SUPERTRANSPORTE - Anexo Técnico - Resolución 12915 de 2023
Superintendencia de Transporte
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Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Anexo Técnico - Resolución 12915 de 2023
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2023
GJ-FR-014
V1, 24may -2023
ANEXO TÉCNICO
El propósito de este documento es definir los parámetros bajo los cuales las empresas o entes económicos y administradoras de pensiones deberán entregar información a la Superintendencia de Transporte, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de su función de aprobar las reservas o cálculos actuariales en los casos que haya lugar ello.
1. Documentos que se deben anexar a la solicitud de aprobación del estudio actuarial . La solicitud de concepto técnico matemático de aprobación de cálculos actuariales deberá acompañarse de la siguiente
documentación:
1.1. Comunicación suscrita por e l representante legal indicando el propósito del estudio actuarial que remite, la fecha de corte a la cual corresponde el cálculo, el número total de casos pensionales incluidos y el valor neto global a cargo de la empresa o ente económico.
1.2. Resumen de resultados, suscrito por el representante legal, el revisor fiscal y el actuario, detallando para cada grupo : (i) número de casos pensionales, (ii) el valor total del cálculo y, (iii) el valor neto de la porción a cargo de la empresa y totalizando el número de casos y los valores total y neto.
La suscripción del resumen de resultados por el representante legal certifica: (i) Que se han incluido en el estudio actuarial la totalidad de las personas o casos pensionales con derechos pensionales actuales o eventuales generadores de obligaciones (pasivo) a cargo de la empresa , (ii) Que la información básica del personal incluido en los cálculos actuariales es correcta y corresponde a la suministrada por la empresa al
personas o casos pensionales con derechos pensionales actuales o eventuales generadores de obligaciones (pasivo) a cargo de la empresa , (ii) Que la información básica del personal incluido en los cálculos actuariales es correcta y corresponde a la suministrada por la empresa al actuario que elaboró dichos cálculos actuariales, (iii) Que la empresa conoce el resultado del cálculo actuarial y, (iv) Que el resultado del cálculo actuarial ha sido incorporado a los estados financieros y a sus notas y revelaciones, según corresponda.
La suscripción del resumen de resultados por el revisor fiscal (o por el contador cuando la empresa no tenga revisor fiscal) certifica: (i) Que en la contabilidad y estados financieros se han incorporado los resultados del cálculo actuarial, según corresponda, (ii) Que en las notas y revelaciones a los estados financieros se ha incorporado explicación sobre el alcance y efectos contables de los resultados del cálculo actuarial, según corresponda y, (iii) Que se efectuó la amortización del pasivo dando cumplimiento a las pautas y topes establecidos en la normatividad, según corresponda.
La suscripción del resumen de resultados por el actuario que lo elaboró certifica: (i) La idoneidad de los cálculos actuariales, (ii) Su realización con base en la información que le fue suministrada por la empresa , (iii) La utilización de las tablas de mortalidad y tasas de interés aplicables según lo establecido en la normativa gubernamental y, (iv) Su realización de acuerdo y con base en la Nota Técnica que adjunta y forma parte del estudio actuarial.
1.3. Cálculo actuarial suscrito por el actuario que lo elaboró. El cálculo
de acuerdo y con base en la Nota Técnica que adjunta y forma parte del estudio actuarial.
1.3. Cálculo actuarial suscrito por el actuario que lo elaboró. El cálculo actuarial debe detallar cada uno de los casos pensionales con sus datos básicos, correspondiendo ellos a: (i) nombres completos e identificacionesPágina 2 de 5
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V1, 24may -2023 del pensionado y cada uno de sus beneficiarios, (ii) fechas de nacimiento, sexo, estado civil, parentesco de los beneficiarios y estado de salud del pensionado y cada uno de sus beneficiarios; (iii) tiempos de servicio y de cotizaciones efectuadas al ISS/Colpensiones por parte de la empresa de transporte, (iv) en el caso de aviadores civiles -piloto, copiloto o ingeniero de vuelo-, tiempo de servicio en la empresa y el tiempo total laborado como aviador civil, (v) valores de salario y/o mesada pensional ordinaria, mesada adicional de junio, mesada adicional de noviembre y auxilio funerario, (vi) fecha de causación del derecho pensional , (vii) fecha de reconocimiento de la pensión, (viii) número de mesadas anuales, (ix) fecha de traslado al ISS/Colpensiones en caso de títulos pensionales, fecha de traslado al régimen de ahorro individual en caso de bonos pensionales y, x) el origen de pensiones no ordinarias (por orden judicial, otras).
1.4. Se deben indicar los resultados de las valoraciones actuariales de cada una de las prestaciones u obligaciones consideradas:
Para pensiones: Valor presente actuarial total para el caso pensional por:
1.4. Se deben indicar los resultados de las valoraciones actuariales de cada una de las prestaciones u obligaciones consideradas:
Para pensiones: Valor presente actuarial total para el caso pensional por:
(i) mesadas ordinarias del causante , (ii) mesadas adicionales de junio y noviembre del causante , (iii ) mesadas ordinarias del beneficiario , (iv) mesadas adicionales de junio y noviembre del beneficiario , (v) auxilio funerario, (vi) reajuste salud, (vii) cotizaciones por efectuar a Colpensiones para compartir la pensión, (viii) porcentaje de cuota parte y valor neto a cargo de la empresa.
Para bonos y títulos pensionales: (i) Nombre, identificación, fecha de nacimiento y sexo, (ii) salario base y fecha base, (iii) empresas a las que prestó su servicio y fechas de ingreso y retiro de cada una de ellas , (iv) tiempo de servicio en cada empresa antes y después del 1 de abril de 1994, (v) fecha de referencia, edad de referencia, salario de referencia, pensión de referencia y auxilio funerario de referencia, (vi) fecha de traslado, valor del bono o título a fecha de traslad o, (vii) la tasa de rendimiento real, efectiva anual del bono , (viii ) intereses acumulados a la tasa del DTF pensional desde la fecha de traslado hasta la que ocurra primero entre la entre la fecha de referencia y la fecha corte del cálculo actuarial , (ix) el valor acumulado por actualización desde la fecha de referencia hasta la fecha de corte del cálculo actuarial, en los casos en que la fecha de referencia sea anterior a la fecha de corte del cálculo actuarial y, (x) valor
valor acumulado por actualización desde la fecha de referencia hasta la fecha de corte del cálculo actuarial, en los casos en que la fecha de referencia sea anterior a la fecha de corte del cálculo actuarial y, (x) valor del bono o título a fecha de corte del cálculo actuarial, porcentaje y valor a cargo de la empresa.
Para bonos pensionales Tipo A, modalidad 1, adicionalmente: (i) historial de sueldos utilizados para el cálculo, (ii) metodología utilizada para su actualización y, (iii) valores de los rendimientos RISS utilizados.
1.5. Se debe presentar con totalización por grupos, indicando los tiempos de servicio en años, con cuatro decimales; los salarios, mesadas y demás valores económicos en pesos, sin decimales; y los factores de proporcionalidad y porcentajes con cuatro decimales.
1.6. El cálculo actuarial debe presentarse en documento formato Excel (.xls o .xlsx) . Debe estar en orden alfabético según apellidos y nombres del trabajador o pensionado. Todas sus páginas deben contar con la razón social de la empresa, expresa referencia a la fecha de corte del cálculo actuarial y los títulos descriptivos para cada una de las columnas de datos.Página 3 de 5
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V1, 24may -2023 Los documentos en versión PDF deben permitir búsquedas de palabras o frases para facilitar su ubicación y para que no sea necesario transcribir o digitar textos o cantidades. El cálculo actuarial en formato Excel debe permitir el uso en computador de los valores, cantidades e informaciones sin que sea necesario transcribir o digitar tales valores y cantidades.
digitar textos o cantidades. El cálculo actuarial en formato Excel debe permitir el uso en computador de los valores, cantidades e informaciones sin que sea necesario transcribir o digitar tales valores y cantidades.
1.7. Nota Técnica suscrita por el actuario que elaboró el cálculo actuarial, con indicación de su nombre completo e identificación y matrícula profesional o membresía a asociaciones profesionales. La Nota Técnica es el documento que soporta el cálculo actuarial para garantizar su pertinencia e idoneidad de tal forma que, con su contenido un actuario pueda reproducir y verificar el estudio actuarial correspondiente.
La Nota Técnica debe describir de manera clara la información, supuestos, metodología actuarial (rentas contingentes crecientes fraccionarias vencidas u otra metodología pertinente con su debida justificación) , formulaciones y variables con su inherente notación actuarial, así como las tablas de mortalidad y tasas de interés utilizadas en el cálculo. La Nota Técnica debe hacer referencia a cada uno de los componentes o resultados de valoración, mencionando la aplicación de rentas vitalicias o temporales, inmediatas o diferidas, según el caso, e informando sobre las consideraciones en relación con el número de mesadas (14 mesadas para todas las pensiones causadas antes del 25 de julio de 2005 y las pensiones inferiores a tres salarios mínimos causadas entre el 25 de julio de 2005 y el 30 de julio de 2011; y 13 mesadas para las pensiones superiores a tres salarios mínimos causadas a partir del 25 de julio de 2005 y todas las pensiones causadas a partir del 31 de julio de 2011) , la indexación de la
el 30 de julio de 2011; y 13 mesadas para las pensiones superiores a tres salarios mínimos causadas a partir del 25 de julio de 2005 y todas las pensiones causadas a partir del 31 de julio de 2011) , la indexación de la primera mesada, la afectación por factor de proporcionalidad para tener en cuenta el tiempo de trabajo adicional necesario pa ra tener derecho al reconocimiento de pensión, el tratamiento a las pensiones compartidas, etc.; y debe identificar los decretos y demás normativa en la que se basó el estudio actuarial.
1.8. Si se trata de cálculo actuarial de aviadores civiles, copia de la comunicación de envío del estudio actuarial completo con sus anexos a la administradora de pensiones de aviadores civiles.
1.9. Relación suscrita por la empresa y por el actuario que elaboró el cálculo actuarial, detallando los cambios, variaciones presentadas y novedades acontecidas en el ejercicio, tanto en grupos de cálculo como en información básica, con respecto al estudio actuarial del año anterior, con explicación sustentada para los casos pensionales que se extinguieron, cambiaron, surgieron o se corrigieron, o que presentan variaciones extraordinarias en los resultados.
1.10. De las pensiones incluidas en el estudio actuarial, en los casos a que haya lugar, copia de: (i) sentencias que hayan ordenado pensiones, (ii) la resolución definitiva de reconocimiento de la pensión en el caso de cuotas partes que no correspondan con la proporción sobre tiempo de servicio , (iii) copia de la aceptación u objeción de las cuotas partes -dentro del trámite de reconocimiento de pensión - o, en su defecto, declaración
partes que no correspondan con la proporción sobre tiempo de servicio , (iii) copia de la aceptación u objeción de las cuotas partes -dentro del trámite de reconocimiento de pensión - o, en su defecto, declaración suscrita por el representante legal de la aceptación de estas y, (iv) soportes de pagos de bonos pensionales o de títulos pensionales.Página 4 de 5
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V1, 24may -2023 1.11. Copia de una nómina de pensionados a los cuales la empresa pague directamente sus mesadas donde se observen para cada pensionado cada uno de los conceptos devengados y cada una de las deducciones aplicadas, nómina que debe corresponder a alguno de los tres últimos meses anteriores a la fecha de corte del estudio actuarial.
1.12. Certificación suscrita por el contador y el revisor fiscal de la empresa, sobre las amortizaciones de pasivos por pensiones, por bonos pensionales y por títulos pensionales, indicando comparativamente con el año anterior las valoraciones actuariales, los montos de las amortizaciones acumuladas, los porcentajes de amortización acumulada, los valores amortizados en el ejercicio y los aumentos en los porcentajes de amortización acumulada. Indicando también los porcentajes de amortización acumulada previstos para cada uno de los años siguientes hasta el año 2029, año establecido en el artículo 4 de la Sección I del Capítulo II del Título Segundo del Anexo No. 6 del Decreto Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad 2420 de 2015, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información.
1.13. Relación suscrita por el contador y el revisor fiscal de la empresa,
de 2015, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información.
1.13. Relación suscrita por el contador y el revisor fiscal de la empresa, de los movimientos mensuales incorporados a la contabilidad en el ejercicio por concepto de pagos de mesadas pensionales ordinarias, mesadas pensionales adicionales, auxilios funerarios, etc.; expediciones de bonos y títulos pensionales, intereses devengados por bonos y títulos pensionales ya expedidos, redenciones de bonos y títulos pensionales; ajustes por resultados del nuevo cálculo actuarial; amortización de pasivos relacionados con pensiones, bonos y títulos pensionales.
2. Información objeto de reporte por las administradoras de pensiones del régimen de ahorro individual y Colpensiones. Las administradoras de pensiones del régimen de ahorro individual y Colpensiones deberán proceder con el reporte de información de que trata el artículo 4.4.9. de la Circular Única de Infraestructura y Transporte, de acuerdo con los
siguientes parámetros:
Datos personales afiliado/a Tipo de identificación Número de identificación Nombre completo Género Fecha de nacimiento Estado de invalidez(sí/no) Fecha de estructuración de la invalidez Fallecimiento(sí/no) Fecha de fallecimiento Datos personales beneficiarios Tipo de identificación Número de identificación Nombre completo Género Fecha de nacimiento Estado de invalidez(sí/no) Fecha de estructuración de la invalidez Beneficiario pensionado (si/no)Página 5 de 5
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Fecha de estructuración de la invalidez Beneficiario pensionado (si/no)Página 5 de 5
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V1, 24may -2023 Fecha de reconocimiento de la pensión Fallecimiento del beneficiario (sí/no) Fecha de fallecimiento Parentesco con el/la afiliado/a Historial en la administradora Estado actual (Afiliado/Retirado) Fechas de afiliación Fechas de retiro Pensionado en la administradora(sí/no) Fecha de causación de la pensión Fecha de reconocimiento de la pensión Tipo de pensión (Vejez/Sobreviviente/Invalidez)