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SUPERSOLIDARIA - Resolución 2024100003975

Superintendencia de la Economía Solidaria

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Detalles

Título
SUPERSOLIDARIA - Resolución 2024100003975
Autor
Superintendencia de la Economía Solidaria
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año

V_OAPS-F72013

SUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA

RESOLUCIÓN 2024100003975 DE

22 de mayo de 2024

Por la cual se modifica la Resolución No. 2022410008575 del 21 de diciembre de 2022, y se dictan otras disposiciones.

LA SUPERINTENDENTA DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA

En ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas en el numeral 3° y8° del artículo 5º del Decreto 186 del 26 de enero de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución No. 2022410008575 del 21 de diciembre de 2022, se creó el Grupo Interno de Trabajo de Comunicaciones, adscrito al Despacho, el cual fue creado con el objetivo de “Liderar al interior de la entidad la implementación de las políticas que incidan en la relación Estado - Ciudadano.”.

Que las competencias relacionadas con las comunicaciones se encuentran compartidas por dos instancias de la Superintendencia:

o Grupo de Relacionamiento Estado -Ciudadano o Grupo de comunicaciones

Teniendo en cuenta lo anterior, es necesario determinar el alcance de cada instancia respecto de las funciones asignadas para permitir una eficiente gestión de las comunicaciones en la Superintendencia.

Aunado a lo anterior, el artículo 5 del Decreto 186 de 2004 “Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de la Economía Solidaria” establece en los numerales 6 y 9 las competencias del Despacho de la Superintendenta para adoptar las políticas de la entidad y velar po r la ejecución

la Superintendencia de la Economía Solidaria” establece en los numerales 6 y 9 las competencias del Despacho de la Superintendenta para adoptar las políticas de la entidad y velar po r la ejecución de los programas de la Superintendencia entre la que se encuentran las relativas a l a comunicación de información veraz, oportuna y con calidad respecto de los planes, programas y proyectos de la entidad a los grupos de interés internos y externos.

Que mediante la Resolución No. 2023410005445 del 12 de julio de 2023 se compilan los antecedentes, regulación, constitución, ubicación, modificaciones y funciones de los Grupos Internos de Trabajo de la Superintendencia de la Economía Solidaria.

Que en la mencionada Resolución compilatoria se mantienen las funciones asignadas a di cho grupo mediante la Resolución No. 2022410007605 del 28 de noviembre de 2022.

Por lo anterior, y teniendo en cuenta la importancia de la función de comunicacion es y la necesidad de delimitar claramente las competencias del Grupo concentrando la gestión efici ente de las comunicaciones de la entidad, se hace necesario actualizar y modificar las funciones actuales pa ra hacerla concordantes con las realidades institucionales y permitir su adecuada y eficiente ejecución.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024100003975 DE 22 de mayo de 2024 Página 2 de 3

Continuación de la Resolución Por medio de la cual se constituye el Grupo Interno de Trabajo d e Analítica de Datos adscrito al Despacho de la Superintendencia de la Economía Solidaria y se suprime otros grupos.

Que la Superintendenta, de conformidad con el numeral 8 del artículo 5º del Decre to 186 de 2004

Datos adscrito al Despacho de la Superintendencia de la Economía Solidaria y se suprime otros grupos.

Que la Superintendenta, de conformidad con el numeral 8 del artículo 5º del Decre to 186 de 2004 puede: “ Crear, organizar y conformar mediante resolución interna con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo para atender las necesidades del servicio y el cumplimiento oportuno, eficiente y eficaz de los objetivos, políticas y programas de la Superintendencia”.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Propósito. El propósito del Grupo Interno de Trabajo de Comunicaciones consiste en gestionar las comunicaciones internas y externas de la Superintendencia de la Economía Solidaria a través de los distintos formatos y canales de comunicación dispuestos para ello. ”, el cual quedará así.

ARTÍCULO 2°.- Funciones. Las funciones del Grupo Interno de Trabajo de Comunicaciones son:

1.Diseñar y mantener actualizada la Política de Comunicaciones de la Superintendencia de la Economía Solidaria.

2.Apoyar en la gestión y visibilización de espacios de participación para la ciudadanía, de acuerdo a los lineamientos dispuestos por el Despacho de la Superintendenta de la Economía Solidaria.

3. Administrar los canales de comunicación de la Superintendencia de la Economía Solidaria, en tre los que se encuentran: página web, intranet, Instagram, Facebook, TikTok, X, LinkedIn, YouTube, WhatsApp, correo electrónico y cualquier otro canal necesario para el cumplimien to del propósito dispuesto y/o que sea solicitado por el Despacho de la Superintendenta de la Economía Solidaria.

WhatsApp, correo electrónico y cualquier otro canal necesario para el cumplimien to del propósito dispuesto y/o que sea solicitado por el Despacho de la Superintendenta de la Economía Solidaria.

4.Producir contenidos relacionados con la gestión de la Superintendencia de la Economía Sol idaria, para ser divulgados a través de los canales de comunicación internos y/o externos, seg ún corresponda.

5. Gestionar el relacionamiento con los medios de comunicación con el fin de visibilizar la gestión de la Superintendencia de la Economía Solidaria, permitiendo el adecuado cubrimiento.

6. Realizar convocatoria, acompañamiento y difusión de las actividades internas y externas, en las que participe la Superintendencia de la Economía Solidaria.

7. Apoyar en el diseño de estrategias de comunicación requeridas para la divulgación y soci alización de la gestión de las diferentes dependencias de la entidad.

8. Apoyar técnicamente a las distintas dependencias de la entidad en la estructuración, revi sión y aplicación de los mecanismos e instrumentos de medición de satisfacción de los Grupos de i nterés, en coordinación con el Grupo de Relación Estado-Ciudadanía.

9. Las demás funciones relacionadas con la naturaleza del Grupo de Comunicaciones.

ARTÍCULO 3°. Vigencia. La presente resolución rige a partir del día siguiente al de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024100003975 DE 22 de mayo de 2024 Página 3 de 3

Continuación de la Resolución Por medio de la cual se constituye el Grupo Interno de Trabajo d e Analítica de Datos adscrito al Despacho de la Superintendencia de la Economía Solidaria y se suprime otros grupos.

Continuación de la Resolución Por medio de la cual se constituye el Grupo Interno de Trabajo d e Analítica de Datos adscrito al Despacho de la Superintendencia de la Economía Solidaria y se suprime otros grupos.

PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 22 de mayo de 2024

MARIA JOSÉ NAVARRO MUÑOZ

Superintendenta

Proyectó: Jhaniela Jiménez Gutiérrez – Asesora Jurídica Despacho

Revisó: Elizabeth Rodríguez Taylor – Asesora Externa Despacho

Beatriz Leonela Lizcano Castro – Jefa Oficina Asesora Jurídica

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