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SUPERSUBSIDIO - Circular 17 de 2008

Superintendencia del Subsidio Familiar

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Detalles

Título
SUPERSUBSIDIO - Circular 17 de 2008
Autor
Superintendencia del Subsidio Familiar
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2008

mn, , 7 . e dl Lberad y (iden

Circular Externa No: 0017

Dependencia: 0000

Destino: CONSEJOS DIRECTIVOS, DIRECTORES

ADMINISTRATIVOS Y REVISORES FISCALES DE LAS

CAJAS DE COMPENSACION FAMILIAR

De: Superintendente del Subsidio Familiar

Asunto: PRORROGA DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE

CRONOGRAMA PARA LA EJECUCIÓN DE LOS RECURSOS

EXCEDENTES DEL 55%

Fecha: 16/07/2008

Que la Superintendencia del Subsidio Familiar expidió la Circular Externa No. 014 del 21 de mayo de 2008, mediante la cual fijó las directrices que las Cajas de Compensación Familiar deben tener en cuenta para la correcta utilización e inversión de los recursos excedentes del 55%. En consideración a que este Despacho ha recibido diversas solicitudes de prórroga de los plazos a que alude la mencionada Circular Externa, consideramos oportuno proceder de conformidad a atender las referidas peticiones en los siguientes términos: - En cuanto al plazo relativo a que se elabore un cronograma de ejecución de los recursos que ya se encuentran causados, el cual_ debe ser aprobado por el Consejo Directivo de la respectiva corporación y debe ser remitido a esta Entidad dentro del mes siguiente a la expedición de esta Circular, este plazo se amplía hasta el 21 de agosto de 2008.

Centro de Atención e Interacción con el Ciudadano, Linea Gratuita Nacional 018000910110 y Bogotá 3487777 Calle 45 A H 9-46 Conmutador: 3487800 Fax 3487804 Bogotá D.C., Colombia www.ssf.gov.co - e-mail: ssfdssf. gov.co0912 DS - Con relación al plazo para los recursos que se generen de las siguientes vigencias, dicho cronograma se debe remitir el último día hábil del mes de febrero de cada vigencia anual para el respectivo seguimiento. éste se amplía hasta la fecha en que quede en firme y debidamente ejecutoriada la Resolución anual que expide este Organismo de Control y Vigilancia, en la que se determina lo relativo a los excedentes del 55% correspondiente a cada Caja de Compensación Familiar, para lo cual la Superintendencia del Subsidio Familiar a través de Secretaria General informará de este hecho oportunamente a las Corporaciones, las cuales a partir de la fecha de la comunicación disponen de 10 días hábiles para remitir el correspondiente cronograma. AM Áraco O FLOR MODESTA GNECCO ARREGOCES Anexos : Folios : Por: AMG/CHGR/BNC Consecutivo : 4859

Copia interna a: Centro de Atención e Interacción con el Ciudadano, Linea Gratuita Nacional 018000910110 y Bogotá 3487777

Calle 45 A + 9-46 Conmutador: 3487800 Fax 3487804 Bogotá D.C., Colombia www.ssf.gov.co - e-mail: ssflssf.gov.co

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