SUPERSUBSIDIO - Resolución 0383 de 2026
Superintendencia de Subsidio Familiar
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Detalles
- Título
- SUPERSUBSIDIO - Resolución 0383 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Subsidio Familiar
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2026
0)
Supersubsidio Código: FO-COP-003; Versión: 2
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DEL TRABAJO
SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR RESOLUCIÓN NÚMERO (383 DE 2026 ( 26 MAY 2026 ) “Por medio de la cual se realiza un encargo al servidor público Javier Enrique Ruiz Peñalosa” LA SUPERINTENDENTE DEL SUBSIDIO FAMILIAR En uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas en la Ley 909 de 2004, la Ley 1960 de 2019, el Decreto 775 de 2005, el Decreto 2595 de 2012, el Decreto 2596 de 2012, el Decreto 1083 de 2015, el Decreto 648 de 2017, el Decreto 312 de 2026, la Resolución No. 0766 de 2023, y las demás normas concordantes, CONSIDERANDO: Que el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto No. 775 de 2005 menciona: “Los empleos del sistema específico de carrera administrativa de las superintendencias serán provistos por los Superintendentes, de acuerdo con las formas de provisión de empleos establecidas en el presente decreto”. Que el artículo 2.2.19.1.2 del Decreto No. 1083 de 2015, expresa: “Mientras se surte el proceso de selección convocado para la provisión de los empleos del sistema específico de carrera, el superintendente podrá efectuar encargos o nombramientos provisionales de conformidad con lo establecido en el Decreto-ley No.775 de 2005.” Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019 prevé:
encargos o nombramientos provisionales de conformidad con lo establecido en el Decreto-ley No.775 de 2005.” Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019 prevé: “Mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados en estos si acreditan los requisitos para su ejercicio, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño es sobresaliente. En el evento en que no haya empleados de carrera con evaluación sobresaliente, el encargo deberá recaer en quienes tengan las más altas calificaciones descendiendo del nivel sobresaliente al satisfactorio, de conformidad con el sistema de evaluación que estén aplicando las entidades. Adicionalmente el empleado a cumplir el encargo deberá reunir las condiciones y requisitos previstos en la ley. El encargo deberá recaer en un empleado que se encuentre desempeñando el cargo inmediatamente inferior de la planta de personal de la entidad (...)”. SuperSubsidio Página | 1
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Supersubsidio Código: FO-COP-003; Versión: 2
RESOLUCIÓN NÚMERO 0383 per___ 26 MAY 2008 “Por medio de la cual se realiza un encargo al servidor público Javier Enrique Ruiz Peñalosa”
Supersubsidio Código: FO-COP-003; Versión: 2
RESOLUCIÓN NÚMERO 0383 per___ 26 MAY 2008 “Por medio de la cual se realiza un encargo al servidor público Javier Enrique Ruiz Peñalosa” Que el numeral 28 del artículo 5 del Decreto No. 2595 de 2012 señala como funciones del Despacho del Superintendente del Subsidio Familiar: "Nombrar, remover y distribuir a los funcionarios de la Superintendencia de conformidad con las disposiciones vigentes”. Que el artículo 6 del Decreto No. 2596 de 2012 indica: “los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley No. 775 de 2005 y el Decreto Reglamentario No. 2929 de 2005 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan”. Que mediante la Resolución No. 0010 del 5 de enero de 2026 se otorgó una comisión para desempeñar un empleo de libre nombramiento y remoción en el Instituto Distrital de Recreación y Deporte de Bogotá, a la servidora pública Rosalba Guzmán Guzmán, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.864.027. Que la servidora Rosalba Guzmán Guzmán es titular en carrera administrativa del empleo de Profesional Especializado Código 2028, Grado 21 de la planta global de la Superintendencia del Subsidio Familiar, ubicado en la Oficina de Control Interno y al ser comisionada se produjo una vacancia temporal en dicho empleo. Que la CNSC a través de la Circular No 20191000000117 de 2019, señala: “Los servidores de carrera tienen el derecho preferencial a ser encargados en
y al ser comisionada se produjo una vacancia temporal en dicho empleo. Que la CNSC a través de la Circular No 20191000000117 de 2019, señala: “Los servidores de carrera tienen el derecho preferencial a ser encargados en los empleos de carrera administrativa vacantes de forma definitiva o temporal, siempre que acrediten los requisitos definidos en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por la Ley 1960 de 2019”. Que la CNSC a través de la Circular No 20191000000127 de 2019, indica: “(...) cabe destacar que el derecho preferencia a encargo se predica tanto para los empleos de carrera administrativa en condición de vacancia definitiva como temporal, correspondiendo a la administración cuando observe la necesidad de proveerlos transitoriamente, la obligación de realizar la verificación de los requisitos referidos y en los términos dispuestos en la Circular Conjunta CNSCDAFP No.20191000000117(...)” Que la Resolución No. 0766 del 7 de septiembre de 2023 estableció el procedimiento para proveer mediante encargo los empieos de Carrera Administrativa en vacancia de la planta de personal de la Superintendencia del Subsidio Familiar. Que en cumplimiento del artículo cuarto y subsiguientes de la Resolución No. 0766 del 7 de septiembre de 2023, mediante comunicación interna del día 20 de febrero de 2026, el Grupo de Gestión del Talento Humano realizó publicación para la provisión de un empleo de carrera administrativa mediante encargo - Profesional Especializado, Código 2028, Grado 21, de la Oficina de Control Interno. SuperSubsidio Página | 2
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SERVIDORES PÚBLICOS CON DERECHOS DE CARRERA ADMINISTRATIVA
Superrterdenca del Sul
GRUPO GE GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO i)
Supersubsidio
DEL Código: FO-COP-003; Versión: 2 26 MAY 2026
Peñalosa” ¿Anexo lie] - Parte 21 ols DG CODIGO 7 Que en la misma publicación del día 20 de febrero de 2025, se anexo la relación servidores públicos que cumplían requisitos para ser encargados:
DERECHO PREFERENTE ENCARGO
CONÓMERO NOMBRES APELLIDOS EMPLEO TITULAR
1 DIEGO ANDRÉS MUNAR BACA OS RADO A
2 LIBIA CONSTANZA — | SILVA NIÑO O ADO) 6 JAVIER ENRIQUE RUIZ PEÑALOSA PROFESIONAL AO Ge 7 DIANA CAROLINA | ENRIQUEZ HERNANDEZ FR SION OB GRADO 1) 8 LEDYS STELLA RIASCOS SUAREZ O RADO 19 9 CLAUDIA JIMENA | GRANADOS RINCÓN A O Que, durante el periodo de publicación y recepción de manifestaciones de interés,
8 LEDYS STELLA RIASCOS SUAREZ O RADO 19 9 CLAUDIA JIMENA | GRANADOS RINCÓN A O Que, durante el periodo de publicación y recepción de manifestaciones de interés, del 24 de febrero al 2 de marzo de 2026, para ser encargado de un empleo de carrera administrativa de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 21, de la Oficina de Control Interno, de los nueve (9) servidores relacionados, se postularon ocho (8). SuperSubsidio Página | 3
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Correo institucional: ssf@ssf.gov.co15) ¿ Supersubsidio Código: FO-COP-003; Versión: 2 resolución número 0383 Ser 286 MAY 2026 “Por medio de la cual se realiza un encargo al servidor público Javier Enrique Ruiz Peñalosa” Que el Coordinador del Grupo de Gestión del Talento Humano verificó, una vez agotado el procedimiento de publicación, recepción de manifestaciones de interés y análisis del derecho preferencial en orden descendente, que el señor Javier Enrique Ruiz Peñalosa, ocupó la primera posición para ser encargado del empleo de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 21, de la Oficina de Control Interno, considerando el criterio de desempate de “antigúedad”, se vinculó en la entidad desde el año 2017, igualmente, acreditó los requisitos del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente, las aptitudes y
Interno, considerando el criterio de desempate de “antigúedad”, se vinculó en la entidad desde el año 2017, igualmente, acreditó los requisitos del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente, las aptitudes y habilidades requeridas, la evaluación del desempeño exigida y la ausencia de sanción disciplinaria en el último año, por lo cual resulta procedente su encargo en el empleo mencionado, conforme al estudio técnico que hace parte del expediente administrativo. Que mediante Resolución No. 0169 del 22 de marzo de 2017, se nombró en periodo de prueba al señor Javier Enrique Ruiz Peñalosa, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.543.975, en el empleo de Secretario Ejecutivo, Código 4210, Grado 19, de la Planta de la Superintendencia del Subsidio Familiar, ubicado en la Secretaria General - Grupo de Gestión del Talento Humano, quien se posesionó mediante Acta No. 018 del 2 de mayo de 2017. Que mediante Resolución No. 0487 del 24 de julio de 2018, se encargó al señor Javier Enrique Ruiz Peñalosa, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.543.975, en el empleo de Profesional Universitario, Código 2044, Grado 10, de la Planta de la Superintendencia del Subsidio Familiar, ubicado en la Oficina de Control Interno. Que mediante Resolución No. 0086 del 11 de febrero de 2019, se encargó al señor Javier Enrique Ruiz Peñalosa, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.543.975, en el empleo de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 13, de
Javier Enrique Ruiz Peñalosa, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.543.975, en el empleo de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 13, de la Planta de la Superintendencia del Subsidio Familiar, ubicado en la Oficina Asesora de Planeación. Que mediante Resolución No. 0136 del 15 de mayo de 2020, se encargó al señor Javier Enrique Ruiz Peñalosa, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.543.975, en el empleo de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 15, de la Planta de la Superintendencia del Subsidio Familiar, ubicado en la Secretaria General. Que mediante Resolución No. 0803 del 18 de noviembre de 2022, se encargó al señor Javier Enrique Ruiz Peñaiosa, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.543.975, en el empleo de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 17, de la Planta de la Superintendencia del Subsidio Familiar, ubicado en la Superintendencia Delegada para Estudios Especiales y la Evaluación de Proyectos. Que mediante Resolución No. 0120 del 15 de febrero de 2023, se encargó al señor Javier Enrique Ruiz Peñalosa, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.543.975, en el empleo de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 21, de la Planta de la Superintendencia del Subsidio Familiar, ubicado en la Superintendencia Delegada para Estudios Especiales y la Evaluación de Proyectos, reubicado en la Oficina Asesora de Planeación.
la Planta de la Superintendencia del Subsidio Familiar, ubicado en la Superintendencia Delegada para Estudios Especiales y la Evaluación de Proyectos, reubicado en la Oficina Asesora de Planeación. Que mediante Resolución No. 0519 del 30 de agosto de 2024, se declaró la vacancia temporal del empleo de Secretario Ejecutivo, Código 4210, Grado 19, de la Planta Global de la Superintendencia del Subsidio Familiar, ubicado en la SuperSubsidio Página | 4
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RESOLUCIÓN NÚMERO 0383 oeL__ 26 MAY 2026 “Por medio de la cual se realiza un encargo al servidor público Javier Enrique Ruiz Peñalosa” Secretaría General - Grupo de Gestión del Talento Humano, a partir del 2 de septiembre de 2024 y por el término de duración del período de prueba de seis (6) meses al señor Javier Enrique Ruiz Peñalosa, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.543.975, quien se posesionó en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 03 de la Alcaldía Municipal de Chía. Que a través de la Resolución No. 0142 del 18 de febrero de 2025, se terminó la vacancia temporal del empleo de Secretario Ejecutivo, Código 4210, Grado 19, de
Que en cumplimiento del parágrafo primero del artículo séptimo de la Resolución No. 0766 de 7 de septiembre de 2023, el servidor Javier Enrique Ruiz Peñalosa, a través de la firma Consulting Service Polygraph S.A.S., presentó la prueba de aptitudes y habilidades requeridas conforme el Manual de Funciones y de Competencias Laborales, adoptado por Resolución No. 0319 de 19 de abril de 2023, para el empleo de Profesional Especializado Código 2028, Grado 21, ubicado en la Oficina de Control Interno, cuyo resultado fue el siguiente:
(..) "RESULTADO FINAL: ANALISIS CUALITATIVO Y CUANTITATIVO DE LA
PRUEBA PSICOTECNICA.
Analizando los resultados de la aspirante, JAVIER ENRIQUE RUA PEÑALOSA, quien aplico para ocupar el encargo PROFESIONAL CODIGO ESPECIALIZADO 2028 GRADO 21, se llevó a cabo una comparación de los datos obtenidos del resultado de la prueba psicotécnica con el análisis comportamental de la entidad versus la medición de las competencias da la prueba, el cual nos indica que el perfil del candidato es APTO CON RESULTADO BAJO EN INSTRUMENTACIÓN DE DECISIONES Y ATENCIÓN AL DETALLE. Por ende, el resultado es en un nivel PROMEDIO BAJO, a las habilidades técnicas del cargo.” (...) Que en cumplimiento de los Decretos No. 775 de 2005, 1083 de 2015 y el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, modificatorio del artículo 24 de la Ley No. 909 de 2004, se verificó que la Ultima Evaluación de Desempeño del servidor mencionado refleja calificación SOBRESALIENTE y la misma reposa en su historia laboral. SuperSubsidio Página | 5
se verificó que la Ultima Evaluación de Desempeño del servidor mencionado refleja calificación SOBRESALIENTE y la misma reposa en su historia laboral. SuperSubsidio Página | 5
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RESOLUCIÓN NÚMERO 0383 per___ 26 MAY 2026 “Por medio de la cual se realiza un encargo al servidor público Javier Enrique Ruiz Peñalosa” Que, consultados los antecedentes disciplinarios, no registra ninguna sanción en el último año. Que el artículo 2 del Decreto 312 de 2026, establece como asignación básica mensual para el empleo de Profesional Especializado Código 2028, Grado 21, la suma de diez millones quinientos cuarenta y tres mil trescientos cuarenta y seis pesos M/cte., ($10.543.046). Que el presente reconocimiento y pago se hará con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1226 de 2026. En consecuencia, este Despacho,
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ENCARGAR del empleo de Profesional Especializado Código 2028, Grado 21, de la planta de la Superintendencia del Subsidio Familiar, ubicado en la Oficina de Control Interno, a! servidor público Javier Enrique Ruiz Peñalosa, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.543.975.
Que a través de la Resolución No. 0142 del 18 de febrero de 2025, se terminó la vacancia temporal del empleo de Secretario Ejecutivo, Código 4210, Grado 19, de la Planta Global de la Superintendencia del Subsidio Familiar, ubicado en la Secretaría General - Grupo de Gestión del Talento Humano, y se ordena el reintegro al mencionado empleo al señor Javier Enrique Ruiz Peñalosa, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.543.975, a partir del 19 de febrero de 2025. Que mediante Resolución No. 0353 del 23 de abril de 2025, se nombró en periodo de prueba en la modalidad de ascenso al señor Javier Enrique Ruiz Peñalosa, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.543.975, en el empleo de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 17, de la Planta de la Superintendencia del Subsidio Familiar, ubicado en la Oficina Asesora de Planeación, quien se posesionó mediante Acta No. 020 del 2 de mayo de 2025. Que, revisada la historia laboral del servidor Javier Enrique Ruiz Peñalosa, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.543.975, se verificó que superó el periodo de prueba y que ostenta derechos de carrera administrativa respecto del empleo de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 17, conforme a los soportes encontrados en el expediente administrativo. Que en cumplimiento del parágrafo primero del artículo séptimo de la Resolución No. 0766 de 7 de septiembre de 2023, el servidor Javier Enrique Ruiz Peñalosa, a través de la firma Consulting Service Polygraph S.A.S., presentó la prueba de
ubicado en la Oficina de Control Interno, a! servidor público Javier Enrique Ruiz Peñalosa, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.543.975. PARÁGRAFO ÚNICO. De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017, el servidor público tendrá diez (10) días para manifestar por escrito si acepta o no el encargo conferido mediante la presente resolución. Aceptado el encargo, deberá tomar posesión del empleo dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de aceptación, sin perjuicio de lo previsto en el artículo cuarto del presente acto administrativo, ARTÍCULO SEGUNDO: DURACIÓN DEL ENCARGO. El encargo conferido mediante la presente resolución tendrá efectos a partir de la posesión del servidor Javier Enrique Ruiz Peñalosa, en el empleo Profesional Especializado Código 2028, Grado 21, y se extenderá mientras subsista la vacancia temporal que lo origina, sin perjuicio de que pueda darse por terminado mediante acto administrativo motivado, por reintegro del titular del empleo o por las demás causales legalmente procedentes.
ARTÍCULO TERCERO: ENTREGA DEL EMPLEO TITULAR. El servidor público Javier Enrique Ruiz Peñalosa, de manera previa a la posesión en el empleo de Profesional Especializado Código 2028, Grado 21, de la Oficina de Control Interno, deberá adelantar los trámites correspondientes de entrega del empleo del cual es titular, Profesional! Especializado Código 2028, Grado 17, conforme al procedimiento institucional establecido por la Entidad.
deberá adelantar los trámites correspondientes de entrega del empleo del cual es titular, Profesional! Especializado Código 2028, Grado 17, conforme al procedimiento institucional establecido por la Entidad.
ARTÍCULO CUARTO: RECLAMACIONES POR DERECHO PREFERENTE. En caso de presentarse reclamación laboral fundada en el derecho preferente de encargo ante la Comisión de Personal de la Entidad y, de ser procedente, ante la Comisión Nacional del Servicio Civil, la posesión derivada del presente acto se sujetará a lo que se resuelva en dicho trámite.
PARÁGRAFO PRIMERO. Mientras se encuentre en trámite una reclamación laboral que pueda afectar la procedencia del presente encargo, no se surtirá la posesión del servidor encargado. PARÁGRAFO SEGUNDO. Si la reclamación es resuelta favorablemente al reclamante y ello afecta la procedencia del encargo aquí dispuesto, la Superintendencia del SuperSubsidio Página | 6
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RESOLUCION número 0383 pe__ 26 MAY 290% “Por medio de la cual se realiza un encargo al servidor público Javier Enrique Ruiz Peñalosa” Subsidio Familiar adoptará las decisiones administrativas correspondientes conforme al ordenamiento jurídico aplicable, en cumplimiento del artículo 2.2.5.1.12 del
“Por medio de la cual se realiza un encargo al servidor público Javier Enrique Ruiz Peñalosa” Subsidio Familiar adoptará las decisiones administrativas correspondientes conforme al ordenamiento jurídico aplicable, en cumplimiento del artículo 2.2.5.1.12 del Decreto 1083 de 2015. En consecuencia, no habrá lugar a la posesión del servidor. ARTÍCULO QUINTO. COMUNICAR el contenido de la presente resolución al servidor público Javier Enrique Ruiz Peñalosa, al correo electrónico jruizp@ssf.gov.co a su jefe inmediato, a la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, al Grupo de Gestión Financiera, al Grupo de Gestión Documental y Notificaciones, al Grupo de Gestión del Talento Humano, al Grupo de Gestión Contractual, al correo de novedades nómina novedades_nomina@ssf.gov.co y al gestor de correspondencia del Grupo de Gestión del Talento Humano, para lo de su competencia. ARTÍCULO SEXTO. PUBLICAR la presente resolución en la página web institucional de la Superintendencia del Subsidio Familiar, para efectos de publicidad, trazabilidad y cómputo de los términos que resulten procedentes frente a eventuales reclamaciones por derecho preferente de encargo. ARTÍCULO SÉPTIMO. VIGENCIA Y EFECTOS FISCALES La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y los efectos fiscales del encargo conferido mediante este acto administrativo se producirán a partir de la fecha de posesión efectiva del servidor Javier Enrique Ruiz Peñalosa en el empleo Profesional Especializado Código 2028, Grado 21.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 26 MAY 2026 2.
Profesional Especializado Código 2028, Grado 21.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 26 MAY 2026 2.
SANDRA VIVIANA CADENA MARTÍNEZ >
Superintendente del Subsidio Familiar
Elaboró: Fernando Villalobos G. Profesional GGTH AG Reviso: Johnny Abad Martinez Fontalvo. Coordinador GGTH — = Juan Arley Naranjo Lesmes, Profesional Especializado, Secretaria General ee on a
Cindy Jhoanna Contreras González - Contratista Secretaria General 2. 7 Laura Milena Canizales Herrera — Asesora Despacho Oni”
Aprobé: Claudia Liliana Contreras Gutiérrez. Secretaria General y y.
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