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SUPERSUBSIDIO - Resolución 202 de 2026

Superintendencia de Subsidio Familiar

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Detalles

Título
SUPERSUBSIDIO - Resolución 202 de 2026
Autor
Superintendencia de Subsidio Familiar
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2026

Supersubsidio REPÚBLICA DE COLOMBIAMINISTERIO DEL TRABAJOSUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR RESOLUCIÓN NÚMERO ( 2 0 DE 2026 ( 17 MAR 2026 =?“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba en un empleo de laplanta de personal de la Superintendencia de Subsidio Familiar en el marco delProceso de Selección No. 2508 de 2023, OPEC 203691 y se termina un nombramientoprovisional” LA SUPERINTENDENTE DEL SUBSIDIO FAMILIAR En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial de las conferidasen la Ley 909 de 2004, Ley 1960 de 2019, el Decreto 775 de 2005, el Decreto 2595de 2012, el Decreto 1083 de 2015, el Decreto 648 de 2017, el Decreto 611 de 2025,

CONSIDERANDO: Que el numeral 28 del artículo 5 del Decreto 2595 de 2012, establece como funcionesdel Superintendente: “Nombrar, remover y distribuir a los funcionarios de laSuperintendencia de conformidad con las disposiciones vigentes”,

Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia, establece que los empleosen los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstasy que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos se hará previocumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritosy Calidades de los aspirantes.Que el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, establecen que los empleos de carreraen vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionadosmediante el sistema de mérito.Que el artículo 29 de la Ley 909 de 2004, modificado por el Art. 6 de la Ley 2418 de2024, expresa:

“La provisión definitiva de los empleos públicos de carrera administrativa se harámediante procesos de selección abiertos y de ascenso, con reserva sobre el siete porciento (7%) de las plazas a proveer en los concursos de acceso y el 7% de las plazasa proveer en los concursos como de ascenso para personas con discapacidad, loscuales adelantará la Comisión Nacional del Servicio Civil o la entidad en la que estadelegue o desconcentre la función.”(..)Que el artículo 3 del Decreto 775 de 2005, por el cual se establece el Sistema Específicode Carrera Administrativa para las Superintendencias de la Administración PúblicaNacional, indica:“El ingreso, el ascenso y la permanencia a los cargos de carrera del sistema específicode las superintendencias, estará determinado por la demostración permanente quela persona es la mejor para cumplir las funciones del empleo respectivo, en términosde capacidades, conocimientos, competencias, habilidades y experiencia”. SuperSubsidio Página | 1Dirección: Carrera 69 No. 25B - 44. Pisos 3, 4 y 7Edificio World Business PortConmutador: (+57) (601) 348 78 00Línea Gratuita: (+57) 018000 910 110Correo institucional: ssf@ssf.gov.co Código: FO-COP-003; Versión: 2Supersubsidio

RESOLUCION NUMERO__0 202 pei__17 MAR 2026“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba en un empleo dela planta de personal de la Superintendencia de Subsidio Familiar en el marcodel Proceso de Selección No. 2508 de 2023, OPEC 203691 y se termina unnombramiento provisional”Que según lo establecido en el numeral 9.2 del artículo 9 del Decreto 775 de 2005,Clases de nombramiento, Los nombramientos serán:(..)“En período de prueba. Para los empleos de carrera administrativa, los cuales seproveerán con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema demérito; y,”(...)

Que mediante Acuerdo No. 63 de 2023, la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC)convocó y estableció las reglas del Proceso de Selección, en las modalidades de Ascensoy Abierto para proveer los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal,perteneciente al Sistema Específico de Carrera Administrativa de las Superintendenciasde la Administración Pública Nacional - Proceso de Selección No. 2508 de 2023 -SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR.Que en el artículo 24 del citado Acuerdo No. 63 de 2023, la Comisión Nacional deServicio Civil, indica: “(...) las Listas de Elegibles se conformarán en estricto orden demérito, con los aspirantes que hayan obtenido un puntaje ponderado igual o superiora ochenta (80) puntos”.Que por medio de la Resolución No. 10891 del 4 de septiembre de 2023, la CNSC declaródesierto el concurso en la modalidad de ascenso para nueve (9) vacantes de ocho (8)empleos de la SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR, ofertados a travésdel Proceso de Selección No. 2508 de 2023. Quedando como resultado diecisiete (17)empleos en concurso de ascenso y setenta y uno (71) en concurso abierto.Que el 22 de enero de 2026 se reportó en el aplicativo SIMO la novedad de la vacanciadefinitiva del empleo CONDUCTOR MECÁNICO CÓDIGO 4103 GRADO 17 conidentificador del empleo 245281 e identificador de la vacante 556058 y mediantepublicación del 24 de febrero de 2026, la Comisión Nacional del Servicio Civil autorizóla movilidad del elegible que ocupa el séptimo lugar en la correspondiente lista deelegibles, como se relaciona a continuación:

Que el artículo primero de la Resolución No. 5893 del 11 de junio de 2025 de la CNSCconformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer tres (3) vacantesdel empleo de carrera administrativa CONDUCTOR MECANICO CODIGO 4103GRADO 17, de la planta de personal de la Superintendencia del Subsidio Familiar, enla que se establece que el señor JONATHAN GUERRERO LIZARAZO, identificado concédula de ciudadanía No. 80.830.398, quien ocupa la sexta (6) posición deelegibilidad en la OPEC No. 203691. SuperSubsidio Página | 2Dirección: Carrera 69 No, 25B - 44, Pisos 3, 4 y 7Edificio World Business PortConmutador: (+57) (601) 348 78 00Línea Gratuita: (+57) 018000 910 110Correo institucional: ssf@ssf.gov.co Código: FO-COP-003; Versión: 2Supersubsidio

RESOLUCIÓN NÚMERO Y 202 peL_ 17 MAR 202%"Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba en un empleo dela planta de personal de la Superintendencia de Subsidio Familiar en el marcodel Proceso de Selección No. 2508 de 2023, OPEC 203691 y se termina unnombramiento provisional”Que el artículo 2.2.6.21 del Decreto 1083 de 2015 señala:“En firme la lista de elegibles la Comisión Nacional del Servicio Civil enviará copia alJefe de la entidad para la cual se realizó el concurso, para que dentro de los diez (10)días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles y en estricto orden de méritose produzca el nombramiento en período de prueba en el empleo objeto del concurso,el cual no podrá ser provisto bajo ninguna otra modalidad, una vez recibida la listade elegibles.”Que, a la fecha, el empleo denominado CONDUCTOR MECÁNICO CÓDIGO 4103GRADO 17, se encuentra provisto mediante nombramiento provisional con el servidorpúblico CESAR WILLIAM CELY ÁLVAREZ, identificado con cédula de ciudadaníaNo.3.028.261 ubicado en la SECRETARÍA GENERAL - GRUPO DE GESTIONADMINISTRATIVA.

En relación con la estabilidad laboral relativa de que gozan los empleados nombradosen provisionalidad, la Corte Constitucional ha señalado en Sentencia de unificación SU-446 de 2011: "(...) Los servidores en provisionalidad, tal como reiteradamente lo ha expuesto estaCorporación, gozan de una estabilidad relativa, en la medida en que sólo pueden serdesvinculados para proveer el cargo que ocupan con una persona de carrera, talcomo ocurrió en el caso en estudio o por razones objetivas que deben ser claramenteexpuestas en el acto de desvinculación. En consecuencia, la terminación de unavinculación en provisionalidad porque la plaza respectiva debe ser provista con unapersona que ganó el concurso, no desconoce los derechos de esta clase defuncionarios, pues precisamente la estabilidad relativa que se le ha reconocido aquienes están vinculados bajo esta modalidad, cede frente al mejor derecho quetienen las personas que ganaron un concurso público de méritos (...)”

Que en consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5 delDecreto 1083 de 2015, el Grupo de Gestión del Talento Humano (GGTH) verificó elcumplimiento de los requisitos mínimos por parte del señor JONATHAN GUERREROLIZARAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.830.398. Para el momentode la posesión, el GGTH, verificará el cumplimiento de todos los requisitos legales,incluyendo lo establecido en el artículo 6 numeral 2 de la Ley 2097 de 2021.Que de acuerdo con la revisión efectuada, el elegible cumple con el perfil requeridoexigido en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de laSuperintendencia del Subsidio Familiar, adoptado mediante Resolución No. 319 de2023 y demás normas concordantes, para ser nombrado en período de prueba en elempleo de CONDUCTOR MECÁNICO CÓDIGO 4103 GRADO 17 de laSuperintendencia del Subsidio Familiar, ubicado en la SECRETARÍA GENERAL -GRUPO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de acuerdo con los documentos registradosen el Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad (SIMO).Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 delDecreto 648 de 2017, establece: “Antes de cumplirse el término de duración delencargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resoluciónmotivada, podrá darlos por terminados”.

Que con el fin de garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales frente ala provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, se procederá a SuperSubsidio Pagina | 3Dirección: Carrera 69 No. 25B - 44, Pisos 3, 4 y 7Edificio World Business PortConmutador: (+57) (601) 348 78 00Linea Gratuita: (+57) 018000 910 110Correo institucional: ssf@ssf.gov.co Código: FO-COP-003; Versión: 2Supersubsidio

RESOLUCION NUMERO_0 2 0 2 peL_ 17 MAR 2026"Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba en un empleo dela planta de personal de la Superintendencia de Subsidio Familiar en el marcodel Proceso de Selección No. 2508 de 2023, OPEC 203691 y se termina unnombramiento provisional”nombrar en periodo de prueba al señor JONATHAN GUERRERO LIZARAZO,identificado con cédula de ciudadanía No. 80.830.398, ubicado en la posición No. 6de la lista de elegibles conformada para el empleo ofertado con el Código OPECNo.203691, Resolución No. 5893 del 11 de junio de 2025, cuya denominación esCONDUCTOR MECÁNICO CÓDIGO 4103 GRADO 17, ubicado en la SECRETARÍAGENERAL— GRUPO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.Que el artículo 2 del Decreto 611 de 2025, establece como asignación básica mensualpara el empleo de CONDUCTOR MECÁNICO CÓDIGO 4103 GRADO 17, la suma de DOSMILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA YOCHO PESOS M/CTE., ($2.544.458) y existe disponibilidad presupuestal para el pagode los gastos que ocasione el presente nombramiento, como consta en el certificado dedisponibilidad presupuestal No. 1226 de 2026.En mérito de lo expuesto, este Despacho,

RESUELVE:

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA al señor JONATHANGUERRERO LIZARAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.830.398, en elempleo de CONDUCTOR MECÁNICO CÓDIGO 4103 GRADO 17 de laSuperintendencia del Subsidio Familiar, ubicado en la SECRETARÍA GENERAL -GRUPO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, quien ocupa la sexta (6) posición dela lista de elegibles conformada para el empleo OPEC No. 203691 deconformidad con la Resolución No. 5893 del 11 de junio de 2025, Parágrafo Primero: El nombrado en período de prueba de conformidad con el artículo2.2.5.1.6 del Decreto 1083 de 2015 modificado por Decreto 648 de 2017, tiene diez(10) días a partir de la fecha de comunicación de la presente resolución paramanifestar por escrito si acepta o rechaza el cargo; y a partir de la aceptación,cuenta con diez (10) días hábiles para tomar posesión, Este término podrá prorrogarse,por escrito, hasta por noventa días (90) hábiles más, si el designado no residiere en ellugar de ubicación del empleo, o por causa justificada a juicio de la autoridadnominadora, según lo señalado en el artículo 2.2.5.1.7 ibidem modificado por el Decreto648 de 2017.

Parágrafo Segundo: El período de prueba a que se refiere el presente artículo tendráuna duración de cuatro (4) meses, contados a partir de la fecha de posesión, al final delos cuales le será evaluado el desempeño laboral en los términos del Decreto Ley 775de 2005. Aprobado dicho período, el empleado adquiere los derechos de carrera ydeberá ser inscrito en el Registro Público del Sistema Específico de CarreraAdministrativa de las Superintendencias. Cuando la evaluación sea insatisfactoria, elnombramiento del empleado será declarado insubsistente.Parágrafo Tercero: Durante la vigencia del período de prueba, al servidor público nose le podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique elejercicio de funciones distintas a las indicadas en el Proceso de Selección No. 2508 de2023 que sirvió de base para su nombramiento y en virtud del artículo 31 del Decreto775 de 2005.

SuperSubsidio Pagina | 4Dirección: Carrera 69 No. 25B - 44. Pisos 3, 4 y 7Edificio World Business PortConmutador: (+57) (601) 348 78 00Línea Gratuita: (+57) 018000 910 110Correo institucional: ssf@ssf.gov.co Código: FO-COP-003; Versión: 2Supersubsidio

RESOLUCION número 0 204 veri MAR Zuo “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba en un empleo dela planta de personal de la Superintendencia de Subsidio Familiar en el marcodel Proceso de Selección No. 2508 de 2023, OPEC 203691 y se termina unnombramiento provisional”ARTÍCULO SEGUNDO: TERMINAR EL NOMBRAMIENTO PROVISIONAL efectuadomediante Resolución No. 0031 del 19 de enero de 2018 al señor CESAR WILLIAMCELY ÁLVAREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 3.028.261, en el empleode CONDUCTOR MECÁNICO CÓDIGO 4103 GRADO 17, de la planta de laSuperintendencia del Subsidio Familiar, ubicado en la SECRETARÍA GENERAL -GRUPO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, el cual se hará efectivo una vez tomeposesión el señor JONATHAN GUERRERO LIZARAZO, de lo cual el Coordinador delGrupo de Gestión del Talento Humano le informará.

ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR la presente Resolución al señor JONATHANGUERRERO LIZARAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.830.398 alcorreo electrónico jonathangi@live. información suministrada del Banco Nacional deListas de Elegibles de la CNSC, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, y al señor CESARWILLIAM CELY ALVAREZ al correo electrónico ccelya@ssf.gov.coARTICULO CUARTO: COMUNICAR la presente Resolucién a la Oficina de lasTecnologías de la Información y las Comunicaciones, Grupo de Gestión Administrativa,al Grupo de Gestión Financiera, Grupo de Gestión Documental y Notificaciones, al Grupode Gestión del Talento Humano, al Grupo de Gestión Contractual, novedades nómina ya los gestores de correspondencia del Grupo de Gestión del Talento Humano, para lo desu competencia.

ARTÍCULO QUINTO: Publíquese el presente acto administrativo en la página WEB dela entidadARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición ysurte efectos fiscales a partir de la posesión de la persona nombrada en período deprueba.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASEDada en Bogotá, D. C., alos] 7 MAR Ludi 2SANDRA VIVIANA CADENA MARTÍNEZ .Superintendente del Subsidio Familiar Elaboró: Viviana Marcela Segura Ovalle. Profesional Especializado | GETH Manaos con TraRevisó: Johnny Abad Martínez Fontalvo. Coordinador GGTHJuan Arley Naranjo Lesmes, Profesional especializado, Secretaria General. aaCindy Jhoanna Contreras González - Contratista Secretaría General 4.Aprobó: Claudia Liliana Contreras Gutiérrez. Secretaria General}Laura Milena cañizales, Asesora del Despacho SuperSubsidio Página | 5Dirección: Carrera 69 No. 25B - 44. Pisos 3, 4 y 7Edificio World Business PortConmutador: (+57) (601) 348 78 00Línea Gratuita: (+57) 018000 910 110Correo institucional: ssf@ssf.gov.co Código: FO-COP-003; Versión: 2

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