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SUPERSUBSIDIO - Resolución 0038 de 2026

Superintendencia de Subsidio Familiar

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Detalles

Título
SUPERSUBSIDIO - Resolución 0038 de 2026
Autor
Superintendencia de Subsidio Familiar
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2026

ea Supersubsidio

REPUBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DEL TRABAJO

SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR RESOLUCION NUMERO 0038 DE 2026 ( 16 ENE 2026 ) “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba en un empleo de la planta de personal de la Superintendencia de Subsidio Familiar en el marco del Proceso de Selección No. 2508 de 2023, OPEC 203685” LA SUPERINTENDENTE DEL SUBSIDIO FAMILIAR En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial de las conferidas en la Ley 909 de 2004, Ley 1960 de 2019, el Decreto 775 de 2005, el Decreto 2595 de 2012, el Decreto 1083 de 2015, el Decreto 648 de 2017, el Decreto 611 de 2025, y CONSIDERANDO: Que el numeral 28 del artículo 5 del Decreto 2595 de 2012, establece como funciones del Superintendente: "Nombrar, remover y distribuir a los funcionarios de la Superintendencia de conformidad con las disposiciones vigentes”. Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. Que el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, establecen que los empleos de carrera en vacancia

los aspirantes. Que el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito. Que el artículo 29 de la Ley 909 de 2004, modificada por la Ley 1960 de 2019, expresa: “La provisión definitiva de los empleos públicos de carrera administrativa se hará mediante procesos de selección abiertos y de ascenso los cuales adelantará la Comisión Nacional del Servicio Civil o la entidad en la que esta delegue o desconcentre la función”. Que el artículo 3 del Decreto 775 de 2005, por el cual se establece el Sistema Específico de Carrera Administrativa para las Superintendencias de la Administración Pública Nacional, indica: “El ingreso, el ascenso y la permanencia a los cargos de carrera del sistema específico de las superintendencias, estará determinado por la demostración permanente que la persona es la mejor para cumplir las funciones del empleo respectivo, en términos de capacidades, conocimientos, competencias, habilidades y experiencia”, SuperSubsidio Página | 1

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Correo institucional: ssf@ssf.gov.coSupersubsidio RESOLUCION NUMERO 0038 peL_ 16 ENE 2026 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba en un empleo de

Correo institucional: ssf@ssf.gov.coSupersubsidio RESOLUCION NUMERO 0038 peL_ 16 ENE 2026 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba en un empleo de la planta de personal de la Superintendencia de Subsidio Familiar en el marco del Proceso de Selección No. 2508 de 2023, OPEC 203685” Que según lo establecido en el numeral 9.2 del artículo 9 del Decreto 775 de 2005, la

provisión de los empleos de carrera administrativa, se efectuarán con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito. Que mediante Acuerdo No. 63 de 2023, la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) convocó y estableció las reglas del Proceso de Selección, en las modalidades de Ascenso y Abierto para proveer los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal, perteneciente al Sistema Específico de Carrera Administrativa de las Superintendencias de la Administración Pública Nacional - Proceso de Selección No. 2508 de 2023SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR. Que en el artículo 24 del citado Acuerdo No. 63 de 2023, la Comisión Nacional de Servicio Civil, indica: "(...) las Listas de Elegibles se conformarán en estricto orden de mérito, con los aspirantes que hayan obtenido un puntaje ponderado igual o superior a ochenta (80) puntos”. Que por medio de la Resolución No, 10891 del 4 de septiembre de 2023, la CNSC declaró desierto el concurso en la modalidad de ascenso para nueve (9) vacantes de ocho (8) empleos de la SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR, ofertados a través del

desierto el concurso en la modalidad de ascenso para nueve (9) vacantes de ocho (8) empleos de la SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR, ofertados a través del Proceso de Selección No. 2508 de 2023. Quedando como resultado diecisiete (17) empleos en concurso de ascenso y setenta y uno (71) en concurso abierto. Que la Resolución No, 3111 de 2 de abril de 2025 de la CNSC conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer una (1) vacante del empleo de carrera administrativa PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 2028 GRADO 15, de la planta de personal de la Superintendencia del Subsidio Familiar. Que mediante Resolución No. 0476 del 19 de mayo de 2025, se nombró en periodo de prueba al señor VICTOR HUGO PEÑA ZAMBRANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 7.186.952, quien ocupó el primer lugar de elegibilidad en la OPEC 203685. El señor VICTOR HUGO PEÑA ZAMBRANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 7.186.952, emitió pronunciamiento de no aceptación del nombramiento en periodo de prueba al cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 2028 GRADO 15. Que mediante Resolución No. 0723 del 10 de julio de 2025, se derogó el nombramiento en periodo de prueba efectuado a través de la Resolución No. 0476 del 19 de mayo de 2025, al señor VICTOR HUGO PEÑA ZAMBRANO, identificado con cédula de ciudadanía

No. 7.186.952 en el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 2028 GRADO

2025, al señor VICTOR HUGO PEÑA ZAMBRANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 7.186.952 en el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 2028 GRADO 15, de la planta de la Superintendencia del Subsidio Familiar, ubicado en la OFICINA

ASESORA JURÍDICA.

Mediante publicación del 30 de julio de 2025, la Comisión Nacional del Servicio CivilCNSC, autorizó la movilidad del elegible en segunda posición meritoria para el nombramiento en el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 2028 GRADO 15. SuperSubsidio Pagina | 2

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Correo institucional: ssf@ssf.gov.coSupersubsidio RESOLUCION NUMERO 0038 DEL 1f ENE 2026 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba en un empleo de la planta de personal de la Superintendencia de Subsidio Familiar en el marco del Proceso de Selección No. 2508 de 2023, OPEC 203685” Que mediante Resolución No. 0871 del 14 de agosto de 2025, se nombró en periodo de prueba a la señora JOHANA LUCÍA RUEDA OLMOS, identificada con cédula de

ciudadanía No. 1.121.849.098, quien ocupó el segundo lugar de elegibilidad en la OPEC 203685. Que la citada Resolución fue comunicada con Radicado 2-2025-017142 del 14 de agosto

ciudadanía No. 1.121.849.098, quien ocupó el segundo lugar de elegibilidad en la OPEC 203685. Que la citada Resolución fue comunicada con Radicado 2-2025-017142 del 14 de agosto de 2025, a la señora JOHANA LUCÍA RUEDA OLMOS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.121.849.098, al correo electrónico Johanna 1418@hotmail.com, de acuerdo con el Acta de envío y entrega de Correo Electrónico, certificada por la Empresa de Servicios Postales Nacionales S.A.S., 4-72. Que dentro del término previsto para manifestar la aceptación o rechazo del nombramiento realizado, la elegible no manifestó la aceptación o rechazo del nombramiento en periodo de prueba. Que mediante Memorando No. 3-2025-003323 de 7 de octubre de 2025, se solicitó a CDI Grupo de Gestión Documental de la Superintendencia del Subsidio Familiar, se certifique si la señora JOHANA LUCÍA RUEDA OLMOS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.121.849.098, presentó correo electrónico a esta entidad aceptando o no el nombramiento en periodo de prueba. Que según certificado expedida por el Grupo de Gestión Documental el día 7 de octubre de 2025, se constató que la señora JOHANA LUCÍA RUEDA OLMOS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.121.849.098, no realizó pronunciamiento de aceptación del nombramiento en periodo de prueba hecho mediante Resolución No. 0871 del 14 de agosto de 2025. Que mediante comunicación electrónica remitida el 20 de octubre de 2025, el GRUPO DE

nombramiento en periodo de prueba hecho mediante Resolución No. 0871 del 14 de agosto de 2025. Que mediante comunicación electrónica remitida el 20 de octubre de 2025, el GRUPO DE OFICINA TIC de la Superintendencia del Subsidio Familiar informó que, una vez realizada la verificación correspondiente en el buzón institucional de la entidad, no se encontró registro alguno de comunicación remitida por la señora JOHANA LUCIA RUEDA OLMOS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.121.849.098, mediante el cual manifestara la aceptación o no del nombramiento en periodo de prueba, dentro del término comprendido entre el 22 de julio y el 20 de octubre de 2025. Que mediante Resolución No. 1271 del 28 de octubre de 2025, se derogó el nombramiento en periodo de prueba efectuado a través de la Resolución No, 0871 del 14 de agosto de 2025, a la señora JOHANA LUCÍA RUEDA OLMOS, identificada con cédula de ciudadanía

No. 1.121.849.098 en el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 2028

GRADO 15, de la planta de la Superintendencia del Subsidio Familiar, identificado con el Código OPEC 203685, ubicado en la OFICINA ASESORA JURÍDICA. Que el 28 de octubre de 2025 se realizó el cargue del acto administrativo por el cual se derogó el nombramiento en periodo de prueba de la señora JOHANA LUCÍA RUEDA OLMOS en el empleo de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 15, en la página SuperSubsidio Página | 3

derogó el nombramiento en periodo de prueba de la señora JOHANA LUCÍA RUEDA OLMOS en el empleo de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 15, en la página SuperSubsidio Página | 3

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Correo institucional: ssf@ssf.gov.coSupersubsidio RESOLUCION NUMERO 0038 pen 18 ENE 2026 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba en un empleo de la planta de personal de la Superintendencia de Subsidio Familiar en el marco del Proceso de Selección No. 2508 de 2023, OPEC 203685” WEB del Banco Nacional de Listas de Elegibles de la Comisión Nacional del Servicio Civil y mediante publicación del 5 de enero de 2026, la CNSC autorizó la movilidad del elegible que ocupa el tercer lugar en la correspondiente lista de elegibles, como se relaciona a

continuación: Detalla Fecha firmeza Novedad vavedad Posición ~ Tipo dacomento 0 Nombres Apellidos pumaje Teta Tipo fimera Novedad identificación é 12 may fi No proced: 1 Cédula de 7186952 VICTORMUGO PEÑA ZAMBRANO sos Ama nes Acs : jut. 2025 Ciudadanía 2025 completa Posesión Derogaroria 10. 2025 Cédula de i o 12 may. Fiemeza No procede 2 1121840098 JOHANALUCIA — RUEDAOLMOS 8702 anys completa Posesión Ciudadant Derogatoria 28 act, 2025 indadania

Cédula de i o 12 may. Fiemeza No procede 2 1121840098 JOHANALUCIA — RUEDAOLMOS 8702 anys completa Posesión Ciudadant Derogatoria 28 act, 2025 indadania é INCOURT 12 may. Fi 3 Cédula de 1024540032 JUAN ESTEBAN BETANCOU: 85.24 2 may. irmeza a Movil $ ene, 2026 Ciudadanía J SANCHEZ 2025 completa Autorización dowilidad LE ene, 2 Que el artículo primero de la Resolución No. 3111 de 2 de abril de 2025 de la CNSC conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer una (1) vacante del empleo de carrera administrativa PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 2028 GRADO 15, de la planta de personal de la Superintendencia del Subsidio Familiar, en la que se establece que el señor JUAN ESTEBAN BETANCOURT SANCHEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.024,540.032, quien ocupa la tercera (3) posición de elegibilidad en la OPEC No. 203685. Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto 1083 de 2015, es deber del Jefe de la entidad proceder a realizar en estricto orden de mérito, según lista de elegibles en firme, los nombramientos en período de prueba en el empleo objeto del concurso. Que en consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, el Grupo de Gestión del Talento Humano verificó el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte del señor JUAN ESTEBAN BETANCOURT SANCHEZ,

1083 de 2015, el Grupo de Gestión del Talento Humano verificó el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte del señor JUAN ESTEBAN BETANCOURT SANCHEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.024.540.032. Que de acuerdo con la revisión efectuada, el elegible cumple con el perfil requerido exigido en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Superintendencia del Subsidio Familiar, adoptado mediante Resolución No. 319 de 2023 y demás normas concordantes, para ser nombrado en período de prueba en el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 2028 GRADO 15 de la Superintendencia del Subsidio Familiar, ubicado en la OFICINA ASESORA JURÍDICA de acuerdo con los documentos registrados en el Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad (SIMO). Que con el fin de garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales frente a la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, se procederá a nombrar en SuperSubsidio Página | 4

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“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba en un empleo de la planta de personal de la Superintendencia de Subsidio Familiar en el marco del Proceso de Selección No. 2508 de 2023, OPEC 203685” periodo de prueba al señor JUAN ESTEBAN BETANCOURT SANCHEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.024.540.032, ubicado en la posición No. 3 de la lista de elegibles conformada para el empleo ofertado con el Código OPEC No. 203685, Resolución No. 3111 del 2 de abril de 2025, cuya denominación es PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 2028 GRADO 15, ubicado en la OFICINA ASESORA JURÍDICA. Que el artículo 2 del Decreto 611 de 2025, establece como asignación básica mensual para el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 2028 GRADO 15, la suma de SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS M/CTE., (6.537.356) y existe disponibilidad presupuestal para el pago de los gastos que ocasione el presente nombramiento, como consta en el certificado de disponibilidad presupuestal No, 1226 de 2026. En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA al señor JUAN ESTEBAN BETANCOURT SANCHEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.024.540,032, en el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 2028 GRADO 15 de la

BETANCOURT SANCHEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.024.540,032, en el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 2028 GRADO 15 de la Superintendencia del Subsidio Familiar, ubicado en la OFICINA ASESORA JURÍDICA, quien ocupa la tercera (3) posición de la lista de elegibles conformada para el empleo OPEC No. 203685 de conformidad con la Resolución No. 3111 del 2 de abril de 2025.

Parágrafo Primero: El nombrado en período de prueba, tiene diez (10) días a partir de la fecha de comunicación de la presente resolución para manifestar por escrito si acepta el cargo y a partir de la aceptación, diez (10) días hábiles para tomar posesión, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017.

Parágrafo Segundo: El período de prueba a que se refiere el presente artículo tendrá una duración de cuatro (4) meses, contados a partir de la fecha de posesión, al final de los cuales le será evaluado el desempeño laboral en los términos del Decreto Ley 775 de

2005. Aprobado dicho período, el empleado adquiere los derechos de carrera y deberá ser

inscrito en el Registro Público del Sistema Específico de Carrera Administrativa de las Superintendencias. Cuando la evaluación sea insatisfactoria, el nombramiento del empleado será declarado insubsistente.

Parágrafo Tercero: Durante la vigencia del período de prueba, al servidor público no se le podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el

empleado será declarado insubsistente.

Parágrafo Tercero: Durante la vigencia del período de prueba, al servidor público no se le podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las indicadas en el Proceso de Selección No. 2508 de 2023 que sirvió de base para su nombramiento y en virtud del artículo 31 del Decreto 775 de 2005.

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Correo institucional: ssf@ssf.gov.coS Supersubsidio RESOLUCIÓN NÚMERO 0038 ' DeL 16 ENE 2026 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba en un empleo de la planta de personal de la Superintendencia de Subsidio Familiar en el marco del Proceso de Selección No. 2508 de 2023, OPEC 203685” ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR la presente resolución al señor JUAN ESTEBAN

BETANCOURT SANCHEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.024.540.032 al correo electrónico jebs93G gmail.com información suministrada del Banco Nacional de Listas de Elegibles de fa CNSC, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017.

ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR la presente Resolución a la Oficina de las

Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017.

ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR la presente Resolución a la Oficina de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Grupo de Gestión Administrativa, al Grupo de Gestión Financiera, Grupo de Gestión Documental y Notificaciones, al Grupo de Gestión del Talento Humano, al Grupo de Gestión Contractual, novedades nómina y a los gestores de correspondencia del Grupo de Gestión del Talento Humano, para lo de su competencia.

ARTÍCULO CUARTO: Publíquese el presente acto administrativo en la página WEB de la entidad.

ARTÍCULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición y surte efectos fiscales a partir de la posesión de la persona nombrada en período de prueba.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los CADENA Firmado digitalmente por CADENA MARTÍNEZ SANDRA MARTINEZ VIVIANA Fecha: 2026.01.16 13:02:48 SANDRA VIVIANA - -0500' SANDRA VIVIANA CADENA MARTÍNEZ Superintendente del Subsidio Familiar Elaboró: Viviana Marcela Segura Ovalle. Profesional Especializado GGTH Wawiara Marcet Segura,

Revisó: Johnny Abad Martínez Fontalvo, Coordinador GGTH ==

Claudia Liliana Contreras Gutiérrez. Secretaria General MÉS Juliana Andrea López - Asesora de Despacho S02" =" SuperSubsidio Pagina | 6

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