SUPERSUBSIDIO - Resolución 0705 de 2026
Detalles
- Título
- SUPERSUBSIDIO - Resolución 0705 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Subsidio Familiar
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2026
Supersubsidio Código: FO-COP-003; Versión: 2
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DEL TRABAJO SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR RESOLUCIÓN NÚMERO J) / () 5 DE 2026 ( TOSEP 2026 ) “Por medio de la cual se realiza un encargo a la servidora pública Catalina Orozco Orjuela” LA SUPERINTENDENTE DEL SUBSIDIO FAMILIAR En uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas en la Ley 909 de 2004, la Ley 1960 de 2019, el Decreto 775 de 2005, el Decreto 2595 de 2012, el Decreto 2596 de 2012, el Decreto 1083 de 2015, el Decreto 648 de 2017, el Decreto 312 de 2026, la Resolución No. 0766 de 2023, y las demás normas concordantes, CONSIDERANDO: Que el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto No. 775 de 2005 menciona: “Los empleos del sistema específico de carrera administrativa de las superintendencias serán provistos por los Superintendentes, de acuerdo con las formas de provisión de empleos establecidas en el presente decreto”, Que el artículo 2.2.19.1.2 del Decreto No. 1083 de 2015, expresa: “Mientras se surte el proceso de selección convocado para la provisión de los empleos del sistema específico de carrera, el superintendente podrá efectuar encargos o nombramientos provisionales de conformidad con lo establecido en el Decreto-ley No.775 de 2005.” Que la Ley 1960 de 2019 modificó el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, el cual quedó así:
encargos o nombramientos provisionales de conformidad con lo establecido en el Decreto-ley No.775 de 2005.” Que la Ley 1960 de 2019 modificó el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, el cual quedó así: “Mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados en estos si acreditan los requisitos para su ejercicio, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño es sobresaliente. En el evento en que no haya empleados de carrera con evaluación sobresaliente, el encargo deberá recaer en quienes tengan las más altas calificaciones descendiendo del nivel sobresaliente al satisfactorio, de conformidad con el sistema de evaluación que estén aplicando las entidades. Adicionalmente el empleado a cumplir el encargo deberá reunir las condiciones y requisitos previstos en la ley. El encargo deberá recaer en un empleado que se encuentre desempeñando el cargo inmediatamente inferior de la planta de personal de la entidad (...)”. Que el numeral 28 del artículo 5 del Decreto No. 2595 de 2012 señala como funciones del Despacho del Superintendente de! Subsidio Familiar: SuperSubsidio Página | 1
Dirección: Carrera 69 No. 25B - 44, Pisos 3, 4 y 7
Edificio World Business Port Conmutador: (+57) (601) 348 78 00
Línea Gratuita: (+57) 018000 910 110
Correo institucional: ssf@ssf.gov.coSupersubsidio Código: FO-COP-003; Versión: 2
Edificio World Business Port Conmutador: (+57) (601) 348 78 00
Línea Gratuita: (+57) 018000 910 110
Correo institucional: ssf@ssf.gov.coSupersubsidio Código: FO-COP-003; Versión: 2 resoLución Número 0 / 0 5 pel 10 SEP 2026 “Por medio de la cual se realiza un encargo a la servidora pública Catalina Orozco Orjuela” “Nombrar, remover y distribuir a los funcionarios de la Superintendencia de conformidad con las disposiciones vigentes”.
Que el artículo 6 del Decreto No. 2596 de 2012 indica: “los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley No. 775 de 2005 y el Decreto Reglamentario No. 2929 de 2005 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan”. Que la CNSC a través de la Circular No 20191000000117 de 2019, señala: “Los servidores de carrera tienen el derecho preferencial a ser encargados en los empleos de carrera administrativa vacantes de forma definitiva o temporal, siempre que acrediten los requisitos definidos en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por la Ley 1960 de 2019”. Que la CNSC a través de la Circular No 20191000000127 de 2019, indica: “(...) cabe destacar que el derecho preferencia a encargo se predica tanto para los empleos de carrera administrativa en condición de vacancia definitiva como temporal, correspondiendo a la administración cuando observe la necesidad de proveerlos transitoriamente, la obligación de realizar la verificación de los requisitos referidos y en los términos dispuestos en la Circular Conjunta CNSCtemporal, correspondiendo a la administración cuando observe la necesidad de proveerlos transitoriamente, la obligación de realizar la verificación de los requisitos referidos y en los términos dispuestos en la Circular Conjunta CNSCDAFP No.20191000000117(...)” Que la Resolución No. 0766 del 7 de septiembre de 2023, estableció el procedimiento para proveer mediante encargo los empleos de Carrera Administrativa en vacancia de la planta de personal de la Superintendencia del Subsidio Familiar. Que en cumplimiento del artículo Cuarto y subsiguientes de la Resolución No. 0766 del 7 de septiembre de 2023, mediante comunicación interna del día 13 de mayo de 2026 a través del correo electrónico grupofuncionarios@ssf.gov.co., el Grupo de Gestión del Talento Humano publicó el aviso para proveer una vacancia definitiva mediante encargo del empleo de carrera administrativa de Auxiliar Administrativo, Código 4044, Grado 18, del Grupo Interno para la Responsabilidad Administrativa - Superintendencia Delegada para la Responsabilidad Administrativa y las Medidas Especiales, Que en dicha publicación, se anexó el estudio y verificación de requisitos de los servidores públicos que cumplen para ser encargados y que hace parte del presente acto administrativo, así: DERECHO PREFERENTE ENCARGO NÚMERO CONSECUTIVO NOMBRES APELLIDOS EMPLEO TITULAR . : CONDUCTOR MECÁNICO 1 Jaime Humberto Martínez Lozano CÓDIGO 4103 GRADO 17 . . CONDUCTOR MECÁNICO 2 Fabian Urrea Jaramillo CÓDIGO 4103 GRADO 17
AUXILIAR |
3 Catalina Orozco Orjuela ADMINISTRATIVO CÓDIGO 4044 GRADO 15 SuperSubsidio Página | 2
AUXILIAR |
3 Catalina Orozco Orjuela ADMINISTRATIVO CÓDIGO 4044 GRADO 15 SuperSubsidio Página | 2
Dirección: Carrera 69 No. 25B - 44. Pisos 3, 4 y 7
Edificio World Business Port Conmutador: (+57) (601) 348 78 00
Línea Gratuita: (+57) 018000 910 110
Correo institucional: ssf@ssf.gov.coSupersubsidio Código: FO-COP-003; Versión: 2
RESOLUCIÓN NÚMERO 2 070 Y DEL J O SEP 2026 “Por medio de la cual se realiza un encargo a la servidora pública Catalina Orozco Orjuela” Que durante el período de publicación del 15 al 22 de mayo de 2026, para la recepción de manifestaciones de interés, de los tres (3) servidores relacionados, solamente se postuló la servidora pública Catalina Orozco Orjuela identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.098.677.747. Que el Coordinador del Grupo de Gestión del Talento Humano verificó, una vez agotado el término de publicación, recepción de manifestaciones de interés y análisis del derecho preferencial en orden descendente, que la servidora pública Catalina Orozco Orjuela, ocupó la primera posición para ser encargada del empleo de Auxiliar Administrativo, Código 4044, Grado 18, del Grupo Interno para la Responsabilidad Administrativa - Superintendencia Delegada para la Responsabilidad Administrativa y las Medidas Especiales, considerando que fue la única servidora postulada. Que la servidora pública Catalina Orozco Orjuela, acreditó los requisitos del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente, las aptitudes y
Administrativa y las Medidas Especiales, considerando que fue la única servidora postulada. Que la servidora pública Catalina Orozco Orjuela, acreditó los requisitos del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente, las aptitudes y habilidades requeridas, la evaluación del desempeño exigida y la ausencia de sanción disciplinaria en el último año, por lo cual resulta procedente su encargo en el empleo mencionado, conforme al estudio técnico que hace parte del expediente administrativo. Que mediante Resolución No. 0883 del 15 de agosto de 2025, se nombró en período de prueba a la servidora pública Catalina Orozco Orjuela, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.098.677.747, en el empleo de Auxiliar de Servicios Generales, Código 4064, Grado 15, de la Planta de la Superintendencia del Subsidio Familiar, ubicado en el Grupo de Gestión Documental y Notificaciones de la Secretaría General, quien se posesionó mediante Acta No. 099 del i de septiembre de 2025. Que, revisada la historia laboral de la servidora Catalina Orozco Orjuela, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.098.677.747, se verificó que superó el período de prueba y que ostenta derechos de carrera administrativa respecto del empleo de Auxiliar de Servicios Generales, Código 4064, Grado 15, conforme a los soportes encontrados en el expediente administrativo. Que en cumplimiento del parágrafo primero del artículo séptimo de la Resolución No. 0766 de 7 de septiembre de 2023, la servidora Catalina Orozco Orjuela, a través de la firma Consulting Service Polygraph S.A.S., presentó la prueba de
Que en cumplimiento del parágrafo primero del artículo séptimo de la Resolución No. 0766 de 7 de septiembre de 2023, la servidora Catalina Orozco Orjuela, a través de la firma Consulting Service Polygraph S.A.S., presentó la prueba de aptitudes y habilidades requeridas conforme el Manual de Funciones y de Competencias Laborales, adoptado por Resolución No. 0319 de 19 de abril de 2023, para el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 4044, Grado 18, del Grupo Interno para la Responsabilidad Administrativa - Superintendencia Delegada para la Responsabilidad Administrativa y las Medidas Especiales, cuyo resultado fue el siguiente: “Analizando los resultados de la aspirante CATALINA OROZCO ORJUELA, quien aplico para ocupar el encargo AUXILIAR ADMINISTRATIVO CODIGO 4044 GRADO 18, se llevó a cabo una comparación de los datos obtenidos del resultado de la prueba psicotécnica con el análisis comportamental de la entidad versus la medición de las competencias da la prueba, el cual nos indica que el perfil de la candidata es APTA y se ajusta satisfactoriamente a las habilidades técnicas del cargo, sin embargo se debe evaluar si cumple con el promedio, requerido para el SuperSubsidio Página | 3
Dirección: Carrera 69 No. 25B - 44. Pisos 3, 4 y 7
Edificio World Business Port Conmutador: (+57) (601) 348 78 00
Línea Gratuita: (+57) 018000 910 110
Correo institucional: ssf@ssf.gov.coEy i
Supersubsidio Código: FO-COP-003; Versión: 2
RESOLUCIÓN NÚMERO= 070 2 DEL 10 SEP 2026
Correo institucional: ssf@ssf.gov.coEy i
Supersubsidio Código: FO-COP-003; Versión: 2
RESOLUCIÓN NÚMERO= 070 2 DEL 10 SEP 2026 “Por medio de la cual se realiza un encargo a la servidora pública Catalina Orozco Orjuela” cargo, ya que obtuvo puntajes medios en trabajo en equipo, colaboración y Atención al detalle”. Que en cumplimiento de los Decretos No. 775 de 2005, 1083 de 2015 y el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, modificatorio del artículo 24 de la Ley No. 909 de 2004, se verificó que la última Evaluación de Desempeño de la servidora mencionada refleja calificación SOBRESALIENTE y la misma reposa en su historia laboral. Que consuitados los antecedentes disciplinarios, no registra ninguna sanción en el último año. Que el artículo 2 del Decreto 312 de 2026, establece como asignación básica mensual para el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 4044, Grado 18, la suma
de DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL CIENTO CUATRO PESOS
M/cte., ($2.790.104). Que el presente reconocimiento y pago se hará con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1226 de 2026. Que en consecuencia, este Despacho,
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ENCARGAR del empleo de Auxiliar Administrativo, Código 4044, Grado 18, del Grupo Interno para la Responsabilidad AdministrativaSuperintendencia Delegada para la Responsabilidad Administrativa y las Medidas Especiales, a la servidora pública Catalina Orozco Orjuela, identificada con la
4044, Grado 18, del Grupo Interno para la Responsabilidad AdministrativaSuperintendencia Delegada para la Responsabilidad Administrativa y las Medidas Especiales, a la servidora pública Catalina Orozco Orjuela, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.098.677.747, sin exceder los cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de posesión del empleo, mientras exista la vacancia o hasta que se dé por terminado el presente encargo, si esto ocurre primero, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Decreto No. 775 de 2005.
PARÁGRAFO PRIMERO: De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017, el servidor público tendrá diez (10) días para manifestar por escrito si acepta o no el encargo conferido mediante la presente resolución. Aceptado el encargo, deberá tomar posesión del empleo dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de aceptación, sin perjuicio de lo previsto en el artículo cuarto del presente acto administrativo.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El encargo conferido mediante la presente resolución tendrá efectos a partir de la posesión de la servidora Catalina Orozco Orjuela, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 4044, Grado 18, y se extenderá mientras subsista la vacancia definitiva que lo origina, sin perjuicio de que pueda darse por terminado mediante acto administrativo motivado o por las demás causales legalmente procedentes.
ARTÍCULO TERCERO: ENTREGA DEL EMPLEO TITULAR. La servidora pública
subsista la vacancia definitiva que lo origina, sin perjuicio de que pueda darse por terminado mediante acto administrativo motivado o por las demás causales legalmente procedentes.
ARTÍCULO TERCERO: ENTREGA DEL EMPLEO TITULAR. La servidora pública Catalina Orozco Orjuela, de manera previa a la posesión en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 4044, Grado 18, del Grupo Interno para la Responsabilidad Administrativa - Superintendencia Delegada para la Responsabilidad Administrativa y las Medidas Especiales, deberá adelantar los trámites correspondientes de entrega del empleo del cual es titular, Auxiliar de Servicios Generales, Código 4064, Grado 15, conforme al procedimiento institucional establecido por la Entidad.
SuperSubsidio Página | 4
Dirección: Carrera 69 No. 25B - 44. Pisos 3, 4 y 7
Edificio World Business Port Conmutador: (+57) (601) 348 78 00
Línea Gratuita: (+57) 018000 910 110
Correo institucional: ssf@ssf.gov.coi
Supersubsidio Código: FO-COP-003; Versión: 2
RESOLUCIÓN NÚMERO= 070 9 pel 10 SEP 2026 “Por medio de la cual se realiza un encargo a la servidora pública Catalina Orozco Orjuela” ARTÍCULO CUARTO: RECLAMACIONES POR DERECHO PREFERENTE. En caso de presentarse reclamación laboral fundada en el derecho preferente de encargo ante la Comisión de Personal de la Entidad y, de ser procedente, ante la Comisión Nacional del Servicio Civil, la posesión derivada del presente acto se sujetará a lo que se resuelva en dicho trámite.
la Comisión de Personal de la Entidad y, de ser procedente, ante la Comisión Nacional del Servicio Civil, la posesión derivada del presente acto se sujetará a lo que se resuelva en dicho trámite. PARÁGRAFO PRIMERO. Mientras se encuentre en trámite una reclamación laboral que pueda afectar la procedencia del presente encargo, no se surtirá la posesión del servidor encargado. PARÁGRAFO SEGUNDO. Si la reclamación es resuelta favorablemente al reclamante y ello afecta la procedencia del encargo aquí dispuesto, la Superintendencia del Subsidio Familiar adoptará las decisiones administrativas correspondientes conforme al ordenamiento jurídico aplicable, en cumplimiento del artículo 2.2.5.1.12 del Decreto 1083 de 2015. En consecuencia, no habrá lugar a la posesión del servidor. ARTÍCULO QUINTO. COMUNICAR el contenido de la presente resolución a la servidora pública Catalina Orozco Orjuela, al correo electrónico corozcoo@ssf.gov.co, a su jefe inmediato, a la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, al Grupo de Gestión Financiera, al Grupo de Gestión Documental y Notificaciones, al Grupo de Gestión del Talento Humano, al Grupo de Gestión Contractual, al correo de novedades nómina novedades_nomina@ssf.gov.co y al gestor de correspondencia del Grupo de Gestión del Talento Humano, para lo de su competencia. ARTÍCULO SEXTO. PUBLICAR la presente resolución en la página web institucional de la Superintendencia del Subsidio Familiar, para efectos de publicidad, trazabilidad y cómputo de los términos que resulten procedentes frente a eventuales reclamaciones por derecho preferente de encargo.
de la Superintendencia del Subsidio Familiar, para efectos de publicidad, trazabilidad y cómputo de los términos que resulten procedentes frente a eventuales reclamaciones por derecho preferente de encargo. ARTÍCULO SÉPTIMO. VIGENCIA Y EFECTOS FISCALES La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y los efectos fiscales del encargo conferido mediante este acto administrativo se producirán a partir de la fecha de posesión efectiva de la servidora Catalina Orozco Orjuela en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 4044, Grado 18.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los | 10 SEP 2026 NA MARÍA TAFUR MEJÍA uperintendente del Subsidio Familiar 1
Elaboró: Fernando Villalobos G. Profesional GGTH AG
Reviso: Johnny Abad Martinez Fontalvo. Coordinador cont Mirta Santamaria Fajardo. Abogada Contratista SG. ar Aprobó: Lida Regina Bula N. Secretaria General (E). bie, fuk .
SuperSubsidio Página | 5
Dirección: Carrera 69 No. 25B - 44. Pisos 3, 4 y 7
Edificio Worid Business Port Conmutador: (+57) (601) 348 78 00
Línea Gratuita: (+57) 018000 910 110
Correo institucional: ssf@ssf.gov.co