SUPERSUBSIDIOS - Concepto 2-2019-094098
Superintendencia de Subsidio Familiar
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Detalles
- Título
- SUPERSUBSIDIOS - Concepto 2-2019-094098
- Autor
- Superintendencia de Subsidio Familiar
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2019
Código: FO-PCA-CODO-009 Versión: 1
Carrera 69 No. 25 B – 44 Pisos 3, 4 y 7
PBX: (57+1) 348 7800 Bogotá - Colombia
Línea Gratuita Nacional: 018000 910 110 en Bogotá D.C.: 3487777
www.ssf.gov.co - email ssf@ssf.gov.co
Al contestar este Oficio, por favor cite este número: 2-2019-094098 Bogotá D.C., 13 de noviembre de 2019 09:15
Ref. 1-2019-017522 Exp. 2013/2019/PGEN
Asunto: Respuesta a su petición sobre la liquidación de la sociedad conyugal.
Respetado señor López:
Hemos recibido su comunicación la cual fue radicada en esta Superintendencia bajo el número 12019-017522, en la cual consulta en relación con la liquidación de la sociedad conyugal, y al respecto le manifestamos lo siguiente:
1. PROBLEMA JURÍDICO.
Necesito liquidar la sociedad conyugal y el único bien tiene gravámenes de patrimonio de familiar, prohibición de transferencia y derecho de preferencia. Se quiere mantener el patrimonio, teniendo en cuenta que hay una menor de edad y el inmueble quedaría en cab e de uno de los excónyuges. Que se debe hacer.
2. NORMATIVIDAD VIGENTE
El artículo 1 del Decreto 2595 de 2012 señala lo siguiente: "Artículo 1°. Objetivo. La Superintendencia del Subsidio Familiar tiene a su cargo la supervisión de las cajas de compensación familiar, organizaciones y entidades
El artículo 1 del Decreto 2595 de 2012 señala lo siguiente: "Artículo 1°. Objetivo. La Superintendencia del Subsidio Familiar tiene a su cargo la supervisión de las cajas de compensación familiar, organizaciones y entidades recaudadoras y pagadoras del subsidio familiar en cuanto al cumplimiento de este servicio y sobre las entidades que con stituyan o administren una o varias entidades sometidas a su vigilancia, con el fin de preservar la estabilidad, seguridad y confianza del sistema del subsidio familiar para que los servicios sociales a su cargo lleguen a la población de
XXXXXCódigo: FO-PCA-CODO-009 Versión: 1
Carrera 69 No. 25 B – 44 Pisos 3, 4 y 7
PBX: (57+1) 348 7800 Bogotá - Colombia
Línea Gratuita Nacional: 018000 910 110 en Bogotá D.C.: 3487777
www.ssf.gov.co - email ssf@ssf.gov.co
trabajadores afiliados y sus familias bajo los principios de eficiencia, eficacia, efectividad y solidaridad en los términos señalados en la ley".
En ese orden de ideas, podemos indicar que la competencia de la cual estamos investidos es para ejercer la inspección y vigilancia sobre las Cajas de Compensación Familiar entidades encargadas de recaudar los a portes y pagar las asignaciones de la prestación social del Subsidio Familiar, ya sea en dinero, especie y servicios, velar porque cumplan con la prestación de los servicios sociales a su cargo, con sujeción a los principios de eficiencia y solidaridad.
No obstante lo anterior, se le sugiere al peticionario acudir a los consultorios jurídicos de las universidades, quienes lo pueden asesorar respecto del tema consultado.
a su cargo, con sujeción a los principios de eficiencia y solidaridad.
No obstante lo anterior, se le sugiere al peticionario acudir a los consultorios jurídicos de las universidades, quienes lo pueden asesorar respecto del tema consultado.
3. CONCLUSIÓN
Conforme al artículo 23 de la Ley 1755 de 2015, se le informa, que como s e observa en el caso planteado, la Superintendencia del Subsidio Familiar carece competencia para emitir concepto al respecto, no obstante se le sugiere acudir a los consultorios jurídicos de las universidades quienes podrán asesorarlo respecto a temas de familia.
Cordialmente,
AURA GOMEZ MARTINEZ
Jefe Oficina Asesora Jurídica
Proyectó: Lida Ruiz Duarte
Anexos: Folios:
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