SUPERSUBSIDIO - Concepto 2-2025-023207
Superintendencia de Subsidio Familiar
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Detalles
- Título
- SUPERSUBSIDIO - Concepto 2-2025-023207
- Autor
- Superintendencia de Subsidio Familiar
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2025
SuperSubsidio
Dirección: Carrera 69 No. 25B - 44. Pisos 3, 4 y 7
Edificio World Business Port Conmutador: (+57) (601) 348 78 00 Línea Gratuita: (+57) 018000 910 110
Correo institucional: ssf@ssf.gov.co Página 1 de 7
Código: FO-GDT-033; Versión: 1
Al contestar este Oficio, por favor cite este número:
Señora
MAXCE ESTEFANÍA CONTRERAS MENDOZA
Correo electrónico: sistemasintegrados@cobalto.co
mcontreras@cobalto.co
Ref. 1-2025-021105
Asunto: Respuesta - Solicitud de concepto.
Tema: Cajas de Compensación Familiar Subtema: Órganos de Control Palabras clave: Proceso de elección de los órganos de Control de las Cajas de compensación Familiar.
Fuentes formales: Ley 21 de 1982 Artículos 39, 46, Decreto 2595 de 2012 Articulo 5 Numeral 24, Resolución 0275 de 2012 y Resolución 0321 de
2022.
Cordial saludo, señora Maxce Estefanía.
De conformidad con el numeral 8 del artículo 7 del Decreto 2595 del 2012 1, en concordancia con los artículos 14 y 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso (CPACA)2, la Oficina Asesora Jurídica está facultada para responder las peticiones elevadas por particulares en ejercicio del derecho a formular consultas, en el marco de la competencia asignada a la Superintendencia del Subsidio Familiar.
lo Contencioso (CPACA)2, la Oficina Asesora Jurídica está facultada para responder las peticiones elevadas por particulares en ejercicio del derecho a formular consultas, en el marco de la competencia asignada a la Superintendencia del Subsidio Familiar. En virtud de lo anterior, esta oficina está autorizada para responder consultas de carácter general y abstracto sobre las materias a su cargo, y, por consiguiente, en ejercicio de las funciones descritas, no le compete prestar asesoría jurídica para resolver situaciones de orden particular y concreto encaminada a solucionar controversias o determinar consecuencias jurídicas derivadas de actos o decisiones de los órganos de
1 Artículo 7 Funciones de la Oficina Asesora Jurídica. Son funcion es de la Oficina Asesora Jurídica las siguientes: […] 8. Coor dinar, asesorar y responder por la atención de las solicitudes, demandas, tutelas y demás acciones que requieran intervención legal. 2Artículo 14. Términos para resolver las distintas modalidades de peticio nes. […] 2. Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días s iguientes a su recepción. 3 Artículo 28. Alcance de los conceptos. Salvo disposición legal en contr ario, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peti ciones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.
2-2025-023207 Bogotá D.C., 29 de octubre de 2025 14:19SuperSubsidio
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Edificio World Business Port
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Código: FO-GDT-033; Versión: 1 las Entidades sometidas a su vigilancia. Tampoco es de su competencia, juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.
Mediante comunicación recibida e individualizada con el Radicado de entrada No. 12025-021105 en fecha 23 de septiembre de 2025, se exhortó a la Superintendencia del Subsidio Familiar resolver la siguiente consulta:
I. CONSULTA
1. El procedimiento actualmente vigente para la elección, designación o inscripción de auxiliares de la justicia, agentes especiales e interventores.
2. La periodicidad con la que se realizan los concursos o procesos de selección respectivos.
3. La confirmación de si existe una convocatoria prevista para el año 2025 y, de ser así, un aproximado de las fechas estimadas para la apertura, desarrollo y cierre de la misma.?
II. PROBLEMA JURÍDICO
Para esta Superintendencia surge un interrogante como problema Jurídico, ¿Cuál es el procedimiento actualmente vigente para la elección, designación o inscripción de agentes especiales e interventores en las Cajas de compensación Familiar (CCF)?
III. RESPUESTA
procedimiento actualmente vigente para la elección, designación o inscripción de agentes especiales e interventores en las Cajas de compensación Familiar (CCF)?
III. RESPUESTA
El Decreto 2595 de 2012 en el numeral 24 del artículo 5° entre las funciones del Despacho del Superintendente del Subsidio Familiar determina que le corresponde designar agente especial y director administrativo en el caso de las cajas de compensación familiar a las cuales se les decrete una medida de intervención administrativa:
Artículo 5°. Funciones del Despacho del Superintendente del Subsidio Familiar. Son funciones del Despacho del Superintendente del Subsidio
Familiar las siguientes:
(…)SuperSubsidio
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24. Designar Director Administrativo y agente especial para la administración y representación jurídica de la Caja de Compensación Familiar intervenida, cuyas actuaciones serán realizadas bajo su propia responsabilidad.
Mediante la Resolución 0275 del 13 de mayo 2022 expedida por esta Superintendencia, se determinó el procedimiento para la elección de Agentes Especiales de Intervención y Directores Administrativos en el marco de la Adopción de una medida de intervención Administrativa por la Superintendencia del Subsidio Familiar.
CONFORMACIÓN DE LA LISTA DE ELEGIBLES DE AGENTES ESPECIALES DE
Directores Administrativos en el marco de la Adopción de una medida de intervención Administrativa por la Superintendencia del Subsidio Familiar.
CONFORMACIÓN DE LA LISTA DE ELEGIBLES DE AGENTES ESPECIALES DE
INTERVENCIÓN Y/O DIRECTORES ADMINISTRATIVOS DE LAS CAJAS DE
COMPENSACIÓN FAMILIAR.
La resolución 0321 del 31 de mayo de 2022 modifico el Artículo 2 de la Resolución 0275 de 22 así:
ARTÍCULO 1. Modificar el Artículo 2 de la Resolución No. 0275 del 13 de mayo de 2022, el cual quedará así:
ARTÍCULO 2. Los requisitos comunes que deben cumplir las personas interesadas en inscribirse a la lista de elegibles de Agentes de Intervención y/o Directores Administrativos designados por la Superintendencia del Subsidio Familiar, son los siguientes:
1. Contar con título profesional de pregrado y posgrado (Especialización, Maestría o Doctorado), con el respectivo registro profesional, tarjeta o matrícula profesional expedida cuando así la Ley lo exija para el ejercicio de su profesión.
2. Haber ejercido su profesión por un término mínimo de sesenta (60) meses, y tener: a. Mínimo veinticuatro (24) meses de experiencia en aspectos gerenciales que incluyan labores relacionadas con temas financieros, contables, administrativos o jurídicos.
PARÁGRAFO: En el caso de los(a) aspirantes a Director(a) Administrativo(a), además de lo anterior, deberá contar con al menos un (1) año de experiencia en entidades que actúen en el ámbito del Sistema de la Seguridad Social o el Sistema de Protección Social.
de lo anterior, deberá contar con al menos un (1) año de experiencia en entidades que actúen en el ámbito del Sistema de la Seguridad Social o el Sistema de Protección Social.
3. No encontrarse inmerso en alguna causal de inhabilidad, incompatibilidad y responsabilidad establecida en el Decreto Ley 2463 de 1981.SuperSubsidio
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4. No pertenecer a ningún órgano directivo, administrativo o de fiscalización de alguna Caja de Compensación Familiar, con excepción de aquellas personas que ostentan esta calidad por designación de la propia Superintendencia en el marco de una medida cautelar de Intervención Administrativa.
ARTÍCULO 3. Para la conformación de la lista de elegibles de Agentes de Intervención y/o Directores Administrativos, la Superintendencia del Subsidio Familiar, de acuerd o con sus funciones legales y reglamentarias, realizará cada dos años una convocatoria pública con una duración de (5) días hábiles. En esta se señalarán los requisitos para la inscripción, documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción, formato de solicitud de inscripción, y causales de inhabilidad , incompatibilidad y responsabilidad.
Cerrada la convocatoria, la Superintendencia Delegada para la Responsabilidad Administrativa y las Medidas Especiales contará con máximo diez (10) días calendario
incompatibilidad y responsabilidad.
Cerrada la convocatoria, la Superintendencia Delegada para la Responsabilidad Administrativa y las Medidas Especiales contará con máximo diez (10) días calendario para realizar el análisis de los aspirantes, al final de los cuales publicará el listado de las personas que cumplen con los requisitos en la página web de la entidad. Esta decisión es susceptible de recurso de Reposición y de Apelación.
Las personas que hagan parte de este listado deberán cursar y aprobar el Curso del Sistema del Subsidio Familiar y la Intervención de Cajas de Compensación Familiar, dictado por esta Superintendencia o la entidad autorizada por ella para tal fin.
De acuerdo con el listado presentado por la Superintendencia Delegada para la Responsabilidad Administrativa respecto al cumplimiento de requisitos para ejercer el cargo de Agente Especial de Intervención y/o Director Administrativo, aunado a los resultados del Curso a que hace referencia el inciso anterior de este artículo, el Superintendente del Subsidio Familiar conformará la Lista de Elegibles de Agentes Especiales de Intervención de Cajas de Compensación Familiar y/o Directores Administrativos, mediante acto administrativo que será comunicado a los elegidos y publicado en la página web de la entidad. Esta decisión es susceptible de recurso de reposición más no de apelación.
PARÁGRAFO. La Lista de Elegibles de Agentes Especiales de Intervención de Cajas de Compensación Familiar y Directores Administrativos que s e conforme tendrá una vigencia de dos (2) años contados a partir de la fecha de su firma y una vez vencida su vigencia se hará nuevamente convocatoria.SuperSubsidio
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fecha de su firma y una vez vencida su vigencia se hará nuevamente convocatoria.SuperSubsidio
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ARTÍCULO 4. Los documentos que deben aportar las personas interesadas en inscribirse a la lista de elegibles de Agentes de Intervención y Directores Administrativos designados por la Superintendencia del Subsidio Familiar son los siguientes:
1.Fotocopia del documento de identidad.
2. Título profesional de pregrado y posgrado (Especialización, Maestría o Doctorado). En caso de haber obtenido el título en el exterior, este deberá estar homologado de acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Educación Nacional.
3. Copia de la tarjeta profesional, registro o matrícula profesional, cuando la Ley así lo exija, para el ejercicio de la profesión, o su respectiva equivalencia frente a estudios realizados en el exterior de acuerdo a lo establecido por el Ministerio de
Educación Nacional.
4. Hoja de vida con soportes de la formación académica y certificaciones de experiencia donde se relacione el tiempo laborado, cargo y funciones realizadas.
5. Certificado vigente de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación.
6. Certificado vigente de antecedentes de responsabilidad fiscal expedido por la
Contraloría General de la República.
5. Certificado vigente de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación.
6. Certificado vigente de antecedentes de responsabilidad fiscal expedido por la
Contraloría General de la República.
7. Certificado vigente de antecedentes judiciales expedido por la Policía Nacional de Colombia.
8. Certificado vigente de medidas correctivas del Registro Nacional de Medidas Correctivas expedido por la Policía Nacional de Colombia.
9.Certificado vigente expedido por la institución o Colegio Profesional competente para acreditar la existencia de sanciones en la respectiva profesión.
10. Manifestación de no encontrarse inmerso en alguna causal de inhabilidad, incompatibilidad y responsabilidad establecida en el Decreto Ley 2463 de 1981.
11. Manifestar que no pertenece a ningún órgano directivo, administrativo o de fiscalización de alguna Caja de Compensación Familiar, con excepción de aquellas personas que ostentan esta calidad por designación de la propia Superintendencia en el marco de una medida cautelar de Intervención Administrativa.SuperSubsidio
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IV. FUNDAMENTO JURÍDICO
4.1 De las Cajas de Compensación Familiar
Las Cajas de Compensación Familiar, de acuerdo con el artículo 39 de la Ley 21 de 1982,
IV. FUNDAMENTO JURÍDICO
4.1 De las Cajas de Compensación Familiar
Las Cajas de Compensación Familiar, de acuerdo con el artículo 39 de la Ley 21 de 1982, son personas jurídicas de derecho privado, sin ánimo de lucro, organizadas como corporaciones en la forma prevista en el Código Civil, cumplen funciones de seguridad social y se hallan sometidas al control y vigilancia del Estado en la forma prevista por la Ley.
Los órganos de Dirección de las Cajas de Compensación Familiar se encuentran previstas en el artículo 46 de la Ley 21 de 1982:
Artículo 46. Toda Caja de Compensación Familiar estará dirigida por la Asamblea General de Afiliados, el Consejo Directivo y el Director Administrativo.
V. CONCLUSIONES.
Al tenor de lo expuesto en el presente Concepto Jurídico se puede concluir que:
En la Vigencia 2025 la Superintendencia del Subsidio Familiar (Supersubsidio) ha llevado a cabo procesos relacionados con la conformación de la Lista de Elegibles para los cargos de Agente Especial de Intervención y/o Director Administrativo de las Cajas de Compensación Familiar que tienen una medida cautelar de Intervención Administrativa.
Habría que decir también que, la Lista de Elegibles de Agentes Especiales de Intervención de Cajas de Compensación Familiar y Directores Administrativos que se conforme tendrá una vigencia de dos (2) años contados a partir de la fecha de su firma y una vez vencida su vigencia se hará nuevamente convocatoria, es decir que se ejecuta en su totalidad el periodo de administración por parte de los elegidos y una vez se surta el mismo se puede volver a realizar la convocatoria.
y una vez vencida su vigencia se hará nuevamente convocatoria, es decir que se ejecuta en su totalidad el periodo de administración por parte de los elegidos y una vez se surta el mismo se puede volver a realizar la convocatoria.
Por otro lado, se logra precisar que en la Vigencia 2025 ya se realizó la convocatoria y elección de Agentes Especiales de Intervención de Cajas de Compensación Familiar y Directores Administrativos.
- A través de la Resolución Número 0141 del 18 de febrero de 2025 "Por medio de la cual se conforma la Lista de Elegibles para el cargo de Agente Especial de Intervención y/o el cargo de Director Administrativo de las Cajas de Compensación Familiar con medida cautelar de Intervención Administrativa."SuperSubsidio
Dirección: Carrera 69 No. 25B - 44. Pisos 3, 4 y 7
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Código: FO-GDT-033; Versión: 1 • Posteriormente, se emitió la Resolución Número 0268 del 02 de abril de 2025, "Por medio de la cual se conforma de manera definitiva la Lista de Elegibles para el cargo de Director Administrativo de las Cajas de Compensación Familiar con medida cautelar de Intervención Administrativa," tras resolver los recursos de reposición presentados contra la resolución inicial.
En estos términos nos manifestamos respecto a su solicitud.
Finalmente, lo invitamos a consultar la página web de la Superintendencia del Subsidio Familiar donde se encuentran publicados todos los conceptos jurídicos emitidos por este
En estos términos nos manifestamos respecto a su solicitud.
Finalmente, lo invitamos a consultar la página web de la Superintendencia del Subsidio Familiar donde se encuentran publicados todos los conceptos jurídicos emitidos por este órgano de inspección, vigilancia y control, con una búsqueda por palabra clave que facilita el acceso a los mismos en los siguientes links: https://www.ssf.gov.co/ - https://acortar.link/qDqLrU
Atentamente,
NOHELIA DEL CARMEN ZAWADY PALACIO.
Jefe Oficina Asesora Jurídica
Proyectó: Nelson Miguel Amaya Pinto-Abogado Contratista OAJ.
Revisó: Lida Regina Bula Narváez-Profesional especializado.