SUPERSOLIDARIA - Circular Externa 5 de 2017
Superintendencia de la Economía Solidaria
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Detalles
- Título
- SUPERSOLIDARIA - Circular Externa 5 de 2017
- Autor
- Superintendencia de la Economía Solidaria
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2017
CIRCULAR EXTERNA No. 05
PARA: TODAS LAS ORGANIZACIONES SOLIDARIAS QUE SE ENCUENTRAN
BAJO LA SUPERVISIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA DE LA
ECONOMÍA SOLIDARIA
DE: ANDRES FELIPE URIBE MEDINA - Superintendente ( E)
ASUNTO: REPORTE DE INFORMACIÓN - COBRO TASA CONTRIBUCIÓN 2017
FECHA: Bogotá D.C., 31 de enero de 2017
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Economía Solidaria reporten la información correspondiente a sus activos a 31 de diciembre de 2016 vía correo electrónico. Dicha información deberá relacionarse y enviarse al correo electrónico efinancieros@supersolidaria.gov.co en el formato que se encuentra en el siguiente link de la página web de la Superintendencia de la Economía Solidaria: http://www.supersolidaria.gov.co/es/sala-de-prensa/noticia/alcance-circular-externa-01-y-02-de-enero-de2017 Así las cosas, teniendo en cuenta que la Superintendencia de la Economía Solidaria debe efectuar el cobro de la Tasa de Contribución para el año 2017 conforme lo estipula el artículo 37 de la Ley 454 de 1998, modificado por el artículo 99 de la Ley 795 de 2003; los plazos para el recaudo de dicha contribución son los definidos en los estamentos legales, tal como lo informó la Circular Externa 001 de 2017, como indica el siguiente cuadro: Carrera 7 No. 31-10 Piso 11. PBX (1) 7560557. FAX – Extensión 125 Línea gratuita 018000 180430 www.supersolidaria.gov.co
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organizaciones solidarias que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de la Economía Solidaria reporten la información correspondiente a sus activos a 31 de diciembre de 2016 vía correo electrónico. Dicha información deberá relacionarse y enviarse al correo electrónico efinancierosOsupersolidaria.gov.co en el formato que se encuentra en el siguiente link de la página web de la Superintendencia de la Economía Solidaria: http://www.supersolidaria.gov.co/es/sala-de-prensa/noticia/alcance-circular-externa-01-y-02-de-enero-de2017 Así las cosas, teniendo en cuenta que la Superintendencia de la Economía Solidaria debe efectuar el cobro de la Tasa de Contribución para el año 2017 conforme lo estipula el artículo 37 de la Ley 454 de 1998, modificado por el artículo 99 de la Ley 795 de 2003; los plazos para el recaudo de dicha contribución son los definidos en los estamentos legales, tal como lo informó la Circular Externa 001 de 2017, como indica el siguiente cuadro: ¿GATCOP Topo e¿,e anno a AS o o : EE J 0, Supervisión para el crecimiento social E y $8 y económico del sector solidario zE ¿2 A 5 Carrera 7 No. 31-10 Piso 11. PBX (1) 7560557. FAX — Extensión 125 Línea gratuita 018000 180430 180 9001 da S/ www.supersolidaria.gov.co as 7 NIT: 830.053.043 5 Bogotá D.C., Colombia «Sy Icontec CERTIFICADO á Wi internaciónal Código GP 006-1 Código SC 5773-1 Documento firmado digitalmente
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FECHA INICIO TASA DE CONTRIBUCIÓN PAGO FECHA LIMITE PAGO PRIMERA CUOTA 1 de febrero de 2017 28 de febrero de 2017
SEGUNDA CUOTA 1 de agosto de 2017 31 de agosto de 2017 Para el efecto, los recibos de pago se podrán descargar en la página www.supersolidaria.gov.co por la siguiente ruta: Ventana “Pagos en línea” Link “Ingrese al módulo de Pago en Línea”
Opción “Tasa de contribución” Digitar el NIT completo con digito de verificación, sin puntos ni comas Clave: Digitar el mismo NIT El pago podrá efectuarse por PSE desde el mismo aplicativo, o directamente en cualquiera de las oficinas del Banco de Bogotá, llevando impreso el recibo generado por el sistema. Si el pago se va a realizar a través de internet (PSE), se recomienda imprimir antes el recibo de pago, porque éste queda eliminado del sistema una vez el pago queda aprobado. La omisión o mora en el pago ocasionará las sanciones establecidas en el numeral 3° del artículo 38 de la Ley 454 de 1998 y el cobro de los intereses moratorios, certificados por la Superintendencia Financiera de Colombia, que se encuentren vigentes al momento del pago. La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Cordialmente,
ANDRÉS FELIPE URIBE MEDINA
Superintendente (E)
Proyectó: Mauricio Marín BarbosaAsesor Sec Gral
Revisó: Victoria Amalia Jattin Martínez – Secretaria General
Carrera 7 No. 31-10 Piso 11. PBX (1) 4895009. FAX – Extensión 125 Línea gratuita 018000 511737 www.supersolidaria.gov.co Correo electrónico: cau@supersolidaria.gov.co
NIT: 830.053.043 5 Bogotá D.C., Colombia )etnemadinifedni odiláV( =43V oAej
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Clave: Digitar el mismo NIT
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La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Cordialmfihte,
ANDRÉS FELIPE URIBE MEDINA
Superintendente (E)
Proyectó: Mauricio Marín BarbosaAsesor Sec Gral
Revisó: Victoria Amalia Jattin Martínez — Secretaria General
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a %/ Carrera 7 No. 31-10 Piso 11. PBX (1) 4895009. FAXExtensión 125 Línea gratuita 018000 511737 O ai www.supersolidaria.gov.co Correo electrónico: cauOsupersolidaria.gov.co «b icontec hna NIT: 830.053.043 5 Bogotá D.C., Colombia , Código GP 006-1 Código 80 5773-1 Documento firmado digitalmente