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SUPERSOLIDARIA - Anexo 2 Circular externa 84 de 2025

Superintendencia de Economía Solidaria

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Detalles

Título
SUPERSOLIDARIA - Anexo 2 Circular externa 84 de 2025
Autor
Superintendencia de Economía Solidaria
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2025

Página 1 | 29

ANEXO TÉCNICO

ADICIÓN DEL NUMERAL 6.2.3.3 AL CAPÍTULO I DEL TÍTULO II DE LA

CIRCULAR BÁSICA CONTABLE Y FINANCIERA

REPORTES Y APLICACIÓN DE ENFOQUES DIFERENCIALES EN LA

SUPERVISIÓN DE ORGANIZACIONES SOLIDARIAS DE TERCER NIVEL

DIFERENTES A FONDOS DE EMPLEADOS Y ASOCIACIONES

MUTUALISTAS

Junio de 2025Página 2 | 29

Introducción ......................................................................................... 3

I. Marco normativo ............................................................................... 3

II. Identificación del problema ............................................................. 6

1. Limitaciones tecnológicas y operativas ................................ .............. 6

2. Capacidades institucionales y sostenibilidad................................ ....... 7

3. Relaciones con el Estado y confianza institucional ............................... 7

III. Datos y Metodología ....................................................................... 8 1.1. Datos ................................ ................................ ....................... 8 1.2. Metodología ................................ ................................ ............... 8 1.2.1. Variables de segmentación ................................ ................. 10 1.2.2. Análisis de clúster ................................ ............................. 11 1.2.3. Criterios finales de segmentación ................................ ......... 15

IV. Análisis de la base social de las empresas beneficiadas ................ 15

1. Edad de los asociados ................................ ................................ . 16

2. Ocupación ................................ ................................ .................. 18

3. Sexo ................................ ................................ ........................ 20

4. Estrato social ................................ ................................ ............. 20

5. Nivel de Ingreso ................................ ................................ ........ 22

6. Nivel Escolar ................................ ................................ .............. 23

2. Ocupación ................................ ................................ .................. 18

3. Sexo ................................ ................................ ........................ 20

4. Estrato social ................................ ................................ ............. 20

5. Nivel de Ingreso ................................ ................................ ........ 22

6. Nivel Escolar ................................ ................................ .............. 23

V. Propuesta de ajuste reportes de información financiera para entidades de nivel 3 de supervisión .................................................... 25

Reportes obligatorios nivel 3 ................................ ............................. 26 Reportes modelo diferencial ................................ ............................. 27

VI. Referencias ................................................................................... 45Página 3 | 29

Introducción La Constitución Política de Colombia consagra en los principios fundamentales la solidaridad como un valor fundante del Estado Social de Derecho. En desarrollo de dicho principio, el artículo 58 consagró la protección de las formas asociativas y solidarias de propiedad, lo que pone de relieve la importancia del sector solidario en Colombia. En aras de fortalecer la supervisión que ejerce la Superintendencia de la Economía Solidaria y teniendo en cuenta que dicha labor contribuye al cumplimiento de los cometidos estatales establecidos en la Constitución, esta entidad llevó a cabo una revisión de los formatos del formulario oficial de rendición de cuentas y adoptó la implementación de enfoques diferenciales para la supervisión de las organizaciones solidarias de tercer nivel diferentes a los fondos de empleados y las asociaciones mutualistas, de acuerdo con sus características y heterogeneidades, todo lo anterior, en desarrollo de las competencias establecidas en los parágrafos 1° y 2° del artículo 6° del Decreto 2159 de 1999, que señalan: “ARTÍCULO 6º. Tercer nivel de supervisión. El tercer nivel de supervisión se aplicará a las entidades de la economía solidaria que no se encuentren dentro de

2159 de 1999, que señalan: “ARTÍCULO 6º. Tercer nivel de supervisión. El tercer nivel de supervisión se aplicará a las entidades de la economía solidaria que no se encuentren dentro de los parámetros de los dos primeros niveles de supervisión y cumplan, a criterio de la Superintendencia de la Economía Solidaria, con las características señaladas en el artículo 6º de la Ley 454 de 1998. (...) PARÁGRAFO 1º. La verificación de los parámetros correspondientes a este nivel por parte de la Superintendencia se realizará en forma selectiva de acuerdo con la metodología definida por la entidad. PARÁGRAFO 2º. La periodicidad de los reportes que deben enviar las organizaciones solidarias de este nivel de supervisión es anual, y la información será enviada en los formatos que para el efecto determine la Superintendencia de la Economía Solidaria”. El documento aquí presentado incorpora: i) el marco normativo, ii) ámbito de aplicación, iii) la identificación del problema, iv) datos y metodología, v) los resultados y análisis, para presentar en última instancia la revisión de los formatos del formulario oficial de rendición de cuentas y la implementación de enfoques diferenciales para la supervisión de las organizaciones solidarias de tercer nivel diferentes a los fondos de empleados y las asociaciones mutualistas.

I. Marco normativo La Ley 454 de 1998 deter mina el marco conceptual que regula la economía solidaria y entre otros aspectos, crea la Superintendencia de Economía Solidaria como un organismo de carácter técnico, encargado de ejercer la inspección, vigilancia y control de las cooperativas y de las or ganizaciones de la Economía Solidaria que no se encuentren sometidas a la supervisión especializada del

como un organismo de carácter técnico, encargado de ejercer la inspección, vigilancia y control de las cooperativas y de las or ganizaciones de la Economía Solidaria que no se encuentren sometidas a la supervisión especializada del Estado.Página 4 | 29

Ahora bien, dentro de las funciones otorgadas a la Superintendencia, se encuentran las establecidas en los numerales 2, 16 y 22 del artículo 36 ibídem que contemplan las facultades de establecer el régimen de reportes socioeconómicos periódicos u ocasionales que las entidades sometidas a su supervisión deben presentarle; facilitar a las entidades sometidas a su supervisión el conocimiento sobre su régimen jurídico e instruir a las instituciones vigiladas sobre la manera como deben cumplirse las disposiciones que rigen su actividad, fijar los criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumplimiento de tales normas y señalar los procedimientos pa ra su cabal aplicación, respectivamente. En concordancia con lo anterior, el numeral 2° del artículo 5 del Decreto 186 de 2004 establece como una de las funciones del Despacho de la Superintendenta, expedir los actos administrativos y los reglamentos y ma nuales o instructivos que sean necesarios para el cabal funcionamiento de la Superintendencia. Por su parte, el artículo 10° del citado Decreto establece dentro de las funciones de la Delegatura para la Supervisión del Ahorro y la Forma Asociativa Solidari a recomendar la adopción de mecanismos de supervisión que contribuyan a lograr mayor eficiencia en la vigilancia de las entidades bajo el control de la Superintendencia de la Economía Solidaria. Dichas funciones como se indicó en la parte introductoria, es tán alineadas con

mayor eficiencia en la vigilancia de las entidades bajo el control de la Superintendencia de la Economía Solidaria. Dichas funciones como se indicó en la parte introductoria, es tán alineadas con lo establecido en los parágrafos 1° y 2° del artículo 6° del Decreto 2159 de 1999. Es así como, en desarrollo de dichos preceptos normativos, la Superintendencia de Economía Solidaria formuló dentro del Plan de Acción 2025 la modificación del régimen de reporte socioeconómico de las organizaciones supervisadas localizadas en zona rural o que pertenecen al sector agro, con énfasis en organizaciones de tercer nivel de supervisión, en el marco del proyecto de inversión “Fortalecimiento de las capacidades para ejercer la labor de supervisión a las organizaciones Vigiladas por la Superintendencia de la economía solidaria a nivel nacional”. Lo anterior teniendo en cuenta, entre otros aspectos, lo establecido en la Política Pública para el Desarro llo de la Economía Solidaria, adoptada mediante documento Conpes 4051 del 27 de septiembre de 2021, el cual enmarca la consolidación de la economía solidaria como un articulador clave para el desarrollo del país, promoviendo los procesos de asociatividad, bajo tres ejes estratégicos: fortalecimiento de la economía solidaria, educación solidaria y procesos supervisión. En dicho documento de política pública, se plantea la importancia de incorporar al modelo de supervisión por cumplimiento el análisis de riesgos asociado al tipo de entidades supervisadas bajo un enfoque prospectivo y preventivo, en este punto, se deben contemplar formas proporcionadas para la supervisión de los emprendimientos y de las pequeñas y medianas empresas, que para el caso de

de entidades supervisadas bajo un enfoque prospectivo y preventivo, en este punto, se deben contemplar formas proporcionadas para la supervisión de los emprendimientos y de las pequeñas y medianas empresas, que para el caso de las entidades de tercer nivel de supervisión en su mayoría se encuentran en esta clasificación. Esta línea también señala que, la Superintendencia de la Economía Solidaria gestionará la reclasificación de las empresas supervisadas basada en el análisisPágina 5 | 29

de los ingresos y activos o solo en ingresos trascendiendo los criterios vigentes de objeto y activos, ello con el fin de asegurar un tratamiento proporcionado y coherente de las empresas supervisadas, de esta forma aunque el presente estudio no pretende la realiza ción de un proceso de reclasificación, sí busca el entendimiento de la heterogeneidad de las entidades de tercer nivel de supervisión pertenecientes al sector real con un enfoque diferencial que bajo el análisis de las cifras que se presentarán a continuac ión refuerza la importancia de considerar tanto los activos, los ingresos y los excedentes, como variables relevantes para el desarrollo de las actividades de supervisión, y tal como lo plantea el CONPES 4051: “(...) concentrar los mayores esfuerzos en las empresas que representan el mayor nivel de riesgo para el sector. Asimismo, para asegurar un tratamiento justo, proporcionado y coherente de las empresas supervisadas, dentro de una relación costo - beneficio (...)”. En adición a lo anterior y como parte de los criterios de enfoque diferencial adoptados por esta Superintendencia en su modelo de supervisión, es oportuno señalar que el Acto Legislativo 01 de 2023 reconoce al campesinado como sujeto de especial protección constitucional en Colombia. Este acto legislativo fue

adoptados por esta Superintendencia en su modelo de supervisión, es oportuno señalar que el Acto Legislativo 01 de 2023 reconoce al campesinado como sujeto de especial protección constitucional en Colombia. Este acto legislativo fue aprobado el 5 de julio de 2023. En ese orden de ideas, el artículo 64 de la Carta Política modificado por el Acto Legislativo señala: “Artículo 64. (...) El campesinado es sujeto de derechos y de espec ial protección, tiene un particular relacionamiento con la tierra basado en la producción de alimentos en garantía de la soberanía alimentaria, sus formas de territorialidad campesina, condiciones geográficas, demográficas, organizativas y culturales que lo distingue de otros grupos sociales. El Estado reconoce la dimensión económica, social, cultural, política y ambiental del campesinado, así como aquellas que le sean reconocidas y velará por la protección, respeto y garantía de sus derechos individuales y colectivos, con el objetivo de lograr la igualdad material desde un enfoque de género, etario y territorial, el acceso a bienes y derechos como a la educación de calidad con pertinencia, la vivienda, la salud, los servicios públicos domiciliarios, vías te rciarias, la tierra, el territorio, un ambiente sano, el acceso e intercambio de semillas, los recursos naturales y la diversidad biológica, el agua, la participación reforzada, la conectividad digital, la mejora de la infraestructura rural, la extensión agropecuaria y empresarial, asistencia técnica y tecnológica para generar valor agregado y medios de comercialización para sus productos. (...)”. Por otra parte, dentro de los catalizadores de la Ley 2294 de 2023 por la cual se

agropecuaria y empresarial, asistencia técnica y tecnológica para generar valor agregado y medios de comercialización para sus productos. (...)”. Por otra parte, dentro de los catalizadores de la Ley 2294 de 2023 por la cual se adopta el Plan Nacional de Desarrollo “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, se establece el fortalecimiento del Plan Nacional de Fomento a la Economía Solidaria y Cooperativa Rural (PLANFES) y el reconocimiento e impulso de la economía popular y comunitaria (EP). Finalmente, el 19 d e junio de 2024, la Asamblea General de la ONU adoptó la Resolución A/RES/78/289, en la que proclama el 2025 como el Año InternacionalPágina 6 | 29

de las Cooperativas, con ello se pretende difundir la contribución de las cooperativas al desarrollo social y económico y al avance de la Agenda 2030. Las Naciones Unidas abanderan este programa con el lema “Las cooperativas construyen un mundo mejor”, dando protagonismo a este modelo empresarial que se caracteriza por la promoción de los principios cooperativos de participación democrática, distribución equitativa de los beneficios, cooperación entre los asociados y otras organizaciones, indicando así que las cooperativas son una alternativa para la búsqueda de soluciones a los desafíos actuales, según la ONU.

II. Identificación del problema Teniendo en cuenta lo anterior, la Superintendencia de la Economía Solidaria evidencia la necesidad de fortalecer la supervisión selectiva de las organizaciones solidarias clasificadas en el tercer nivel, conforme a lo dispuesto en el parágrafo 1° del artículo 6° del Decreto 2159 de 1999. Si bien actualmente se ha avanzado en la definición de periodicidades para el reporte de información

organizaciones solidarias clasificadas en el tercer nivel, conforme a lo dispuesto en el parágrafo 1° del artículo 6° del Decreto 2159 de 1999. Si bien actualmente se ha avanzado en la definición de periodicidades para el reporte de información a través de la Circular Básica Contable y Financiera —estableciendo reportes semestrales y anuales para de terminados formatos del Formulario Oficial de Rendición de Cuentas—, se identifica la posibilidad de optimizar los mecanismos de supervisión para hacerlos más proporcionales y ajustados al perfil de riesgo y a la realidad operativa de estas entidades. En el marco de la estrategia de supervisión preventiva Ruta Solidaria por la Paz, se ha evidenciado que la actual dinámica de reporte puede representar una carga operativa significativa para algunas organizaciones del tercer nivel, sin necesariamente traducirs e en mayor efectividad del control. Este hallazgo permite plantear una oportunidad de mejora en el sentido de desarrollar una metodología técnica de supervisión selectiva, que armonice el cumplimiento normativo con la capacidad operativa de estas entidades y la priorización de riesgos. En el Informe de Rendición de Cuentas de Construcción de Paz (2025) y el Informe Especial de la Ruta Solidaria por la Paz, la Superintendencia de la Economía Solidaria identificó los siguientes desafíos en las organizaciones solidarias conformadas por firmantes de paz, comunidades de acogida y pequeños productores, principalmente:

1. Limitaciones tecnológicas y operativas ● Acceso limitado a internet y herramientas digitales. ● Dificultades en el uso del sistema SICSES y en el diligenciamiento de los formatos requeridos. ● Deficiencias en procesos administrativos, contables y de ofimática.

● Acceso limitado a internet y herramientas digitales. ● Dificultades en el uso del sistema SICSES y en el diligenciamiento de los formatos requeridos. ● Deficiencias en procesos administrativos, contables y de ofimática. ● Alta rotación del personal contable, lo que afecta la continuidad de la gestión.Página 7 | 29

2. Capacidades institucionales y sostenibilidad ● Bajo entendimiento sobre el funcionamiento cooperativo, lo que limita la toma de decisiones y la gestión eficiente de recursos. ● Modelos de negocio débiles, que comprometen la sostenibilidad financiera de las entidades. ● Persistencia de la informalidad, con organizaciones que aún no cumplen plenamente con los requisitos legales y administrativos mínimos.

3. Relaciones con el Estado y confianza institucional Desconfianza hacia las instituciones públicas, especialmente por pa rte de firmantes de paz, lo que en algunos casos se refleja en la entrega incompleta o inexacta de la información requerida.

Lo antes mencionado, evidencia la heterogeneidad de las organizaciones solidarias supervisadas del tercer nivel de supervisión, en particular aquellas conformadas por sujetos de especial protección constitucional. Ahora bien, tal como lo establece el parág rafo 1° del artículo 6° del Decreto 2159 de 1999, corresponde a la Superintendenta de la Economía Solidaria verificar los parámetros de supervisión aplicables a las organizaciones del tercer nivel, mediante una metodología selectiva. Dicho artículo estable ce como parámetros mínimos a supervisar: el cumplimiento del monto mínimo de aportes sociales, la evaluación de causales de disolución y prácticas administrativas, el cumplimiento de normas legales y estatutarias, la distribución de excedentes,

parámetros mínimos a supervisar: el cumplimiento del monto mínimo de aportes sociales, la evaluación de causales de disolución y prácticas administrativas, el cumplimiento de normas legales y estatutarias, la distribución de excedentes, los conflictos de interés en órganos de gobierno, las reformas estatutarias, y la observancia de instrucciones emitidas por la entidad supervisora. Por otra parte, se ha identificado que la complejidad y extensión de los formatos que componen el Formulario Oficial de Rendición de Cuentas representan una barrera significativa, especialmente para las organizaciones del tercer nivel, que suelen tener limitada capacidad técnica, administrativa y tecnológica. Esta situación ha sido documentada en el marco de la estrategia Ruta Solidaria por la Paz, donde se ha evidenciado que muchas entidades presentan dificultades tanto en la comprensión de los formatos como en su diligenciamiento y carga en el sistema SICSES. Asimismo, la capacidad instalada para procesar y analizar la in formación reportada es insuficiente, lo cual impide que la entidad de supervisión logre realizar, de manera temprana y sistemática, un análisis financiero y jurídico completo de las entidades del tercer nivel. Esta situación no solo dificulta la efectividad del proceso de supervisión extra situ, sino que también aumenta la carga operativa para las propias organizaciones, lo que resulta contrario al espíritu del artículo 7° del Decreto 2159 de 1999, que establece que el ejercicio de la supervisión debe facilitar la operación de las entidades solidarias. Frente a este panorama, se propone la simplificación y racionalización de los formatos del Formulario Oficial de Rendición de Cuentas, priorizando aquellosPágina 8 | 29

de la supervisión debe facilitar la operación de las entidades solidarias. Frente a este panorama, se propone la simplificación y racionalización de los formatos del Formulario Oficial de Rendición de Cuentas, priorizando aquellosPágina 8 | 29

que permitan evaluar de manera más clara y efectiva los parámetros esenciales de supervisión, sin comprometer la integridad de la información, pero sí adaptándola al perfil operativo y de riesgo de las organizaciones del tercer nivel. Esta simplificación debe ir acompañada de un enfoque diferencial de supervisión, que: ● Reconozca la heterogeneidad del sector. ● Promueva una supervisión proporcional al tamaño y complejidad de cada entidad. ● Genere valor para los distintos actores mediante el uso estratégico de la información. ● Fomente la cultura del cumplimiento, la transparencia y la autogestión. Estas acciones no solo mejorarían la capacidad institucional de la Superintendencia, sino que también contribuirían a fortalecer la confianza en el sector y en la supervisión estatal, particularmente en contextos sensibles como los procesos de reincorporación, reconciliación y desarrollo rural. En consecuencia, la simplificación de los formatos y la implementación de un modelo de supervisión más flexible, basado en riesgos y criterios diferenciales, se constituyen en el punto de partida para una supervisión más eficaz, inclusiva y alineada con las realidades de las organizaciones solidarias del tercer nivel.

III. Datos y Metodología 1.1. Datos Los datos utilizados en el presente anexo técnico se refieren a las informaciones de las cuentas contables y de caracterización de las empresas solidarias del tercer nivel de supervisión que no hacen parte del subsector de ahorro y crédito. Esta información fue descargada del Sistema Integrado de Captura

de las cuentas contables y de caracterización de las empresas solidarias del tercer nivel de supervisión que no hacen parte del subsector de ahorro y crédito. Esta información fue descargada del Sistema Integrado de Captura de información de la Superintendencia de la Economía Solidaria (SICSES). Este sistema consolida información detallada sobre las entidades vigiladas, proporcionando un conjunto robusto de variables tanto financieras como demográficas. La base de datos a la cual se aplicó la metodología de segmentación diferencial contenía 1878 observaciones (entidades) y 22 variables (información financiera sobre las entidades). 1.2. Metodología Para determinar las entidades que serían objeto de la modificación en el régimen de reporte de información, a partir de l a simplificación en los Formularios de Rendición de Cuentas, se implementó una estrategia que denominamos metodología de segmentación diferencial . Esta metodología aplica un enfoque diferencial y multivariado, que toma en consideración la información financiera de las empresas solidarias, con factores que activan la obligación del Estado de aplicar acciones afirmativas a las mismas.Página 9 | 29

Así, la Supersolidaria reconoce que existen grupos, poblaciones o colectivos que conforman las organizaciones solidarias supe rvisadas con características particulares que los convierten en sujetos de especial protección, capaces de solicitar a las instituciones del Estado y a la sociedad en general, soluciones diferenciales que restituyan los derechos de estas comunidades (Minis terio de Salud y Protección Social, 2020). Este enfoque se vuelve un imperativo ético de las instituciones estatales, en la medida que se reconoce que muchas de estas comunidades han sido excluidas históricamente y/o afectadas gravemente por

Salud y Protección Social, 2020). Este enfoque se vuelve un imperativo ético de las instituciones estatales, en la medida que se reconoce que muchas de estas comunidades han sido excluidas históricamente y/o afectadas gravemente por el conflicto a rmado (Marín -Urrego et al., 2023). De esta manera, la Supersolidaria se une a otras instituciones del Estado Colombiano que fomentan la adopción de enfoques diferenciales en la generación de metodologías, planes de acción y políticas gubernamentales basado s en principios de no discriminación, inclusión social y dignidad humana (Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH), 2024; Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), 2020; Ministerio de Salud y Protección Social, 2021). Desde el punto d e vista práctico, esta metodología adoptó un enfoque multivariado combinando abordajes multidimensionales con técnicas estadísticas, como el análisis de clúster (k-medoids). En términos generales, un enfoque multivariado se aplica cuando se trabaja con más de una variable dependiente o explicativa al mismo tiempo, siendo posible utilizar tanto variables cuantitativas como cualitativas. Su principal ventaja es que considera la interacción entre variables, en lugar de analizarlas de forma aislada (Afifi et al., 2019; Bartholomew et al., 2008). Este enfoque es particularmente útil para: (i) reducir la complejidad en bases de datos amplias, (ii) identificar perfiles, grupos o segmentos, (iii) explorar relaciones entre fenómenos sociales complejos, o (iv) fundamentar políticas públicas o decisiones estratégicas con un enfoque integral. El abordaje multidimensional consistió en seleccionar una serie de variables

o segmentos, (iii) explorar relaciones entre fenómenos sociales complejos, o (iv) fundamentar políticas públicas o decisiones estratégicas con un enfoque integral. El abordaje multidimensional consistió en seleccionar una serie de variables tanto cuantitativas como cualitativas para segmentar en dos grupos las empresas solidarias analizadas en este ejercicio. Para ello, se establecieron criterios técnicos basados en dos grupos de variables: (i) variables territoriales y (ii) variables financieras. El primer grupo está compuesto por cuatro (4) variables cualitativas que informan las características poblacionales y territoriales de los entornos donde se encuentran las e mpresas solidarias analizadas. Mientras que, el segundo grupo está compuesto por dos (2) variables cuantitativas que informan las capacidades financieras y operacionales de las empresas solidarias en cuestión. El análisis de clúster fue realizado a partir de una técnica de agrupamiento llamada k-medoids, utilizando el algoritmo no supervisado denominado PAM (sigla en inglés - Partitioning Around Medoids), en español partición en torno a medoides. Esta técnica fue implementada de forma complementaría, para determinar los umbrales a ser aplicados a las variables cuantitativas, es decir, a las financieras. De este modo, se garantizó que los criterios aplicados a estas variables proviniesen de análisis técnico robusto, dejando menos espacio para la discrecionalidad en la atribución de informaciones sensibles de la metodología de segmentación propuesta.Página 10 | 29

La sección metodológica del presente anexo se encuentra estructurada de la siguiente forma. Primero, se presentarán las informaciones detalladas de los grupos de variables mencionadas anteriormente. Segundo, se explicará brevemente el funcionamiento y las ventajas de utilizar el algoritmo de Ksiguiente forma. Primero, se presentarán las informaciones detalladas de los grupos de variables mencionadas anteriormente. Segundo, se explicará brevemente el funcionamiento y las ventajas de utilizar el algoritmo de Kmedoids en el presente ejercicio. Finalmente, se enunciarán los criterios de segmentación aplicados por la metodología de segmentación diferencial. 1.2.1. Variables de segmentación Las variables de segmentación utilizadas en el presente ejercicio se dividen en dos grupos: las variables territoriales y las variables financieras. A continuación, se explicará brevemente en qué consiste cada uno de estos grupos y las variables que los componen. Variables Territoriales Son variables dicotómicas (si/no) que informan a la Supersolidaria si una empresa solidaria vigilada hace parte de una categoría que amerite un enfoque poblacional o territorial específico. Las variables territoriales empleadas en la presente metodología son las siguientes: ● Empresas solidarias rurales o agro: Esta variable clasifica las entidades supervisadas de acuerdo con su ubicación en el área rural o vinculación con el sector agropecuario, a partir de la información reportada como actividad económica y registro de código CIIU - Código Industrial Internacional Uniforme. ● Empresas solidarias firmantes de paz: Esta categoría permite diferenciar entre aquellas entidades cuyos miembros fueron parte del proceso de paz y se vincularon al sector solidario luego de la firma de los acuerdos. ● Empresas solidarias en municipios PDET: Esta categoría permite distinguir entre las entidades supervisadas que se encuentran en municipios con características especiales, como lo son, los municipios dentro del Programa de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET). ● Empresas solidarias en ZOMAC: Esta variable determina si la entidad

distinguir entre las entidades supervisadas que se encuentran en municipios con características especiales, como lo son, los municipios dentro del Programa de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET). ● Empresas solidarias en ZOMAC: Esta variable determina si la entidad supervisada se encuentre en una Zona Más Afectadas por el Conflicto Armado en Colombia (ZOMAC). Se trata de un conjunto de municipios que han sido afectados históricamente por la violencia. Variables Financieras Son variables numéricas continuas que informan a la Supersolidaria del desempeño contable y financiero de las empresas solidarias supervisadas. Son de gran importancia, pues la inspección, vi gilancia y control se realiza principalmente basada en ellas. Las variables financieras empleadas en la presente metodología son las siguientes: ● Ingresos Totales: también conocidos como ingresos brutos, es la cantidad total de dinero que genera una empresa por la venta de sus productos o servicios en un período determinado.Página 11 | 29

● Excedentes o Pérdidas: también conocidos como ganancias o utilidades, son los fondos que quedan de

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