SUPERSOLIDARIA - Circular Externa 5 de 2019
Superintendencia de la Economía Solidaria
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Detalles
- Título
- SUPERSOLIDARIA - Circular Externa 5 de 2019
- Autor
- Superintendencia de la Economía Solidaria
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2019
CIRCULAR EXTERNA No. 05
PARA: ÓRGANOS DE ADMINISTRACION Y CONTROL DE ORGANIZACIONES
DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA
DE: RICARDO LOZANO PARDO
SUPERINTENDENTE
ASUNTO: MODIFICACIÓN DEL NUMERAL 2 CAPÍTULO XII DE LA CIRCULAR
BÁSICA CONTABLE Y FINANCIERA No. 004 de 2008 SOBRE
FORMATOS DEL FORMULARIO OFICIAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS
FECHA: Bogotá D.C., 27 de septiembre de 2019 120 - Circular Externa No. 05 Página 1 de 8 Con el fin de fortalecer las funciones de supervisión de la Superintendencia de la Economía Solidaria, se considera pertinente incluir un nuevo formato al Formulario Oficial de Rendición de Cuentas y modificar otros formatos, los cuales permitirán realizar un mejor análisis de los riesgos de crédito, riesgo de liquidez y el fondo de liquidez de las organizaciones solidarias supervisadas.
Por lo anterior, en ejercicio de las facultades previstas en el numeral 2 del artículo 36 de la Ley 454 de 1998, se imparten las siguientes instrucciones:
1. Formato - SALDOS DIARIOS DE AHORRO ORDINARIO (169) (FORMATO NUEVO) Se crea el formato 169 para el reporte de los saldos diarios de ahorro ordinario, registrados en la cuenta 210500 del Catálogo Único de información financiera con fines de supervisión.
El reporte se realizará a través del Sistema Integral de Captura de la Superintendencia de la Economía Solidaria SICSES, en el formulario Oficial de Rendición de Cuentas. El reporte de este formato se exigirá a las cooperativas de ahorro y crédito, cooperativas
multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito, fondos de empleados de categoría plena y asociaciones mutuales que tienen depósitos de ahorro ordinario y registran saldo en la cuenta 210500 del Catálogo Único de Información Financiera con fines de supervisión. A partir del corte correspondiente al mes de octubre de 2019, estas organizaciones vigiladas reportarán los saldos diarios de ahorro ordinario en forma mensual, en el Formulario Oficial der Rendición de Cuentas, en los primeros veinte (20) días calendario siguientes al cierre de cada mes, por lo tanto, el primer reporte se realizará a más tardar el 20 de noviembre de 2019. Carrera 7 No. 31-10 Piso 11. PBX (1) 7 560 557. Línea Gratuita 018000 180 430 www.supersolidaria.gov.co
NIT: 830.053.043 5 Bogotá D.C., Colombia
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CIRCULAR EXTERNA No. 05
PARA: ÓRGANOS DE ADMINISTRACION Y CONTROL DE ORGANIZACIONES
DE LA ECONOMIA SOLIDARIA
DE: RICARDO LOZANO PARDO
SUPERINTENDENTE
ASUNTO: MODIFICACIÓN DEL NUMERAL 2 CAPÍTULO XIl DE LA CIRCULAR
BASICA CONTABLE Y FINANCIERA No. 004 de 2008 SOBRE
FORMATOS DEL FORMULARIO OFICIAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS
FECHA: Bogotá D.C., 27 de septiembre de 2019 120 - Circular Externa No. 05 Página 1 de 8 Con el fin de fortalecer las funciones de supervisión de la Superintendencia de la Economía Solidaria, se considera pertinente incluir un nuevo formato al Formulario Oficial de Rendición de Cuentas y modificar otros formatos, los cuales permitirán realizar un mejor análisis de los riesgos de crédito, riesgo de liquidez y el fondo de liquidez de las organizaciones solidarias supervisadas.
Por lo anterior, en ejercicio de las facultades previstas en el numeral 2 del artículo 36 de la Ley 454 de 1998, se imparten las siguientes instrucciones:
1. Formato - SALDOS DIARIOS DE AHORRO ORDINARIO (169) (FORMATO NUEVO)
Se crea el formato 169 para el reporte de los saldos diarios de ahorro ordinario, registrados en la cuenta 210500 del Catálogo Unico de información financiera con fines de supervisión. El reporte se realizará a través del Sistema Integral de Captura de la Superintendencia de la Economía Solidaria SICSES, en el formulario Oficial de Rendición de Cuentas. El reporte de este formato se exigirá a las cooperativas de ahorro y crédito, cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito, fondos de empleados de categoría plena y asociaciones mutuales que tienen depósitos de ahorro ordinario y registran saldo en la cuenta 210500 del Catálogo Unico de Información Financiera con fines de supervisión. A partir del corte correspondiente al mes de octubre de 2019, estas organizaciones vigiladas reportarán los saldos diarios de ahorro ordinario en forma mensual, en el Formulario Oficial der Rendición de Cuentas, en los primeros veinte (20) días calendario siguientes al cierre de cada mes, por lo tanto, el primer reporte se realizará a más tardar el 20 de noviembre de 2019. “Super-Visión” para la transformacióe)n Carrera 7 No. 31-10 Piso 11. PBX (1) 7 560 557. Línea Gratuita 018000 180 430 www.supersolidaria.gov.co
NIT: 830.053.043 5 Bogotá D.C., Colombia Documento firmado digitalmente 120 - Circular Externa No. 05 Página 2 de 8
El campo denominado VALOR, permite el ingreso de valores positivos únicamente. Se validará que el último registro, que corresponde al último día del mes, sea igual al saldo
reportado en la cuenta 210500 del Catálogo Único de Información Financiera con fines de supervisión. Para los fondos de empleados de categoría plena de nivel (2) de supervisión y las asociaciones mutuales de nivel (2) y (3) de supervisión, a las que les aplica el reporte de saldos diarios de ahorro ordinario, también se les habilitará el formato 1Catálogo Único de Información Financiera con fines de supervisión, para efectos de registrar el total de activos, total pasivos, total patrimonio y el saldo en la cuenta 210500, en los meses que no reporta el Formulario Oficial de Rendición de Cuentas. Para efectos de análisis, se solicitará el reporte mensual de saldos diarios de ahorro ordinario desde enero de 2018 hasta septiembre de 2019. Las organizaciones a las que les aplica este reporte, tendrán plazo para la remisión de esta información, hasta el 31 de octubre de 2019, a través del SICSES. La información reportada correspondiente a periodos anteriores, también será objeto de verificación con los saldos de la cuenta en mención reportada en el Catálogo Único de Información Financiera con fines de supervisión. La información que no cumpla con la validación respectiva deberá reportarse nuevamente.
2. Formato 19 - INFORME INDIVIDUAL DE CARTERA DE CREDITO (9027) Se incorporan en el formato 19 Informe individual de cartera de crédito, los siguientes cambios: Modificación del crédito: Se modifica el nombre de la columna “Reestructurado “por “Modificación del crédito” habilitando las siguientes opciones: Reestructurado: Se entiende por reestructuración de un crédito, el
o mecanismo instrumentado mediante la celebración de cualquier negocio jurídico, que tenga como objeto o efecto modificar cualquiera de las condiciones originales pactadas con el fin de permitirle al deudor la atención adecuada de su obligación ante el real o potencial deterioro de su capacidad de pago. Novado. Cambio que se hace de una obligación por otra nueva que extingue o la primera. Ninguna o Fecha de modificación. Se modifica el nombre de la columna “Fecha de reestructuración” por “Fecha de Modificación”, para señalar la fecha en que se modificaron las condiciones pactadas del crédito. Carrera 7 No. 31-10 Piso 11. PBX (1) 7 560 557. Línea Gratuita 018000 180 430 www.supersolidaria.gov.co
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:ne esracifirev edeup otnemucod etse ed zedilav aL República de Colombia SMin uiste prio ede rHacsienoda ly Criéditdo Paúblirco ia UN X dui] E eEls edme prtoednodsi miento Superintendencia de la Economía Solidaria 120 - Circular Externa No. 05 Página 2 de 8 El campo denominado VALOR, permite el ingreso de valores positivos únicamente. Se validará que el último registro, que corresponde al último día del mes, sea igual al saldo reportado en la cuenta 210500 del Catálogo Unico de Información Financiera con fines de supervisión. Para los fondos de empleados de categoría plena de nivel (2) de supervisión y las asociaciones mutuales de nivel (2) y (3) de supervisión, a las que les aplica el reporte de saldos diarios de ahorro ordinario, también se les habilitará el formato 1Catálogo Unico de Información Financiera con fines de supervisión, para efectos de registrar el total de activos, total pasivos, total patrimonio y el saldo en la cuenta 210500, en los meses que no reporta el Formulario Oficial de Rendición de Cuentas. Para efectos de análisis, se solicitará el reporte mensual de saldos diarios de ahorro ordinario desde enero de 2018 hasta septiembre de 2019. Las organizaciones a las que les aplica este reporte, tendrán plazo para la remisión de esta información, hasta el 31 de octubre de 2019, a través del SICSES. La información reportada correspondiente a periodos anteriores, también será objeto de verificación con los saldos de la cuenta en mención reportada en el Catálogo Unico de
Información Financiera con fines de supervisión. La información que no cumpla con la validación respectiva deberá reportarse nuevamente.
2. Formato 19 - INFORME INDIVIDUAL DE CARTERA DE CREDITO (9027) Se incorporan en el formato 19 Informe individual de cartera de crédito, los siguientes cambios: e Modificación del crédito: Se modifica el nombre de la columna “Reestructurado “por “Modificación del crédito” habilitando las siguientes opciones: o Reestructurado: Se entiende por reestructuración de un crédito, el mecanismo instrumentado mediante la celebración de cualquier negocio jurídico, que tenga como objeto o efecto modificar cualquiera de las condiciones originales pactadas con el fin de permitirle al deudor la atención adecuada de su obligación ante el real o potencial deterioro de su capacidad de pago. o Novado. Cambio que se hace de una obligación por otra nueva que extingue la primera. o Ninguna e Fecha de modificación. Se modifica el nombre de la columna “Fecha de reestructuración” por “Fecha de Modificación”, para señalar la fecha en que se modificaron las condiciones pactadas del crédito. “Super-Visión” parala transformación
Carrera 7 No. 31-10 Piso 11. PBX (1) 7 560 557. Línea Gratuita 018000 180 430 www.supersolidaria.gov.co
NIT: 830.053.043 5 Bogotá D.C., Colombia Documento firmado digitalmente 120 - Circular Externa No. 05 Página 3 de 8 Calificación antes de la modificación. Se modifica el nombre de la columna “categoría al momento de la reestructuración” por “calificación antes de la
modificación”: se entiende por la calificación de riesgo en la que se encontraba el crédito antes de la modificación. Aplica para todas las opciones consideradas en el campo “modificación del crédito” (reestructurado y novado). Número de modificaciones (nuevo campo): Se debe señalar el número de modificaciones realizadas al crédito desde su desembolso (Para cada tipo de modificación Reestructurado y novado). Estado del crédito (nuevo campo): Seleccionar el estado del crédito, según las siguientes opciones: Vigente: El crédito está al día o En cobro pre jurídico: Corresponde al despliegue de la actividad profesional o que efectúa el acreedor en procura de recaudar el valor de la obligación en mora sin que medie un proceso judicial, es decir, se trata de un cobro extraprocesal y persuasivo previo.
En cobro jurídico: Ejercicio de la acción de cobro mediante la instauración de o las acciones judiciales ejecutivas ante los jueces competentes.
Deudor insolvente: Cuando el deudor se acoge a alguno de los regímenes o de insolvencia vigentes. NIT Deudora Patronal (nuevo campo): Cuando la organización solidaria registre información en los códigos contables 140400, 140405, 140410, 140415, 140420 y 140425; 141100, 141105, 141110, 141115, 141120, 141125, 144100, 144105, 144110, 144115, 144120, 144125, se habilitará la opción para la captura de información del NIT de la deudora patronal (NIT). Nombre Deudora Patronal (nuevo campo): Cuando la organización solidaria registre
información en los códigos contables 140400, 140405, 140410, 140415, 140420 y 140425; 141100, 141105, 141110, 141115, 141120, 141125, 144100, 144105, 144110, 144115, 144120, 144125, se habilitará la opción para la captura de la razón social de la deudora patronal (Nombre). Las modificaciones en el formato 19 aplicarán a partir del reporte de información correspondiente al mes de septiembre de 2019.
3. Formato F14 – ÓRGANOS DE DIRECCIÓN Y CONTROL (8888).
Se realizan las siguientes modificaciones en el formato F14 – Órganos de dirección y control (8888): Carrera 7 No. 31-10 Piso 11. PBX (1) 7 560 557. Línea Gratuita 018000 180 430 www.supersolidaria.gov.co
NIT: 830.053.043 5 Bogotá D.C., Colombia
=IHw D1bI w+Cx /sCJ dzlr P+P7 R8ZH : rodacifitnedI acinortcelEedeS/oc.vog.airadilosrepus.acinortceleedes//:sptth :ne esracifirev edeup otnemucod etse ed zedilav aL Documento firmado digitalmente | dd l lHwD1b| w+Cx /sCJ dzlr P+P7 R8ZH : rodacifitn edI o ciAnórAtceAle o otntenmemuuccoodd e edd a cictnéituSa le eppaapp n nee a aiippooC
:cinortcelEedeS/oc.vog.airadilosrepus.acinortceleedes//:sptth :ne esracifirev edeup otnemucod etse ed zedilav aL República de Colombia SMin uiste prio ede rHacsienoda ly Criéditdo Paúblirco ia UN XA uE eEl seem prtoednodsi miento Superintendencia de la Economía Solidaria 120 - Circular Externa No. 05 Página 3 de 8 Calificación antes de la modificación. Se modifica el nombre de la columna “categoría al momento de la reestructuración” por “calificación antes de la modificación”: se entiende por la calificación de riesgo en la que se encontraba el crédito antes de la modificación. Aplica para todas las opciones consideradas en el campo “modificación del crédito” (reestructurado y novado). Número de modificaciones (nuevo campo): Se debe señalar el número de modificaciones realizadas al crédito desde su desembolso (Para cada tipo de modificación Reestructurado y novado). Estado del crédito (nuevo campo): Seleccionar el estado del crédito, según las siguientes opciones: o Vigente: El crédito está al día o En cobro pre jurídico: Corresponde al despliegue de la actividad profesional que efectúa el acreedor en procura de recaudar el valor de la obligación en mora sin que medie un proceso judicial, es decir, se trata de un cobro extraprocesal y persuasivo previo. o En cobro jurídico: Ejercicio de la acción de cobro mediante la instauración de las acciones judiciales ejecutivas ante los jueces competentes. o Deudor insolvente: Cuando el deudor se acoge a alguno de los regímenes
de insolvencia vigentes. NIT Deudora Patronal (nuevo campo): Cuando la organización solidaria registre información en los códigos contables 140400, 140405, 140410, 140415, 140420 y 140425; 141100, 141105, 141110, 141115, 141120, 141125, 144100, 144105, 144110, 144115, 144120, 144125, se habilitará la opción para la captura de información del NIT de la deudora patronal (NIT). Nombre Deudora Patronal (nuevo campo): Cuando la organización solidaria registre información en los códigos contables 140400, 140405, 140410, 140415, 140420 y 140425; 141100, 141105, 141110, 141115, 141120, 141125, 144100, 144105, 144110, 144115, 144120, 144125, se habilitará la opción para la captura de la razón social de la deudora patronal (Nombre). Las modificaciones en el formato 19 aplicarán a partir del reporte de información correspondiente al mes de septiembre de 2019.
3. Formato F14 - ÓRGANOS DE DIRECCIÓN Y CONTROL (8888).
Se realizan las siguientes modificaciones en el formato F14 — Órganos de dirección y control (8888): “Super-Visión” parala transformación Carrera 7 No. 31-10 Piso 11. PBX (1) 7 560 557. Línea Gratuita 018000 180 430 www.supersolidaria.gov.co Documento firmado digitalmente NIT: 830.053.043 5 Bogotá D.C., Colombia 120 - Circular Externa No. 05 Página 4 de 8
Tipo de tarjeta (nuevo campo) Titulado: Contador titulado conforme a los requisitos de la Ley 43 de 1990. Autorizado: Acreditado para prestar servicios, no necesariamente tiene título y fue otorgada conforme a los requisitos de la Ley 145 de 1960. Para validar el estado del contador ingresar a la página de la Junta Central de Contadores en el siguiente link: https://sgr.jcc.gov.co:8181/apex/f?p=138 La siguiente información se solicitará para cuando se diligencie la información de revisor fiscal y contador. Número de certificado (nuevo campo): Diligenciar el número del Certificado de Antecedentes expedido por la Junta Central de Contadores. Fecha expedición certificado (nuevo campo): Diligenciar la fecha en la que el Certificado de Antecedentes fue expedido por la Junta Central de Contadores. Tipo Identificación (nuevo campo): Corresponde al tipo de identificación de la persona encargada de diligenciar la información. C = Cédula de Ciudadanía o N = NIT o P = Pasaporte o E = Cédula de Extranjería o Número de Identificación: Número de identificación de la persona encargada de diligenciar la información, debe estar previamente creado en el de Usuarios. Nombre de quien carga la información: Nombre de la persona encargada de diligenciar la información. Cargo: Registre el cargo de la persona responsable de diligenciar la información.
4. Formato 27 – FONDO DE LIQUIDEZ (9067) Se realizan las siguientes modificaciones al formato 27 Fondo de liquidez: Código Cuenta: (nuevo campo): Corresponde al código de la cuenta del Catálogo
Único de Información Financiera con Fines de Supervisión, a seis dígitos, en el cual se encuentra registrado los recursos del fondo de liquidez. Carrera 7 No. 31-10 Piso 11. PBX (1) 7 560 557. Línea Gratuita 018000 180 430 www.supersolidaria.gov.co
NIT: 830.053.043 5 Bogotá D.C., Colombia
=IHw D1bI w+Cx /sCJ dzlr P+P7 R8ZH : rodacifitnedI acinortcelEedeS/oc.vog.airadilosrepus.acinortceleedes//:sptth :ne esracifirev edeup otnemucod etse ed zedilav aL Documento firmado digitalmente || ed :lL ? ocinórtcele otnemucod ed acitnétua lepap ne aipoC República de Colombia SMin uist perio e de rHacsienoda ly Criéditdo Paúblirco ia EmA Rx uE eEls edme prtoednodsi miento Superintendencia de la Economía Solidaria 120 - Circular Externa No. 05 Página 4 de 8 e Tipo de tarjeta (nuevo campo) e Titulado: Contador titulado conforme a los requisitos de la Ley 43 de 1990. e Autorizado: Acreditado para prestar servicios, no necesariamente tiene título y fue otorgada conforme a los requisitos de la Ley 145 de 1960. Para validar el estado del contador ingresar a la página de la Junta Central de Contadores en el siguiente link: lHwA https://sgr.j¡cc.gov.co:8181/apex/f?p=138
D1b|A AA La siguiente información se solicitará para cuando se diligencie la información de revisor w +o C xnt fiscal y contador. /sCJocume dzirdd e e Número de certificado (nuevo campo): Diligenciar el número del Certificado de P s E 7 a s e p : rodacifit Iden a p eu Ea nt p oeé pln i t ai ca e . TA pCF ie en e pr rt c t o se h i oc a f ne i aIcd a de e d en ex o nt np te ce ids f ad e i ri c gce A a aix n c dóp t i ane óe d nci e dd d eco e e ( r n n dt t u ip i leo ef ir vsi g o ec l naa f c d u io ceJ a au rmn et p( x la on ap )u e :e iC d v ne i fon d o t o C rr o ma cl r apa crom ierd p ó se o n pl .) a o :C n o J dun ent D t a i ad l o i ag lr C ee ens nc tt. ii r p a oar l ddl ea e f C ie o dc enh nta ta id fo ie r cn ae cs i. óla n qu de e e ll a :cinortcelEedeS/oc.vog.airadilosrepus.acinortceleedes//:sptth
:ne esracifirev edeup otnemucod etse ed zedilav aL C = Cédula de Ciudadanía
N = NIT
P = Pasaporte E = Cédula de Extranjería 0000 e Número de Identificación: Número de identificación de la persona encargada de diligenciar la información, debe estar previamente creado en el de Usuarios. e Nombre de quien carga la información: Nombre de la persona encargada de diligenciar la información. e Cargo: Registre el cargo de la persona responsable de diligenciar la información.
4. Formato 27 — FONDO DE LIQUIDEZ (9067) Se realizan las siguientes modificaciones al formato 27 Fondo de liquidez: e Código Cuenta: (nuevo campo): Corresponde al código de la cuenta del Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión, a seis dígitos, en el cual se encuentra registrado los recursos del fondo de liquidez. “Super-Visión” parala transformación
Carrera 7 No. 31-10 Piso 11. PBX (1) 7 560 557. Línea Gratuita 018000 180 430 www.supersolidaria.gov.co Documento firmado digitalmente NIT: 830.053.043 5 Bogotá D.C., Colombia 120 - Circular Externa No. 05 Página 5 de 8 Tipo de título: Se modifican los tipos de título o inversión autorizados para mantener los recursos del fondo de liquidez, según lo señalado en el artículo 2.11.7.2.1 del Decreto 1068 de 2015, modificado mediante Decreto 704 de 2019: Cuentas corrientes. o Cuentas de Ahorros.
o Certificados de depósito a término – CDT. o Certificados de ahorro a término – CDAT. o Bonos ordinarios emitidos por la entidad. o Fondos de inversión colectiva administrados por sociedades fiduciarias o o sociedades comisionistas de bolsa. Patrimonio Autónomo 1 o Nemotécnico: (nuevo campo): Registrar el código nemotécnico asignado por la Bolsa de Valores de Colombia al título (Alfanumérico). NIT entidad custodia: (nuevo campo): Registre el NIT del establecimiento de crédito, la sociedad fiduciaria o del Depósito Centralizado de Valores vigilado por la Superintendencia Financiera que tiene en custodia los títulos del fondo de liquidez. El NIT valida con el formato de Asociados, Empleados y Terceros. Nombre Entidad custodia: (nuevo campo): Se registra la razón social del establecimiento de crédito, la sociedad fiduciaria o del Depósito Centralizado de Valores vigilado por la Superintendencia Financiera que tiene en custodia los títulos del fondo de liquidez. Las modificaciones en el formato 27 – Fondo de Liquidez aplicarán a partir del reporte de información correspondiente al mes de septiembre de 2019.
5. Formato 1CATALOGO ÚNICO DE INFORMACIÓN FINANCIERA CON FINES DE
SUPERVISIÓN (3) Se realizan las siguientes modificaciones: Se incluye la Cuenta 112001 – “FONDO DE LIQUIDEZ – CUENTAS CORRIENTES” para registrar el saldo de las cuentas corrientes en las cuales se pueden mantener recursos del fondo de liquidez, según lo previsto en el numeral 1 del artículo
2.11.7.2.1 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el Decreto 704 de 2019. 1 Teniendo en cuenta lo previsto en los artículos 15 y 16, en concordancia con lo señalado en el artículo 9 del Decreto 704 de 2019, se mantiene de manera temporal la cuenta 120325 “PATRIMONIO AUTÓNOMO ADMINISTRADO POR SOCIEDADES FIDUCIARIAS”, del Catálogo Único de Información Financiera con fines de supervisión. Carrera 7 No. 31-10 Piso 11. PBX (1) 7 560 557. Línea Gratuita 018000 180 430 www.supersolidaria.gov.co
NIT: 830.053.043 5 Bogotá D.C., Colombia
=IHw D1bI w+Cx /sCJ dzlr P+P7 R8ZH : rodacifitnedI acinortcelEedeS/oc.vog.airadilosrepus.acinortceleedes//:sptth :ne esracifirev edeup otnemucod etse ed zedilav aL Documento firmado digitalmente | dd ocinórtcele otnemucod ed acitnétua lepap ne aipoC lHwA D1b|A AA w +o Ct xn /sCJocume dzirdd e P s E 7 a sauténtica e p : rodacifit Iden p e Ea np oe pl i a :cinortcelEedeS/oc.vog.airadilosrepus.acinortceleedes//:sptth
:ne esracifirev edeup otnemucod etse ed zedilav aL República de Colombia SMin uist perio e de rHacsienoda ly Criéditdo Paúblirco ia UN YA uE eEl seem prtoednodsi miento Superintendencia de la Economía Solidaria 120 - Circular Externa No. 05 Página 5 de 8
Tipo de título: Se modifican los tipos de título o inversión autorizados para mantener los recursos del fondo de liquidez, según lo señalado en el artículo 2.11.7.2.1 del Decreto 1068 de 2015, modificado mediante Decreto 704 de 2019: Cuentas corrientes.
Cuentas de Ahorros. Certificados de depósito a término — CDT. Certificados de ahorro a término — CDAT. Bonos ordinarios emitidos por la entidad. Fondos de inversión colectiva administrados por sociedades fiduciarias O sociedades comisionistas de bolsa. o Patrimonio Autónomo Oo00000O0O Nemotécnico: (nuevo campo): Registrar el código nemotécnico asignado por la Bolsa de Valores de Colombia al título (Alfanumérico).
NIT entidad custodia: (nuevo campo): Registre el NIT del establecimiento de crédito, la sociedad fiduciaria o del Depósito Centralizado de Valores vigilado por la Superintendencia Financiera que tiene en custodia los títulos del fondo de liquidez. El NIT valida con el formato de Asociados, Empleados y Terceros.
Nombre Entidad custodia: (nuevo campo): Se registra la razón social del establecimiento de crédito, la sociedad fiduciaria o del Depósito Centralizado de
Valores vigilado por la Superintendencia Financiera que tiene en custodia los títulos del fondo de liquidez. Las modificaciones en el formato 27 — Fondo de Liquidez aplicarán a partir del reporte de información correspondiente al mes de septiembre de 2019.
5. Formato 1CATALOGO ÚNICO DE INFORMACIÓN FINANCIERA CON FINES DE
SUPERVISIÓN (3) Se realizan las siguientes modificaciones: Se incluye la Cuenta 112001 — “FONDO DE LIQUIDEZ — CUENTAS CORRIENTES” para registrar el saldo de las cuentas corrientes en las cuales se pueden mantener recursos del fondo de liquidez, según lo previsto en el numeral 1 del artículo 2.11.7.2.1 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el Decreto 704 de 2019. 7 Teniendo en cuenta lo previsto en los artículos 15 y 16, en concordancia con lo señalado en el artículo 9 del Decreto 704 de 2019, se mantiene de manera temporal la cuenta 120325 “PATRIMONIO AUTÓNOMO ADMINISTRADO POR SOCIEDADES FIDUCIARIAS”, del Catálogo Único de Información Financiera con fines de supervisión. “Super-Visión” parala transformación Carrera 7 No. 31-10 Piso 11. PBX (1) 7 560 557. Línea Gratuita 018000 180 430 www.supersolidaria.gov.co
NIT: 830.053.043 5 Bogotá D.C., Colombia Documento firmado digitalmente 120 - Circular Externa No. 05 Página 6 de 8 Cuenta 112003 - FONDO DE LIQUIDEZ -FONDOS DE INVERSIÓN COLECTIVA
ADMINISTRADOS POR SOCIEDADES FIDUCIARIAS: se ajusta la denominación de la cuenta según lo previsto en el numeral 2 del artículo 2.11.7.2.1 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el Decreto 704 de 2019. Cuenta 112006 - FONDO DE LIQUIDEZ - FONDOS DE INVERSIÓN COLECTIVA ADMINISTRADOS POR SOCIEDADES COMISIONISTAS DE BOLSA: se ajusta la denominación de la cuenta según lo previsto en el numeral 2 del artículo 2.11.7.2.1 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el Decreto 704 de 2019. Cuenta 120305 – FONDO DE LIQUIDEZ – CERTIFICADOS DE DEPÓSITO A TÉRMINOCDT: se ajusta la denominación de la cuenta según lo previsto en el numeral 1 del artículo 2.11.7.2.1 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el Decreto 704 de 2019. Cuenta 120310 - FONDO DE LIQUIDEZ – CERTIFICADOS DE AHORRO A TÉRMINO – CDAT: se ajusta la denominación de la cuenta según lo previsto en el numeral 1 del artículo 2.11.7.2.1 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el Decreto 704 de 2019. Cuenta 120315 - FONDO DE LIQUIDEZ - FONDOS DE INVERSIÓN COLECTIVA ADMINISTRADOS POR SOCIEDADES FIDUCIARIAS: se ajusta la denominación de la cuenta según lo previsto en el numeral 2 del artículo 2.11.7.2.1 del Decreto 1068
de 2015, modificado por el Decreto 704 de 2019. Cuenta 120320 - FONDO DE LIQUIDEZ - FONDOS DE INVERSIÓN COLECTIVA ADMINISTRADOS POR SOCIEDADES COMISIONISTAS DE BOLSA: se ajusta la denominación de la cuenta según lo previsto en el numeral 2 del artículo 2.11.7.2.1 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el Decreto 704 de 2019. Se incluye la Cuenta 120330 “BONOS ORDINARIOS” según lo previsto en el numeral 1 del artículo 2.11.7.2.1 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el Decreto 704 de 2019. Se incluye la cuenta 123015 “EN TITULOS DE DEUDA” con base en que algunas organizaciones del sector solidario presentan inversiones en títulos de deuda medidos a valor razonable con cambios en el resultado. Se incluye la cuenta 195000 “ACTIVOS POR DERECHO DE USO” con base en lo dispuesto en el párrafo 22 de la NIIF 16. Se incluye la cuenta 195005 “ACTIVOS POR DERECHO DE USO MEDIDOS AL COSTO” con base en lo dispuesto en el párrafo 29 de la NIIF 16. Carrera 7 No. 31-10 Piso 11. PBX (1) 7 560 557. Línea Gratuita 018000 180 430 www.supersolidaria.gov.co
NIT: 830.053.043 5 Bogotá D.C., Colombia
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acinortcelEedeS/oc.vog.airadilosrepus.acinortceleedes//:sptth :ne esracifirev edeup otnemucod etse ed zedilav aL Documento firmado digitalmente | dd ocinórtcele otnemucod ed acitnétua lepap ne aipoC l H w D 1b| ocinórtcele w +o Ct xn /sCJe m u c o ,dzir edd P s E 7 a s acitnétua e p : rodacifitnedI aipo l e nepap :cinortcelEedeS/oc.vog.airadilosrepus.acinortceleedes//:sptth :ne esracifirev edeup otnemucod etse ed zedilav aL República de Colombia E SM iniusterpio ede rHacisendoa yl Crié 1dit do dPaúb lirco ia . Y N5s Ee SE )y eEl s e dm e pr toe dn od si miento Superintendencia de la Economía Solidaria 120 - Circular Externa No. 05 Página 6 de 8 Cuenta 112003 - FONDO DE LIQUIDEZ -FONDOS DE INVERSIÓN COLECTIVA ADMINISTRADOS POR SOCIEDADES FIDUCIARIAS: se ajusta la denominación de la cuenta según lo previsto en el numeral 2 del artículo 2.11.7.2.1 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el Decreto 704 de 2019.
Cuenta 112006 - FONDO DE LIQUIDEZ - FONDOS DE INVERSIÓN COLECTIVA
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