SUPERSUBSIDIO - Circular 8 de 2010
Superintendencia del Subsidio Familiar
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Detalles
- Título
- SUPERSUBSIDIO - Circular 8 de 2010
- Autor
- Superintendencia del Subsidio Familiar
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2010
Pao SUPERINTENDENCIA BICENTENARIO É $ DEL SUBSIDIO FAMILIAR “rasa S, "Tolerancia" “El único y verdadero espíritu de tolerancia consiste en tolerar conscientemente la mutua intolerancia"
Circular Externa No: 000 8
Dependencia: 5000
Destino: DIRECTORES ADMINIST RATIVOS, REVISORES FISCALES Y CONTADORES DE LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN
FAMILIAR.
De: Superintendente del Subsidio Familiar Asunto: PROCESO DE COMPENSACIÓN DEL FONDO PARA EL POMENTO DEL EMPLEO Y PROTECCIÓN AL DESEMPLEO - FONEDE CORRESPONDIENTE AL CIERRE DEL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2010.
Fecha: 16/06/2010
Distinguidos Doctores: Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 4% del Decreto Reglamentario No.827 del 4 de abril de 2003, relacionado con el Proceso de Compensación de los Recursos del Fondo para el Fomento del Empleo y Protección al Desempleo (FONEDE), de manera atenta, me permito recordarles que las Cajas de Compensación Familiar deben radicar en esta Superintendencia a más tardar el JUEVES 15 de Julio de 2010, el informe de ejecución del Fondo correspondiente al mes de Junio de 2010, utilizando el formato diseñado para tal fin denominado EJEFONEDE - 01, establecido mediante Circular Externa No.0003 del 24 de febrero de 2005 y modificado mediante Circular Externa No.0008 del 26 de abril del mismo año, por esta Superintendencia.
Centro de Atención e Interacción con el Ciudadano, Linea Gratuita Nacional 018000910110 y Bogotá 3487777 Calle 45 A $ 9-46 Conmutador: 3487800 Fax 3487804 Bogotá D.C., Colombia WWW.ssf.gov.co - e-mail: ssfissf.gov.co A a 0 o o0008 16 JUN. 2010 Adicionalmente, para aquellas Cajas que al cierre del primer semestre de 2010, presenten solicitudes de subsidio al desempieo aceptadas pendientes por asignar y sobre las cuales no exista apropiación, deberán enviar adjunto al informe de ejecución del Fonede correspondiente al mes de Junio de 2010 una relación en medio magnético (CD y en programa excel físico, separada por programa de subsidios para desemple con_o sin vinculación anterior jas numerados consecutivamente y totalizados, además indicando en forma estricta la fecha de radicación de las mismas, documento de identidad y nombre del postulante, así mismo, dicha relación debe ser firmada por el Director Administrativo y el Revisor Fiscal. La información remitida en la relación antes descrita debe coincidir con los reportes presentados ante esta Superintendencia. De otra parte, de acuerdo con lo establecido en la Resolución No.0065 del 28 de Enero de 2010 la cual quedó en firme, las Cajas otorgantes deben proceder a efectuar de manera inmediata los traslados ordenados en la anterior Resolución, así como, las Cajas receptoras deben llevar a cabo la asignación de los respectivos recursos. Esta asignación debe quedar registrada dentro del informe de ejecución con corte al mes de Junio de 2010. Así mismo, se les hace saber a las Cajas de Compensación Familiar que no pueden de ninguna manera comprometer recursos inexistentes, por tal motivo
asignación debe quedar registrada dentro del informe de ejecución con corte al mes de Junio de 2010. Así mismo, se les hace saber a las Cajas de Compensación Familiar que no pueden de ninguna manera comprometer recursos inexistentes, por tal motivo ningún programa del Fondo puede arrojar saldos negativos con corte a los meses de junio y diciembre de cada vigencia. Por lo anterior, en forma cordial, solicito tomar atenta nota y efectuar los ajustes y programaciones a que haya lugar con la debida anticipación, por cuanto la fecha establecida es improrrogable, teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto Reglamentario No.827 del 4 de Abril de 2.003 en su artículo 4, el cual reza: ”.....La Compensación se adelantará priorizando en estricto orden, la fecha de presentación de la solicitud del desempleado ante la Caja de Compensación Familiar, siempre que la respectiva entidad hubiere remitido la información, en forma oportuna a la Superintendencia del Subsidio Familiar o a la entidad que haga sus veces, frente al correspondiente desempleado. La Compensación y por ende, la priorización, se adelantará con base en la ¿nformación conjunta recibida por todas fas Cajas de Compensación Familiar en fecha fímite.....” (subrayado fuera de texto). Atentamente, She 0 Wuwo M MS MODESTA GNECCO ARREGOCES Ánexos 0 Folios :4 Por: Lida Regina Bula Consecutivo : 3168 Marváez, Jorge Eligcer “— Monroy Barrios Copia interna a; Centro de Atención e Interacción con el Ciudadano, Linea Gratuita Nacional 018000910110 y Bogotá 3487777 Calle 45 A $ 9-46 Conmutador: 3487800 Fax 3487804 Bogotá D.C., Colombia
Copia interna a; Centro de Atención e Interacción con el Ciudadano, Linea Gratuita Nacional 018000910110 y Bogotá 3487777 Calle 45 A $ 9-46 Conmutador: 3487800 Fax 3487804 Bogotá D.C., Colombia WwWWw.ss/.gov.co - e-mail: ssfilssf.gov.co