SUPERSERVICIOS-Resolución 20211000316965 (anexo)
Detalles
- Título
- SUPERSERVICIOS-Resolución 20211000316965 (anexo)
- Autor
- Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- —
ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN SSPD No. 20211000316965 del 15-07-2021 Transitorios y CAR “Por la cual se solicitan algunos reportes de información al Sistema Único de Información (SUI) por parte de las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y/o alcantarillado y de las autoridades ambientales para el cálculo del Indicador Único Sectorial (IUS).” CAPÍTULO 1. REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN TRANSITORIOS Para el reporte de las variables que se relacionan a continuación, se deben tener en cuenta las consideraciones de cálculo establecidas en la Resolución CRA 906 de 2019, compilada en la Resolución CRA 943 de 2021 y modificada por la Resolución CRA 946 de 2021. 1.1 FORMATO. INDICADORES NIVEL DE ANÁLISIS POR APS Este formato permite registrar información de aquellos indicadores con nivel de análisis por Área de Prestación del Servicio – APS, para los servicios de acueducto y/o alcantarillado, y que conforme a lo establecido en la Resolución CRA 906 de 2019, se requieren para realizar el primer cálculo del Indicador Único Sectorial - IUS. En este reporte de información se debe diligenciar una fila por cada APS que el prestador tenga reportada en el módulo de configuración de SURICATA. El formato solicita la siguiente información: o tc o E N A D O G ID Ó C u d e u c A e d s o d a tu c e je s o s r u c e r s o l e d e tn e s e r p r o la V e d s a d a tc
e y o r p s e n o is r e v n i s a l e d e tn e s e r p r o l Vao tc u d e u c A o tc e y o rP o /y o v itc A le d o d a tuo ct ec ju Ed re ou lac VA - s o d ic e lb a ts e s o v itc A o /y s o tc e y o rP s o l e d r o la Vo tc u d e u c A n e s o d a tu c e je s o s r u c e r s o l e d e tn e s e r p r o la Vo d a llir a tn a c lA n e n s i a s ad la etc de ey o tnr ep s s ee rn po ri os lr ae Vv o d a llir a tn a c lA o d a tu c e jE o tc e y o rP o /y o v itd c Aa l l li er a dt n r oa lc al VA - s o d ic e lb a ts e s o v itc A o /y s o tc e y o rP s o l e d r o la Vo d a llir a tn a c lA C I_ D A D IU N IT N O C E D E C ID N O T C U D E U C A A N D N O T C U D E U C A _ D T N O D A L L IR A T N A C L A _ A N D N O D A L L IR A T N A C L A _ D T N
IM I_ A V IT C E F E N Ó IC ID E M O R C IM E D E C ID N M C _ S E R O D ID E M E D O R T S A T A C S E N O IC A V R E S B O
Í Í 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17
1. Código DANE: Corresponde a la codificación dada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE a la división político-administrativa de Colombia. Con la siguiente estructura: DDMMMCCC, donde “DD” es el código del departamento, “MMM” corresponde al código del municipio y “CCC” corresponde al código del centro poblado.
Para los casos en que no aplique el centro poblado, se debe diligenciar 000. Se aclara que 1 el Código DANE que identifica a un municipio debe estar asociado a cada Área de Prestación del Servicio – APS reportada en el módulo de configuración del aplicativo
SURICATA.
Los valores del campo “Código DANE” deben ser los mismos que fueron reportados en el aplicativo SURICATA mediante el “Módulo de configuración”. Se validará que todas las APS registradas en dicho aplicativo, cuenten con el indicador que se está reportando.
2. Valor presente de los recursos ejecutados de Acueducto: Sumatoria del Valor presente de los recursos ejecutados en el plan de inversiones del servicio público domiciliario de acueducto en el período de evaluación p (expresado en pesos del año base).
Corresponden a las erogaciones realizadas por el prestador sin discriminación del avance del proyecto y/o inversión, ya sea que la misma se encuentre "en curso" o "finalizada”.
Nota: “p”, corresponde al año tarifario en el que se prestó el servicio público objeto de reporte, donde p = {1, 2, 3, ..., at}. Para el cálculo de este indicador se entenderá como año
1, el año en que se haya iniciado la ejecución del plan de inversiones proyectado por el prestador y at el período tarifario que finaliza en el período de evaluación del indicador.
3. Valor presente de las inversiones proyectadas de Acueducto: Sumatoria del valor presente de las inversiones proyectadas del plan de inversiones del servicio público domiciliario de acueducto en el período de evaluación (expresado en pesos del año base).
Nota: “p”, corresponde al año tarifario en el que se prestó el servicio público objeto de reporte, donde p = {1, 2, 3, ..., at}. Para el cálculo de este indicador se entenderá como año 1, el año en que se haya iniciado la ejecución del plan de inversiones proyectado por el prestador y at el período tarifario que finaliza en el período de evaluación del indicador.
4. Valor Ejecutado del Activo y/o Proyecto - Acueducto: Sumatoria del valor (en pesos corrientes) del activo y/o proyecto “a/p” ejecutado establecido dentro del plan de inversiones o POIR del prestador para el servicio público domiciliario de acueducto durante el período de evaluación del indicador. Corresponden a activos y/o proyectos ejecutados aquellos que se encuentren "en operación”.
5. Valor de los Proyectos y/o Activos establecidos - Acueducto: Sumatoria del valor
(en pesos corrientes) de los proyectos y/o activos “a/p” establecidos en el plan de inversiones del prestador para el servicio público domiciliario de acueducto. Lo anterior, debe corresponder al período tarifario que finaliza en el período de evaluación del indicador.
Nota: “a/p”, activos y/o proyectos estipulados dentro del plan de inversiones del prestador
o POIR, para el servicio público domiciliario de acueducto, donde a/p = {1, 2, 3, ..., b}.
6. Valor presente de los recursos ejecutados en Alcantarillado: Sumatoria del valor presente (expresado en pesos del año base) de los recursos ejecutados en el plan de inversiones del servicio público domiciliario de alcantarillado en el período de evaluación p.
Corresponden a las erogaciones realizadas por el prestador sin discriminación del avance del proyecto y/o inversión, ya sea que la misma se encuentre "en curso" o "finalizada”.
Nota: “p”, corresponde al año tarifario en el que se prestó el servicio público objeto de reporte, donde p = {1, 2, 3, ..., at}. Para el cálculo de este indicador se entenderá como año 1, el año en que se haya iniciado la ejecución del plan de inversiones proyectado por el prestador y at el período tarifario que finaliza en el período de evaluación del indicador.
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7. Valor presente de las inversiones proyectadas en Alcantarillado: Sumatoria del valor presente (expresado en pesos del año base) de las inversiones proyectadas del plan de inversiones del servicio público domiciliario de alcantarillado en el período de evaluación.
Nota: “p”, corresponde al año tarifario en el que se prestó el servicio público objeto de reporte, donde p = {1, 2, 3, ..., at}. Para el cálculo de este indicador se entenderá como año 1, el año en que se haya iniciado la ejecución del plan de inversiones proyectado por el prestador y at el período tarifario que finaliza en el período de evaluación del indicador.
8. Valor del Activo y/o Proyecto Ejecutado - Alcantarillado: Sumatoria del valor (en
pesos corrientes) del activo y/o proyecto “a/p” ejecutado establecido dentro del plan de inversiones o POIR del prestador para el servicio público domiciliario de alcantarillado durante el período de evaluación del indicador. Corresponden a activos y/o proyectos ejecutados aquellos que se encuentren "en operación”.
Nota: “a/p”, para el cálculo de este indicador, el subíndice corresponde a cada uno de los activos y/o proyectos estipulados dentro del plan de inversiones del prestador o POIR, para el servicio público domiciliario de alcantarillado, donde a/p = {1, 2, 3, ..., b}.
9. Valor de los Proyectos y/o Activos establecidos - Alcantarillado: Sumatoria del valor
(en pesos corrientes) de los proyectos y/o activos “a/p” establecidos en el plan de inversiones o POIR del prestador para el servicio público domiciliario de alcantarillado. Lo anterior, debe corresponder al período tarifario que finaliza en el período de evaluación del indicador.
Nota: “a/p”, para el cálculo de este indicador, el subíndice corresponde a cada uno de los activos y/o proyectos estipulados dentro del plan de inversiones del prestador o POIR, para el servicio público domiciliario de alcantarillado, donde a/p = {1, 2, 3, ..., b}.
10. Índice de Continuidad_IC: Resultado normalizado del indicador CS.2.1 Índice de Continuidad – IC para el año 2020, de acuerdo con la ficha técnica, en la Res. CRA 906 de 2019, redondeado a dos (2) cifras decimales.
11. NDNA Acueducto: Corresponde al número de PQR del servicio público domiciliario de
Acueducto no atendidos dentro del tiempo estipulado por la normatividad vigente en el período de evaluación.
12. NTD Acueducto: Corresponde al número total de PQR del servicio público domiciliario de Acueducto resueltas en el período de evaluación, incluyendo aquellas que fueron abiertas a pruebas.
13. NDNA Alcantarillado: Corresponde al número de PQR del servicio público domiciliario de Alcantarillado no atendidos dentro del tiempo estipulado por la normatividad vigente en el período de evaluación
14. NTD Alcantarillado: Corresponde al número total de PQR del servicio público domiciliario de Alcantarillado resueltas en el período de evaluación, incluyendo aquellas que fueron abiertas a pruebas.
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15. Índice de micromedición efectiva_IMI: Resultado normalizado del indicador EO.1.2
Índice de Micromedición Efectiva – IMI para el año 2020, de acuerdo con la ficha técnica del indicador en la Res. CRA 906 de 2019, redondeado a dos (2) cifras decimales.
16. Catastro de medidores_CM: Indique si contó con Catastro de Medidores actualizado a la vigencia del período 2020, de conformidad con lo establecido en la Resolución CRA 457 de 2008, o aquella que modifique, adicione, sustituya o aclare. Conforme a la siguiente
codificación: Código CM 1 SÍ 2 NO 3 NO APLICA Nota: Si el reporte corresponde a un área de prestación rural, de acuerdo con el Anexo 4 de la Resolución CRA 906 de 2019 este indicador no le aplica, por tanto, deberá reportar el código 3 (NO APLICA).
17. Observaciones: Corresponde a los comentarios que la persona prestadora considere necesarios para explicar el valor reportado. Se aclara que para los campos que no sean diligenciados, las observaciones son de obligatorio diligenciamiento Nota: Para la certificación del cargue del FORMATO. INDICADORES NIVEL DE ANÁLISIS POR APS, la persona prestadora deberá reportar como Anexo un (1) archivo en PDF, que contenga un informe en el cual se ilustre de manera clara y puntual la información empleada para el cálculo de las variables y que sirvió de base para determinar la información consignada en los campos de los formatos de indicadores de nivel de análisis por APS. 1.2 FORMATO. INDICADORES NIVEL DE ANÁLISIS POR SISTEMA Este formato permite registrar información de aquellos indicadores con nivel de análisis por SISTEMA de los servicios de acueducto y/o alcantarillado y que conforme a lo establecido en la Resolución CRA 906 de 2019, se requieren para realizar el primer cálculo del indicador IUS. En este reporte de información se debe diligenciar filas por cuantos SISTEMAS de acueducto y alcantarillado tenga el prestador reportado en el módulo de configuración de SURICATA. El formato solicita la siguiente información:
4 A M I_
A U E D
E D S A V IT
G S O C A O T E A M E T S IS L E D O G ID Ó C E N A D O G IDS ÓP CA - O IC IV R
E S
S IS E S DA OM PE ITT
L E D N
Ó IC ID E M O T N E IM IL P M
U
C.A DP AA TC PM
A
CC P A
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T N U P
N E O D IR IU Q D A N E M U L
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N Ó IX E N O C R E
T N N U P N
E O D A G E R T N E N E M U L
O
VN Ó IX E N O C R E
T N O D A R U T C A F O M U S N
O C
C U P C A _
S N F E N Ó
IC ID E M O R C A M E D E C ID N O T C U D E U C A _ C A F A L L IR A T N A C L A _
LO AD F O R T
S IN IM U S E D S O T A R T N
O C
O T C U D E U C A T
E E I I Í 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15
O D A O L A U S O T C S O L IR
_ D U D A
A O D O T
U L E L N
G A O S E D O
T U C A _ S E D O T A C L A S O D A L L IR A T N A C L A T E E A T V A A P R U C E R L E D N Ó IC A Z IL IT U N E IM IT R E V E D O S IM R E PO T C U D E U C A O D O L E D O T N E IM A T A R T O T C U D E U C A _ T L C O T C U D E U C A _ G L C
N E IM IT R E V E D O S IM R E PO D A L L IR A T N A C L A E D O T N E IM AO TD A RO TL O D A L L IR A T N A C L A _ T L C O D A L L IR A T N A C L A _ G L C C A O P C L A O P S E N O IC A V R E S B O I 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30
1. Código del sistema: Hace referencia al identificador numérico del sistema generado a través del diligenciamiento del módulo de configuración en el aplicativo SURICATA. Se validará que el código reportado en este campo sea el mismo generado por el aplicativo
SURICATA.
2. Código DANE – APS: Corresponde a la codificación dada por el DANE a la división político-administrativa de Colombia. Con la siguiente estructura: DDMMMCCC, donde “DD” es el código del departamento, “MMM” corresponde al código del municipio y “CCC” corresponde al código del centro poblado. se debe diligenciar 000. Se aclara que la identificación del Código DANE está asociada al área de prestación – APS.
3. Servicio: Es el servicio público domiciliario al cual corresponde el Sistema objeto de
reporte, de acuerdo con la siguiente estructura: 5 Código Servicio 1 Acueducto 2 Alcantarillado Nota: Para sistemas con prestación de servicios de acueducto y alcantarillado, deberá registrar la información por separado (en filas separadas), es decir, un registro con información para el sistema de acueducto y otro registro para consignar información del
sistema de alcantarillado.
4. Tipo de sistemas: Es el tipo de sistema, de acuerdo con la siguiente estructura: Código Tipo de sistema
1 Interconectado 2 No Interconectado Nota: El sistema interconectado corresponde a la infraestructura de acueducto y/o alcantarillado, de un mismo prestador, que se encuentra físicamente conectada entre sí para la prestación de estos servicios en un conjunto de dos (2) o más municipios y/o distritos. Lo anterior de conformidad con la Resolución CRA 825 de 2017, art. 3.
5. Cumplimiento medición del agua captada CMCAP: El prestador del servicio público domiciliario de acueducto deberá si da cumplimiento a la medición del volumen de agua captada en la bocatoma, para el sistema de acueducto objeto de reporte. Conforme a la
siguiente codificación: Cumplimiento Medición del Código Agua Captada 1 SÍ 2 NO
3 NO APLICA
6. VTAP: Volumen anual de agua potable (m3) producida en la planta o plantas de tratamiento de agua potable que conforman el sistema de acueducto, durante el año 2020.
Nota: Para prestadores que cuenten con contratos de suministro de agua potable como única fuente de abastecimiento, el valor a reportar en este campo debe ser cero (0) y en el numeral 14 (Contratos de suministro) deberá indicar el código 1 (SI).
7. Volumen adquirido en puntos de interconexión: Volumen anual que adquirió
(entrante) en puntos de interconexión de agua potable en (m3) para el año 2020. En caso
de no contar con puntos de interconexión para adquisición, se debe indicar con cero (0).
8. Volumen entregado en puntos de interconexión: Volumen anual que entregó
(saliente) en puntos de interconexión de agua potable en (m3) para el año 2020. En caso de no contar con puntos de interconexión para entrega, se debe indicar con cero (0).
9. Consumo facturado: Corresponde al volumen en (m3) de consumo anual facturado medido y no medido en todo el sistema de acueducto durante el año 2020.
10. NS_ACPUC: Número de suscriptores que hacen parte del sistema de acueducto, determinado como la sumatoria del total de suscriptores de cada periodo de facturación del 6 año 2020. Esta variable se debe calcular conforme la ficha técnica dispuesta en la Res.
CRA 906 de 2019 para el indicador EO. 1.1 Agua Controlada en Puntos de Uso y Consumo
– ACPUC.
11. Índice de macromedición efectiva_IMA: Resultado normalizado del indicador EO.1.4
Índice de Macromedición Efectiva – IMA para el año 2020, de acuerdo con la ficha técnica del Anexo 4 de la Res. CRA 906 de 2019, redondeado a dos (2) cifras decimales.
12. FAC_Acueducto: Resultado de la fórmula del indicador EO.2.1 Fallas en la Red de Transporte y Distribución de Acueducto – FAC para el año 2020, de acuerdo con la ficha técnica del anexo 4 de la Res. CRA 906 de 2019, redondeado a dos (2) cifras decimales.
13. FAL_Alcantarillado: Resultado de la fórmula del indicador EO.2.2 Fallas en Red de Alcantarillado – FAL para el año 2020, de acuerdo con la ficha técnica de la Res. CRA 906 de 2019, redondeado a dos (2) cifras decimales.
14. Contratos de suministro: Indique si durante el año de análisis, incurrió en contratos de suministro de agua potable, como única fuente de abastecimiento del servicio público domiciliario de acueducto. Conforme a la siguiente codificación: Código Contratos de suministro
1 SÍ 2 NO
15. EET Acueducto: Energía eléctrica (kWh) total consumida por los procesos de tratamiento del sistema de acueducto, durante el año 2020.
Nota: Para prestadores que cuenten con contratos de suministro de agua potable como única fuente de abastecimiento, debe dejar vacío este campo y en el numeral 14 (Contratos de suministro) deberá indicar el código 1 (SI).
16. EET Alcantarillado: Energía eléctrica (kWh) total en consumida por en el proceso de tratamiento de aguas servidas, durante el año 2020.
17. VTA: Volumen (m3) anual de agua residual tratada, durante el año 2020.
18. IPAA: Resultado de la fórmula del indicador SA.1.1 Índice de Pérdidas de Agua en la Aducción – IPAA para el año 2020, de acuerdo con la ficha técnica del Anexo 4 de la Res.
CRA 906 de 2019, redondeado a dos (2) cifras decimales.
Nota: Si la respuesta del numeral 14 (Contrato de Suministros) es afirmativa, el indicador
SA.1.1 Índice de Pérdidas de Agua en la Aducción – IPAA no le aplica, por lo tanto este campo se debe dejar vacío.
19. Utilización del recurso agua_UA: Resultado normalizado del indicador SA.1.2
Utilización del Recurso Agua – UA para el año 2020, de acuerdo con la ficha técnica del Anexo 4 de la Res. CRA 906 de 2019, redondeado a dos (2) cifras decimales.
Nota: Si la respuesta del numeral 14 (Contrato de Suministros) es afirmativa, el indicador SA.1.2 Utilización del Recurso Agua – UA no le aplica, por lo tanto este campo se debe dejar vacío.
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20. Permiso de vertimiento de lodos acueducto: Indique si durante el año de evaluación contó con permiso de vertimiento de lodos derivados del proceso de potabilización de agua.
Conforme a la siguiente codificación: Permiso de vertimiento de Código lodos Acueducto 1 SÍ 2 NO 3 NO APLICA Nota: - Si el reporte corresponde a un sistema de acueducto en área de prestación rural, de acuerdo con el Anexo 4 de la Resolución CRA 906 de 2019 este indicador no le aplica, por tanto, deberá reportar el código 3 (NO APLICA). - Para prestadores que cuenten con contratos de suministro de agua potable como única fuente de abastecimiento, debe reportar el código 3 (NO APLICA) y en el numeral 14 (Contratos de suministro) deberá indicar el código 1 (SI).
21. Tratamiento de lodos acueducto: Indique si durante el año de evaluación se realizaron procesos de tratamiento de lodos generados en los procesos de potabilización de agua.
Conforme a la siguiente codificación: Tratamiento de lodos Código Acueducto 1 SÍ 2 NO
3 NO APLICA
22. CLT Acueducto: Volumen de lodos (m3) que entraron al proceso de tratamiento de lodos durante el año 2020, derivados del proceso de potabilización de agua.
23. CLG Acueducto: Volumen de lodos (m3) generados durante el año 2020, derivados del proceso de potabilización de agua.
24. Permiso de vertimiento de lodos alcantarillado: Indique si durante el año de evaluación contó con permiso de vertimiento de lodos generados en los procesos de depuración de aguas residuales por parte del prestador. Conforme a la siguiente codificación: Permiso de vertimiento de
Código lodos Alcantarillado 1 SÍ 2 NO 3 NO APLICA Nota: Si el reporte corresponde a un sistema de alcantarillado en área de prestación rural, de acuerdo con el Anexo 4 de la Resolución CRA 906 de 2019 este indicador no le aplica, por tanto, deberá reportar el código 3 (NO APLICA). 8 25.Tratamiento de lodos alcantarillado: Indique si durante el año de evaluación se realizaron procesos de tratamiento de lodos generados en los procesos de depuración de aguas residuales por parte del prestador. Conforme a la siguiente codificación: Tratamiento de lodos Código Alcantarillado 1 SÍ 2 NO
3 NO APLICA
26. CLT Alcantarillado: Volumen de lodos (m3) que entraron al proceso de tratamiento de lodos durante el año 2020.
27. CLG Alcantarillado: Volumen de lodos (m3) generados durante en el año 2020.
28.POAC: Resultado de la fórmula del indicador GE.2.1 Productividad del Personal Operativo de Acueducto – POAC para el año 2020, de acuerdo con la ficha técnica del Anexo 4 de la Res. CRA 906 de 2019, redondeado a dos (2) cifras decimales. 29.POALC: Resultado de la fórmula del indicador GE.2.2 Productividad del Personal Operativo de Alcantarillado – POALC para el año 2020, de acuerdo con la ficha técnica del Anexo 4 de la Res. CRA 906 de 2019, redondeado a dos (2) cifras decimales.
30. Observaciones: Corresponde a los comentarios que la persona prestadora considere necesarios para explicar el valor reportado. Se aclara que para los campos que no sean diligenciados, las observaciones son de obligatorio diligenciamiento.
Nota: Para la certificación del cargue del FORMATO. INDICADORES NIVEL DE ANÁLISIS POR SISTEMA, la persona prestadora deberá reportar como Anexo un (1) archivo en PDF, que contenga un informe en el cual se ilustre de manera clara y puntual la información empleada para el cálculo de las variables y que sirvió de base para determinar la información consignada en los campos de los formatos de indicadores de nivel de análisis por SISTEMA. 1.3 FORMATO. INDICADORES NIVEL DE ANÁLISIS POR PRESTADOR Este formato permite registrar información de aquellos indicadores con nivel de análisis por PRESTADOR para prestadores de los servicios de acueducto y/o alcantarillado, que conforme a lo establecido en la Resolución CRA 906 de 2019, se requieren para realizar el primer cálculo del indicador IUS. El formato solicita la siguiente información:
S E N O IC A V R
P A D E S
P P B P R O I 1 2 3 9 1.PPAP: Resultado de la fórmula del indicador GE.1.1. Productividad del Personal Administrativo del Prestador – PPAP para el año 2020, de acuerdo con la ficha técnica del Anexo 4 de la Res. CRA 906 de 2019, redondeado a dos (2) cifras decimales. 2.IRPD: Resultado de la fórmula del indicador GYT.1.1. Índice de Rotación de Personal Directivo – IRDP para el año 2020, de acuerdo con la ficha técnica del Anexo 4 de la Res. CRA 906 de 2019, redondeado a dos (2) cifras decimales.
3. Observaciones: Corresponde a los comentarios que la persona prestadora considere necesarios para explicar el valor reportado. Se aclara que para los campos que no sean diligenciados, las observaciones son de obligatorio diligenciamiento.
Nota: Para la certificación del cargue del FORMATO. INDICADORES NIVEL DE ANÁLISIS POR PRESTADOR la persona prestadora deberá reportar como Anexo un (1) archivo en PDF, que contenga un informe en el cual se ilustre de manera clara y puntual la información empleada para el cálculo de las variables y que sirvió de base para determinar la información consignada en los campos de los formatos de indicadores de nivel de análisis por PRESTADOR.
CAPÍTULO 2. REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN PERMANENTES
2.1 FORMATOS Y FORMULARIOS TECNICO-OPERATIVOS
2.1.1 FORMULARIO. ENCUESTA MODELO HIDRÁULICO Este formulario se habilita para los prestadores del servicio de acueducto que tengan en el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos - RUPS la actividad de distribución y que hagan parte del segmento Grandes Prestadores. El formulario solicita la siguiente información:
1. Código sistema: Hace referencia al identificador numérico del sistema generado a través del diligenciamiento del módulo de configuración en el aplicativo SURICATA. Se validará que el código reportado en el formato sea el mismo generado por el aplicativo
SURICATA.
2. El sistema de acueducto cuenta con modelación hidráulica: El prestador deberá responder Si o No cuenta con modelo hidráulico en su sistema de acueducto.
3. Porcentaje de redes con modelación hidráulica: Indicar qué porcentaje del sistema de redes de distribución cuentan con modelación hidráulica.
Nota: Si la respuesta del numeral 2 es afirmativa y en el numeral 3 el porcentaje es igual a 100%, se habilita el Formato Modelo Hidráulico.
4. Cuantos modelos hidráulicos tiene el sistema de acueducto: Indicar la cantidad de modelos hidráulicos con que cuenta el sistema de acueducto.
Nota: Para la primera vigencia (2021) este formulario se habilitará para reportar información anual del 2020.
10 2.1.2. FORMATO. MODELO HIDRÁULICO Este formato se habilita para los Grandes Prestadores del servicio de acueducto que en FORMULARIO. ENCUESTA MODELO HIDRÁULICO respondieron “SI” en el campo 2 “El sistema de Acueducto cuenta con modelación hidráulica” y “100%” en el campo 3
“Porcentaje de redes con modelación hidráulica”. En este formato el prestador deberá reportar los modelos hidráulicos que tenga en su respectivo sistema de acueducto. El formato solicita la siguiente información: R
A M E T
S IS O G ID Ó C
A M
IT L Ú A H C E
FN Ó IC
A Z IL A U T C A
A M
IT L Ú A H C E
FN
Ó IC A R B IL A C
E D N
Ó IC A L E D O M
O J A B
N Ó IC A R E P
OO P A IC N E G N IT N O CS O ID N E C N I 1 2 3 4
1. Código sistema: Hace referencia al identificador numérico del sistema generado a través del diligenciamiento del módulo de configuración en el aplicativo SURICATA. Se validará que el código de sistema del Formato sea el mismo reportado en el FORMULARIO
ENCUESTA MODELO HIDRÁULICO.
2. Fecha de última actualización: Reportar la última fecha de actualización del modelo hidráulico.
3. Fecha de última calibración: Reportar la última fecha de calibración del modelo hidráulico.
4. Modelación de operación bajo contingencia por incendios: Indique Si o No el modelo cuenta con un escenario de modelación que contempla la operación de la red de distribución bajo la premisa de contingencia por incendio, requerimientos establecidos por el artículo 57 de la Resolución 330 de 2017 del MVCT, o aquella que modifique, adicione, sustituya o aclare. Conforme a la siguiente codificación: Cuenta con modelación de operación Código bajo contingencia por incendios
1 SÍ
2 NO Nota: Para la certificación del cargue la persona prestadora deberá reportar como Anexo un (1) archivo en PDF, que contenga un informe del modelo hidráulico de acuerdo con las disposiciones de la ficha técnica del indicador de la Res. CRA 906 de 2019. En caso de contar con más de un modelo hidráulico se debe compilar en el archivo los informes correspondientes a cada modelo. 11
3. FORMULARIOS DE PERSONAL 3.3. FORMULARIO. PERSONAL ADMINISTRATIVO Este requerimiento de información permite a las empresas reportar la información del personal administrativo. El formulario solicita la información anual desagregada de forma
mensual, para las variables:
1. Período: Corresponde a cada uno de los meses del año.
2. Número total de personal administrativo: se incluyen el personal que realice labores administrativas sin discriminación del servicio prestado, del mismo modo, no se discrimina por tipo de vinculación ni por el número de horas laboradas. 3.4. FORMULARIO. PERSONAL OPERATIVO ACUEDUCTO Este requerimiento de información permite a las empresas reportar la información del personal operativo del servicio de acueducto. El formulario solicita la información anual
desagregada de forma mensual, para las variables:
1. Código sistema: Hace referencia al identificador numérico generado a través del aplicativo SURICATA. Se validará que el código reportado en el formato sea el mismo generado por el aplicativo SURICATA.
2. Período: Corresponde a cada uno de los meses del año.
3. Número total de personal operativo para el servicio público domiciliario de acueducto: Hace referencia a la clasificación de la planta de personal autorizada, sin discriminación de su tipo de vinculación, profesión y/o dedicación de tiempo en sus labores
realizadas. 3.5. FORMULARIO. PERSONAL OPERATIVO ALCANTARILLADO Este requerimiento de información permite a las empresas reportar la información del personal operativo del servicio de alcantarillado. El formulario solicita la información anual desagregada de forma mensual, para las variables: 1.Código sistema: Hace referencia al identificador numérico generado a través del aplicativo SURICATA. Se validará que el código reportado en el formato sea el mismo generado por el aplicativo SURICATA.
2. Código DANE: Hace referencia a los códigos DANE de las áreas de prestación reportadas en el módulo de configuración de SURICATA.
3. Período: Corresponde a cada uno de los meses del año. 4.Número total de personal operativo para el servicio público domiciliario de alcantarillado: Hace referencia a la clasificación de la planta de personal autorizada, sin discriminación de su tipo de vinculación, profesión y/o dedicación de tiempo en sus labores realizadas
12 3.6. FORMULARIO. ROTACIÓN DE PERSONAL DIRECTIVO Este requerimiento de información permite a las empresas reportar la información del personal directivo. El formulario solicita la siguiente información:
1. Número de personal directivo: Sumatoria de personal directivo que haya laborado desde el año 2012 hasta el período de evaluación.
2. Años laborados del personal directivo: Sumatoria de años laborados de personal directivo, contados a partir del año 2012.
4. REPORTES AUTORIDADES AMBIENTALES En cumplimiento del artículo 1º de la Resolución SSPD 20151300054195 del 15/12/2015 las autoridades ambientales deberán cargar al SUI la información referenciada a continuación, que dan cuenta del cumplimiento normativo de los prestadores del sector de agu
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