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SUPERTRANSPORTE - Circular Externa 20255330000124 de 2025

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Circular Externa 20255330000124 de 2025
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2025

Página | 1

GD-FR-016

V3 – 02-Ago-2024 Superintendencia de Transporte

Portal Web: www.supertransporte.gov.co

Dirección: Dg 25g # 95 A 85, Torre 3 Piso 1 y 4, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3526700 Línea Gratuita: (+57) 018000915615

CIRCULAR EXTERNA No. 20255330000124

20255330000124 Fecha 05-09-2025

Para: Terminales de Transporte Terrestre, Empresas de Transporte en la modalidad de pasajeros por carretera, Administradores de la infraestructura de ascenso y descenso en bahías y paraderos, Proveedores Tecnológicos, Organismos administradores del programa de seguridad en la operación del transporte.

De: Superintendente de Transporte

Asunto: Instrucciones implementación del Sistema de vigilancia y control de la Operación del Servicio Público de Transporte Terrestre de Pasajeros por Carretera (SICOV-OTPC).

Señores Representantes Legales,

1. FACULTADES.

La Superintendencia de Transporte en cumplimiento de las funciones de vigilancia, inspección y control del cumplimiento de las disposiciones que regulan la prestación del servicio público de transporte, así como la protección de los usuarios del sector,1 está adelantando a través de la Delegatura de Tránsito y Transporte Terrestre, acciones de supervisión a nuestros vigilados, encaminadas a prevenir una indebida aplicación de la normatividad. En virtud de lo anterior, y en cumplimiento de la Resolución 12173 de 2024, la Superintendencia de Transporte, está implementando una estrategia para

a prevenir una indebida aplicación de la normatividad. En virtud de lo anterior, y en cumplimiento de la Resolución 12173 de 2024, la Superintendencia de Transporte, está implementando una estrategia para mejorar la eficiencia, transparencia, agilidad, accesibilidad y calidad en los procesos de inspección, vigilancia y control, mediante el uso de tecnologías de la información y las co municaciones de las empresas de transporte público terrestre automotor de pasajeros, y para ello, se requiere la interoperabilidad con los proveedores tecnológicos. De otro lado, m ediante la Resolución 14306 del 31 de diciembre de 2024, la Superintendencia de Transporte definió los lineamientos técnicos y operativos del SICOV para la Operación del Servicio Público de Transporte Terrestre de Pasajeros por Carretera, el cual hace parte del Sistema Inteligente Nacional de Supervisión al Transporte (SINST - VIGIA 2). En dicha resolución, además se

1 Decreto 2409 de 2018 artículo 5° num, 3°Página | 2

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Portal Web: www.supertransporte.gov.co

Dirección: Dg 25g # 95 A 85, Torre 3 Piso 1 y 4, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3526700 Línea Gratuita: (+57) 018000915615 adoptó el Anexo Técnico para la implementación del "Sistema de vigilancia y control de la Operación del Servicio Público de Transporte Terrestre de Pasajeros por Carretera" (SICOV-OTPC), en su artículo 3.5.7.13, dispone:

control de la Operación del Servicio Público de Transporte Terrestre de Pasajeros por Carretera" (SICOV-OTPC), en su artículo 3.5.7.13, dispone: “La Superintendencia de Transporte, mediante circulares, podrá actualizar los aspectos tecnológicos, técnicos y operativos, así como actualizar el cronograma de implementación, estas actualizaciones quedaran disponibles en el siguiente enlace web (https://transformaciondigital.supertransporte.gov.co)” Así mismo, m ediante la Resolución 1455 del 26 de febrero de 2025, la Superintendencia actualizó el Anexo Técnico, con el propósito de otorgar mayor claridad sobre los aspectos técnicos y operativos necesarios para la adecuada implementación del "Sistema de vigilancia y control de la Operación del Servicio Público de Transporte Terrestre de Pasajeros por Carretera" (SICOV-OTPC).

2. CONSIDERACIONES

Para el desarrollo y ejecución de la estrategia de “SuperTransporte digital”, la cual se pondrá en marcha y a disposición de los usuarios, se integrarán los sistemas de información necesarios y requeridos para ofrecer a los usuarios y vigilados un canal más eficiente para realizar trámites y gestiones de la Entidad. Estos se integrarán a la herramienta de la implementación, uso y apropiación de la estrategia Superintendencia de Transporte Digital de manera escalable y paulatina, para gestión y misionalidad de la entidad. Dada la actual transformación digital en la Superintendencia, resulta necesario implementar soluciones tecnológicas innovadoras en aras de fortalecer los procesos de inspección, vigilancia y control de la Operación del Servicio Público de Transporte Terrestre de Pasajeros por Carretera

implementar soluciones tecnológicas innovadoras en aras de fortalecer los procesos de inspección, vigilancia y control de la Operación del Servicio Público de Transporte Terrestre de Pasajeros por Carretera Para tal efecto, entre los meses de mayo y junio de 2025, la Superintendencia de Transporte recibió múltiples solicitudes de los vigilados, relacionadas con la necesidad de ampliar el plazo para la entrada en operación del SICOV-OTPC, con el fin de realizar pruebas sobre su funcionamiento. En atención a este requerimiento, la Entidad expidió la Circular Externa 94 de 2025, mediante la cual se modificó de manera parcial el cronograma de operación contenido en el Anexo Técnico, que hace p arte integral de la Resolución 14306 de l 31 de diciembre de 2024. Posteriormente, en el mes de agosto de 2025, la entidad adelantó reuniones y mesas de trabajo con los Terminales de Transporte Terrestre, quienes manifestaron la necesidad de contar con un periodo de prueba adicional para llevar a cabo las integraciones tecnológicas con sus s istemas de información internos, así como disponer de un mayor plazo para definir los proveedoresPágina | 3

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Dirección: Dg 25g # 95 A 85, Torre 3 Piso 1 y 4, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3526700 Línea Gratuita: (+57) 018000915615 tecnológicos y los organismos administradores del programa de seguridad en la operación del transporte, con el fin de garantizar el reporte oportuno de la

Conmutador: (+57) 601 3526700 Línea Gratuita: (+57) 018000915615 tecnológicos y los organismos administradores del programa de seguridad en la operación del transporte, con el fin de garantizar el reporte oportuno de la información requerida en el SICOV -OTPC, para tal fin, la Entidad expidió la Circular Externa 114 de 2 025, ampliando nuevamente la fecha de inicio de la operación definido en el Anexo Técnico, el cual hace parte integral de la Resolución 14306 del 31 de diciembre de 2024.

Es importante mencionar que en los meses de julio, agosto y septiembre la Superintendencia de Transporte implementó un plan de capacitación intensivo, adelantando más de cincuenta (50) jornadas de capacitación (reuniones grupales e individuales a través de la plataforma Microsoft Teams), estas se distribuyeron de la siguiente manera: • 17 sesiones con aliados tecnológicos, enfocadas en la integración de servicios web, la interoperabilidad de plataformas y la implementación de actualizaciones en sus soluciones digitales. • 13 sesiones con empresas de transporte en la modalidad de pasajeros por carretera , orientadas a la socialización de los mecanismos de reporte de información. • 21 sesiones con terminales de transporte terrestre , dirigidas a la explicación del flujo de información sobre despachos, salidas, llegadas y demás variables operativas exigidas en el marco normativo. Estas capacitaciones facilitar on a las Terminales de Transporte Terrestre, Empresas de Transporte en la modalidad de pasajeros por carretera, Proveedores Tecnológicos y Organismos administradores del programa de seguridad en la operación del transporte la adecuada implementación del SICOVOTPC.

Empresas de Transporte en la modalidad de pasajeros por carretera, Proveedores Tecnológicos y Organismos administradores del programa de seguridad en la operación del transporte la adecuada implementación del SICOVOTPC. Así mismo, con el propósito de garantizar el acceso a la información por parte de los actores estratégicos que no lograron conectarse a las sesiones en vivo, se publicaron en la página web institucional las grabaciones de las capacitaciones, disponibles en el siguiente enlace web: https://transformaciondigital.supertransporte.gov.co/index.php/agenda/ Es pertinente señalar que la Resolución 14306 de diciembre de 2024 establece tres (3) mecanismos de reporte de información, los cuales fueron socializados oportunamente en las capacitaciones adelantadas por la Superintendencia de Transporte. De igual manera, es importante precisar que, en caso de que las Terminales de Transporte Terrestre, los administradores de la infraestructura de ascenso y descenso en bahías y paraderos, así como las empresas de transporte en la modalidad de pasajeros por carretera, decidan realizar el reporte dePágina | 4

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V3 – 02-Ago-2024 Superintendencia de Transporte

Portal Web: www.supertransporte.gov.co

Dirección: Dg 25g # 95 A 85, Torre 3 Piso 1 y 4, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3526700 Línea Gratuita: (+57) 018000915615 información relacionada con el SICOV –OTPC, este podrá efectuarse de manera directa a través del Sistema SNST–VIGIA 2.

Adicionalmente y en caso que las Terminales de Transporte Terrestre, los

información relacionada con el SICOV –OTPC, este podrá efectuarse de manera directa a través del Sistema SNST–VIGIA 2. Adicionalmente y en caso que las Terminales de Transporte Terrestre, los Administradores de la infraestructura de ascenso y descenso en bahías y paraderos y las Empresas de Transporte en la modalidad de pasajeros por carretera decidieran realizar los reporte de información mediante servicios web con aliados tecnológicos , se informa que, a la fecha, se cuenta con doce (12) proveedores tecnológicos y siete (7) Organismos administradores del programa de seguridad en la operación del transporte autorizados para interoperar mediante servicios web con el SICOV-OTPC, los cuales se encuentran publicados en el siguiente enlace web: https://transformaciondigital.supertransporte.gov.co/index.php/proveedorestecnologicos-autorizados/ Así mismo, se resalta que actualmente se encuentran en proceso de revisión y/o pruebas tecnológicas veinte (20) nuevos aliados tecnológicos , los cuales serán autorizados una vez cumplan con los requisitos establecidos en la Resolución 12173 de 2024. La Superintendencia de Transporte extiende un especial agradecimiento a las treinta y nueve (39) empresas de transporte de pasajeros por carretera que, a la fecha, han seleccionado la alternativa #3: reporte de información mediante aliado tecnológico autorizado. Si bien , la Resolución 14306 de diciembre de 2024 contempla otras alternativas de reporte de información, la decisión de implementar los reportes mediante servicios web constituye un paso estratégico hacia la optimización de los procesos operativos , el fortalecimiento de la trazabilidad de la información y la reducción de los tiempos de respuesta frente a los requerimientos de supervisión.

mediante servicios web constituye un paso estratégico hacia la optimización de los procesos operativos , el fortalecimiento de la trazabilidad de la información y la reducción de los tiempos de respuesta frente a los requerimientos de supervisión. La disposición de estas empresas evidencia el compromiso del sector con la modernización tecnológica, la transparencia en la operación y la eficiencia en la gestión , elementos que permiten avanzar hacia la construcción de un sistema de transporte más seguro, confiable y sostenible, contribuyendo al éxito en la implementación y consolidación del SICOV–OTPC. De igual manera, se reconoce y agradece el compromiso de los diecinueve (19) aliados tecnológicos autorizados, por su disposición permanente, la atención oportuna a las reuniones técnicas y la implementación de las actualizaciones requeridas en sus soluciones tecnológicas, contribuyendo de manera significativa al fortalecimiento y la interoperabilidad del SICOV–OTPC.Página | 5

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V3 – 02-Ago-2024 Superintendencia de Transporte

Portal Web: www.supertransporte.gov.co

Dirección: Dg 25g # 95 A 85, Torre 3 Piso 1 y 4, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3526700 Línea Gratuita: (+57) 018000915615

3. LINEAMIENTOS

Con base en lo expuesto, y con el fin de garantizar el avance en la implementación del SICOV-OTPC. La Superintendencia de Transporte establece mediante la presente Circular los siguientes lineamientos:

3.1. Deberes de Empresas de Transporte en la modalidad de pasajeros por carretera:

implementación del SICOV-OTPC. La Superintendencia de Transporte establece mediante la presente Circular los siguientes lineamientos:

3.1. Deberes de Empresas de Transporte en la modalidad de pasajeros por carretera:

a) Dar cumplimiento a las instrucciones establecidas en la resolución 14306 de 2024, resolución1455 y circular externa 114 de 2025. b) Iniciar el reporte de i nformación relacionad a con los mantenimientos preventivos, mantenimientos correctivos, resultados del protocolo de alistamiento diario del vehículo, novedades presentadas por el vehículo durante la prestación del servicio de transporte entre el origen y el destino y, de manera opcional, las autorizaciones de viaje para niños, niñas y adolescentes, en el Sistema de vigilancia y control de la Operación del Servicio Público de Transporte Terrestre de Pasajeros por Carretera"

(SICOV-OTPC).

3.2. Deberes de los Terminales de Transporte Terrestre:

a) Dar cumplimiento a las instrucciones establecidas en la resolución 14306 de 2024, resolución1455 y circular externa 114 de 2025.

b) Reporte de información de los despachos:

a. En lo que respecta a la prestación del Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Pasajeros por Carretera, y con el fin de no afectar a los usuarios, las terminales de transporte deberán continuar reportando la información de los despachos a través del mecanismo de transmisión de información establecido en la Circular Externa 033 de octubre de 2019 , expedida por la Superintendencia de Transporte. b. De manera simultánea, deberán continuar el proceso de integración con sus sistemas de información actuales e iniciar

del mecanismo de transmisión de información establecido en la Circular Externa 033 de octubre de 2019 , expedida por la Superintendencia de Transporte. b. De manera simultánea, deberán continuar el proceso de integración con sus sistemas de información actuales e iniciar con el reporte de información de salidas y llegadas de despachos mediante el Sistema de Control y Vigilancia de la Operación del Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Pasajeros por Carretera (SICOV-OTPC).

La Superintendencia de Transporte, continuar á implementando el plan de capacitación, adopción y sensibilización de la implementación del SICOV -OTPC,Página | 6

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V3 – 02-Ago-2024 Superintendencia de Transporte

Portal Web: www.supertransporte.gov.co

Dirección: Dg 25g # 95 A 85, Torre 3 Piso 1 y 4, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3526700 Línea Gratuita: (+57) 018000915615 así mismo se adelantara reuniones de seguimiento con los actores involucrados, con el fin de garantizar una transición ordenada y efectiva en su implementación.

Es pertinente advertir, que el incumplimiento de los lineamientos expuestos en la presente circular, dará lugar al reporte de la desatención a la Dirección de Investigaciones de Tránsito y Transporte, para que se adelanten las actuaciones administrativas y sancionatorias a que hubiese lugar en contra de los sujetos obligados, y/o proveedores tecnológicos y/o Organismos administradores del programa de seguridad en la operación del transporte que incumplan los parámetros y términos dispuestos conforme con la normativa aplicable.

obligados, y/o proveedores tecnológicos y/o Organismos administradores del programa de seguridad en la operación del transporte que incumplan los parámetros y términos dispuestos conforme con la normativa aplicable. Dada en Bogotá D.C., a los

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Alfredo Enrique Piñeres Olave Superintendente de Transporte

Revisó: Oscar Alirio Espinosa González – Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte

Luis Gabriel Serna Gámez – Jefe Oficina Asesora Jurídica Jelkin Zair Carrillo franco - Asesor Despacho Superintendente de Transporte SuperTransporte Firmado digitalmente por

PIÑERES OLAVE

ALFREDO ENRIQUE

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