SUPERSUBSIDIO - UNAL (2022) Informe consolidado sobre la ejecución de los recursos de los Fondos de Ley
Superintendencia del Subsidio Familiar
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Detalles
- Título
- SUPERSUBSIDIO - UNAL (2022) Informe consolidado sobre la ejecución de los recursos de los Fondos de Ley
- Autor
- Superintendencia del Subsidio Familiar
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2022
PROYECTO
CULTURAL,
CIENTÍFICO
Y COLECTIVO DE NACIÓN [ Página PAGE 1 de NUMPAGES 1 ]
Elaboró: CPC
Revisó: CPC
Estudio que brinde los enfoques prospectivos para el fortalecimiento de los Fondos de ley FOVIS, FOSFEC y FONIÑEZ a cargo de las cajas de compensación familiar. Calle 44 # 45-67 Edificio 862, UCT Bloque A Entrada A4 Bogotá, D. C., Colombia fondosccf@gmail.com
Bogotá, 09 de diciembre de 2022
[B.CID-FCCF-027-22]
Doctora Claudia Moreno Supervisora Contrato 291 de 2022 Superintendencia del Subsidio Familiar Ciudad
Respetada doctora:
Reciba un cordial saludo del Centro de Investigaciones para el Desarrollo de la Universidad Nacional de Colombia.
En cumplimiento de la Cláusula CUARTA. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA, numeral 7 del contrato 291 de 2022, me complace hacerle entrega del documento “Informe consolidado sobre la ejecución de los recursos de los Fondos de Ley -FOSFEC, FONIÑEZ y FOVIS de las vigencias 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021”.
Cordialmente,
Director proyecto
Anexo lo anunciado.
CÉSAR PRIETO CÁRDENASEJECUCIÓN DE LOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE LEY -FOSFEC, FONIÑEZ
Cordialmente,
Director proyecto
Anexo lo anunciado.
CÉSAR PRIETO CÁRDENASEJECUCIÓN DE LOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE LEY -FOSFEC, FONIÑEZ Y FOVIS DE LAS VIGENCIAS 2017, 2018, 2019, 2020 Y 20212
ENFOQUES PROSPECTIVOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS FONDOS DE LEY FOVIS – FOSFEC - FONIÑEZ
Centro de Investigaciones para el Desarrollo Facultad de Ciencias Económicas Bogotá
EQUIPO INVESTIGADOR
M.Sc. Esp. César Augusto Prieto Cárdenas Director Consultoría
M.Sc. Esp. Julián Torres Esp. Camilo Isaza Esp. Laura Camila Gómez Esp. Flor Alba Torres Esp. Clara Inés Díaz Esp. Magda Nohemí Rojas Esp. María Yivi Quintero Sergio Benítez Valentina Supelano3
ENFOQUES PROSPECTIVOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS FONDOS DE LEY FOVIS – FOSFEC - FONIÑEZ
Centro de Investigaciones para el Desarrollo Facultad de Ciencias Económicas Bogotá Contenido
INTRODUCCIÓN ................................................................................................................................... 6
DESARROLLO DE LA POLÍTICA DEL SUBSIDIO FAMILIAR EN COLOMBIA .............................................. 7
MARCO LEGAL FONDO DE SOLIDARIDAD DE FOMENTO AL EMPLEO Y PROTECCIÓN AL CESANTEFOSFEC .............................................................................................................................................. 14
DESARROLLO DE LA POLÍTICA DEL SUBSIDIO FAMILIAR EN COLOMBIA .............................................. 7
MARCO LEGAL FONDO DE SOLIDARIDAD DE FOMENTO AL EMPLEO Y PROTECCIÓN AL CESANTEFOSFEC .............................................................................................................................................. 14 MARCO LEGAL DEL FONDO PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y JORNADA ESCOLAR COMPLEMENTARIA (FONIÑEZ) ......................................................................................................... 33
MARCO LEGAL FONDO DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL FOVIS .................................................... 44
ANÁLISIS DE INFORMACIÓN FINANCIERA SOBRE LA EJECUCIÓN DE LOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE LEY ................................................................................................................................................ 86
MARCO METODOLÓGICO DEL FOSFEC .............................................................................................. 86
CONFORMACIÓN DEL PRESUPUESTO – MECANISMO DE PROTECCION AL CESANTE ................ 87
APROPIACIONES PRESUPUESTALES FOSFEC .............................................................................. 92
EJECUCIÓN DE RECURSOS MECANISMO DE PROTECCION AL CESANTE .................................... 92
COMPARATIVO PRESUPUESTO Vs EJECUCION DE RECURSOS MPC VIGENCIAS 2017 A 2021.... 96
EJECUCIÓN DE RECURSOS FOSFEC POR VIGENCIAS 2017-2021 ................................................ 97
MARCO METODOLÓGICO DEL FONIÑEZ ......................................................................................... 104
CONFORMACIÓN DEL PRESUPUESTO – FONDO FONIÑEZ, PROGRAMAS JORNADA ESCOLARA COMPLEMENTARIA (JEC) Y ATENCION A LA PRIMERA INFANCIA (AIN) ................................... 107
APROPIACIONES PRESUPUESTALES FONIÑEZ .......................................................................... 108
EJECUCIÓN DE LOS RECURSOS DE FONIÑEZ ........................................................................... 109
COMPLEMENTARIA (JEC) Y ATENCION A LA PRIMERA INFANCIA (AIN) ................................... 107
APROPIACIONES PRESUPUESTALES FONIÑEZ .......................................................................... 108
EJECUCIÓN DE LOS RECURSOS DE FONIÑEZ ........................................................................... 109
ATENCION A LA PRIMERA INFANCIA – AIN ............................................................................. 109
JORNADA ESCOLAR COMPLEMENTARIA - JEC.......................................................................... 110
EJECUCIÓN DE RECURSOS FONIÑEZ POR VIGENCIAS 2017-2021 ............................................ 113
MARCO METODOLÓGICO DE FOVIS ................................................................................................ 117
CONFORMACIÓN DEL PRESUPUESTO – FOVIS- ....................................................................... 117
APROPIACIONES PRESUPUESTALES FOVIS ............................................................................... 119
COMPARATIVO APROPIACION Vs ASIGNACION VIGENCIAS 2017 A 2021 .............................. 121
COMPARATIVO ASIGNACIONES Vs SUBSIDIOS PAGADOS ...................................................... 1234
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Centro de Investigaciones para el Desarrollo Facultad de Ciencias Económicas Bogotá COMPARATIVO ESTADOS DE LOS SUBSIDIOS FOVIS ............................................................... 124
ESTADO DE SUBSIDIOS FOVIS DETALLADO POR VIGENCIA ..................................................... 126
COMPARATIVO CANTIDAD DE LOS SUBSIDIOS FOVIS SEGÚN ESTADO POR VIGENCIA .......... 131
REFERENCIAS ................................................................................................................................... 133 ANEXOS ............................................................................................................................................ 134
1. RECURSOS DISPONIBLES POR FONDO DEL PRESUPUESTO POR PROGRAMA PROYECTADO2017 A 2020 (4-069A) .............................................................................................................. 134
REFERENCIAS ................................................................................................................................... 133 ANEXOS ............................................................................................................................................ 134
1. RECURSOS DISPONIBLES POR FONDO DEL PRESUPUESTO POR PROGRAMA PROYECTADO2017 A 2020 (4-069A) .............................................................................................................. 134
2. FOVIS ASIGNACIÓN ENTREGA REINTEGROS DE SUBSIDIOS – 2017 A 2021 (5-433A) ...... 135
3. EJECUCIÓN FONDO DE SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA POR COMPONENTE – 2017 A 2021 (5-432A) .......................................................................................................................... 137
4. EJECUCIÓN FONDO DE SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA POR CONCEPTO – 2017 A 2021 (5-432A) ................................................................................................................................... 138
5. EJECUCIÓN FOSFEC ESTRUCTURA A – 2017 a 2021 (5-395) ............................................ 144
6. EJECUCIÓN FOSFEC ESTRUCTURA B – 2017 a 2021 (5-396A) .......................................... 146
7. PRESUPUESTO GENERAL AUTORIZADO - INICIAL Y MODIFICACIONES – 2017 A 2021 (3022) 157
8. RECURSOS EJECUTADOS JORNADA ESCOLAR COMPLEMENTARIA (JEC) – 2017 a 2021 (5183A) ....................................................................................................................................... 158
9. Recursos Ejecutados Programa Atención Integral a la Niñez (AIN)- 2017 a 2021 (5-185ª)
159
Lista de ilustraciones
Ilustración 1. Desarrollo de la política del subsidio familiar en Colombia ......................................... 10 Ilustración 2. Ejecución Vs presupuesto FOSFEC total 2017-2021 .................................................... 96 Ilustración 3. Ejecución por rubros FOSFEC vigencia 2021 ................................................................ 97
Ilustración 2. Ejecución Vs presupuesto FOSFEC total 2017-2021 .................................................... 96 Ilustración 3. Ejecución por rubros FOSFEC vigencia 2021 ................................................................ 97 Ilustración 4. Ejecución por rubros FOSFEC vigencia 2020 ................................................................ 98 ilustración 5.Ejecución por rubros FOSFEC vigencia 2019 ................................................................ 99 Ilustración 6. Ejecución por rubros FOSFEC vigencia 2018 ............................................................. 100 Ilustración 7. Ejecución por rubros FOSFEC vigencia 2017 ............................................................. 1015
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Centro de Investigaciones para el Desarrollo Facultad de Ciencias Económicas Bogotá
Ilustración 8. Subsidios FOVIS asignados Vs desembolsados vigencia 2017-2021 ......................... 123 Ilustración 9. Comparativo estado Subsidios FOVIS según estado vigencia 2017-2021 ................. 124 Ilustración 10. Estado de subsidios FOVIS 2017 según estado ....................................................... 126 Ilustración 11. Estado de subsidios FOVIS 2018 según estado ....................................................... 127 Ilustración 12. Estado de subsidios FOVIS 2019 según estado ....................................................... 128 Ilustración 13.Estado de subsidios FOVIS 2020 según estado ........................................................ 129 Ilustración 14. Recursos de subsidios FOVIS 2020 según estado .................................................... 130 Ilustración 15.Cantidad de subsidios FOVIS según estado por vigencia 2017-2021 ....................... 131
Lista de Tablas Tabla 1.Apropiación FOSFEC vigencia 2017-2020 ............................................................................ 92
Ilustración 15.Cantidad de subsidios FOVIS según estado por vigencia 2017-2021 ....................... 131
Lista de Tablas Tabla 1.Apropiación FOSFEC vigencia 2017-2020 ............................................................................ 92 Tabla 2. Datos por vigencia FOSFEC según reporte .......................................................................... 93 Tabla 3. Conceptos FOSFEC según estructura ................................................................................... 95 Tabla 4. Apropiación AIN Vigencia 2017-2020 ................................................................................ 108 Tabla 5. Apropiación JEC vigencia 2017-2020 ................................................................................. 109 Tabla 6. Apropiación FOVIS vigencia 2017-2020 ............................................................................. 119 Tabla 7. Conslidado de Recursos FOVIS según vigencia 2017-2021 ............................................... 1206
ENFOQUES PROSPECTIVOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS FONDOS DE LEY FOVIS – FOSFEC - FONIÑEZ
Centro de Investigaciones para el Desarrollo Facultad de Ciencias Económicas Bogotá INTRODUCCIÓN En el marco del contrato 292 de 2022 suscri to entre la Universidad Nacional de Colombia y la Superintendencia de Subsidio Familiar, cuyo objeto es “Realizar un estudio que brinde los enf oques prospectivos para el fortalecimiento de los Fondos de ley FOVIS, FOSFEC y FONIÑEZ a cargo de las cajas de c ompensación familiar, incluyendo su socialización virtual y presencial”, el presente documento realiza la revisión normativa, recursos asignado s a cada FONDO , identificando cómo se preparan los presupuestos de cada uno de los fondos de ley, la asignación d e recursos y los rubros de ejecución para las vigencias del estudio.
documento realiza la revisión normativa, recursos asignado s a cada FONDO , identificando cómo se preparan los presupuestos de cada uno de los fondos de ley, la asignación d e recursos y los rubros de ejecución para las vigencias del estudio.
En este contexto, el documento se divide en tres secciones. En la primera se hace un recuento de la política del subsidio familiar en Colombia desde sus orígenes en el país. En la segun da sección se presenta el marco normativo que se ha venido desarrollando para cada uno de los Fondos de Ley y en la tercera se presenta el anál isis consolidado de la ejec ución de los recursos por Fondo, rubro y vigencia.7
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Centro de Investigaciones para el Desarrollo Facultad de Ciencias Económicas Bogotá DESARROLLO DE LA POLÍTICA DEL SUBSIDIO FAMILIAR EN COLOMBIA La normativa del subsidio familiar en Colombia cuenta con los hitos descritos en la figura 1 y representan la evolución normativa que guía los procesos y procedimientos de la Superintendencia del Subsidio Familiar. El punto de referencia más importante para seguirle el pulso a la evolución de la política de subsidio familiar en Colombia se constituye por las cuatro fases marcadas por Carrasco & Farné (2010), por considerar que estas explican el comportamiento del sistema en sus casi ochenta años de funcionamiento. FASE 1: La Institucionalidad hoy en día fue creada como respuesta al reajuste general de los salarios de los trabajadores. La iniciativa patronal y sindical, y la posterior imposición por el gobierno de
años de funcionamiento. FASE 1: La Institucionalidad hoy en día fue creada como respuesta al reajuste general de los salarios de los trabajadores. La iniciativa patronal y sindical, y la posterior imposición por el gobierno de Gustavo Rojas Pinilla y La Junta Militar posterior, se estableció y promovió la prestación a cargo de los empleadores, mediante cuatro mecanismos, a saber: a) estableciéndola como obligatoria; b) quitándole el carácter salarial que se le pudiera atribuir y cualquier implicación que pudiera tener como factor salarial para efectos prestacionales; c) decretando la obligación de un aumento salarial, equivalente al 1 0%, para aquellos empleadores que a diciembre de 1957 no hubieran demostrado ante el Ministerio de Trabajo el cumplimiento de las normas sobre subsidio familiar. d) facultando a los empleadores para constituir Cajas de Compensación Familiar.
FASE 2: Durante década de los años setenta, las Cajas de Compensación Familiar se capitalizan y se reorientan en su misionalidad a la prestación de servicios a través del fortalecimiento de sus líneas8
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Centro de Investigaciones para el Desarrollo Facultad de Ciencias Económicas Bogotá de productos, para con ellas proceder al reconocimiento del subsidio familiar en servicios ampliando su oferta al mercadeo, servicios recreativos y educativos, hasta 1990 estas acciones de prestación de servicios se concretaban al reconocimiento del subsidio famil iar, en sus tres modalidades (cuota monetaria, especie y servicios).
su oferta al mercadeo, servicios recreativos y educativos, hasta 1990 estas acciones de prestación de servicios se concretaban al reconocimiento del subsidio famil iar, en sus tres modalidades (cuota monetaria, especie y servicios). FASE 3: Esta fase se reconoce como la de la Solidaridad durante la década de los años 90 con nuevas competencias con cargo a los recursos del sistema, en la cual hay una ampliación de la base de usuarios de los afiliados a los no afiliados al t ener un diseño institucional funcional al sistema de vivienda de interés social, en su rol de financiadoras a través de la asignación de subsidios familiares de vivienda de interés social, para la población trabajadora afiliada y, en caso de sobrar recursos, en beneficio de trabajadores del sector informal no afiliado dando un paso hacia la universalización del sistema respaldado por La creación del Sistema de Seguridad Social Integral, mediante la Ley 100 de 1993, se destinaron recursos (5% o 10%) de los recaudos del s ubsidio familiar para financiar el régimen subsidiado de salud, otorgándole la posibilidad a las Cajas de Compensación Familiar de su administración directa, operando la prestación de servicios de salud del régimen subsidiado a población diversa de la afiliada al Sistema del Subsidio Familiar. FASE 4: Al inicio del cambio de milenio se consol idan las estructuras y funciones del Sistema de Protección Social (Ley 789 de 2002) y la integración del Sistema del Subsidio Familiar. Con el desarrollo de diseños in stitucionales que permitieron asumir las competencias a las Cajas de Compensación Familiar en materia de protección a las personas desempleadas y a la etapa de ciclo vital infancia.
desarrollo de diseños in stitucionales que permitieron asumir las competencias a las Cajas de Compensación Familiar en materia de protección a las personas desempleadas y a la etapa de ciclo vital infancia. La Ley 789 de 2002 encargó a las Cajas de Compensación Familiar la administración del Fondo para la Promoción del Empleo y la Protección al Desempleo (FONEDE), para otorgar beneficios y servicios mediante un subsidio en dinero para aquellos desempleados jefes cabeza de hogar, sin importar que hubieren estado o no afiliados a una Caja de Compensación Familiar antes de la pérdida del empleo.9
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Centro de Investigaciones para el Desarrollo Facultad de Ciencias Económicas Bogotá En segundo lugar, esta Ley otorgó un beneficio para aquellos que estuvieron vinculados a una C aja de Compensación Familiar. “Con cargo a los recursos propios de las Cajas, los desempleados con vinculación anterior a estas entidades tendrán derecho a los programas de educación, capacitación, recreación y turismo social, en las mismas condiciones que tenía como afiliado al momento de su retiro, durante un año a partir de su acredi tación como desempleado y en la última Caja en la que estuvo afiliado. Parágrafo 1°. Las personas a cargo o beneficiarios gozarán también de estos derechos por el mismo tiempo” (art. 9° Ley 789 de 2002). La extensión progresiva en la asignación de funciones de interés general por parte del Estado a cargo del Sistema de Subsidio Familiar, bajo un principio de universalidad que aborda afiliados y no afiliados.
por el mismo tiempo” (art. 9° Ley 789 de 2002). La extensión progresiva en la asignación de funciones de interés general por parte del Estado a cargo del Sistema de Subsidio Familiar, bajo un principio de universalidad que aborda afiliados y no afiliados. Dada su especialización en la prestación de servicios sus fuertes vínculos territoriales con los sectores públicos, privados y de la sociedad civil en el marco de la ejecución de una política públ ica las Cajas de Compensación Familiar se han posicionado estratégicamente como puente de las voluntades gubernamentales y del sector privado en ámbitos y niveles que van desde la concepción y diseño del proyecto hasta su total administración y ejecución, o la simple pre stación de un servicio social especializado; involucrando o no recursos para su financiamiento. La delegación, contratación, concesión o designación; se han expresado en alianzas o convenios con autoridades, entidades públicas del orden nacional o local y particulares basados en su capacidad de convocatoria, obtención y apalancamiento de nuevos recursos locales e internacionales para el desarrollo y prestación de servicios. La expedición de la Ley 90 de 1946, por la cual se establece el segu ro social obligatorio y se crea el Instituto Colombiano de Seguros Sociales (ICSS) , como primer antecedente normativo, La ley estableció las siguientes funcio nes en cabeza d el ICSS: organizar los seguros facultativos; los adicionales para el reconocimiento a los asegurados obligatorios y a los miembros de sus familias que dependen exclusivamente de ellos, de prestaciones más favorables que las determinadas en l a presente ley, y las Cajas de Compensación destinadas a atender a los subsidios familiares que algunos
dependen exclusivamente de ellos, de prestaciones más favorables que las determinadas en l a presente ley, y las Cajas de Compensación destinadas a atender a los subsidios familiares que algunos patronos decidan asumir en beneficio de los asegurados obligatorios o que lleguen a establecerse por ley especial o en las convenciones colectivas de trabajo.10
ENFOQUES PROSPECTIVOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS FONDOS DE LEY FOVIS – FOSFEC - FONIÑEZ
Centro de Investigaciones para el Desarrollo Facultad de Ciencias Económicas Bogotá El Decreto 180 de 1956, crea el subsidio familiar mediante el Decreto 118, por el cual se decretan aumentos de salarios, se establece el subsidio familiar y se crea el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA). El decreto crea la obligación legal del pago del subsidio familiar y define las condiciones para el funcionamiento de las cajas estableciendo la destinación de un cinco por ciento (5%) de la nómina mensual de salarios para el cumplimiento de las finalidades expuestas en el decreto, según el siguiente detalle: el uno por ciento (1%) para el SENA y el cuatro por ciento (4%) para el subsidio familiar. El porcentaje del subsidio familiar se mantiene hasta la actualidad.
Ilustración 1. Desarrollo de la política del subsidio familiar en Colombia
Fuente: Libro Blanco del Sistema de Subsidio Familia. Bogotá: Oficina de la OIT para los Pa íses Andinos, Ministerio del
Trabajo, 2014.11
ENFOQUES PROSPECTIVOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS FONDOS DE LEY FOVIS – FOSFEC - FONIÑEZ
Trabajo, 2014.11
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Centro de Investigaciones para el Desarrollo Facultad de Ciencias Económicas Bogotá En los inicios de su creación, se destaca entonces que el subsidio familiar evoluciona desde un acuerdo voluntario e ntre empleadores y trabajadores hacia una prestación social, legal y de pago obligatorio en dinero a través de las Cajas de Compensación Familiar. En el año 1962 se expide el Decreto 3151 por el cual se autoriza a las Cajas de Compensación Familiar para prestar servicios sociales dirigidos a sus trabajadores afiliados, además de seguir administrando el subsidio en dinero con el fin de que se ajustasen a sus propósitos estratégicos, misionales y operativos. La Ley 56 del año 1973 estipula en su artículo primero el subsidio familiar como una prestación social a ser pagada en dinero, en especie o en s ervicios, tendiente a favorecer la integración y el fortalecimiento económico, moral y cultural de la familia como núcleo básico de la sociedad. La Ley 21 de 1982, manifiesta el propósito: el subsidio familiar es una prestación social pagadera en dinero, e specie y servicios a los trabajadores de medianos y menores ingresos, en proporción al número de personas a cargo, y su objetivo fundamental consiste en el alivio de las cargas económicas que representa el sostenimiento de la familia, como núcleo básico de la sociedad deviniendo en la transformación de las C ajas de Compensación Familiar en instituciones de prestación de servicios,
que representa el sostenimiento de la familia, como núcleo básico de la sociedad deviniendo en la transformación de las C ajas de Compensación Familiar en instituciones de prestación de servicios, que responden a intereses y necesidades propias de su población afiliada (Carrasco & Farné, 2010). De otra parte, la Ley 25 de 1981, mediante la cual se crea la Superintendencia del Subsidio Familiar, con el fin de ejercer la inspección y vigilancia de las CCF. Considerada como ley orgánica, en 1982 se expide la Ley 21 por la cual se modifica y organiza el subsidio familiar. De est a ley se destacan dos aspectos: el primero, se reglamenta la distribución de los aportes; y segundo, se definen las prioridades en prestación servicios: 1) salud12
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Centro de Investigaciones para el Desarrollo Facultad de Ciencias Económicas Bogotá 2) programas de nutrición y mercadeo de productos alimentarios y otros que compongan la canasta familiar para ingresos bajos (obreros), definida por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE); 3) educación integral y continuada; capacitación y servicios de biblioteca; 4) vivienda; 5) crédito de fomento para industrias familiares; 6) recreación social; 7) mercadeo de productos diferentes a los enunciados en el punto 2). Tal como se menciona en el Libro Blanco del Subsidio Familiar, es precisamente en esta etapa donde las CCF amplían sus funciones más allá de la administración del recurso monetario y asumen la
Tal como se menciona en el Libro Blanco del Subsidio Familiar, es precisamente en esta etapa donde las CCF amplían sus funciones más allá de la administración del recurso monetario y asumen la prestación de servicios a los trabajadores y sus familias; logran capitalizarse y obtienen solidez financiera. En esta etapa también empiezan a darse los primeros debates sobre las actividades de las CCF en el desarrollo de la infraestructura para centros vacacionales, supermercados y centros educativos y el diseño de programas sociales, que entran a competir con el sector real. Estos últimos, ya no siguen siendo dirigidos exclusivamente a la población afiliada y sus familias. La transformación del subsidio familiar hacia los principios de universalidad y solidaridad se inicia en la década de los noventa. Primero, con la expedición de la Ley 10 de 1990, que faculta a las CCF para prestar servicios de salud y adelantar programas de nutrición para personas que no sean legalmente beneficiarias de sus servicios; y en segundo lugar, la Constitución Política de 1991 fortalec e l a seguridad social y promueve la “obligación del Estado de amparar a la familia como institución básica de la sociedad, bajo los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad”. Es a partir de estos principios que las CCF comienzan a participar a ctivamente en l as políticas de gobierno no solamente como ejecutoras, sino también destinando recursos del subsidio familiar a la financiación de las políticas. Su participación es reglamentada a través de la Ley 49 de 1990 dirigida13
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Centro de Investigaciones para el Desarrollo Facultad de Ciencias Económicas
Centro de Investigaciones para el Desarrollo Facultad de Ciencias Económicas Bogotá a programas de vivienda: Fondo Obligatorio de Vivienda de Interés Social (FOVIS); la Ley 100 de 1993 que le permite la participació n en la seguridad social en salud; la Ley 115 de 1994 que le permite participar en la educación formal; y la Ley 633 de 2000 que establece lo que en la actualidad se conoce como Fondo para la Atención Integral de la Niñez y Jornada Escolar Complementaria (FONIÑEZ).14
ENFOQUES PROSPECTIVOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS FONDOS DE LEY FOVIS – FOSFEC - FONIÑEZ
Centro de Investigaciones para el Desarrollo Facultad de Ciencias Económicas Bogotá MARCO LEGAL FONDO DE SOLIDARIDAD DE FOMENTO AL EMPLEO Y PROTECCIÓN AL CESANTE - FOSFEC Con la expedición de la Ley 789 de 2002 se dictan distintas normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social. Adicionalmente se modifican algunos artículos del Código Sustantivo de Trabajo y se habla por primera vez en Colombia del concepto del sistema de protección social. La ley recoge todo lo que no habí a contemplado la Ley 100 de 1993 sobre seguridad social y reglamenta el subsidio familiar y la participación de las CCF en el apoyo de los programas de fomento al empleo a través del Fondo para el Fomento al Empleo y Protección del Desempleo (FONEDE). Luego, la Ley 920 de 2004 autoriza a las CCF para que adelanten actividades financieras con sus
al empleo a través del Fondo para el Fomento al Empleo y Protección del Desempleo (FONEDE). Luego, la Ley 920 de 2004 autoriza a las CCF para que adelanten actividades financieras con sus afiliados. Posteriormente, la Ley 1438 de 2011 prevé la asignación de recursos del subsidio familiar para la atención de acciones de promoción y prevención dentro d el marco de la estrategia de atención primaria en salud y/o en la unificación de los planes de beneficios. En el año 2013, la Ley 1636 suprime el FONEDE y establece el marco regulatorio para la creación del Mecanismo de Protección al Ce sante (MPC) y la ins titucionalidad necesaria para que opere y funcione. La ley también establece que las CCF debe n brindar a través del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC), beneficios sociales y económicos, capacitación y una ruta de empleo para la población cesante. Esta continua evolución del sistema se acelera con la situación de emergencia Sanitaria derivada de la pandemia de COVID -19 lo cual dio lugar a una serie de medidas temporales que flexibilizaron requisitos e incluso abrieron líneas de apoyo a sectores emergentes de la economía como el apoyo a emprendimientos mipyme que han sido de implementación incipiente. En resumen, el subsidio familiar en Colombia tiene su origen en una cuota monetaria que se le entregab
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