SUPERSERVICIOS-Resolución 20211000720935
Detalles
- Título
- SUPERSERVICIOS-Resolución 20211000720935
- Autor
- Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- —
Superservicios Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios 20211000720935 GD-F-008 V.16 Página I de 18 RESOLUCIÓN No. SSPD-20211000720935 DEL 22-11-2021 "Polrac uasleo rdelnatao mdaep osesdieló aEn m predseSa e rviPcúibolsdi ecDloi ss tdreSi atnot a MarEtSaS MAER. S.P." LA SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS Ene jerdceis cuaisto r ibulceigoaenlenees ss p,e dceil aaclso nteennil doaasrts í c5u9l7,o5 s7, 9 O. 1 y1 2d1e l aL e1y4 d2e 1 99y4e ne ln ume1r0ad lea lr tí8cd ueDlleo c r1e3t6od9 e2 02e0n,e l EstaOtrugtáond ieSclio s tFeimnaa nyce inee Dlre oc r2e5t5od5 e2 01y0 , CONSIDERANDO: Qued ec onforcmoilndo aasrd t í3c7ud0le ol saC onstiPtoulcíyit7 ói5ndc eal aL e1y4 d2e 1 99e4l, Presiddeeln atR ee púbeljiecrapc oerm edidoel aS uperintedneSd eernvciiPcaúi bolsi cos Domici(lSiSaPreDilc)o o sn tirnoslp,e ycv ciigóinl daeln acesin at idqaudepe rse sltoessne rvicios públdiocmoisc iliarios.
Quee Sl uperintdeeSn edrevniPtcúeib olsDi ocmoisc itliiealnfraeai cosud lett oamdpa ors esdieló ans emprepsraess taddeso erravspi úcbilodisoc moisc ielnli oacsra isoyops sa rlaoe sf ecptroesv iesnt os lLae 1y4 d2e 1 99c4u,a nsdeco o nfiaglugru(ensd a)el acsa uscaolnetse ennie dalart sí c5u9dl elo a refelreiyd.a QuleEa m predseSa e rviPcúiboldsie cDloi ss tdreSi atnoMt aar EtSaS MAER. S..i,Pd enticfoeinlc ada NI8T0 081110e6i -n1s cernei lRt eag iÚsntirdcoeoP restaddeSo errevsiP cúibolsi cosc-oRenUl P SID1 10p7r,e lsotssae rvicdieao csu edyua cltcoa nteanre ilDl ilsatTdruoir tíosC tuilcteouH ,ri aslt órico deS anMtaar Mtaa,g dalena. Quel osse rvpiúcbilodise ca ocsu edyua cltcoa nteanre iDll ilsatTdruoir tíosC tuilcteouH ,ri aslt dóer ico SanMtaar Mtaag,d aldeensaed,ale ñ 1o9 9f1u,e prroens tpaodlroae s m prMeestar oSa.gAEu..a S .P
(Metrohaagsautbaard) ie 2l 0 1D7e.s edseme o menltoaop ,e rafcuiaeós ni gndaemd aan etrraa nsitoria aP roacStainvMtaaa r St.aAE .. S.(VPe.o mleidai)ac,no tnetq ruavete on ceil1ó 7d ea brdie2l 0 19. Quee lA lcaMladyedo erDl i stTruirtíosC tuilcteouH ,ri aslt dóerS iacnoMt aar ptoamr,e ddieoDl e creto 28d2e 1l8d en oviedmeb2 r0e1m 6o,d iefDli eccór 9e8td6oe 2 l4d en oviedmeb1 r9e9p 2a,ra am pliar elo bjdeetl oaE mpredseSa e rviPcúibolsid ecA osse doe Dli stdreSi atnoMt aar EtSaP EA. S.P., inclulyaep nrdeos tdaecl ioóssne rvidceai couse duacltcoa,n tayar liulmlbapdrúoab dloEi nce ol. mismaoc tsoem odilfaid ceón ominpaoclriad ó e"n E mprdeeSs ear viPcúibolsid ceDolis s tdrei to SanMtaar EtSaS MAER. S.cPu.yc"oa, p istoacelis atcláo nstpiotaruc itdi1ov0 o0ds%e o rdpeúnb lico distcruiyntaaa tlu,r caolrerzeas apl odane ud neea m priensad usyct ormiearldc eEilsa tla do. Quea,p ardtei1lr8 d ea brdie2l 0 1l9aE, m predseSa e rviPcúibolsdi ecDloi ss tdreSi atnoMt aar ta
ESSMAER. S.aPs.u mliaoó p eraccoimóponr estdaeld oossre rvidceai couse dyua cltcoa ntarillado ene lD istTruirtíosC tuilcteouH ,ri aslt dóerS iacnoMt aar ta. Quel aS uperintedneSd eernvciiPcaúi bolsiD coomsi cileinae rjieorscd,1e sc u1s0f unciones constituycl ieognadalelie ensss pecvciigóinly,ac nocnitaart orla,vd éels aD irecTcéicónndi ec a Sedper incCiaprar1le8.rn ar o8.4 -3B5o,g oDt.áCC .ó dipgoos t1a1l0:2 21 PBX6 0( 16)9 310 0F5a.6x 0 ( 16)9 310 5-9s spd@superservicios.gov.co Línea de atención 60 (1) 691 3006 Bogotá. Línea gratuita nacional 01 8000 91 03 05 NIT8:0 0.250.984.6 www.superservicios.gov.co 20211000720935 Página 2 de 18 Gestión de Acueducto y Alcantarillado de la Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, ha venido adelantando una vigilancia especial sobre ESSMAR E.S.P., así como al estado de prestación de los servicios públicos operados por esta empresa en el Distrito de Santa Marta, identificando incumplimientos normativos de carácter reiterativo que ponen en riesgo la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado en su área de influencia.
Que, en ese sentido, mediante radicado SSPD20194210334691 del 22 de mayo de 2019, se realizó un requerimiento a dicho prestador, con el fin de que entregara informes bimestrales relacionados con el estado de prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado en el Distrito, así: Tabla 1. Detalles de entreoa informes establecidas. Informe Primer mes de 17 de junio de 2019 ,_P_ re_ l_i_m_ina_ r_ _.. ...o _ p_e_ra_ c_ ió_ n_ _ _-+ -- -----,SSPD 20195290928412 - - Primer Mayo, junio y 05 de agosto de del 26 de agosto de 2019 informe ·ulio de 2019 2019 -- - -- - t-------+ -- +-- -- tc==C""""C"'.:---C--,--==,..,-,-==c=-=---iSSPD SSPD 20195291166732 20194211106731 del del 16 de octubre de 12 de diciembre de 2019, SSPD l\gosto y 2º19 Segundo 05 de octubre de 20195291263082 del 07 septiembre de informe 2019 de noviembre de 2019, 2019 SSPD No. 20195291388702 del 4 de diciembre de 2019. Octubre Y Tercer 05 de diciembre de SSPD 20205290001002 noviembre de informe 2019 del 02 de enero de 2020 SSPD 2019 >-- - -+- _ _ ____+-- -- ----+---- ---<20204240007811 del - - - -- Diciembre de Cuarto 05 de febrero de SSPD 20205290140192 6 de mayo de 2020
2019 y enero de informe ,° 019 del 7 de febrero de 2020 2020 Quinto 20215290093172 del 20 informe de enero de 2021. -- Febrero SSPD -- 20215291608562, r- -,diciembre de No aplica 20214243076741 de 20215291609752 y 2020 2 de agosto de 2021 Sexto 20215291608372 del 29 informe de junio de 2021 Que los informes preliminares, primero y segundo, a/legados por el prestador, evidencian que, a septiembre de 2019, se encontraron incumplimientos en los indicadores de continuidad, calidad de agua, aspectos comerciales y financieros así:
1. Índice de continuidad insuficiente y no satisfactorio en los sectores de Colinas, EBAP jardín, Tres cruces 14, comuna 5, zona P1 e lrotama.
2. Incumplimientos en los niveles de presión, identificados en los sectores Tres cruces 36, Tres cruces 14, Comuna 5, Colinas y Gaira.
3. Contrato de Condiciones Uniformes en el que se define que "La presión mínima establecida por la EMPRESA es de 1,92 m.c.a." en contravía de lo establecido en el artículo 82 de la Resolución 1096 del 2000, la cual menciona que la presión de servicio mínima en la red depende del nivel de complejidad del sistema, siendo para la ciudad de Santa Marta un mínimo de 15 m.c.a., al ser catalogado como un sistema de alta complejidad.
4. Cobertura del servicio de acueducto en el Distrito de Santa Marta del 81 % y 72% para el servicio
de alcantarillado. 5.Ín dice de Agua No Contabilizada - IANC con un nivel de pérdidas del 61,60%, por encima del 30% establecido en la Resolución CRA 151 de 2001 como el nivel máximo de pérdidas admisible. Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios www.superservicios.gov.co - sspd@superservicios.gov.co 20211000720935 Página 3 de 18
6. Incumplimientos en las muestras de vigilancia de calidad de agua, de los valores máximos permitidos en los parámetros físico químicos, cuyos parámetros incumplidos determinan índices de riesgo por encima de 5%, es decir, agua no apta para el consumo humano.
7. Porcentaje de cobertura de micromedición efectiva de 66,89%, por debajo de lo señalado en el artículo 146 de la Ley 142 de 1994, el cual señala que debe ser superior al 95%.
8. Eficiencia de recaudo del 88,3%, con cartera que ascendía a $4.523.411.611.
9. Producto del estudio de costos y tarifas aprobado por ESSMAR E.S.P. en abril de 2019, las tarifas presentaron disminución con respecto al prestador anterior', lo que produjo reducción de ingresos en un46%.
1O . Costos y gastos con recursos comprometidos que, comparado con los ingresos de la vigencia 2019, generaron un déficit anual de $21.718 Millones. Que, como resultado del tercer y cuarto informe de seguimiento, a diciembre de 2019, enero y febrero de 2020, se obtuvieron, entre otros, los siguientes hallazgos:
1. Índice de continuidad catalogado como no satisfactorio en el sector de Colinas, Tres cruces 36, Tres Cruces 14, comuna 5, Cisne e lrotama para la vigencia objeto de estudio, terminado en enero de 2020.
2. En relación con las deficiencias de continuidad, se encontró que el prestador suplía estas deficiencias en los distintos sectores hidráulicos a lo largo del Distrito Turístico de Santa Marta mediante suministro de agua en carrotanques, cuyos resultados de análisis de muestras de control arrojaban niveles de IRCA con incumplimientos en los valores máximos permitidos para algunas características fisicoquímicas definidas en la Resolución 2115 de 2007.
3. El indicador IANC muestra un nivel de pérdidas por encima del 55%, valor que supera el 30% establecido en la Resolución CRA 151 de 2001 como el nivel máximo de pérdidas admisible.
4. Incumplimientos en los niveles de presión en varios sectores, entre ellos Tres cruces 36, con presión promedio de 0,86 m.c.a., Tres cruces 14 con presión promedio de 1,8 m.c.a., Comuna 5 con presión promedio de 1,5 m.c.a., Colinas con presión promedio de 1,5 m.c.a. y Rodadero con presión promedio de 1,45 m.c.a.
5. Incumplimientos en los valores máximos permitidos en algunas características fisicoquímicas de las muestras de control del agua suministrada por la red de distribución, y que se encuentran definidos en la Resolución 2115 de 2007. En las muestras de vigilancia se encontró que, para los
meses de octubre de 2019 a enero de 2020, de las 70 muestras analizadas, 14 presentaron niveles de riesgo con IRCA superior al 5% en los rangos bajo, medio y alto.
6. Eficiencia de recaudo del 81,3%, cuyo monto de la cartera a diciembre de 2019 ascendía a
$6.498.876.025. Con ocasión de lo anterior, mediante radicados SSPD 20194210065423 del 28 de junio de 2019, 20194210111463 del 5 de noviembre de 2019, 20204240000333 del 24 de abril de 2020, 20204240000983 del 05 de junio de 2020 y 20204240001123 del 16 de junio de 2020, se solicitó evaluación de méritos para dar apertura a investigaciones administrativas contra ESSMAR E.S.P., cuyos hallazgos, entre otros, se resumen a continuación:
1. Omisión en el procedimiento de información de la aplicación tarifaría que se define en la sección 5.1 de la Resolución CRA 151 de 2001.
2. No prestar el servicio de acueducto con la presión mínima definida en el Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico - RAS, que se determina en el anexo 1 de la Resolución CRA 768 de 2016, ni con la presión definida en el Contrato de Condiciones Uniformes -CCU establecido para el distrito de Santa Marta.
3. Incumplimiento de los valores máximos establecidos para los parámetros físicos, químicos y microbiológicos, en el agua suministrada por red de distribución para las muestras de vigilancia
tomadas por la autoridad sanitaria, durante los meses de mayo a agosto de 2019.
4. Incumplimiento frente al reporte de información al Sistema Único de Información -SUI. 1 . El costo fijo de acueducto disminuyó en 24,79%, mientras que el cargo por consumo disminuyó en 30,5%. Para el servicio de alcantarillado, el cargo fijo y cargo por vertimientos disminuyeron en 32,83% y 81,2% respectivamente.
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5. Incumplimiento del prestador frente a la adopción de los lineamientos para la formulación y actualizaciones de los planes de emergencia y contingencia de la vigencia 2019, para el manejo de desastres y emergencias asociados a la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, conforme a lineamientos establecidos en la Resolución 0154 del 19 de marzo de 2014 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y otras disposiciones.
6. Incumplimientos a los articules 9° y 146 de la Ley 142 de 1994, al realizar facturación promedio a los usuarios fuera de los parámetros establecidos en las normas mencionadas.
Que la Dirección de Investigaciones de la Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo informó el estado de dichas investigaciones, así: Tabla 2. Estado Procesos administrativos sancionatorios. 7. 1107 2020440350600038E RESPUESTA TARIFAS 20204400003516 9/9/2020
PRUEBAS CALIDAD DE ESSMAR ESP 1107 2019440350600181E fiESPUESTA 20204400000246 20/2/2020
AGUA PRUEBAS 1107 2020440350600052E fiESPUESTA 6fififi fi¡_ 20204400001806 25/6/2020 GEN ALEGATOS Que, en ejerc1c10 de las funciones de inspección, vigilancia y control asignadas a esta ° ° Superintendencia en el numeral 4 del artículo 6 del Decreto 1369 de 2020, la Dirección Técnica de Gestión de Acueducto y Alcantarillado verificó que los cálculos de los costos de referencia para los servicios de acueducto y alcantarillado de ESSMAR E.S.P. se hubiesen realizado aplicando adecuadamente la metodología tarifaría establecida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, en la Resolución CRA 688 de 20142. Que, como resultado de la revisión descrita en el considerando anterior, se observó que ESSMAR E.S.P. incurrió en una incorrecta inclusión de los criterios de la fórmula tarifaría tanto para el cálculo del Costo Medio de Administración (CMA) como para el cálculo del Costo Medio de Operación (CMO) de los servicios de acueducto y alcantarillado, circunstancias sobre las cuales justificó el "Error en la aplicación de la fórmula tarifaría". Que los informes quinto y sexto presentados por ESSMAR E.S.P. evidenciaron deficiencias en prestación e incumplimientos de obligaciones durante el año 2020, que persistieron en todos los componentes de prestación, impactando los niveles técnico, financiero, comercial y tarifario; aspectos
que se habían identificado previamente para el año 2019, afectando así la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado, toda veqzue no garantizan la continuidad y la calidad definidas en el régimen jurídico de prestación de los mismos. Que los análisis de la SSPD permiten concluir que ESSMAR E.S.P. incumple los parámetros de cobertura, continuidad, calidad y eficiencia establecidos regulatoria y normativamente para la prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado; deficiencias que se traducen en graves perjuicios a los usuarios. Que, conforme con los análisis de la SSPD para el presente caso, se encuentran configuradas las causales 59.1 y 59.7 del artículo 59 de la Ley 142 de 1994 para la toma de posesión, por las razones y situaciones expuestas a continuación:
1. Causal 59.1 "Cuando la empresa no quiera o no pueda prestar el servicio público con la continuidad y calidad debidas, y la prestación sea indispensable para preservar el orden
2. Modificada, adicionada y aclarada por la Resolución CRA 735 de 2015
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios www.superservicfis ossp.dg@osvu.pceor servicios.gov.co 20211000720935 Página 5 de I 8 públoi ecloo rdeenc onómoi pcaora,e viptearrj uigcrioasve e isn debiald oousss uaroi ao s terceros." ESSMAR E.S.P. no cuenta con la capacidad técnica y financiera para operar los servIcIos de acueducto y alcantarillado con la continuidad y calidad debidas, circunstancia que perjudica
gravemente a los usuarios, como se describe a continuación. A Aspectos técnicos del servicio de acueducto y alcantarillado:
1. Acueducto 1.1. Continuidad Conforme a los resultados de la vigilancia especial, ESSMAR E.S.P. no cumple con la continuidad del servicio de acueducto informada en su Contrato de Condiciones Uniformes (CCU) ni con la presión establecida en la norma técnica. Esta situación se asocia directamente con las altas pérdidas de agua que, de gestionarse adecuadamente, podrían mitigar parcialmente estos factores toda vez que: Entre el agua captada y el agua tratada se presentan pérdidas que oscilan entre el 7,8% y el
55,44%. Las pérdidas porcentuales del agua distribuida se mantienen cercanas al 60% (casi el doble de la meta regulatoria). Lo anterior implicó que, a mayo de 2021, 7 sectores de la ciudad tuvieron continuidad inferior a 18 horas/día, 2 de ellos incluso por debajo de 10 horas/dia, y que de manera general los sectores tuvieran presión de servicio entre 0,5, y 3,75 m.c.a. (la norma exige 15 m.c.a.), como se evidencia a 3 continuación : Tabla 3. Continuidad promedio por sector hidráulico en Santa Marta en 2020 y 2021. . DICIEMBRE.DE 2020 ... MAYO.DE2021 SECTORES CONTINUIDAD CONTINUIDAD PROMEDIO (Hr/Dia) PROMEDIO (!:l.r/Dia) . ... .• TRES CRUCES 16,77 17, 03 No satisfactorio AVD ELR ÍO1 4" 7,74 7,74 Insuficiente
AV. LIBERTADOR 19,35 10,06 No satisfactorio COMUNA 5 3,10 4,65 Insuficiente TRONCAL 15,48 15,23 No satisfactorio CISNE 20,90 24,00 Continuo ZONAP1 23,23 19,10 Suficiente ZONAP2 20,90 22,45 Suficiente ROCADERO21,57 21,57 Suficiente GAIRA CORREDOR 24 24,00 Continuo TURÍSTICO 11 DE NOVIEMBRE 24 14,71 Nosatisfactorio LINEA DE 28 12,39 12,39 No satisfactorio
FuenEtSeS:MA RE .S.SSPP-D.
Tabla 4. Indicador de presión por sector hidráulico de ESSMAR E.S.P.
AGOSTO DE 2020, DICIÉMBl!E OE 2020
SECTORES . PREslÓNP ROMEDIO PREslONP ROMJéDíO . . · (m.c.a) . {m;,c.a.\ CISNE 1,7 2.11
AVENIDDEAL R iO 2,1 0,70
U DEN OVIEMBRE 43, 2,11
COMUNAS 2,1 o.so CORREDOTRU RÍSTIco 0,8 3,52
ZONAP1 11 3,75
RODADERO .. GAJRA 3.1 2,24
TRES CRUCES 1.5 L93
AVL.I BERTADOR 43, 1.41
ZONAP2 s.n 2,82
ÚNEADE28 3.5 0.70
Fuente: ESSMAR E.S.P. 3 . La continuidad para el caso de Santa Marta se muestra por zona y sector hidráulico, en consideración a que cada zona y sector
tiene diferencias marcadas de número de usuarios. Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios www.superservicios.gov.co - sspd@superservicios.gov.co 20211000720935 Página 6 de 18 Por su parte, actualmente la oferta del líquido no es suficiente para suplir la demanda de la población, ya que se presentan pérdidas porcentuales de agua, así: Tabla 5 Estimación de oferta vs demanda de agua para Santa Marta . Población Afio ._ PS euscrip rt so opr noxe ar s s C N oiv me pl d le e. j iP dder aii dso d ede ño . o •. Elencló. nCli maA éor:d_ ed: u1: mnm-c121L 4..fi½ii:.1d!u C Ina sp ta ac li ad da ad coEnl el'aciOu vhienda• D efi:mtb•a ! [AMA) [hab) •. [años) [m.s.n:m.J '. [L/h•ab ·clia] [%) [Lis) ! 2021 427691 Alto 30 0,00 Calido 150,00 60,00% 100S 2500 -- Demanda (QMD-)- -CapacidaInsdtal ada 2000 -; fi1500 ; 1000 ---.--.....- .---------------------------------·-----•- 500
Fuente: Cálculos SSPD Bajo las condiciones actuales, la oferta de líquido no es suficiente para satisfacer las necesidades de prestación del servicio de acueducto en el Distrito de Santa Marta.
Los resultados encontrados impactan de manera considerable la continuidad del servicio de acueducto, y con ello, los derechos de los usuarios a recibir un servicio continuo.
1.2. Calidad Se presentan incumplimientos de los valores establecidos para los parámetros físico químicos y microbiológicos, en el agua suministrada por red de distribución para las muestras de vigilancia tomadas por la autoridad sanitaria durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2019 y los meses de enero a octubre y diciembre el año 2020, los cuales dan como resultados niveles de Riesgo IRCA por encima del 5%; esto es, agua no apta para el consumo humano, conforme se detalla en las siguientes tablas: 9 1 Color, Turbiedad 26,08 Medio 16/09/2019 9 2 Turbiedad 18,63 Medio 10:20:00 18/09/2019 Cloro residual, 9 3 20,12 Medio 8:40:00 alcalinidad 09/10/2019 10 1 Turbiedad 18,86 Medio 9:04:00 09/10/2019 10 2 Turbiedad 18,86 MEDIO 9:23:00 Cll t:: Cll 09/10/2019 fi10 3 Color, Turbiedad 26,41 MEDIO 9:41:00 Cll e (J)fi 15/10/2019 Cll o 10 4 Cloro residual 20,12 MEDIO (/) N 9:15:00 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios ¡fb www.superservicios.gov.co - sspd@superservicios.gov.co --.-- fi----------------- 20211000720935 Página 7 de 18 15/10/2019 10 5 Cloro residual 20,12 MEDIO 9:30:00 15/10/2019 Turbiedad, Cloro
10 6 37,73 ALTO 10:15:00 residual 22/10/2019 10 7 Color 7,54 BAJO 8:50:00 Color, turbiedad, 23/10/2019 cloro residual, 10 8 48.44 ALTO 10:00:00 alcalinidad, dureza, cloruros 12/11/2019 11 1 Turbiedad 18,63 MEDIO 8:30:00 13/11/2019 Turbiedad, 11 2 19,87 MEDIO 9:25:00 alcalinidad 18/11/2019 11 3 Cloro residual 18,4 MEDIO 9:00:00 18/11/2019 Turbiedad, cloro 11 4 36,8 ALTO 10:10:00 residual 19/11/2019 Color, turbiedad, 12 5 44,72 ALTO 11:10:00 cloro residual 10/12/2019 12 1 Turbiedad 18,63 MEDIO 8:45:00
Fuente: S/VICAP 2020 or muestra durante el año 2020 en el Distrito de Santa Marta.
Cloro residual, 1 1 14/01/2020 95,24 Coliformes totales Cloro residual, INVIABLE 1 2 14/01/2020 95,24 Coliformes totales SANITARIAMENTE INVIABLE 1 3 20/01/2020 Cloro residual 85,71 SANITARIAMENTE 1 4 22/01/2020 Cloro residual 26,55 MEDIO 1 5 22/01/2020 Cloro residual 26,55 MEDIO 1 6 22/01/2020 Cloro residual 26,55 MEDIO 1 7 27/01/2020 Co/iformes totales 26,55 MEDIO
1 8 28/01/2020 Cloro residual 26,55 MEDIO 2 1 10/02/2020 Cloro residual 26,55 MEDIO 2 2 11/02/2020 Coliformes totales 26,55 MEDIO 2 3 18/02/2020 Cloro residual 26,55 MEDIO 3 1 2/03/2020 Cloro residual 26,55 MEDIO Cloro residual, 3 2 2/03/2020 53,1 ALTO Coliformes totales ro 3 3 3/03/2020 Coliformes totales 26,55 MEDIO ro fi 3 4 3/03/2020 Co/iformes totales 26,55 MEDIO ro o"' 3 5 3/03/2020 Cloro residual 26,55 MEDIO ro o"' (/) 3 6 16/03/2020 Cloro residual 26,55 MEDIO Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios fi www.superservicios.gov.co - sspd@superservicios.gov.co - ---------·· --"---fi------·----------- 20211000720935 Página 8 de 18 1 1 4 1 22/04/2020 Cloro residual 26,55 MEDIO 1 1 5 1 26/05/2020 Cloro residual 26,55 MEDIO Coliformes 5 2 26/05/2020 70,8 ALTO 1 1 totales, E. Coli 1 1 6 1 16/06/2020 Cloro residual 26,55 MEDIO 1 1 6 2 17/06/2020 Cloro residual 26,55 MEDIO 1 1 6 3 24/06/2020 Coliformes totales 26,55 MEDIO
1 1 7 1 6/07/2020 Turbiedad 18,52 MEDIO 1 1 7 2 8/07/2020 Alcalinidad 5,43 BAJO 1 1 7 3 13/07/2020 Turbiedad 23,26 MEDIO 1 1 7 4 13/07/2020 Turbiedad 23,26 MEDIO 7 5 14/07/2020 Turbiedad 23,26 MEDIO 1 1 Coliformes 7 6 14/07/2020 46,51 ALTO 1 1 totales, turbiedad 1 1 7 7 14/07/2020 Turbiedad 23,26 MEDIO 1 1 8 1 11/08/2020 Color, Turbiedad 34,88 MEDIO 1 1 8 2 12/08/2020 Color aparente 9,3 BAJO 1 1 8 3 18/08/2020 Turbiedad 23,81 MEDIO 8 4 19/08/2020 Turbiedad 23,81 MEDIO 1 1 8 5 19/08/2020 Turbiedad 23,81 MEDIO 1 1 Color aparente, 8 6 24/08/2020 33,33 MEDIO 1 1 Turbiedad Color aparente, 8 7 24/08/2020 33,33 MEDIO 1 1 Turbiedad 1 1 9 1 7/09/2020 Turbiedad 23,81 MEDIO 1 1 9 2 9/09/2020 Turbiedad 23,81 MEDIO 9 3 9/09/2020 Turbiedad 23,81 MEDIO 1 1 Turbiedad, 9 4 9/09/2020 47,62 ALTO
1 1 Coliformes totales Color aparente, 9 5 14/09/2020 33,33 MEDIO 1 1 turbiedad 9 6 14/09/2020 Coliformes totales 23,81 MEDIO 1 1 Co/iformes totales 9 7 15/09/2020 47,62 ALTO 1 1 y turbiedad Coliformes totales INVIABLE 10 1 19/10/2020 100 1 1 yE. Coli SANITARIAMENTE Coliformes 10 2 21/10/2020 37,5 ALTO 1 1 Totales Turbiedad, Color 12 1 16/12/2020 32,81 MEDIO 1 1 aparente 12 2 15/12/2020 Turbiedad 23,44 MEDIO
Fuente: SIVICAP 2021
Como se observa en la Tabla 6 y en la Tabla 7, entre los años 2019 y 2020 se evidenciaron incumplimientos de los valores máximos permitidos en los parámetros físico - químicos del agua suministrada. Los parámetros en los que más falla la calidad del agua son Color, pH, Turbiedad, Cloro residual, Alcalinidad, Dureza, Cloruros, Coliformes Totales y E.Coli, cuya presencia pone en riesgo la salud de los usuarios que la consumen. Conforme lo establecido en la Resolución 2115 de 2007, los resultados arrojan niveles de riesgoIRCAMEDIO,ALTO e INVIABLE SANITARIAMENTE; es decir, agua no apta para el consumo humano. Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios www.superservicios.gov.co - sspd@superservicios.gov.co
-fi----- fi ------- 20211000720935 Página 9 de 18 Asimismo, se tiene que los niveles de IRCA mensual para cada uno de los meses evaluados de los años 2019, 2020 y lo corrido en el 2021, arrojan valores por encima de 5% que, conforme a lo establecido en la Resolución 2115 de 2007, corresponden a agua no apta para el consumo humano, así: Tabla 8. Calidad de agua suministrada por ESSMAR E.S.P. en Santa Marta, años 2019, 2020 y 2021 APS. . . . ... . . .· .• IRCA-MES 2019 . No.De Ene Feb Mar Abril Mª-Y. Jun Jul M<ll Sept Oct Nov DieM uestras Santa Marta NIA N/A NIA NIA 5,3 5,1 3,9 5 3 8,3 5,6 0,2 190
FuenStIeV:I CAP . .· IRC-AMES2 020 ··• ••• . .· . . . NoDe.
APS . 1•• Erie Feb Mar Abr·i.Ml '!YJun •· Jú iJ g_ q,¡ -Sept Oct Nov DieM úestras Santa Marta 19,15 ,00 16,3 2,7 7,5 4,8 6,9 7,6 12,2 6,5 0,0 2,6 208 FuenSt/eV:/ CAP ·. • •• ..• . . . : IRCA-MES 2021 . .. . . · . . . . No Del APS Ene Feb •· Mar> Abril May Jun Jul • Agos Sept Oct Nov D ie Muestras Santa 0,0 3,2 N/A N/A N/A N/A N/A 5,9 11,8 3,0 N/A N/A 97
Marta 4 Fuente S/V/CAP 2021 Así las cosas, aunque en algunos meses el IRCA mensual está dentro del rango regulatorio, existen muestras individuales que no lo cumplen, tal y como se evidencia en las tablas No. 6 y 7. Por ejemplo, el IRCA mensual para diciembre de 2020 fue 2,6; sin embargo, existen dos muestras en la tabla No. 7 que presentan turbiedad y coloración con indicadores medios. 1.3. Concesiones y permisos Actualmente ESSMAR E.S.P. no cuenta con la concesión de aguas para la operación de la actividad de captación del servicio público de acueducto de los pozos El Mayor, Villa Alejandría II y Bavaria; toda vez que existen serías controversias en relación a las competencias de las autoridades departamentales y distritales con respecto a estos permisos ambientales. Dicha circunstancia no se ajusta a lo establecido en el artículo 25 de la Ley 142 de 1994 y artículo 2.2.3.2.19.2 del Decreto 1076 de 2015, que señalan que los prestadores deben contar con los permisos ambientales para prestar el servicio público correspondiente.
B. Aspectos financieros, tarifarios y comerciales Durante la vigilancia especial, la SSPD observó el desarrollo de la gestión financiera de ESSMAR E.S.P., en términos generales, así: Mediante acuerdo No. 002 del 22 de marzo de 2019, la Junta Directiva de ESSMAR E.S.P. facultó a la gerente general para celebrar y suscribir contratos con proveedores para asumir la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado sin sujeción a la limitación cuantitativa de 726 SMMLV antes
otorgada, además de facultarla para celebrar una operación de crédito público por valor de $15.000 millones. En relación con dicho crédito, en septiembre de 2019 la Junta Directiva de la empresa aprobó realizar el crédito por valor de $10.000 millones para suplir la situación financiera. No obstante, de acuerdo al seguimiento realizado, se encontró que a febrero de 2021 los créditos desembolsados ascendieron a $16.598 millones, como se detalla a continuación: 4 Los meses en los que se reporta un n/a se refieren a que no aplica, ya que la autoridad sanitaria no reportó resultados de las muestras. Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios www.superservicios.gov.co - sspd@superservicios.gov.co 20211000720935 Página 10 de 18 Tab9l.aCr éditos tramitados a febrero de 2021. Banco y valor Observaciones Findeter ($1,598 millones) Desembolsado en diciembre de 2020. A tres años. sin intereses. Banco de Bogotá ($8,000 millones) Desembolsado en enero de 2021, a tres años con una tasa de DTF + 4. BancBoB VA($ 7,000 millones, Desembofsado crédito puente en 'febrero ·de 2021 y se está en proceso $5,000 de crédito puente) de registro del crédíto total ante Min Hacienda.
Fuente: ESSMAR E.S.P.
Así mismo, se tiene que mediante Acta No.001 del 22 de marzo 2019 de la Junta Directiva, ESSMAR E.S.P. facultó a la gerente general para comprometer vigencias futuras ordinarias a fin de garantizar la adecuada prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, y otros, por valor
$9.205.471.478, los cuales fueron incorporados en el presupuesto de ingresos de la vigencia fiscal 2019, a pesar de que no fueron aprobados por el Concejo Municipal del Distrito de Santa Marta. Dicha circunstancia generó disminución de las proyecciones y estimaciones presupuestales. De otro lado, se evidenció que en el presupuesto de ingresos para la vigencia 2019 se incluyó una sobrestimación de los recursos de ingresos por facturación por valor de $11.226 millones aproximadamente, tomando el 100% de la facturación corriente y no de la trazabilidad del recaudo. Así, para el cierre fiscal de la vigencia 2019 y de acuerdo con las proyecciones de recaudo, estimadas en $2.224 millones mensuales, la empresa habría comprometido recursos sin una disponibilidad real. A 2019, la empresa no contaba con un sistema de control presupuesta! o herramienta tecnológica que permita hacer procesos de forma automática para el control financiero y presupuesta!, por lo que se encontraba realizando un control manual para establecer la real situación presupuesta! y financiera. ESSMAR E.S.P. estaría comprometiendo recursos de alumbrado público para atender las obligaciones adquiridas frente a los servicios de acueducto y alcantarillado. Al cierre financiero de las vigencias 2019 y 2020, se observó que todos los indicadores financieros fueron afectados por la pérdida operacional y neta de $3.397,8 millones, el incremento desmedido de los pasivos en un 87,06%, el incremento de las cuentas por cobrar en un 127,17% y consecuentemente la afectación patrimonial. 5 Dentro de las últimas proyecciones financieras remitidas por ESSMAR E.S.P. a la SSPD, se observan
desfases frente a la proyección del recaudo, así como un incremento de la facturación por el incremento tarifario que adoptó y ha venido aplicando la empresa en los meses de enero de 2020, junio de 2021 y que realizaría en febrero de 2022. Sin embargo, adicional al mencionado incremento tarifario y al plan de capitalización por valor de $22.000 millones por parte de la alcaldía Distrital de Santa Marta, no se tuvieron en cuenta otros costos y gastos de la empresa; por tal razón, la empresa continuaría con un déficit de caja acumulado de $36.286 millones hasta la vigencia 2029. Lo que más genera alerta dentro del seguimiento realizado a ESSMAR E.S.P., es el incumplimiento a las obligaciones adquiridas ante la DIAN, Gobernación y Alcaldía, lo que ocasionó costos asumidos y no recon
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