaecl iapó enr ­ sonaac cidenctoandl aae ,m persaM.á ximdoo sd ecimarleedso ndeeannl daso e gunda cifSriae .ne lc amp1o6 s er egisetlvr aól aodrm is5i,be lsetc ea mpdoe bsee irg uaac le ro.

18. Fecha de la Última Habilitación del Trabajador: Correspao lndafe e chdae l aú ltima habtialciioóbnt enpioderal t rabajqaudeso ere ncontrreaablai zlaaln adboao lmr o mento del ao currednecalic ac ideLnota en.te rdieoa rc,u ercdoone ll itae)rd aelal r ti8cd uell oa Resolu1c3i4ódn8e 2 00d9e Mli instedreiTlor abajo.

Sis er egisetlvr aól aodrm is2ie bnle elc amp1o5, e stcea mpnoo s ed ebdei gleinciar.

19. Grado de Escolaridad: Sed ebei ndieclna irv deelc apacitdaecl iapó enr soancac iden­ tad(aa plpiacrtaar abajayd/otore ersrc oesL)o.sv aloaredsm isipbalreeass t cea mpsoo n:

Tabla 80: Grado de Escolaridad Código Descripción Básica Primaria Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios www.superservicios.gov.co - sspd@superservicios.gov.co 20192200020155 Página 122 de 228 Código Descripción 2 Bachiller 3 Bachiller Técnico 4 Técnico 5 Técnico Sena 6 Tecnóloqo 7 Profesional 8 Desconocido 9 Otro Nota: Si en el campo 19 se selecciona el valor admisible 9, se deberá registrar la aclara­ ción correspondiente en el campo 30 "Observaciones".

20. Tipo de Lesión: Corresponde al tipo de lesión que sufrió la persona accidentada. Los

Valores admisibles para este campo son:

Tabla 81: Tipo de Lesión Código Descripción 1 Tetanización 2 Fibrilación 3 Electrólisis 4 Quemaduras 5 Traumatismos 6 Conjuntivitis 7 Derivadas 8 Muerte 9 Otra Nota 1: Si en el campo 20 se selecciona el valor admisible 9, se deberá registrar la acla­ ración correspondiente en el campo 30 "Observaciones".

21. Sección o Área de la Empresa: Corresponde a la sección o área de la empresa en donde sucedió el accidente, según la actividad que desarrolla la empresa. Los valores admisibles para este campo son: Tabla 82: Sección o Área de la Empresa

Código Descripción 1 Generación-Operación 2 Generación-Mantenimiento 3 Generación-Otro 4 Transmisión-Operación 5 Transmisión-Mantenimiento 6 Transmisión-Otro 7 Distribución-Operación 8 Dístríbucíón-Mantenímiento 9 Distribución-Otro 10 Comercialización-Labores de Comercialización 11 Comercialización-Otros 99 Instalación de Uso Final Nota 1: Si el accidente ocurrió en otra sección o área de la Empresa, diferente a las descritas en el cuadro (Código 3, 6, 9 u 11, si la actividad que desarrolla la empresa es generación, transmisión, distribución o comercialización, respectivamente), se deberá registrar la información correspondiente en el campo 30 "Observaciones". Nota 2: Se registrará "99", si el accidente ocurrió en instalaciones de uso final del usuario, en cuyo caso se deberá registrar la aclaración correspondiente en el campo 30 "Observaciones".

22. Método de Trabajo Utilizado Durante el Accidente: En caso de que el accidente haya

Superintendenci a de Servicios Públicos Domiciliarios www.superservicios.gov.co - sspd@superservicios.gov.co 20192200020155 Página 123 de 228 ocurrido durante una maniobra a cargo de la empresa, en este campo se deberá reportar las condiciones bajo las cuales se estaba realizando el trabajo. Lo anterior teniendo en cuenta la Resolución 1348 de 2009 del Ministerio del Trabajo y la Resolución MME 90708 de 2013 -Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas -RETIE. Tabla 83: Método de Trabajo UWizado Código Descripción Método de Trabajo Sin Tensión (Des1 energizado) Método de Trabajo Con Tensión 2 (Enerqizado). 3 No Aplica Nota: Si el accidente no ocurrió durante una maniobra a cargo de la empresa, se debe seleccionar el valor admisible 3.

23. Nombre del Procedimiento Utilizado para el Desarrollo de la Labor: Corresponde al nombre del procedimiento establecido por la empresa para el desarrollo de la labor con su respectiva versión. Este campo solo debe diligenciarse en caso de que el accidente sea originado durante la ejecución de alguna maniobra por parte de la empresa, en caso contrario o de no contar con el procedimiento, no diligenciar el campo.

24. Nombre del Protocolo Utilizado para el Desarrollo de la Labor: Corresponde al nom­ bre del protocolo establecido por la empresa para el desarrollo de la labor con su respec­ tiva versión. Este campo solo debe diligenciarse en caso de que el accidente sea originado durante la ejecución de alguna maniobra por parte de la empresa, en caso contrario o de no contar con el protocolo, no diligenciar el campo.

25. Origen del Accidente: Corresponde al hecho que originó el accidente. Los Valores admi­

sibles para este campo son: Tabla 84: Origen del Accidente Código Descripción 1 Malos Contactos 2 Cortocircuito 3 Apertura de Interruptores con Caraa 4 Aperturas o Cierre de Selecciones 5 Suspensión del Servici o 6 Falta de un Sistema Ininterrumpido de Potencia 7 No Disponibilidad de Plantas de Emerqencia 8 No Disponibilidad de Transferencia 9 Desatención de Normas Técnicas 10 Neqliqencia en Operación 11 Impericia en Operación 12 Fallas de Aislamiento 13 Accidentes Externos 14 Vientos Fuertes 15 Humedades 16 Fallas de Instalación 17 Fallas de Operación 18 Fallas de Mantenimiento 19 Fa lias a Tíe rra 20 Falta de Conductor de Puesta a Tierra 21 Fallas en el Diseño del Sistema de Protección 22 F alias en la Construcción del Sistema de Protección 23 Fallas en la Operación del Sistema de Protección 24 Unión v Separación Constante de Materiales Aislantes 25 Unión y Separación Constante de Materiales Conductores 26 Unión v Separación Constante de Materiales Sólidos 27 Unión v Separación Constante de Gases con la Presencia de un Aislante 28 Violación de Distancias de Sequridad Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios www.superservicios.gov.co - sspd@superservicios.gov.co 20192200020155 Página 124 de 228 Código Descripción 29 Rayos 30 Otra Nota 1: Si en el campo 25 se selecciona el valor admisible 30, se deberá regist

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