SUPERSUBSIDIO - Circular externa 0017 de 2008
Superintendencia de Subsidio Familiar
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Detalles
- Título
- SUPERSUBSIDIO - Circular externa 0017 de 2008
- Autor
- Superintendencia de Subsidio Familiar
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2008
Libertad y Diles Circular Externa No: 0017Dependencia: 0000Destino: CONSEJOS DIRECTIVOS, DIRECTORESADMINISTRATIVOS Y REVISORES FISCALES DE LASCAJAS DE COMPENSACION FAMILIARDe: Superintendente del Subsidio FamiliarAsunto: PRORROGA DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DECRONOGRAMA PARA LA EJECUCIÓN DE LOS RECURSOSEXCEDENTES DEL 55%Fecha: 16/07/2008 Que la Superintendencia del Subsidio Familiar expidió la Circular Externa No. 014 del 21de mayo de 2008, mediante la cual fijó las directrices que las Cajas de CompensaciónFamiliar deben tener en cuenta para la correcta utilización e inversión de los recursosexcedentes del 55%.En consideración a que este Despacho ha recibido diversas solicitudes de prórroga delos plazos a que alude la mencionada Circular Externa, consideramos oportuno procederde conformidad a atender las referidas peticiones en los siguientes términos: - En cuanto al plazo relativo a que se elabore un cronograma deejecución de los recursos que ya _ se encuentran causados, elcual debe ser aprobado por el Consejo Directivo de larespectiva corporación y debe ser remitido a esta Entidaddentro del mes siguiente a la expedición de esta Circular,este plazo se amplía hasta el 21 de agosto de 2008.
Centro de Atención e Interacción con el Ciudadano, Linea Gratuita Nacional 018000910110 y Bogotá 3487777Calle 45 A # 9-46 Conmutador: 3487800 Fax 3487804 Bogotá D.C., Colombiawww.ssf gov.co - e-mail: ssf@ssf.gov.coCon relación al plazo para los recursos que se generen de lassiguientes vigencias, dicho cronograma se debe remitir elúltimo día hábil del mes de febrero de cada vigencia anualpara el respectivo seguimiento. éste se amplía hasta la fecha enque quede en firme y debidamente ejecutoriada la Resolución anual que expideeste Organismo de Control y Vigilancia, en la que se determina lo relativo a losexcedentes del 55% correspondiente a cada Caja de Compensación Familiar,para lo cual la Superintendencia del Subsidio Familiar a través de SecretariaGeneral informará de este hecho oportunamente a las Corporaciones, las cualesa partir de la fecha de la comunicación disponen de 10 días hábiles para remitirel correspondiente cronograma. A Ml nacoOFLOR MODESTA GNECCO ARREGOCESAnexos : Folios : Por: AMG/CHGR/BNC Consecutivo : 4859Copia interna a: Centro de Atención e Interacción con el Ciudadano, Linea Gratuita Nacional 018000910110 y Bogotá 3487777Calle 45 A 4 9-46 Conmutador: 3487800 Fax 3487804 Bogotá D.C., Colombiawww.ssf.gov.co - e-mail: ssfl@ssf.gov.co