SUPERSOLIDARIA - Anexo técnico circular 78 de 2025
Detalles
- Título
- SUPERSOLIDARIA - Anexo técnico circular 78 de 2025
- Autor
- Superintendencia de Economía Solidaria
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2025
5.2. Gerentes principales y suplentes: De conformidad con los requisitos establecidos en los artículos 2.11.11.5.2. y 2.11.11.5.3. del Decreto 962 de 2018 , y con el fin de fortalecer el proceso de selección de los gerentes de las organizaciones vigiladas, se deben observar las siguientes instrucciones: 5.2.1. Formación: 5.2.1.1. En los casos de las cooperativas de cooperativas de ahorro y crédito y cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito, pertenecientes a la categoría plena contar con título profesional , en áreas relacionadas con el desarrollo de las operaciones de la organización, tales como administración, economía, contaduría, derecho, finanzas o afines y tener experiencia mínima de cuatro (4) años en el ejercicio de su profesión y cinco (5) años de e xperiencia en actividades relacionadas con el objeto social de la organización. 5.2.1.2. En los casos de las cooperativas de cooperativas de ahorro y crédito y cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito, pertenecientes a las categorías intermedia y básica, acreditar formación en áreas relacionadas con el desarrollo de las operaciones de la organización, tales como administración, economía, contaduría, derecho, finanzas o afines y tener experiencia laboral mínima de cinco (5) años de experiencia en actividades relacionadas con el objeto social de la organización.
Parágrafo: La formación afín en las áreas relacionadas con las operaciones de la organización podrá acreditarse con la presentación de certificados, diplomas, grados o títulos, siempre que guarden relación con el plan estratégico vigente de la cooperativa.
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Parágrafo: La formación afín en las áreas relacionadas con las operaciones de la organización podrá acreditarse con la presentación de certificados, diplomas, grados o títulos, siempre que guarden relación con el plan estratégico vigente de la cooperativa. … 6.4. Documentos específicos para la posesión de gerentes o en general
representantes legales: 6.4.1. Certificados 6.4.1.1. En los casos de las cooperativas de cooperativas de ahorro y crédito y cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito, pertenecientes a la categoría plena, título profesional en áreas relacionadas con el desarrollo de las operaciones de la organización, tales como: administración, economía, contaduría, derecho, finanzas o afines. 6.4.1.2. En los casos de las cooperativas de cooperativas de ahorro y crédito y cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito, pertenecientes a las categorías intermedia y básica, certificados que acrediten formación en áreas relac ionadas con el desarrollo de las operaciones de laorganización, tales como: administración, economía, contaduría, derecho, finanzas o afines. 6.4.2. Acta del consejo de administración en la cual conste la verificación del cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 2.11.11.5.2. del Decreto 962 de 2018, de conformidad con los procedimientos de calificación del perfil y de decisión establecidos en los reglamentos. 6.4.2. Plan estratégico de la cooperativa, vigente para el periodo lectivo del gerente principal o suplente.