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SUPERTRANSPORTE - Circular Externa 29 de 2017

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Circular Externa 29 de 2017
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2017

Superintendencia de Puertos y Transporte oRepública de Colombia NUEVO PAIS mas eg uae tata y Or

CIRCULAR EXTERNA No. 0.00029-26 NAY 2017

PARA: CENTROS DE ENSEÑANZA AUTOMOVILISTICA, ALIADOS UOPERADORES DEL RECAUDO DEL SISTEMA DE CONTROL YVIGILANCIA DE: SUPERINTENDENTE DELEGADA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTETERRESTRE AUTOMOTOR ASUNTO: Directrices para el reporte de las tarifas de los CEA’s.

Respetados Señores: Teniendo en cuenta que a la Superintendencia de Puertos y Transporte, han llegadooficios remitidos por los Centros de Enseñanza Automovilística en los que comunicanla tarifa, la presente Circular tiene por objeto recordar que conforme a las directricesemitidas mediante Circular Externa 027 de 2017, el reporte debe realizarse de lasiguiente manera:

1Solicitar y convenir con un aliado u operador de recaudo autorizado por laSuperintendencia de Puertos y Transporte, a más tardar hasta el 31 demayo de 2017.2Deben reportar las tarifas de sus servicios al aliado u operador de recaudoescogido por cada CEA.

Cada Centro de Enseñanza Automovilística, deberá reportar la informacioncumpliendo las siguientes condiciones: a) Descargar el formato para reportar las tarifas del siguiente enlace:http://www supertransporte.gov.co/documentos/2017/Mayo/Transito_12/MATRIZ TARIFAS CEAs.xisxb) Enviar la información unica y exclusivamente a los siguientes correoselectrónicos, según corresponda: tarifasceas@redservi.com.co,servicioatclientesisec@olimpiait.comc) Sólo se aceptarán correcciones de la tarifa, hasta el 31 de mayo de 2017.d) No se recibirán más reportes a través de otros medios (ventanilla deradicación, correo electrónico u otros). Se destaca que la obligación del reporte de las tarifas se entenderá cumplida cuandose realice el reporte a través del recaudador escogido y no con la radicación deldocumento en la Superintendencia de Puertos y Transporte.000029-26MAY 2017 Superintendencia de Puertos y Transporte TODOS NNRepública de Colombia OS BOR UNUEVO PAISAs EQUIDAS fOUEACICN seedy oven Así mismo, en el estándar para el reporte de las tarifas, se incorporará el trámite derecategorización de B1 a C1, cuya tarifa debe estar dentro del rango de 18 a 37 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes La presente Circular, rige a partir de su expedición, será publicada en la página webde la Entidad. Dada en Bogotá a los,

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 0.000239-265may 2017

LINA MARÍA MARGARITA HUARI MATEUSSuperintendente Delegada de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor

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