SUPERSUBSIDIO - Circular 29 de 2007
Superintendencia del Subsidio Familiar
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Detalles
- Título
- SUPERSUBSIDIO - Circular 29 de 2007
- Autor
- Superintendencia del Subsidio Familiar
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2007
Lbortod y Une Circular Externa No: ' 90 9 e] Dependencia: 3000 '
Destino: CONSEJOS DIRECTIVOS, DIRECTORES
ADMINISTRATIVOS Y REVISORES FISCALES DE LAS
CAJAS DE COMPENSACION FAMILIAR
De: Superintendente del Subsidio Familiar
Asunto: REMISIÓN DE INFORMACION FINANCIERA PARA EL
ESTABLECIMIENTO DE LOS CUOCIENTES
DEPARTAMENTAL Y PARTICULAR Y FIJACION DELA
CUOTA MONETARIA POR DEPARTAMENTO PARA EL AÑO
2008
Fecha: 17/12/2007
En cumplimiento de los artículos 4o y 50 de la ley 789 de 2002 y 30,70 y 80 del Decreto Ley 1769 de 2003, le corresponde a la Superintendencia del Subsidio Familiar fijar por departamento la cuota monetaria, en el mes de enero de cada año, con base en los aportes patronales, descontadas las obligaciones de ley a cargo de las Cajas de Compensación Familiar. De otra parte, la Resolución No.062 de 2006 en su artículo primero fijó como fecha límite para la presentación de los informes contables financieros el 1 de marzo del año siguiente al de su ejecución. Con base en la información de los estados financieros y contables, remitidos dentro del plazo precitado, no sería posible dar cumplimiento a lo prescrito por la ley 789 de 2002 y el Decreto Ley 1769 de 2003, puesto que su fecha de envío sería posterior a la que se establece para la fijación de la cuota. Por los argumentos expuestos anteriormente, les solicitamos remitir, a más tardar el 15
y el Decreto Ley 1769 de 2003, puesto que su fecha de envío sería posterior a la que se establece para la fijación de la cuota. Por los argumentos expuestos anteriormente, les solicitamos remitir, a más tardar el 15 de enero de 2008, los valores reales ejecutados en el año 2007 de la información que se solicita a continuación, debidamente certificada por el Director Administrativo y el Contador y dictaminada por el Revisor Fiscal. La información deberá ser enviada en
MILES DE PESOS.
Centro de Atención e Interacción con el Ciudadano, Línea Gratuita Nacional 0158000910110 y Bogotá 3487777 Calle 45 A + 9-46 Conmutador: 3487800 Fax 3487804 Bogotá D.C., Colombia www.ssf.gov.co - e-mail: ssfldssf.gov.co 164o O 0029 Aportes patronales (4%) $ MENOS: Gastos de Administración (8%) Reducción de gastos de administración (2%) Contribución SUPERSUBSIDIO (1%) Apropiación FOVIS (5% a 27%) Apropiación FOSYGA (5% ó 10%) Reserva Legal (hasta el 3%) LAS A A A E SALDO Subsidio en Dinero (A+B) $
A. Subsidio Monetario (Ley 21 de 1982) $
B. Valor personas a cargos mayores de 18 hasta 23 años $ had Los aportes del 4% deberán coincidir con los reportados al Grupo de Estadísitica, los cuales han sido validados por cada Caja de Compensación Familiar.
Igualmente, la Corporación deberá reportar el valor de la cuota monetaria, fijada por el
cuales han sido validados por cada Caja de Compensación Familiar. Igualmente, la Corporación deberá reportar el valor de la cuota monetaria, fijada por el Consejo Directivo, que se pagó a 31 de diciembre de 2007. Se reitera que la información suministrada deberá ser reportada con toda exactitud y veracidad a fin de evitar que esta Superintendencia incurra en errrores que pueden reflejarse en solicitudes de correcciones posteriores por parte de ustedes, lo cual podría acarrearles sanciones. Mo ML Arccolo FLOR MODESTA GNECCO ARREGOCES Anexos :0 Folios : 1 Por: Orlando Joven Consecutivo : 8866 Cuellar/Ferna Vidal S Copia interna a: Centro de Atención e Interacción con el Ciudadano, Línea Gratuita Nacional 018000910110 y Bogotá 3487777 Calle 45 A 4 9-46 Conmutador: 3487800 Fax 3487804 Bogotá D.C., Colombia www.ssf.gov.co - e-mail: ssfdssf.gov.co