SUPERTRANSPORTE - Concepto 20203000321461 de 2020
Superintendencia de Transporte
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Concepto 20203000321461 de 2020
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2020
Portal mete wr supertranscote po -y Oncmo namineeramva: Coso 48 ko 64 4%, Eogot D.C E PEC 351 67 00 ' Comespondencia: Cala 37 Mo 188-21, Bogo (10 Linea Atención al Coucadane: 01 0000 812018 TueerTrenionríe Bogotá, 22-06-2020 Al contestar, favor citar en el asunto, este No. de Registro 20203000321461 20203000321461 Señor Iván Dario Hurtado ivandario-huritadoo(mhotmail.com Bogotá D.C.
Asunto: Respuesta a petición con radicado 20205320083072.
Respetado señor Hurtado Esta Oficina procede a dar respuesta a su consulta según la función descrita en el numeral 5 del articulo 6 del Decreto 2409 de 2018, aclarando que por la finalidad del derecho de petición en la modalidad de consulta, no se realizarán pronunciamientos sobre situaciones particulares ni apreciaciones sobre los hechos narrados en su escrito:
1. Petición: “La superintendencia además de funciones administrativas como la de ejercer vigilancia, inspección y control a las empresas de transporte publico terrestre, también tiene funciones judiciales como las demás superintendencias, me reñero pueden llevar cabo un proceso para dictar fallo y que etapas consiste” (Sic) Respuesta: De conformidad con el Decreto 2409 de 2018, la Superintendencia es una autoridad con las funciones de inspección, vigilancia y control al sector, siendo competente para iniciar procesos administrativos sancionatorios en el marco del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, investigando presuntas infracciones a la nomativa que regula el sector transporte e imponiendo las
competente para iniciar procesos administrativos sancionatorios en el marco del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, investigando presuntas infracciones a la nomativa que regula el sector transporte e imponiendo las sanciones que determina la Ley, especificamente, las citadas en la Ley 105 de 1993, 336 de 1996, 769 de 2002 y 1702 de 2013. Ahora bien, si usted se refería a las atribuciones jurisdiccionales, según el artículo 116 de la Constitución Política, el Congreso de la República excepcionalmente puede otorgar dichas funciones a determinadas autoridades administrativas, es decir, que dicha autoridad administre justicia, no obstante, esta Superintendencia no cuenta con la citada atribución. 1 El articulo 47 y siguiernes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, describe el procedimiento administrativo sancionatorio general y sus respectivas etapas y garantías. 1 15-DF-04Portal mete ura SUperTRNR IR DO co henna Admintratrer Calo 63 ho. B 45, Bogota .G PEC 152 67 00 Comespondencia: Carla 3 Mo 36821, Bogos D E Linea Atención al Coucadane: 01 0000 812018 Habiendo dado respuesta a su solicitud, se reitera que el presente documento se emite en los términos del artículo 28 de Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Cordialmente, Mari anda Serna Quiroga Jefe Oficina Asesora Jurídica Proyectó: Camilo Emesto Ojeda Amaya. 15-DIE-04 El futurRespuesta a petición con radicado 20205320083072. envios gestiondocumental Jue 13/08/2020 7:20 PM
Proyectó: Camilo Emesto Ojeda Amaya. 15-DIE-04 El futurRespuesta a petición con radicado 20205320083072. envios gestiondocumental Jue 13/08/2020 7:20 PM Para: ivandaro-humttadoo Ohotmail.com CO coteorertificado-72.com.co par 20203000321461.pdf mE 304 KB
E
L] L] SuparTronspgorte Grupo de Apoyo a la Gestión Administrativa Superintendencia de Transporte
Dirección : Calle 63 N° 9a-45