SUPERSOLIDARIA - Anexo Instructivo para los formatos de seguimiento a liquidadores y agentes especiales Circular 2 de 2006
Superintendencia de la Economía Solidaria
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SUPERSOLIDARIA - Anexo Instructivo para los formatos de seguimiento a liquidadores y agentes especiales Circular 2 de 2006
- Autor
- Superintendencia de la Economía Solidaria
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2006
NÚMERO DE FORMATO ANEXO No. 1
NOMBRE DE FORMATO PERSONAL AL SERVICIO DE LA ENTIDAD OBJETIVO: Establecer el número de funcionarios y empleados al servicio de la entidad y el valor de la nómina.
MARCO LEGAL: El EOSF faculta al liquidador para dar por terminados los contratos de trabajo de los trabajadores cuyo servicio no requiera y, conservar y contratar los que sean necesarios para el debido adelantamiento de la liquidación (literal m, numeral 9, artículo 295).
El articulo 8 del Decreto 2211 de 2004 permite al agente especial adelantar todos las actividades derivadas de en su carácter de administrador y representante legal de la entidad solidaria, estando entre ellas las de realizar los actos administrativos necesarios para reorganizar la estructura organizacional. Entidades objeto de intervención forzosa administrativa TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: cuya inspección, vigilancia y control se encuentra a cargo de la Superintendencia de la Economía Solidaria. PERIODICIDAD Y PLAZO DE ENVIO DEL Diagnóstico Integral: Plazo: 60 días calendario a partir de REPORTE: la fecha de posesión del liquidador y/o agente especial.
Ejecución: Periodicidad Semestral.
Plazo: Los 20 días calendario de los meses de enero y julio, correspondiente al semestre que les antecede.
Para todos los casos si el día pertinente es festivo o no laborable, el envío se efectuará el día hábil siguiente.
MEDIO DE ENVÍO: Medios magnéticos o correo electrónico.
DEPENDENCIA USUARIA: Grupo de Asuntos Especiales de la respectiva Delegatura a la cual se encuentre a cargo la inspección, vigilancia y
control de la entidad objeto de toma de posesión.
INSTRUCTIVO: NOMBRE DE LA ENTIDAD: Corresponde a la razón social de la entidad intervenida que remite la información.
NIT. Corresponde al número de identificación tributario de la entidad intervenida que remite la información.
FECHA DE CORTE: Indicar día, mes, año (DD/MM/AAAA) de corte de la información.
NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE: Nombre del funcionario encargado de elaborar la información reportada, el formato remitido en papel además deberá contener su firma.
NOMBRE Y FIRMA DEL LIQUIDADOR Y/O AGENTE ESPECIAL: Nombre del liquidador y/o agente especial quién es el encargado de certificar que la información reportada se tomo fielmente de su fuente, el formato remitido en papel además deberá contener su firma. NOMBRE Y FIRMA DEL CONTRALOR Y/O REVISOR FISCAL: Nombre del contralor y/o revisor fiscal, el formato remitido en papel además deberá contener su firma en evidencia de su gestión de fiscalización sobre la información reportada.
SINDICATO: Indicar si existe sindicato OBSERVACIONES: Indicar las situaciones relevantes presentadas y demás observaciones que se consideren pertinentes, tales como beneficios extralegales, si la entidad se encuentra a paz y salvo con el pago de las obligaciones parafiscales, prerrogativas de los empleados sindicalizados, pensiones a cargo de la entidad, entre otros.
INFORMACIÓN REFERENTE AL CONTENIDO DEL DIAGNÓSTICO INTEGRAL DE LA ENTIDAD:
(Columnas 1 a la 4) COLUMNA 1 Para entidades con proceso liquidatorio avanzado, citar los cargos (por grupo) que en la
actualidad tiene la entidad, incluyendo al liquidador y contralor. Ejemplo: Secretarias, Auxiliares, Mensajeros, Abogados, Asesores, etc. Para entidades que inician el proceso de toma de posesión, se deberá citar estos mismos, a la fecha de intervención. COLUMNA 2 Indicar el tipo de contrato que tiene cada funcionario. COLUMNA 3 Total Nómina (Q): Indicar la cantidad de personal al servicio de la entidad, contratados directamente o a través de una compañía de temporales, vigentes al inicio de la gestión del liquidador y/o agente especial. COLUMNA 4 Total Nómina (Valor): Indicar el valor del gasto mensual causado (incluyendo carga prestacional e indemnizaciones) de los contratos del personal al servicio de la entidad, contratados directamente o a través de una compañía de temporales, vigentes al inicio de la gestión del liquidador y/o agente especial.
NÚMERO DEFORMATO ANEXO No. 2
NOMBRE DE FORMATO CONTRATOS DEL AREA ADMINISTRATIVA OBJETIVO: Establecer los diferentes tipos de contratos del área administrativa de la entidad MARCO LEGAL: El EOSF faculta al liquidador para celebrar todos los actos y contratos requeridos para el debido desarrollo de la liquidación (Literal i, numeral 9, artículo 295). Para el agente especial las facultades son las establecidas en el articulo 8 del Decreto 2211 de 2004 TIPO DE ENTIDAD SOLIDARIA A LA QUE Entidades objeto de intervención forzosa administrativa APLICA: cuya inspección, vigilancia y control se encuentra a cargo de la Superintendencia de la Economía Solidaria. PERIODICIDAD Y PLAZO DE ENVIO DEL Diagnóstico Integral: Plazo: 60 días calendario a partir de
REPORTE: la fecha de posesión del liquidador y/o agente especial.
Ejecución: Periodicidad Trimestral.
Plazo: Los 20 días calendario de los meses de enero, abril, julio y octubre, correspondiente al trimestre que les antecede.
Para todos los casos si el día pertinente es festivo o no laborable, el envío se efectuará el día hábil siguiente.
MEDIO DE ENVÍO: Medios magnéticos o correo electrónico DEPENDENCIA USUARIA: Grupo de Asuntos Especiales de la respectiva Delegatura a la cual se encuentre a cargo la inspección, vigilancia y control de la entidad objeto de toma de posesión.
INSTRUCTIVO: NOMBRE DE LA ENTIDAD: Corresponde a la razón social de la entidad intervenida que remite la información.
NIT. Corresponde al número de identificación tributario de la entidad intervenida que remite la información.
FECHA DE CORTE: Indicar día, mes, año (DD/MM/AAAA) de corte de la información.
NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE: Nombre del funcionario encargado de elaborar la información reportada, el formato remitido en papel además deberá contener su firma.
NOMBRE Y FIRMA DEL LIQUIDADOR Y/O AGENTE ESPECIAL: Nombre del liquidador y/o agente especial quién es el encargado de certificar que la información reportada se tomo fielmente de su fuente, el formato remitido en papel además deberá contener su firma. NOMBRE Y FIRMA DEL CONTRALOR Y/O REVISOR FISCAL: Nombre del contralor y/o revisor fiscal, el formato remitido en papel además deberá contener su firma en evidencia de su gestión de fiscalización sobre la información reportada.
OBSERVACIONES: Indicar las situaciones relevantes presentadas y demás observaciones que se consideren pertinentes. Señalar el
estado de ejecución de los contratos y de las garantías de cumplimiento que se hayan constituido, si a ellas hubiere lugar.
Nota: Se deberá relacionar adicionalmente, los contratos vigentes celebrados con anterioridad a la toma de posesión.
INFORMACIÓN REFERENTE AL CONTENIDO (Columnas 1 a la 6) COLUMNA 1 Tipo de contrato establecido; Ejemplo: Vigilancia, Aseo, Mensajería, etc. COLUMNA 2 Nombre del contratista: Indicar el nombre de la persona jurídica o natural con la que se contrató el servicio. COLUMNA 3 Fecha de inicio: Corresponde a la fecha de inicio del contrato. COLUMNA 4 Fecha de vencimiento: Corresponde a la fecha de vencimiento del contrato. COLUMNA 5 Valor total: Registrar el valor total del contrato durante la vigencia pactada. COLUMNA 6 Señalar las condiciones del contrato.
NÚMERO DE FORMATO ANEXO No. 3
NOMBRE DE FORMATO POLIZAS DE SEGUROS OBJETIVO: Conocer las pólizas de seguros vigentes.
MARCO LEGAL: El EOSF determina que es obligación del liquidador velar por la adecuada conservación de los bienes de la intervenida, adoptando las medidas necesarias para mantener los activos en adecuadas condiciones de seguridad física (Literal e, numeral 9, artículo 295).
Así mismo, el Decreto 2211 de 2004 señala en el numeral 6 del articulo 8 como una de sus funciones la de velar por adecuada conservación de los bienes de la entidad, adoptando las medidas necesarias para mantener los activos en adecuadas condiciones de seguridad física y ejerciendo las acciones judiciales y
administrativas requeridas para el efecto. El liquidador deberá constituir una caución a favor de la entidad en liquidación. Artículo 28 de la Ley 510 de 1999.
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Entidades objeto de intervención forzosa administrativa cuya inspección, vigilancia y control se encuentra a cargo de la
Superintendencia de la Economía Solidaria. PERIODICIDAD Y PLAZO DE ENVIO DEL Diagnóstico Integral: Plazo: 60 días calendario a partir de la REPORTE: fecha de posesión del liquidador y/o agente especial. Adjuntar copia de la póliza respectiva.
Ejecución: Periodicidad semestral Plazo: Los 20 días calendario de los meses de enero y julio, correspondiente al semestre que les antecede.
Para todos los casos si el día pertinente es festivo o no laborable, el envío se efectuará el día hábil siguiente. En el evento de cancelación, renovación o constitución de una nueva póliza, se deberá adjuntar para el efecto copia de la póliza respectiva.
MEDIO DE ENVÍO: Medios magnéticos o correo electrónico DEPENDENCIA USUARIA: Grupo de Asuntos Especiales de la respectiva Delegatura a la cual se encuentre a cargo la inspección, vigilancia y control de la entidad objeto de toma de posesión.
INSTRUCTIVO: NOMBRE DE LA ENTIDAD: Corresponde a la razón social de la entidad intervenida que remite la información.
NIT. Corresponde al número de identificación tributario de la entidad intervenida que remite la información.
FECHA DE CORTE: Indicar día, mes, año (DD/MM/AAAA) de corte de la información.
NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE: Nombre del funcionario encargado de elaborar la información reportada, el formato remitido en papel además
deberá contener su firma. NOMBRE Y FIRMA DEL LIQUIDADOR Y/O AGENTE ESPECIAL: Nombre del liquidador y/o agente especial quién es el encargado de certificar que la información reportada se tomo fielmente de su fuente, el formato remitido en papel además deberá contener su firma. NOMBRE Y FIRMA DEL CONTRALOR Y/O REVISOR FISCAL: Nombre del contralor y/o revisor fiscal, el formato remitido en papel además deberá contener su firma en evidencia de su gestión de fiscalización sobre la información reportada.
OBSERVACIONES: Indicar las situaciones relevantes presentadas y demás observaciones que se consideren pertinentes.
INFORMACIÓN REFERENTE AL CONTENIDO (Columnas 1 a la 7): COLUMNA 1 Amparo: Corresponde al riesgo que cubre la póliza de seguros. COLUMNA 2 Activo: Corresponde al activo que ampara la póliza de seguros. COLUMNA 3 Valor Asegurado: Se registrará el valor total asegurado por la póliza. COLUMNA 4 Valor anual prima: Se registrará la suma anual por concepto de prima por la póliza. COLUMNA 5 Fecha de Constitución o Renovación: Corresponde a la fecha de constitución o renovación de la póliza. COLUMNA 6 Fecha de vencimiento: Corresponde a la fecha de vencimiento de la póliza. COLUMNA 7 Entidad aseguradora: Indicar el nombre de la entidad que asegura el activo.
NÚMERO DE FORMATO ANEXO No. 4
NOMBRE DE FORMATO BIENES INMUEBLES OBJETIVO: Diagnóstico: Conocer la cantidad y valor de los bienes inmuebles de
propiedad de la entidad.
Plan de acción: Proyección y ejecución de las ventas de los bienes inmuebles, así como el ingreso de los bienes recibidos en dación de pago.
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Entidades objeto de intervención forzosa administrativa cuya inspección, vigilancia y control se encuentra a cargo de la Superintendencia de la Economía Solidaria.
MARCO LEGAL: Para efectos de la valoración de los bienes, el liquidador y/o agente especial deberá seguir el procedimiento de venta de activos previsto por la SUPERSOLIDARIA.
El valor de la enajenación del bien no podrá ser inferior al valor del avalúo en firme, salvo cuando se utilice mecanismos como martillo e invitación pública, cuya base no podrá ser inferior al 90% del avalúo realizado (articulo 35 Decreto 2211 de 2004). El liquidador deberá actualizar la valoración de los activos, cuando concurran circunstancias que incidan notoriamente en los avalúos inicialmente determinados, con base en nuevos avalúos practicados por personas o firmas avaluadoras de acuerdo con la metodología establecida para tal fin, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 34 del decreto 2211 de 2004 PERIODICIDAD Y PLAZO DE ENVIO DEL Diagnóstico Integral: Plazo: 60 días calendario a partir de REPORTE: la fecha de posesión del liquidador y/o agente especial.
Presupuesto: Periodicidad Anual. Plazo: 20 de enero del año que se presupuesta.
Ejecución: Periodicidad trimestral. Plazo: Los 20 días calendario de los meses de enero, abril, julio y octubre
correspondiente al trimestre que les antecede. Para todos los casos si el día pertinente es festivo o no laborable, el envío se efectuará el día hábil siguiente.
MEDIO DE ENVÍO: Medios magnéticos o correo electrónico DEPENDENCIA USUARIA: Grupo de Asuntos Especiales de la respectiva Delegatura a la cual se encuentre a cargo la inspección, vigilancia y control de la entidad objeto de toma de posesión.
INSTRUCTIVO: NOMBRE DE LA ENTIDAD: Corresponde a la razón social de la entidad intervenida que remite la información.
NIT. Corresponde al número de identificación tributario de la entidad intervenida que remite la información.
FECHA DE CORTE: Indicar día, mes, año (DD/MM/AAAA) de corte de la información.
NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE: Nombre del funcionario encargado de elaborar la información reportada, el formato remitido en papel además deberá contener su firma.
NOMBRE Y FIRMA DEL LIQUIDADOR Y/O AGENTE ESPECIAL: Nombre del liquidador y/o agente especial quién es el encargado de certificar que la información reportada se tomo fielmente de su fuente, el formato remitido en papel además deberá contener su firma. NOMBRE Y FIRMA DEL CONTRALOR Y/O REVISOR FISCAL: Nombre del contralor y/o revisor fiscal, el formato remitido en papel además deberá contener su firma en evidencia de su gestión de fiscalización sobre la información reportada.
OBSERVACIONES: Indicar las situaciones relevantes presentadas en cuanto a restricciones para la realización del inmueble por concepto de hipotecas, embargos, impuestos, ubicación en zonas de orden público e invasión
entre otras. Si existe reavalúo, indicar las razones del mismo y la justificación del aumento o disminución en el valor. Las demás observaciones que se consideren pertinentes.
INFORMACIÓN REFERENTE AL CONTENIDO DEL DIAGNÓSTICO INTEGRAL DE LA ENTIDAD:
(Columnas 1 a la 9) COLUMNA 1 Tipo de Bien: Identificar en detalle los bienes inmuebles que son de propiedad de la entidad y aquellos que reciba en dación en pago. Ejemplo: Terrenos, bodegas, casas, apartamentos, parqueaderos, etc. COLUMNA 2 Participación: Especificar el porcentaje de participación sobre la propiedad del inmueble. COLUMNA 3 Ubicación: Registrar la dirección donde se encuentra ubicado el bien. COLUMNA 4 Ciudad: Registrar el nombre de la ciudad en la que esta ubicado el bien. COLUMNA 5 Valor en libros: Registrar el valor total en libros de cada inmueble identificado. COLUMNA 6 Avalúo inicial (fecha): Indicar la fecha del avalúo inicial. COLUMNA 7 Avalúo inicial (Valor): Cuando la entidad posea avalúos en firme, se registrará el valor de los mismos, de cada uno de los inmuebles identificados. COLUMNA 8 Último reavalúo (fecha): Indicar la fecha del último reavalúo. COLUMNA 9 Último reavalúo (Valor): Cuando se efectúe reavalúo, se registrará el valor de los mismos, para cada uno de los inmuebles identificados.
INFORMACIÓN REFERENTE AL CONTENIDO DEL PLAN DE ACCIÓN:
(Columnas 10 a la 69) COLUMNA 10 Presupuesto (valor): Indicar el valor de los bienes que se proyectan vender durante el mes, el
cual deberá ser igual al valor del avalúo inicial o del último reavalúo. COLUMNA 11 Ejecución (valor): Indicar el valor del avalúo inicial o último reavalúo o en su defecto el valor histórico registrado en libros, de la realización efectiva del inmueble en el respectivo mes. Se reportará la realización del inmueble, sólo cuando se haya perfeccionado la transferencia de la propiedad del inmueble, efectuado el registro correspondiente en la oficina de instrumentos públicos y dado efectivamente de baja en la contabilidad. COLUMNA 12 Ejecución %: Registrar el porcentaje de ejecución Vs. Proyección. (Columna 11/ Columna 10). COLUMNA 13 Ingresos (valor): Indicar el valor del avalúo por el cual se recibieron los bienes por concepto de daciones en pago y el valor de las restituciones de contratos de leasing, durante el respectivo mes. Para recibir bienes en dación en pago, los mismos deben contar con un avalúo previo conforme a lo dispuesto en el articulo 34 del Decreto 2211 de 2004. COLUMNA 14 Saldo (valor): Registrar el resultado de los valores indicados en la columna 7 ó 9, descontando los indicados en la columna 11, más los indicados en la columna 13. COLUMNAS 15 en adelante, evidenciarán el mismo comportamiento descrito para las columnas 10 a la 14.
NÚMERO DE FORMATO ANEXO No. 5
NOMBRE DE FORMATO BIENES MUEBLES OBJETIVO: Diagnóstico: Conocer la cantidad y valor de los muebles propiedad de la entidad intervenida Plan de acción: Proyección y ejecución de las ventas de los bienes
muebles, así como el ingreso de los bienes recibidos en dación en pago.
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Entidades objeto de intervención forzosa administrativa cuya inspección, vigilancia y control se encuentra a cargo de la Superintendencia de la Economía Solidaria.
MARCO LEGAL: Para efectos de la valoración de los bienes, el liquidador acudirá a personas o firmas avaluadoras de acuerdo con lo señalado en el articulo 32 del Decreto 2211 de 2004, o aquellas disposiciones que lo modifiquen, aclaren o reformen.
El valor de la enajenación del bien no podrá ser inferior al valor del avalúo en firme, salvo cuando se utilice mecanismos como martillo e invitación pública, cuya base no podrá ser inferior al 90% del avalúo realizado (articulo 35 Decreto 2211 de 2004). El liquidador deberá actualizar la valoración de los activos, cuando concurran circunstancias que incidan notoriamente en los avalúos inicialmente determinados, con base en nuevos avalúos practicados por personas o firmas avaluadoras de acuerdo con la metodología establecida para tal fin, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 34 del decreto 2211 de 2004. PERIODICIDAD Y PLAZO DE ENVIO DEL Diagnóstico Integral: Plazo: 60 días calendario a partir de REPORTE: la fecha de posesión del liquidador y/o agente especial.
Presupuesto: Periodicidad Anual. Plazo: 20 de enero del año que se presupuesta.
Ejecución: Periodicidad trimestral. Plazo: Los 20 días calendario de los meses de abril, julio, octubre y enero
correspondiente al trimestre que les antecede. Para todos los casos si el día pertinente es festivo o no laborable, el envío se efectuará el día hábil siguiente.
MEDIO DE ENVÍO: Medios magnéticos o correo electrónico DEPENDENCIA USUARIA: Grupo de Asuntos Especiales de la respectiva Delegatura a la cual se encuentre a cargo la inspección, vigilancia y control de la entidad objeto de toma de posesión.
INSTRUCTIVO: NOMBRE DE LA ENTIDAD: Corresponde a la razón social de la entidad intervenida que remite la información.
NIT. Corresponde al número de identificación tributario de la entidad en intervenida que remite la información.
FECHA DE CORTE: Indicar día, mes, año (DD/MM/AAAA) de corte de la información.
NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE: Nombre del funcionario encargado de elaborar la información reportada, el formato remitido en papel además deberá contener su firma.
NOMBRE Y FIRMA DEL LIQUIDADOR Y/OAGENTE ESPECIAL: Nombre del liquidador y/o agente especial quién es el encargado de certificar que la información reportada se tomo fielmente de su fuente, el formato remitido en papel además deberá contener su firma. NOMBRE Y FIRMA DEL CONTRALOR Y/O REVISOR FISCAL: Nombre del contralor y/o revisor fiscal, el formato remitido en papel además deberá contener su firma en evidencia de su gestión de fiscalización sobre la información reportada.
OBSERVACIONES: Indicar las situaciones relevantes presentadas en cuanto a restricciones para la realización de los bienes (Prendas, embargos, secuestros, etc). Si existe reavalúo, indicar las razones del mismo y la
justificación del aumento o disminución en el valor. Las demás observaciones que se consideren pertinentes.
INFORMACIÓN REFERENTE AL CONTENIDO DEL DIAGNÓSTICO INTEGRAL DE LA ENTIDAD:
(Columnas 1 a la 7) COLUMNA 1 Clase: Identificar en detalle, los bienes muebles de propiedad de la entidad intervenida. COLUMNA 2 Ubicación: Señalar la ciudad en donde se encuentra el bien. COLUMNA 3 Valor libros: Registrar el valor en libros de cada uno de los bienes identificados. COLUMNA 4 Avalúo inicial (fecha): Indicar la fecha del avalúo inicial. COLUMNA 5 Avalúo inicial (Valor): Cuando la entidad posea avalúos en firme, se registrará el valor del mismo para cada uno de los bienes identificados. COLUMNA 6 Último reavalúo (fecha): Indicar la fecha del último reavalúo. COLUMNA 7 Último reavalúo (Valor): Cuando se efectúe reavalúo, se registrará el valor del mismo para cada uno de los bienes identificados.
INFORMACIÓN REFERENTE AL CONTENIDO DEL PLAN DE ACCIÓN:
(Columnas 8 a la 67) COLUMNA 8 Presupuesto (valor): Indicar el valor del vehículo y maquinaría que se proyectan vender durante el mes, el cual deberá ser igual al valor del avalúo inicial o del último reavalúo. COLUMNA 9 Ejecución (valor): Indicar el valor del avalúo del vehículo y maquinaria efectivamente vendido en el respectivo mes, esto es, que se haya perfeccionado la transferencia de la propiedad del bien y se haya dado efectivamente de baja en la contabilidad. COLUMNA 10 Ejecución (%): Registrar el porcentaje de ejecución Vs. Proyección. (Columna 9/ Columna 8).
COLUMNA 11 Ingresos (valor): Indicar el valor del avalúo por el cual se recibieron los bienes por concepto de daciones en pago y el valor de las restituciones de contratos de leasing, durante el respectivo mes. Para recibir bienes en dación en pago, los mismos deben contar con un avalúo previo conforme a lo dispuesto en el articulo 34 del Decreto 2211 de 2004. COLUMNA 12 Saldo (valor): Registrar el resultado de los valores indicados en la columna 5 ó 7, menos los indicados en la columna 9, más el valor de la columna 11. COLUMNAS 13 en adelante, evidenciarán el mismo comportamiento descrito para las columnas 8 a la 12.
NÚMERO DE FORMATO ANEXO No. 6
NOMBRE DE FORMATO FICHA TÉCNICA OBJETIVO: Disponer de información trimestral consolidada de tipo histórico, estadística y actualizada.
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Entidades objeto de liquidación forzosa administrativa cuya inspección, vigilancia y control se encuentra a cargo de la
Superintendencia de la Economía Solidaria.
MARCO LEGAL: Literales c), e), i) y n), numeral. 9°, artículo 295, Decreto 663 de 1993 EOSF en concordancia con lo dispuesto en el articulo 8 del Decreto 2211 de 2004
Adelantar durante todo el curso de la liquidación el recaudo de los dineros y la recuperación de los activos que por cualquier concepto deban ingresar a la masa de la liquidación…” Velar por la adecuada conservación de los bienes de la intervenida….ejerciendo las acciones judiciales y administrativas requeridas para el efecto” Transigir, comprometer, compensar o desistir, judicial o
extrajudicialmente, siempre que no se afecte la igualdad de los acreedores de acuerdo con la ley.” Promover las acciones de responsabilidad civil o penales que correspondan, contra los administradores, directores, revisores fiscales y funcionarios de la intervenida.” Así mismo los numerales 3 y 5, artículo 301, Decreto 663 de 1993
EOSF indican entre otros: -El liquidador exigirá la inmediata cancelación de las obligaciones de los asociados, directores y administradores para con la entidad intervenida.
En caso de que algún asociado dentro del término fijado deje de pagar el liquidador podrá presentar demanda ejecutiva contra el accionista moroso. ALCANCE, PERIODICIDAD Y PLAZO Informe Trimestral: Periodicidad trimestral. Plazo: Los 20 días DE ENVIO DEL REPORTE: calendario de los meses de enero, abril, julio y octubre, correspondiente al trimestre que les antecede. Para todos los casos si el día pertinente es festivo o no laborable, el envío se efectuará el día hábil siguiente.
MEDIO DE ENVÍO: Medios magnéticos o correo electrónico.
DEPENDENCIA USUARIA: Grupo de Asuntos Especiales de la respectiva Delegatura a la cual se encuentre a cargo la inspección, vigilancia y control de la entidad objeto de toma de posesión.
INSTRUCTIVO: FECHA DE CORTE: Indicar día, mes, año (DD/MM/AAAA) de corte de la información.
INFORMACIÓN GENERAL NOMBRE DE LA ENTIDAD: Corresponde a la razón social de la entidad en liquidación que remite la información.
NÚMERO Y FECHA DE LA RESOLUCIÓN DE TOMA DE POSESIÓN PARA LIQUIDAR: Indicar el número y la
fecha de la Resolución de la Superintendencia de la Economía Solidaria, mediante la cual se dispuso la toma de posesión de la entidad, con el objeto de proceder a su liquidación.
PLAZO DE LA LIQUIDACIÓN: Señalar el mes y año en que se tiene previsto terminar con el proceso liquidatorio.
NOMBRE LIQUIDADOR: Indicar el nombre del liquidador.
NÚMERO Y FECHA RESOLUCIÓN DE NOMBRAMIENTO: Indicar el número y la fecha de la resolución emitida por la Superintendencia de la Economía Solidaria y/o el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas “FOGACOOP” en el caso de cooperativas inscritas, mediante la cual se designó el liquidador de la entidad.
VALOR HONORARIOS: Registrar el valor de los honorarios mensuales asignados al liquidador, sin incluir IVA.
NOMBRE CONTRALOR: Indicar el nombre del contralor.
NÚMERO Y FECHA RESOLUCIÓN DE NOMBRAMIENTO: Indicar el número y la fecha de la resolución emitida por la Superintendencia de la Economía Solidaria y/o el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas “FOGACOOP” en el caso de cooperativas inscritas, mediante la cual se designó el contralor de la entidad.
VALOR HONORARIOS: Registrar el valor de los honorarios mensuales asignados al contralor, sin incluir IVA.
No. EMPLEADOS: Registrar el número de empleados de la entidad. En esta casilla no se deberá considerar al liquidador, ni al contralor.
No. OFICINAS: Registrar el número de oficinas con que cuenta la entidad.
No. ACREEDORES NO MASA: Registrar el número total de acreedores de la no masa.
No. ACREEDORES MASA: Registrar el número total de acreedores de la masa.
No. ACREEDORES PASINORE: Registrar el número total de acreedores del pasivo cierto no reclamado.
INFORMACIÓN FINANCIERA (Cifras en millones de pesos) Nota: La fuente de información será el Balance General y el Estados de Resultados a la fecha de corte del mes respectivo.
TOTAL ACTIVO: Registrar el valor total de los activos a la fecha de corte.
CAJA Y BANCOS: Registrar el valor de la sumatoria del saldo en caja y bancos a la fecha de corte.
INVERSIONTES TEMPORALES: Registrar el saldo de las inversiones temporales a la fecha de corte.
CARTERA BRUTA: Registrar el saldo de la cartera bruta a la fecha de corte.
CARTERA NETA: Registrar el valor de la cartera bruta menos las provisiones de cartera a la fecha de corte.
CARTERA VENCIDA: Registrar la sumatoria de la cartera vencida de consumo, comercial e hipotecaria a la fecha de corte.
INDICE DE MOROSIDAD: Registrar el valor porcentual resultante de dividir, la cartera vencida sobre la cartera bruta.
TOTAL ACTIVOS FIJOS DISPONIBLES PARA LA VENTA: Registrar la sumatoria del saldo de los activos fijos disponibles para la venta (inmuebles, terrenos, vehículos, muebles y enseres, etc, incluye, bienes recibidos en dación en pago y bienes restituidos).
TOTAL PASIVO: Registrar el valor total de los pasivos a la fecha de corte.
CUBRIMIENTO DEL PASIVO: Registrar el valor porcentual resultante de dividir; total activo sobre el total pasivo.
SALDO NO MASA: Registrar el saldo de la no masa a la fecha de corte.
SALDO MASA: Registrar el saldo de la masa a la fecha de corte.
SALDO PASIVO CIERTO NO RECLAMADO: Registrar el saldo del pasivo cierto no reclamado a la fecha de corte.
GASTOS DEL PROCESO: GASTOS DE PERSONAL DEL TRIMESTRE: Registrar el valor causado durante el respectivo trimestre por concepto de gastos de personal, incluyendo además, los honorarios del liquidador y contralor y otros honorarios.
GASTOS ADMINISTRATIVOS DEL TRIMESTRE: Registrar el valor causado durante el respectivo trimestre por concepto de los demás gastos de la entidad. GASTOS DE PERSONAL ACUMULADO AÑO: Registrar el valor acumulado causado durante el año en curso por concepto de gastos de personal, incluyendo además los honorarios del liquidador y contralor y otros honorarios. GASTOS ADMINISTRATIVOS ACUMULADO AÑO: Registrar el valor acumulado causado guante el año en curso, por concepto de los demás gastos de la entidad. INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA Y GENERAL (Cifras en millones de pesos) NÚMERO Y FECHA DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE RECONOCIMIENTO DE ACREENCIAS: Indicar el número y la fecha del acto administrativo mediante el cual se efectúo el reconocimiento de acreencias por cada ítem.
VALOR RECONOCIDO: Registrar el valor total de los pasivos reconocidos por cada ítem.
TOTAL RECONOCIDO: Registrar la sumatoria del valor reconocido por cada ítem.
NÚMERO Y FECHA DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE VALORACIÓN DE ACTIVOS: Indicar el número y la fecha del acto administrativo mediante el cual se efectúo la valoración de activos por cada ítem.
VALOR RECONOCIDO: Registrar el valor total de los activos reconocidos por cada ítem.
TOTAL RECONOCIDO: Registrar la sumatoria del valor reconocido por cada ítem.
PAGOS NO MASA, MASA, PASIVO CIERTO NO RECLAMADO Y DESVALORIZACIÓN: VALOR DISPUESTO: Registrar el valor total colocado por la intervenida a disposición de los acreedores para el respectivo pago por cada ítem.
VALOR PENDIENTE DE CANCELAR: Registrar el valor dispuesto menos el valor efectivamente cancelado por cada ítem.
PORCENTAJE (%) DE PAGO: Registrar el valor porcentual resultante de dividir, el valor dispuesto por cada ítem, sobre el valor reconocido por cada ítem. NÚMERO Y FECHA DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE PAGO: Indicar el número y la fecha del acto administrati
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.