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SUPERSUBSIDIOS - Concepto 2-2025-026531 de 2025

Superintendencia de Subsidio Familiar

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Detalles

Título
SUPERSUBSIDIOS - Concepto 2-2025-026531 de 2025
Autor
Superintendencia de Subsidio Familiar
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2025

SuperSubsidio

Dirección: Carrera 69 No. 25B - 44. Pisos 3, 4 y 7

Edificio World Business Port Conmutador: (+57) (601) 348 78 00 Línea Gratuita: (+57) 018000 910 110

Correo institucional: ssf@ssf.gov.co Página 1 de 5

Código: FO-GDT-033; Versión: 1

Al contestar este Oficio, por favor cite este número:

Señores Politécnico Grancolombiano

Correo electrónico: jcristancho@poligran.edu.co Ref. 1-2025-027189 234/2025/CJUR

Asunto: Respuesta Solicitud de Concepto Tema: Inspección, vigilancia y control

Subtema: Intervención

Cordial saludo, respetados señores:

De conformidad con el numeral 8 del artículo 7 del Decreto 2595 del 201 21, en concordancia con los artículos 14 y 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso (CPACA)2, la Oficina Asesora Jurídica está facultada para responder las peticiones elevadas por particulares en ejercicio del derecho a formular consultas, en el marco de la competencia asignada a la Superintendencia del Subsidio Familiar. En virtud de lo anterior, esta oficina está autorizada para responder consultas de carácter general y abstracto sobre las materias a su cargo, y, por consiguiente, en ejercicio de las funciones descritas, no le compete prestar asesoría jurídica para resolver situaciones de orden particular y concreto encaminada a solucionar controversias o determinar consecuencias jurídicas derivadas de actos o decisiones de los órganos de las Entidades

las funciones descritas, no le compete prestar asesoría jurídica para resolver situaciones de orden particular y concreto encaminada a solucionar controversias o determinar consecuencias jurídicas derivadas de actos o decisiones de los órganos de las Entidades sometidas a su vigilancia. Tampoco es de su competencia, juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.

I. CONSULTA

1 Artículo 7 Funciones de la Oficina Asesora Jurídica. Son funcion es de la Oficina Asesora Jurídica las siguientes: […] 8. Coor dinar, asesorar y responder por la atención de las solicitudes, demandas, tutelas y demás acciones que requieran intervención legal. 2Artículo 14. Términos para resolver las distintas modalidades de peticio nes. […] 2. Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días s iguientes a su recepción. 3 Artículo 28. Alcance de los conceptos. Salvo disposición legal en contr ario, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peti ciones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.

2-2025-026531 Bogotá D.C., 10 de diciembre de 2025 07:13SuperSubsidio

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Correo institucional: ssf@ssf.gov.co Página 2 de 5

Código: FO-GDT-033; Versión: 1

Correo institucional: ssf@ssf.gov.co Página 2 de 5

Código: FO-GDT-033; Versión: 1

1. ¿Se encuentra Comfenalco Antioquia actualmente bajo medida de intervención administrativa por parte de la Superintendencia de Subsidio Familiar?

2. En caso afirmativo: ¿Cuál es el estado actual de dicha intervención? y ¿Cuál es su alcance y duración prevista?

3. ¿La medida de intervención impide, limita o condiciona que un empleador afiliado como el Politécnico Grancolombiano pueda solicitar traslado a otra caja de compensación, específicamente Comfama?

4. ¿Existe alguna restricción temporal, requisito adicional o procedimiento especial aplicable cuando la caja de origen se encuentra intervenida?

5. ¿Debe el empleador esperar el levantamiento de la intervención para presentar formalmente una solicitud de traslado?

6. En caso de ser procedente, ¿cuál es el procedimiento actualizado que debe seguir un empleador que busca trasladarse desde una caja intervenida hacia otra, en este caso, Comfama?

II. RESPUESTA

1. ¿Se encuentra Comfenalco Antioquia actualmente bajo medida de intervención administrativa por parte de la Superintendencia de Subsidio

Familiar?

Sí, en la actualidad Comfenalco Antioquia se encuentra bajo Medida Cautelar de Intervención Administrativa Total, vigente, adoptada mediante la Resolución 0789 de 2023 y cuya última prórroga fue ordenada mediante la resolución 0324 de 2025.

2. En caso afirmativo: ¿Cuál es el estado actual de dicha intervención? y ¿Cuál es su alcance y duración prevista?

2023 y cuya última prórroga fue ordenada mediante la resolución 0324 de 2025.

2. En caso afirmativo: ¿Cuál es el estado actual de dicha intervención? y ¿Cuál es su alcance y duración prevista?

La intervención administrativa se encuentra vigente, y su duración fue prorrogada hasta por doce (12) meses según la Resolución 0324 del 11 de Abril de 2025. Su alcance estáSuperSubsidio

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Código: FO-GDT-033; Versión: 1 orientado a la superación de las causas que dieron origen a la medida, principalmente en relación con los proyectos de vivienda y la EPS liquidada.

3. ¿La medida de intervención impide, limita o condiciona que un empleador afiliado como el Politécnico Grancolombiano pueda solicitar traslado a otra caja de compensación, específicamente Comfama?

Sí, la medida de intervención limita el proceso de afiliaciones y condiciona el traslado. Mediante la Resolución No. 0560 del 29 de mayo de 2025, la Superintendencia del Subsidio Familiar prorrogó la medida cautelar de intervención del proceso de afiliaciones de los empleadores a las Cajas de Compensación Familiar que funcionan en el departamento de Antioquia.

En el artículo tercero, la resolución ordena a la Caja de Compensación Familiar

Comfama:

de los empleadores a las Cajas de Compensación Familiar que funcionan en el departamento de Antioquia.

En el artículo tercero, la resolución ordena a la Caja de Compensación Familiar

Comfama:

“abstenerse de promover, solicitar, recibir o aprobar solicitudes de afiliación de empleadores que actualmente estén efectuando aportes parafiscales por concepto de Subsidio Familiar a la Caja de Compensación Familiar COMFENALCO ANTIOQUIA”. (Subrayado fuera del texto )

Y en el artículo cuarto dispone que, durante la vigencia de la medida cautela r de intervención de proceso de afiliaciones:

“… las Cajas de Compensación Familiar del departamento de Antioquia, esto es, Caja de Compensación Familiar COMFENALCO ANTIOQUIA y Caja de Compensación Familiar COMFAMA sólo podrán orientar su talento humano, recursos económicos y campañas para promover, solicitar, recibir o aprobar solicitudes de afiliación de empleadores que vayan a vincularse por primera vez al Sistema del Subsidio Familiar, así como hacía los aportantes morosos de la respectiva Corporación”. (Subrayado fuera del texto )

De lo anterior se desprende que, mientras la medida esté vigente, un empleador que ya se encuentra afiliado a Comfenalco Antioquia no puede trasladarse a Comfama, en la medida en que Comfama no puede recibir su afiliación y el proceso de afiliaciones está intervenido.SuperSubsidio

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Código: FO-GDT-033; Versión: 1 4. ¿Existe alguna restricción temporal, requisito adicional o procedimiento especial aplicable cuando la caja de origen se encuentra intervenida?

Sí, existe una restricción temporal expresamente prevista en la Resolución 0560 de

2025. El parágrafo primero del artículo tercero de la Resolución 0560 establece

literalmente que:

“Mientras dure el proceso de intervención de afiliaciones, los términos para resolver las solicitudes de desafiliación en trámite de la Caja de Compensación Familiar COMFENALCO ANTIOQUIA, que se presentaron con anterioridad a la expedición del presente acto administrativo quedan suspendidos, por consiguiente, los trámites correspondientes se reanudarán una vez se levante la medida cautelar.” (Subrayado fuera del texto )

Adicionalmente, el artículo cuarto señala que, durante el término de vigencia de la medida cautelar de intervención de proceso de afiliaciones:

“las Cajas de Compensación Familiar del departamento de Antioquia, esto es, Caja de Compensación Familiar COMFENALCO ANTIOQUIA y Caja de Compensación Familiar COMFAMA sólo podrán orientar su talento humano, recursos económicos y campañas para promover, solicitar, recibir o aprobar solicitudes de afiliación de empleadores que vayan a vincularse por primera

Compensación Familiar COMFAMA sólo podrán orientar su talento humano, recursos económicos y campañas para promover, solicitar, recibir o aprobar solicitudes de afiliación de empleadores que vayan a vincularse por primera vez al Sistema del Subsidio Familiar, así como hacía los aportantes morosos de la respectiva Corporación”. (Subrayado fuera del texto )

En consecuencia, mientras esté vigente la intervención del proceso de afiliaciones, los términos de las solicitudes de desafiliación en trámite permanecen suspendidos y los trámites se reanudan solo cuando se levante la medida. La resolución no crea un procedimiento especial alterno; lo que hace es limitar la actuación administrativa , de manera que durante ese período la gestión de desafiliaciones y traslados queda materialmente impedida.

5. ¿Debe el empleador esperar el levantamiento de la intervención para presentar formalmente una solicitud de traslado?SuperSubsidio

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Código: FO-GDT-033; Versión: 1

Sí, mientras esté vigente la intervención del PROCESO DE AFILIACIONES, los términos de desafiliación están suspendidos; por tanto, el empleador debe esperar a que la medida sea levantada para radicar y tramitar una solicitud de traslado.

6. En caso de ser procedente, ¿cuál es el procedimiento actualizado que debe seguir un empleador que busca trasladarse desde una caja

medida sea levantada para radicar y tramitar una solicitud de traslado.

6. En caso de ser procedente, ¿cuál es el procedimiento actualizado que debe seguir un empleador que busca trasladarse desde una caja intervenida hacia otra, en este caso, Comfama?

Este procedimiento no puede ejecutarse mientras esté vigente la intervención del proceso de afiliaciones, en ese entendido no hay un procedimiento como tal establecido, ya que no se puede ejecutar el traslado de los afiliados mientras la medida administrativa este vigente y en curso.

En estos términos se da respuesta a su consulta.

Por último, le informamos que puede consultar la página web de la Superintendencia del Subsidio Familiar, donde se encuentran publicados todos los conceptos jurídicos emitidos por este órgano de inspección, vigilancia y control, con una búsqueda por palabra clave que facilita el acceso a los mismos en el siguiente linkhttps://acortar.link/qDqLrU Así mismo, respetado ciudadano lo invitamos a calificar la atención brindada p or la Oficina Asesora Jurídica de la Superintendencia de Subsidio familiar, ingresand o al siguiente link - Encuesta de satisfacción Oficina Asesora Jurídica - Superintendencia del

Subsidio Familiar : Rellenar formulario

Atentamente,

NOHELIA DEL CARMEN ZAWADY PALACIO

Jefe Oficina Asesora Jurídica

Proyectó: Laura Carolina Castellanos Rodríguez -Abogada Contratista OAJ.

Revisó: Lida Regina Bula Narváez-Profesional especializado.

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