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SUPERSUBSIDIO - Concepto 2-2025-017438

Superintendencia de Subsidio Familiar

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Detalles

Título
SUPERSUBSIDIO - Concepto 2-2025-017438
Autor
Superintendencia de Subsidio Familiar
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2025

SuperSubsidio

Dirección: Carrera 69 No. 25B - 44. Pisos 3, 4 y 7

Edificio World Business Port Conmutador: (+57) (601) 348 78 00

Línea Gratuita: (+57) 018000 910 110

Correo institucional: ssf@ssf.gov.co Página 1 de 2

Código: FO-GDT-033; Versión: 1

Al contestar este Oficio, por favor cite este número:

Señor:

ROBERT ALEXANDER DANNA BUITRAGO

Jefe Departamento Administración de Aportes y Subsidio Familiar Caja de Compensación Familiar de Fenalco del Tolima Comfenalco Correo electrónico robert.danna@comfenalco.com.co

Ref. 12025-017455

Asunto: Solicitud de concepto y mesa de trabajo

Cordial saludo Sr. Robert,

A esta Oficina Asesora Jurídica de la Superintendencia del Subsidio Familiar se allegó copia de su solicitud en la que requiere:

“PRIMERA: Con la respuesta a la presente solicitud, emitir concepto sobre la viabilidad de reconocer y pagar cuota monetaria a los hijos beneficiarios que cuentan con pensión de sobreviviente, en armonía con el ejercicio del control fiscal, la ley 21 de 1982 y el Decreto 1072 de 2015.

SEGUNDA: Con la respuesta a la presente solicitud, fijar fecha y hora para realizar una mesa de trabajo donde se defina un criterio uniforme frente a la operatividad de las Cajas de Compensación Familiar, en relación con el pago de cuota monetaria a los hijos beneficiarios que cuentan con pensión de sobreviviente.”

una mesa de trabajo donde se defina un criterio uniforme frente a la operatividad de las Cajas de Compensación Familiar, en relación con el pago de cuota monetaria a los hijos beneficiarios que cuentan con pensión de sobreviviente.”

Hemos revisado su solicitud y como usted misma lo relaciona esta entidad ya efe ctuó pronunciamiento general a través del concepto No. 2-2024-3747 del 13 de febrero de 2024 que se anexa a esta respuesta, en donde se manifestó que:

2-2025-017438 Bogotá D.C., 21 de agosto de 2025 06:46SuperSubsidio

Dirección: Carrera 69 No. 25B - 44. Pisos 3, 4 y 7

Edificio World Business Port Conmutador: (+57) (601) 348 78 00

Línea Gratuita: (+57) 018000 910 110

Correo institucional: ssf@ssf.gov.co Página 2 de 2

Código: FO-GDT-033; Versión: 1 "Conforme con los principios que orientan el sistema del subsidio familiar, el derecho a la cuota monetaria por el hijo a cargo al que se le asignó la pensión de sobrevivientes persiste mientras se cumplan los requisitos exigidos por la ley y el objetivo fundamental que persigue el sistema: aliviarle a los trabajadores de medianos y menores ingresos, en proporción al número de personas a cargo, las cargas económicas que representa el sostenimiento de la familia, como núcle o básico de la sociedad."

Por ende, será potestativo de la corporación, a través de su cuerpo gu bernativo tomar las decisiones que correspondan e informar a esta Superintendencia sobre las acciones que

básico de la sociedad."

Por ende, será potestativo de la corporación, a través de su cuerpo gu bernativo tomar las decisiones que correspondan e informar a esta Superintendencia sobre las acciones que decidieron tomar al respecto y de esta entidad debe esperarse o estarse al respeto de las decisiones de las máximas autoridades respecto de los casos en particular que se presenten a pesar de apartarse precisamente de las interpretaciones que llegaren a desa rrollarse en ejercicio de sus funciones.

Por otro lado, sobre la mesa de trabajo será la Contraloría General de la República la que al contestar pueda otorgar una respuesta positiva a lo que se ceñirá esta entidad, estando prestos al llamado del órgano de control.

Es este sentido otorgamos respuesta a su solicitud.

Atentamente,

Julián Enrique Pinilla Malagón Jefe Oficina Asesora Jurídica (E)

Proyectó: Andrés Mauricio Neira Álvarez – Profesional Especializado

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