SUPERSOLIDARIA - Resolución 2025140006865 de 2025
Superintendencia de la Economía Solidaria
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Detalles
- Título
- SUPERSOLIDARIA - Resolución 2025140006865 de 2025
- Autor
- Superintendencia de la Economía Solidaria
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2025
V_OAPS-F72013
SUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA
RESOLUCIÓN 2025140006865 DE
3 de diciembre de 2025
Por la cual se modifica la persona natural designada para ejercer el cargo de revisor fiscal de la Cooperativa Multiactiva de Desarrollo Integral — COOSALUD.
LA SUPERINTENDENTA DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA
En ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 34 de la Ley 454 de 1998, modificado por el artículo 98 de la Ley 795 de 2003; el numeral 6 del artículo 2 del Decreto 186 de 2004; el Decreto 1068 de 2015; el literal a) del numeral 1 del artículo 296 del Decreto 663 de 1993 — Estatuto Orgánico del Sistema Financiero; el Decreto 2555 de 2010, las demás normas concordantes y complementarias, y con fundamento en los siguientes;
I. ANTECEDENTES La Cooperativa Multiactiva de Desarrollo Integral — COOSALUD, identificada con NIT. 800.249.241–0, con domicilio principal en la ciudad de Cartagena, Bolívar, en la
dirección Calle 31D No. 52 – 126, Sector Once de Noviembre, barrio Olaya Herrera, inscrita en la Cámara de Comercio de la misma ciudad, es una empresa de la economía solidaria, que no se encuentra bajo supervisión especializada del Estado, razón por la cual se encuentra sujeta al régimen de vigilancia, inspección y control a cargo de la Superintendencia de la Economía Solidaria.
Según su objeto social, la Cooperativa Multiactiva de Desarrollo Integral —
cual se encuentra sujeta al régimen de vigilancia, inspección y control a cargo de la Superintendencia de la Economía Solidaria.
Según su objeto social, la Cooperativa Multiactiva de Desarrollo Integral — COOSALUD, es una empresa de la economía solidaria, que no se encuentra autorizada para ejercer la actividad financiera, razón por la cual, dentro de la estructura funcional de esta Superintendencia compete la vigilancia, inspección y control a la Delegatura para la Supervisión del Ahorro y de la Forma Asociativa Solidaria. Por haberse configurado las causales contenidas en los literales b), e), f) y h) del numeral 1 del artículo 114 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y con fundamento en lo previsto en el artículo 291 ibidem, la Superintendencia de la Economía Solidaria ordenó, mediante Resolución No. 2024100008375 de 17 de diciembre de 2024, la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios de la Cooperativa Multiactiva de Desarrollo Integral — COOSALUD, por el término de dos (2) meses contados a partir de la fecha en que se hizo efectiva la medida, con el fin de ad elantar el diagnóstico de la situación real de la organización y adoptar una decisión al respecto. En dicho acto administrativo se designó como agente especial de la Cooperativa al señor José Gregorio Esmeral Camacho, identificado con cédula de ciudadanía No. 72.211.904.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025140006865 DE 3 de diciembre de 2025Página 2 de 6
Continuación de la Resolución por la cual se modifica la persona natural designada para ejercer el cargo de revisor fiscal de la Cooperativa Multiactiva de Desarrollo Integral — COOSALUD.
Continuación de la Resolución por la cual se modifica la persona natural designada para ejercer el cargo de revisor fiscal de la Cooperativa Multiactiva de Desarrollo Integral — COOSALUD.
Así mismo, se designó como revisora fiscal a la señora María Berenice Mazo Zapata, identificada con cédula de ciudadanía No. 22.028.527.
Dentro del término de ejecución de la medida, el agente especial designado para la Cooperativa Multiactiva de Desarrollo Integral — COOSALUD remitió a la Superintendencia de la Economía Solidaria la comunicación con radicado No. 20254400054002 del 12 de febrero de 2025, solicitando prorrogar por dos (2) meses el proceso de toma de posesión, de conformidad con lo previsto en el artículo 9.1.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010.
A su vez, se constató que por medio del radicado No. 20254400053952 del 12 de febrero de 2024 la revisoría fiscal designada coadyuvó a la solicitud presenta da por el agente especial, solicitando prórroga de la toma de posesión de la Cooperativa. Una vez analizada la solicitud presentada por el agente especial, esta Superintendencia profirió la Resolución No. 2025331000875 de 14 de febrero de 2025, a través de la cual se prorrogó por dos (2) meses el término de la medida de toma de posesión de los bienes, haberes y negocios de la Cooperativa Multiactiva de Desarrollo Integral —
COOSALUD.
Cumplido el término para presentar el diagnóstico de la empresa solidaria i ntervenida, el agente especial, señor José Gregorio Esmeral Camacho, mediante comunicación
COOSALUD.
Cumplido el término para presentar el diagnóstico de la empresa solidaria i ntervenida, el agente especial, señor José Gregorio Esmeral Camacho, mediante comunicación escrita con radicado de entrada No. 20254400087512 de fecha 13 de marzo de 2025, remitió el informe diagnóstico integral de la gestión administrativa, financiera y jurídica de la intervenida, estudio de viabilidad y recomendó la toma de posesión par a administrar. Evaluada la solicitud presentada por el agente especial, esta Superintendencia profirió la Resolución No. 2025331001585 del 14 de marzo de 2025, en la cual ordenó la toma de posesión para administrar los bienes, haberes y negocio de la Cooperativa Multiactiva de Desarrollo Integral — COOSALUD, y se estableció el plazo para adelantar el proceso de toma de posesión para administrar, por un periodo d e un (1) año contado a partir de la notificación del mencionado acto administrativo. Adicionalmente, en la mencionada Resolución, se ratificó como agente especial al señor José Gregorio Esmeral Camacho y como revisora fiscal a la señora María Berenice Mazo Zapata. A través de la Resolución No. 2025330001745 del 26 de marzo de 2025 se ordenó remover al señor José Gregorio Esmeral Camacho, del cargo de agente especial y, en su reemplazo se designó a la señora Solange del Socorro Ariza Guerrero, identificada con cédula de ciudadanía No. 63.319.509, como nueva agente especial. En la Resolución No. 2025331001755 de 26 de marzo de 2025 esta Superintendencia removió a la señora María Berenice Mazo Zapata del cargo de revisora fiscal y en su
En la Resolución No. 2025331001755 de 26 de marzo de 2025 esta Superintendencia removió a la señora María Berenice Mazo Zapata del cargo de revisora fiscal y en su reemplazo designó al señor Camilo Adolfo de la Hoz León, como nuevo revisor fiscal. Así mismo, mediante Resolución No. 2025140002925 del 6 de junio de 2025, esta Superintendencia consideró necesario remover a la agente especial, la señora Solange del Socorro Ariza Guerrero, y en su lugar designó al señor Andrés Felipe Arango Romero, identificado con cédula de ciudadanía No. 14.465.179. Ahora bien, en virtud de la facultad discrecional que le otorga el literal a), numeral 1, del artículo 296 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, aplicable p or remisiónRESOLUCIÓN NÚMERO 2025140006865 DE 3 de diciembre de 2025Página 3 de 6
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expresa del artículo 98 de la Ley 795 de 2003 y del artículo 2.11 .3.2 del Decreto 1068 de 2015, se procederá a remover al señor Camilo Adolfo de la Hoz León, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.140.841.805, del cargo de revisor fiscal de la Cooperativa. Mediante la Resolución No. 2025140005075 del 23 de septiembre de 2025, se resolvió designar a la empresa ABC BUSINESS & CONSULTING S.A.S., identificada con NIT.
Cooperativa. Mediante la Resolución No. 2025140005075 del 23 de septiembre de 2025, se resolvió designar a la empresa ABC BUSINESS & CONSULTING S.A.S., identificada con NIT. 830.091.106-2, representada por el señor Ernesto Erazo Cardona, identificado con cédula ciudadanía No. 94.152.564, como nueva revisora fiscal de la Cooperativa Multiactiva de Desarrollo Integral — COOSALUD. El 3 de octubre de 2025, se incluyó a la señora CLARIBEL VARGAS HERNÁNDEZ , identificada con cedula de ciudadanía No. 52.472.623, como persona autorizad a para actuar en nombre y cuenta de la empresa ABC BUSINESS & CONSULTING S.A.S y fue designada mediante la Resolución No 2025140005495 del 8 de octubre de 2025.
Mediante solicitud recibida por correo electrónico el 10 de noviembre de 2025, radicada con el No. 20254400339742 del 1 de diciembre de 2025, el señor JONATHAN REYES GÓMEZ, presento su hoja de vida para ser designado como revisor fiscal de COOSALUD, como representante legal de la empresa ABC BUSINESS & CONSULTING S.A.S.
II. FUNDAMENTOS NORMATIVOS
De conformidad con lo establecido en el artículo 341 de la Ley 454 de 1998, modificado por el artículo 98 de la Ley 795 de 2003, es competencia de la Superintendencia de la Economía Solidaria ejercer la inspección, vigilancia y control de las cooperativas y de las organizaciones de la economía solidaria que se determine mediante acto general, y que no se encuentren sometidas a la supervisión especializada del Estado.
Economía Solidaria ejercer la inspección, vigilancia y control de las cooperativas y de las organizaciones de la economía solidaria que se determine mediante acto general, y que no se encuentren sometidas a la supervisión especializada del Estado. El numeral 6 del artículo 2 del Decreto 186 de 2004, en concordancia con el numeral 23 del artículo 35 de la Ley 454 de 1998, faculta a la Superintendencia de la Economía Solidaria, para:
“Ejercer las funciones de inspección, vigilancia y control en relación con las organizaciones de la economía solidaria distintas a las establecidas en el numeral 23 del artículo 36 de la ley 454 de 1998, en los términos previstos en las normas aplicables, incluyendo dentro de dichas funciones, las atribuciones relacionadas con institutos de salvamento y toma de posesión para administrar o liquidar.” (Se destaca). Respecto de la toma de posesión para administrar o liquidar, la norma en cita establece que se aplicará en lo pertinente el régimen previsto para el efecto en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. Por su parte, los artículos 2.11.3.2 y 2.11.3.4 del Decreto 1068 de 2015, consagran las normas aplicables a las empresas que se encuentran supervisadas por la Superintendencia de la Economía Solidaria, que ejercen actividades distintas a la financiera, y sobre las cuales se configuren hechos que dan lugar a ordenar alguna medida de intervención administrativa, entre las cuales se encuentran los artículos 114, 116, 117, 291, 293, 294, 295, excepto el numeral 4 y el literal o) del numeral 9; artículo 296 numeral 1 literales a) y b), y numeral 2; artículos
encuentran los artículos 114, 116, 117, 291, 293, 294, 295, excepto el numeral 4 y el literal o) del numeral 9; artículo 296 numeral 1 literales a) y b), y numeral 2; artículos
1 Modificado por el artículo 98 de la Ley 795 de 2003RESOLUCIÓN NÚMERO 2025140006865 DE 3 de diciembre de 2025Página 4 de 6
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297, 299 numerales 1, 2 literales a), b), c), d) y j); artículo 300 num erales 3, 4 y 6; y artículos 301 y 302 del Decreto 663 de 19932. Por su parte, el literal a) numeral 1 del artículo 296 del Decreto 663 de 1993, aplicable por remisión expresa del artículo 98 de la Ley 795 de 2003, otorga a la Superintendencia de la Economía Solidaria la facultad discrecional para designar, remover y dar posesión a quienes deban desempeñar las funciones de agente especial y/o liquidador, y revisor fiscal y/o contralor en los procesos de intervención forzosa administrativa Señala expresamente el numeral 9 del artículo 2 del Decreto 186 de 2004, sobre la competencia de la Superintendencia de la Economía Solidaria para designar a los liquidadores de las entidades sometidas a su vigilancia, no inscritas al Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas – FOGACOOP:
“ARTÍCULO 2. Funciones y facultades generales. Además de las previstas en las Leyes
liquidadores de las entidades sometidas a su vigilancia, no inscritas al Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas – FOGACOOP:
“ARTÍCULO 2. Funciones y facultades generales. Además de las previstas en las Leyes 454 de 1998 y 795 de 2003 y demás disposiciones aplicables, la Superintendencia de la Economía Solidaria tendrá las siguientes funciones y facultades generales:
(...)
9. Vigilar los procesos de liquidación y designar los liquidadores de aquellas entidades sometidas a su vigilancia que no se encuentren inscritas en el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas ” (Se destaca) .
III. CONSIDERACIONES
La Superintendencia de la Economía Solidaria, en atención a la solicitud presentada por el señor JONNATHAN REYES GÓMEZ , identificado con cédula de ciudadanía No. 9.772.780, y en desarrollo de la facultad discrecional que le otorga el literal a), numeral 1, del artículo 296 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (Decreto 663 de 1993), aplicable por remisión expresa del artículo 98 de la Ley 795 de 200 3 y del artículo 2.11.3.2 del Decreto 1068 de 2015, evaluó las personas naturales autoriz adas para actuar en nombre y cuenta de la persona jurídica ABC BUSINESS & CONSULTING S.A.S., identificada con NIT. 830.091.106-2, encontrando que JONNATHAN REYES GÓMEZ reúne las calidades y requisitos exigidos en el Título VI de la Circular Bá sica Jurídica No. 20 de 2020, modificados por la Circular Externa No. 62 del 2024, expedida
GÓMEZ reúne las calidades y requisitos exigidos en el Título VI de la Circular Bá sica Jurídica No. 20 de 2020, modificados por la Circular Externa No. 62 del 2024, expedida por esta Entidad de Supervisión, para ser designada como revisora fiscal de la Cooperativa Multiactiva de Desarrollo Integral —COOSALUD. En certificación del 26 de noviembre del 2025, expedida por la Secretaría General de la Superintendencia de la Economía Solidaria, se certifica que el señor JONNATHAN REYES GÓMEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 9.772.780, cumple con los requisitos para actuar en nombre y cuenta de la empresa ABC BUSINESS & CONSULTING S.A.S., identificada con NIT 830.091.106-2, para ser designada como revisora fiscal.
En consecuencia, en aplicación del literal a) del numeral 1 del artículo 296 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, aplicable por remisión expresa del artículo 98 de la Ley 795 de 2003, y del artículo 2.11.3.2 del Decreto 1068 de 2015, se designa al señor JONNATHAN REYES GÓMEZ , identificado con cédula de ciudadanía No. 9.772.780,
2 Artículos 2 del Decreto 455 de 2004.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025140006865 DE 3 de diciembre de 2025Página 5 de 6
Continuación de la Resolución por la cual se modifica la persona natural designada para ejercer el cargo de revisor fiscal de la Cooperativa Multiactiva de Desarrollo Integral — COOSALUD.
para actuar en nombre y representación de ABC BUSINESS & CONSULTING S.A.S.,
Continuación de la Resolución por la cual se modifica la persona natural designada para ejercer el cargo de revisor fiscal de la Cooperativa Multiactiva de Desarrollo Integral — COOSALUD.
para actuar en nombre y representación de ABC BUSINESS & CONSULTING S.A.S., identificada con NIT 830.091.106-2, y en consecuencia ejercer la revisoría fiscal de la Cooperativa.
En mérito de los antecedentes, fundamentos normativos y consideraciones expuestas anteriormente, esta Superintendencia,
RESUELVE: ARTÍCULO 1.— DESIGNAR a JONNATHAN REYES GÓMEZ, identificado con cédula
de ciudadanía No. 9.772.780, como la persona natural que va a actuar en nombre y por cuenta de la empresa ABC BUSINESS & CONSULTING S.A.S. , identificada con NIT. 830.091.106-2, como nueva revisora fiscal de la Cooperativa Multiactiva de Desarrollo Integral — COOSALUD.
ARTÍCULO 2.— ADVERTIR que la revisoría fiscal designada, tiene la condición de auxiliar de la justicia, de conformidad con el numeral 6 del artículo 29 5 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (Decreto 663 de 1993). Se precisa que las funciones que desempeña la revisoría fiscal no constituyen ni establecen relación laboral alguna con la entidad objeto de intervención, ni entre aquella y la Superintendencia de la Economía Solidaria. Además, se ORDENA a la designada que cumpla y proceda conforme lo señalado en el Decreto 663 de 1993 (Estatuto Orgánico del Sistema Financiero), Ley 510 de 1999, Decreto 2555 de 2010, así como las Circulares expedidas
conforme lo señalado en el Decreto 663 de 1993 (Estatuto Orgánico del Sistema Financiero), Ley 510 de 1999, Decreto 2555 de 2010, así como las Circulares expedidas por la Superintendencia de la Economía Solidaria y demás normas vigentes, complementarias, concordantes y aplicables, que se relacionen con el proceso de intervención. ARTÍCULO 3.— ADVERTIR a la empresa ABC BUSINESS & CONSULTING S.A.S. , identificada con NIT. 830.091.106-2, representada por JONNATHAN REYES GÓMEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 9.772.780, que los revisores fisca les ejercen funciones públicas administrativas transitorias, sin perjuicio de la ap licabilidad de las reglas del derecho privado a los actos de gestión que deba ejecutar durante el proceso de toma de posesión.
ARTÍCULO 5.— COMUNICAR la presente Resolución a la empresa ABC BUSINESS & CONSULTING S.A.S. , identificada con NIT. 830.091.106-2, representada por JONNATHAN REYES GÓMEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 9.772.780, de conformidad con las previsiones de los artículos 66, 67 y 68 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. En subsidio, se procederá a la notificación por aviso, conforme a lo dispuesto en el artículo 69 del mismo estatuto. ARTÍCULO 6.— COMUNICAR el contenido de la presente Resolución al señor ANDRÉS FELIPE ARANGO ROMERO, identificado con cédula de ciudadanía No. 14.465.179, en calidad de agente especial de la entidad solidaria intervenida.
FELIPE ARANGO ROMERO, identificado con cédula de ciudadanía No. 14.465.179, en calidad de agente especial de la entidad solidaria intervenida.
ARTÍCULO 7.— ORDENAR al agente especial que inscriba en el registro mercantil el presente acto administrativo, ante la Cámara de Comercio del domicilio pri ncipal de la Cooperativa Multiactiva de Desarrollo Integral — COOSALUD, con fundamento en el Decreto 2555 de 2010.
ARTÍCULO 8.— La Superintendencia de la Economía Solidaria divulgará la citada medida a través de los mecanismos de información electrónica que disponga, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 2555 de 2010.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025140006865 DE 3 de diciembre de 2025Página 6 de 6
Continuación de la Resolución por la cual se modifica la persona natural designada para ejercer el cargo de revisor fiscal de la Cooperativa Multiactiva de Desarrollo Integral — COOSALUD.
ARTÍCULO 10.— Contra la presente Resolución no procede recurso, por tratarse de un acto administrativo de trámite, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 3 de diciembre de 2025
MARÍA JOSÉ NAVARRO MUÑOZ
Superintendenta de la Economía Solidaria