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SUPERSUBSIDIO - Circular externa 0004 de 2009

Superintendencia de Subsidio Familiar

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Detalles

Título
SUPERSUBSIDIO - Circular externa 0004 de 2009
Autor
Superintendencia de Subsidio Familiar
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2009

Circular Externa No: Dependencia: Destino: CONSEJOS DIRECTIVOS, DIRECTORESADMINISTRATIVOS Y REVISORES FISCALES DE LASCAJAS DE COMPENSACION FAMILIAR De: Superintendente del Subsidio Familiar Asunto: REVOCATORIA DIRECTA DE LA CIRCULAR EXTERNA NO.0023 DEL 6 DE AGOSTO DE 2008 - SUBASTAS A LA BAJA

04/02/2009 Que esta Entidad expidió la Circular Externa No. 023 del 6 de agosto de 2008, en cuyoasunto “SUBASTAS A LA BAJA”, se manifestó a los vigilados que: "En desarrollo de las mencionadas normas legales y criteriosjurisprudenciales, esta Superintendencia considera que lapráctica de las llamadas "subastas a la baja" para contratarservicios de bienestar constituye una forma de competenciadesleal que atenta contra los principios orientadores de lasfunciones asignadas a las Cajas de Compensación Familiar. Porconsiguiente, se advierte a los Consejos Directivos, DirectoresAdministrativos y Revisores Fiscales de las Cajas de CompensaciónFamiliar que este tipo de prácticas dará lugar al inicio de lascorrespondientes investigaciones por parte de estaSuperintendencia. De la misma manera se hace extensiva esta advertencia a losrepresentantes legales de las entidades del sector público,informándoles que ante la comisión de la conducta descritaanteriormente se dará traslado de la documentación y pruebascorrespondientes a la Procuraduría General de la Nación para lo Centro de Atención e Interacción con el Ciudadano, Linea Gratuita Nacional 018000910110 y Bogotá 3487777Calle 45 A # 9-46 Conmutador: 3487800 Fax 3487804 Bogotá D.C., Colombiawww.ssf.gov.co - e-mail: ssfi@issf.gov.coE=- 0004 04 FEB. 2009 de su competencia."

de su competencia." Directriz fijada por este Ente de Control y Vigilancia, respecto de la cual encuentra esteDespacho que al interior de las Cajas de Compensación Familiar, ha sido otro elalcance que se ha dado a la misma, en cuanto a interpretar que con fundamento en lamisma esta Entidad les ha impedido su posible participación en procesos contractualesde esta naturaleza, razón por la que procede su REVOCATORIA DIRECTA, conformea lo dispuesto de manera expresa en el artículo 69 del Código ContenciosoAdministrativo, según el cual: “Los actos administrativos deberán ser revocados por los mismosfuncionarios que los hayan expedido o por sus inmediatos superiores,de oficio o a solicitud de parte, en cualquiera de los siguientes casos:

1. Cuando sea manifiesta su oposición a la Constitución Política o ala ley.2. Cuando no estén conformes con el interés público o social, oatenten contra él.3. Cuando con ellos se cause agravio injustificado a una persona.” Decisión que se soporta, por cuanto de un lado, no es la intención del Ente de Controly Vigilancia impedir la participación de las Cajas de Compensación Familiar en talesprocesos, pues sin duda de concebirse la referida directriz en tal sentido, en unmomento dado puede no estar conforme con el interés público o social a que alude elartículo 69 del Código Contencioso Administrativo, de otra parte, por cuanto, el temacontractual en las Cajas de Compensación Familiar hace parte del resorteadministrativo propio de estas Corporaciones.

No obstante lo anterior, este Despacho sí solicita de los organismos de Dirección,Administración, Fiscalización y demás funcionarios de las Cajas de CompensaciónFamiliar, el estricto cumplimiento a las directrices que sobre el Régimen deTransparencia conforme al marco normativo regulador del Sistema del SubsidioFamiliar se han fijado por esta Entidad en la Circular Externa No. 0020 del 31 de juliode 2008.

Cordialmente, Sa reFLOR MODESTA GNECCO ARREGOCES Anexos : Folios : Por: AMG/bne Consecutivo ; 583

Copia interna a: Centro de Atención e Interacción con el Ciudadano, Línea Gratuita Nacional 018000910110 y Bogotá 3487777Calle 45 4 # 9-46 Conmutador: 3487800 Fax 3487804 Bogotá D.C., Colombiawww.ssf.gov.co - e-mail: ssfl@ssf-gav.co

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