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SUPERTRANSPORTE - Resolución 01795 de 2019

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 01795 de 2019
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2019

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MINISTERIO DE TRANSPORTE SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE 1 : 1 • , i RESOLUCION No. ·. . 1 O 1 7 9 5 2 O MAY 2fi19 . .

Por !ª·cual se[suprimen y crean unos grupos internos de trabajo .de la Superintendencia de Transporté. • I· i • • i • LA SUPERINTENDENTE DE TfiNSPORTE, ¡ . . 1 . En ejércicio de las .fiacultades legales y • • 1 CONSIDERANDO: [ 1 1

Primero: Que mediante la Resolución 448 del 30 de agosto de 2000, se crearon!los grupos de Talento Humano, Control Interno Disqiplinario y Administrativa de la Secretaría General, .. i Segundo: Que meiiante la Resolución 104 del 12 dfi febrero de 2002, se creó el! grupo de Cobro por Jurisdicción Coactiva de la Oficina Asesora Jurídica. ' • • i ' Tercero: Que mediante la Resolución 6112 del 24 de septiembre de 2007, se:crearon los grupos internos de • Trabajo de Vigilahcia e Inspección, Control, Peticiones, Quejas y Reclamos y Comparendos, de la

Superintendencias pelegada de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor.

Cuárto: Que medifinte la Resolución 7850 del 2 de junio de 2009, se creó el grupo de Notificaciones de la Secretaría General.1 • t

1 ' 1 1

Quinto: Que medifinte la Resolución 186 del 29 de enero de 2010, se creó el grupo de Gestión Documental en la Secretaría General! ! 1 i i

Secretaría General.1 • t 1 ' 1 1

Quinto: Que medifinte la Resolución 186 del 29 de enero de 2010, se creó el grupo de Gestión Documental en la Secretaría General! ! 1 i i Sexto: Que mediafite la Resolución 196 del 29 de enero de 2010, se crearon lofi grupos internos de Trabajo de Vigilancia e Inspección e Investigaciones y Control de las Superintendencias Delegadas de Puertos y Concesiones e Infraestructura y se modificó por Grupo de Investigaciones y Control, el Grupo de Control creado mediante la Resolución 6112 d12007, en la Superintendencia Delegada de Tránsito y Transpprte Terrestre Automotor. 1 · · 1 • Séptimo: Que med,iante la Resolución 545 del 17 de febrero de 2010, se modificq por Grupo de Investigaciones a Informes únicos de Infracciones de Transporte, el Grupo de Comparendos creado :mediante la Resolución 6112 de 2007, en la Superin ; tendencia Delegada de Tránsito y,Transporte Terrestre Autom;otor.

Octavo: Que mediJnte la Resolución 7502 del 7 de noviembre de 2012, se creó el igrupo de Atención al Ciudadano de la Secretaría Ge'neral, el cual fue modificado mediante la Resolución 4480 del º3 de abril de 2013. i ' 1 i • Noveno: Que médi,ante la Resolución 4276 del 19 de abril de 2013, se creó el g'rupo de Conciliación y Estudios Sectoriales de la Oijcina Asesora Jurídica. . ! ' 1

1

Decimo: Que medfante la Resolución 13073 del 5 de septiembre de 2014, se cieó el grupo de Financiera de la

Sectoriales de la Oijcina Asesora Jurídica. . ! ' 1 1

Decimo: Que medfante la Resolución 13073 del 5 de septiembre de 2014, se cieó el grupo de Financiera de la Secretaría General,\ el cual fue modificado mediante la Resolución 20002 del 2 dfi mayo de 2018. 1 , , Décimo Primero: Glue mediante la Resolución 20002 del 2 de mayo de 2018, se fireó el grupo de Tecnologías de la Información y lasl Comunicaciones. - 1 i Décimo Segundo:j' Que mediante la Resolución 36419 del 15 de agosto de 2P18, se modificó por Grupo de Arbitraje, Conciliaci9n y Amigable Composición del sector de Infraestructura y Trarisporte, el Grupo de Conciliación y Estudios Sectoriales creado mediante la Resolución 4276 de 2013 de la OficinaiAsesora Jurídica. 1 . i Décimo Tercero: Que mediante el Decreto No. 2409 del 24 de diciembre de12018, se modificó y renovó la estructura de la Sufierintendencia de Transporte. i . !

Décimo Cuarto: Que de conformidad con el inciso -19 del artículo 7 del Decreto 2409 de 2018, el Superintendente de Transporte puefie Organizar grupos internos de >trabajo, comités, comisiones e instancias de coordinación internas para el mejor desempeño de las funciones de la entidad.1 - RESfiLUCIÓN No. O I 7 g S z O fifi llll9 HOJA No _2 -, \. . .Por la cual se suprimen y crean unos grupos internos de trabajo de la Superintendencia de Transporte.

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\. . .Por la cual se suprimen y crean unos grupos internos de trabajo de la Superintendencia de Transporte. I· .. ,. . . . , ¡ 1 1 I: 1 ¡; 1 Décimo.Quinto; Que mediante el Decreto No. 241 O del 24 de diciembre de 2018, se modificó la planta de personal • de la Superintendencia dé Transporte. • • • : Décimo Sexto: Óue es procedente Suprimir los grupos Internos de trabajo de Talento Humano, Control Interno Dlsciplinario, Administrativa, Financil;}ra, . Notificaciones, Gestión Documental y Atención . al Ciudadano de . la. S:i3cre.taría General; Cobro por Jurisdicción Coactiva y Arbitraje, Conciliación y Amigable Composición del secto'r . de .Infraestructura· y Transporte, de la Oficina Asesor¡3 Jurídica; Tecnologías de la ·Información· y las : 1 •• Comunicaciones de la Oficina Asesqra de Planeación; Vigilancia e Inspección e Investigaciones y Control de las , J.· Superintendencias Delegadas de Puertos y Concesiones e Infraestructura; y Vigilancia e Inspección, Investigaciones y Control, Peticiones, Quejas y Reclamos e Investigaciones a Informes únicos de Infracciones de 1 . Transpó_rte, de la Superintendencias Delegada de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor,· • • •• Décirnó Séptimo: Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, indica que en aquellas entidades que cuenten ·con 1 una planta global, el jefe del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, los requerimientos de

Décirnó Séptimo: Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, indica que en aquellas entidades que cuenten ·con 1 una planta global, el jefe del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, los requerimientos de la organización y sus planes y programas, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia. y eficiencia; los objetivos, políticas y programas; igualmente podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo, en cuyo acto de creación se determinarán las tareas que deberán cumplir', ll Ir 1 l 1 fifis fiesponsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento. • Décimo Octavo: Que el Artículo 8 del Decreto 2489 del 25 de julio de 2006, prevé "Cuando de conformidad con él artículo 1.15. de la Ley 489 de 1998, los organismos_ y entidades a qfienes se .aplica el presentfi _decreto creen grupos ihtemos d_e trabajo; la integración de !os mismos no podrá ser inferior a cuatro (4) empleados, destina.dos • a. c:;umplirlas funciones que determine el acto de creación, las cuales estarán relacionadas cóh, el'•área qe la cual dfipertden je(árquicamentf.

Décimo Noveno: Que cofr fu'ndaniento en· lo anterior; RESUELVE: 1- . Artícul<> Priméro: Suprimir los Grupos lntemos de Trabajo de de Talento Humano, Control Interno DiScri,liiiario, 1 Administrativa; Financiera, Notificaciones, Gestión Documental y Atención al Ciudadano de la Secretaría General;

1- . Artícul<> Priméro: Suprimir los Grupos lntemos de Trabajo de de Talento Humano, Control Interno DiScri,liiiario, 1 Administrativa; Financiera, Notificaciones, Gestión Documental y Atención al Ciudadano de la Secretaría General; Gobro por Jurisdicción Coactiva; Arbitraje, Conciliación y Amigable Comp_osición del sector de Infraestructura y Transporte, de·1a Oficina Asesora Jurídica; Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la.Oficina Asesora de Planeación; Vigilancia e Inspección e Investigaciones y Control de las Superintendencias Delegadas de Puertos y Concesiones e Infraestructura; y Vigilancia e Inspección, Investigaciones y Control, Peticiones, Quejas y Reclamos e Investigaciones a Informes únicos de Infracciones de Transporte, de la Superintendencia Delegada de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor. • 1 . . Artículo Segundo: Crear los siguientes Grupos Internos de Trabajo en la Oficina Asesora Jurídica: 1 1 t. Grupo de .Cobro por Jurisdicción Coactiva . . . . . 2. Grupo dé Arbitr¡:¡je, Con_ciliación y Amigable Composición del fiector d€3 lnfraestructuray Transporte Artículo Tercero: El Grúpo de Cobro por: Jurisdicción. Coactiva, tendrá como .finalidad principal apoyar _la recupera<;ión de las acreencias y obligaciones que presten mérito ejecutivo, a favor de la Superintendencia de Transporte, conf orme a la normatividad vigente •• . . .

Artículo Cuarto: El Grupo de Cobro por Jurisdicción Coactiva desarrollará las siguientes funciones:

1. Adelantar los procesos de cobro coactivo de los créditos exigibles a favor de la Superintendencia

orme a la normatividad vigente •• . . .

Artículo Cuarto: El Grupo de Cobro por Jurisdicción Coactiva desarrollará las siguientes funciones:

1. Adelantar los procesos de cobro coactivo de los créditos exigibles a favor de la Superintendencia de _Transporte, de conformidad con las disposiciones contenidas en el Estatuto Tributario el Código de : Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el Código General del PfocesO. y .demás , . normas aplicables. . • • • •

2. Estudiar los documentos para la efectiva integración de los títulos ejecutivos, con el fin de adelantar.el cobro coactivo de las obligaciones a favor de la Superintendencia de Transporte. •. • . • 3, Proyectar las providencias tendientes a la ejecución del cobro coactivo. 4. · Cobrar la cartera que corresponde a la Entidad. , i 1

1 1 1 1 .1 1 1 1:';.-\ . ' 1 fifi. : . ! 11 . , ., RESOLUCIÓN N6. O 17 g, 5· 2 O MAY 2019 HOJA No l Por la cual se :suprimen y crean unos grupos internos de trabajo de la Supedntendencia de Transporte. ' 1 . 1 • • 1 i

  • 1

5. Elaborar los aduerdos de pagos con los ejecutados, cuando a ello hubiere lugar. i • • i

6. Proyectar los actos administrativos que resuelven los recursos de reposiciófi, contra las providencias que se profieran. ! 7. • Sustanciar los proyectos de actos administrativos que decidan sobre la viabilidad de los 'recursos de apelación

que se interpongan. ' 1 : 1 1

se profieran. ! 7. • Sustanciar los proyectos de actos administrativos que decidan sobre la viabilidad de los 'recursos de apelación que se interpongan. ' 1 : 1 1

8. Proyectar los actos administrativos que ordenen la.suspensión del proceso fie cobro coactivo cuando a ello hubiere lugar. ; 9. ·Proyectar los fietas administrátivos que liquidan .los créditos. - 10. Coordinar todd lo que sea necesario para obtener de todas las áreas la.docufientación y actos administrativos pertinentes ¡ para realizar el cobro por jurisdicción : coactiva correspondiente. '

11. Tramitar hasta su culminación los mandamientos de pago contra los responsables o deudores • de la Su_perintenden:cia de Transporte. . . ¡ • , , • ' ' 1 • ·¡ . .

12. Realizar el Cobro por Jurisdicción Coactiva, de conformidad con lo previsto! en el Manual de Procedimiento

  • • de·cobros poriJurisdicción Coactiva. • :

13. Gestionar las PQRD en los asuntos que le sean asignados, teniendo en cuenta los procesos, términos y condiciones efitablecidos para su trámite.

14. Velar, organizfir y custodiar la totalidad de los documentos que le sean[ asignados para sLi trámite; .de conformidad con las normas, políticas y procedimientos de archivo.

15. Desempeñar las demás funciones inherentes a la naturaleza del grupo y las que sean asignadas por el jefe inmediato y la ¡normatividad vigente. 1 1 ' Artículo Quinto: fiI Grupo de Arbitraje, Conciliación y Amigable Composición: del Sector de -Infraestructura y Transporte, tendrá icomo finalidad principal brindar asesoría a las personas jurídicas o naturales que acudan al

1 ' Artículo Quinto: fiI Grupo de Arbitraje, Conciliación y Amigable Composición: del Sector de -Infraestructura y Transporte, tendrá icomo finalidad principal brindar asesoría a las personas jurídicas o naturales que acudan al centro de conciliación, arbitraje y amigable composición para que se resuelvafi sus solicitudes de cónciliaclón arbitraje fi amigablfi composición en términos de eficiencia, eficacia, economía e ¡mparcialidad. 1 . • ' 1

Artículo Sexto: - E! Grupo de Arbitraje, Conciliación y Amigable Composición ¡del Sector de Infraestructura y Transporte desarro,llará las siguientes funciones: ' •

1. Prestar el seficio público de administración de justicia preventiva, con sujefión a la Constitución y la leY: i ' ' •

2. Dar el trámite que corresponda a las solicitudes que se sometan a su conocimiento en el término legal correspondienfie. • • •

3. Promover fórmulas de arreglo en las controversias sujetas a su conocimiento.

4. Actualizar el registro de conciliadores, según su especialidad. 1 1

' 1

5. Llevar los archivos estadísticos que permitan conocer cualitativa y cuan,itativamentelos desarrollos del

Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición del sector Transporte.

6. Procurar la generación de conocimientos mediante la investigación desarrollo, apropiación y difusión de metodologías :de alta calidad, aplicables a la resolución de conflictos. 1 ' '

7. Velar porque :1a prestación de los servicios que brinde el Centro de cohciliación, Arbitraje, y Amigable Composición • del sector Transporte se haga con sujeción a : la Constitución, a la ley. • ¡ 1

7. Velar porque :1a prestación de los servicios que brinde el Centro de cohciliación, Arbitraje, y Amigable Composición • del sector Transporte se haga con sujeción a : la Constitución, a la ley. • ¡ 1

8. Enviar al Ministerio de Justicia los informes que la ley y sus reglamentos ;demanden y la información que soliciten en cJalquier momento las autoridades, previa aprobación y autorización del jefe de la dependencia.RESOLUCIÓN No. O 17 9. 5 . 2 O MAY 2019 HOJA No A Por la cual se suprimen y crean unos grupos internos de trabajo de la Superintendencia de Transporte.

9. Organizar los registros, protocolos y memorias que exijan la ley, los reglamentos y las necesidades de cada caso. 1 O. Expedir copias de las actas de conciliación y de las constancias a que haya lugar dentro del trámite en los términos legales.

11. Identificar la información estadística con el fin de generar insumos internos para la entidad.

12. Gestionar las PQRD en los asuntos que le sean asignados, teniendo en cuenta los procesos, términos y condiciones establecidos para su trámite.

13. Velar, organizar y custodiar la totalidad de los documentos que le sean asignados para su trámite, de conformidad con las normas, políticas y procedimientos de archivo.

14. Desempeñar las demás funciones inherentes a la naturaleza del Grupo y las que sean asignadas por el jefe inmediato y la normatividad vigente.

Artículo Séptimo: Crear el Grupo Interno de Trabajo de Promoción y Prevención para la Protección de Usuarios del Sector Transporte, en el Despacho del Superintendente Delegado para la Protección de Usuarios del Sector

Transporte

inmediato y la normatividad vigente.

Artículo Séptimo: Crear el Grupo Interno de Trabajo de Promoción y Prevención para la Protección de Usuarios del Sector Transporte, en el Despacho del Superintendente Delegado para la Protección de Usuarios del Sector Transporte Artículo Octavo: El Grupo Interno de Trabajo de Promoción y Prevención pará la Protección de Usuarios del Sector Transporte, tendrá como finalidad principal Implementar estrategias, planes y programas que conlleven a la protección de los derechos de los usuarios del Sector Transporte Artículo Noveno: El Grupo Interno de Trabajo de Promoción y Prevención para la Protección de Usuarios del Sector Transporte desarrollará las siguientes funciones: . 1. Reportár a la Dirección de Investigaciones de Protección a Usuarios del Sector Transporte, cuando a ello hubiere lugar, información relevante que pueda dar lugar al inicio de una investigación administrativa por infracción al régimen normativo correspondiente.

2. Divulgar y promocionar las disposiciones relacionadas con las normas de protección a usuarios del sector transporte, en coordinación con las Direcciones de Promoción y Prevención de la Superintendencia.

3. Fomentar y desarrollar actividades tendientes al cumplimiento de las normas de protección a usuarios del sector transporte.

4. Realizar capacitaciones sobre las funciones de la Superintendencia de Transporte en materia de protección de usuarios y generar contenidos con el objetivo de promover el conocimiento en la materia.

5. Adelantar campañas de prevención y acompañamiento para el cumplimiento de las normas de protección a usuarios del sector transporte.

6. Rendir al Director de Investigaciones y al Superintendente Delegado los informes respecto del estado de los asuntos de su competencia y el grado de ejecución de sus programas.

7. Realizar visitas de inspección, interrogar, tomar declaraciones y, en general, practicar pruebas con

asuntos de su competencia y el grado de ejecución de sus programas.

7. Realizar visitas de inspección, interrogar, tomar declaraciones y, en general, practicar pruebas con observancia de las formalidades previstas en la Ley.

8. Gestionar las PQRD en los asuntos que le sean asignados, teniendo en cuenta los procesos, términos y condiciones establecidos para su trámite.

9. Velar, organizar y custodiar la totalidad de los documentos que le sean asignados para su trámite, de conformidad con las normas, políticas y procedimientos de archivo.

10. Desempeñar las demás funciones inherentes a la naturaleza del Grupo y las que sean asignadas por el jefe inmediato y la normatividad vigente... -,.fi 1 • ,,/, .:' .. , , RESOLUCIÓN Nq. O 1 7 9 5 2 O MAY 2019 1 1

HOJA Nofi Por la cual se '.suprimen y crean unos grupos internos de trabajo de la Superintendencia de Transporte. : !

Artículo Décimo: Grear los siguientes Grupos Internos de Trabajo en la Secretaria General:

1. Grupo de l¡alento Humano

2. Grupo de Control Interno Disciplinario ' ¡ Artículo Décimo firimero: El Grupo de Talento Humano tendrá como finalidad¡ principal proponer y asistir a la Secretaría General, en los elementos conceptuales y técnicos necesarios para: la formulación de las políticas, planes, programas y estrategias de gestión y proyección del talento humano de lq Entidad: 1 1

¡ 1

Artículo Décimo Segundo: El Grupo de Talento Humano desarrollará las siguiefites funciones:

1. Identificar las _necesidades. de capacitación del personal, con cada jefe de iárea en términos de cantidad y

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Artículo Décimo Segundo: El Grupo de Talento Humano desarrollará las siguiefites funciones:

1. Identificar las _necesidades. de capacitación del personal, con cada jefe de iárea en términos de cantidad y calidad, para Hevar a cabo los planes, programas y proyectos a su cargo. 1

2. Formular, ejecutar y evaluar el Plan Institucional de Capacitación . i 3. Fortalecer las capacidades, conocimientos y habilidades de los servidores en el puesto de trabajo.

4. Formular, ejedutar y evaluar los programas de Bienestar e Incentivos y SegJridad y Salud en el Trabajo 1

5. Formular, ejequtar y evaluar las fases de ingreso, permanencia y retiro de jlos servidores de la Entidad, de conformidad cpn las disposiciones legales vigentes. . 1

6. Realizar la liquidación y trámite oportuno de la nómina de personal, firestaciones sociales y demás reconocimientos, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

'

7. Elaborar y mantener actualizado el manual de funciones y competencias lafiorales de la Entidad conforme a la planta de personal y a las disposiciones legales vig·entes.

8. Custodiar y mrntener actualizadas las historias laborales de todos los Funcipnarios de la Entidad. 1

1

9. Llevar el regis:tro de las situaciones administrativas de los funcionarios públicos de la Entidad, proyectar los actos administrativos que correspondan a la Dependencia y expedir las cfirtificaciones requeridas por los

mismos, así como las destinadas al trámite de bonos pensionales. 1 1 O. Coordinar con· la Oficina Asesora de Planeación, la actualización y mejoraniiento continuo de los procesos y procedimientos del Grupo conforme· a las normas legales vigentes y n'.ecesidades de la Entidad y la estructuración; de indicadores de gestión, que permitan medir y evaluar la er¡ciencia y eficacia.del Grupo.

11. Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de los servidores, así como realizar mediciones de clima laboral y otorfiar los incentivos con el desarrollo del plan de bienestar.

12. Fortalecer la qultura de la prevención y manejo de los riesgos en el entornd laboral, a través del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. ! ' 1

13. Adelantar el proceso de vinculación del personal de acuerdo al manual de funciones, pruebas de meritocracia, vacancias, de'recho preferencial, con el fin de vincular al candidato más ifióneo para el cargo al cual esta postulado. i 14. Orientar y hacer seguimiento a.la evaluación del desempeño laboral y Cqlificación del rendimiento de los funcionarios de la entidad. '

1

15. Verificar la liqfidación de viáticos y gastos de viaje de los funcionarios, elaborado por las dependencias que programen co:misiones, con base en los términos de la resolución que actua.Hza el valor de las comisiones de servicio. i

1 ' 1

16. Gestionar las: PQRD en los asuntos que le sean asignados, teniendo en 'cuenta los procesos, términos y

condiciones establecidos para su trámite. ! 1 :

17. Velar, organizar y custodiar la totalidad de los documentos que le seari asignados para su trámite, de

condiciones establecidos para su trámite. ! 1 :

17. Velar, organizar y custodiar la totalidad de los documentos que le seari asignados para su trámite, de conformidad qon las normas, polí_ticas y procedimientos de archivo. ; !RESOLUCIÓN No. O 17 9 5 2 O MAY 2019 HOJA No_§ Por la cual se suprimen y crean unos grupos internos de trabajo de la Superintendencia de Transporte.

18. Desempeñar las demás funciones inherentes a la naturaleza del Grupo y las que sean asignadas por el jefe • inmediato y la normatividad vigente.

Artículo Décimo Tercero: El Grupo de Control Interno Disciplinario tendrá como finalidad principal velar que las investigaciones adelantadas contra los funcionarios de la Superintendencia de Transporte, guarden el debido proceso y se impongan las sanciones y correctivos pertinentes en cada caso.

Artículo Décimo Cuarto: El Grupo de Control Interno Disciplinario desarrollará las siguientes funciones:

1. Tramitar y sustanciar las actuaciones que se deban desarrollar dentro de los procesos disciplinarios que se adelanten en la entidad.

2. Coordinar todas y cada una de las actuaciones necesarias en la instrucción de las investigaciones disciplinarias que inicie la Entidad, de conformidad con la normatividad aplicable

3. Velar por la oportuna preparación, presentación y sustentación de los autos interlocutorios y de sustanciación que sean necesarios en el desarrollo de las investiaaciones disciolinarias v los demás que le sean requeridos por la Secretaría General, en cumplimiento de la normatividad disciplinaria vigente

4. Revisar los informes relacionados con las investigaciones disciplinarias, que se deben rendir ante la Secretaria General y ante los demás organismos qüe los requieran.

por la Secretaría General, en cumplimiento de la normatividad disciplinaria vigente

4. Revisar los informes relacionados con las investigaciones disciplinarias, que se deben rendir ante la Secretaria General y ante los demás organismos qüe los requieran.

5. Velar por el estricto cumplimiento del régimen disciplinario en la Entidad.

6. Dar aplicación a los sistemas de información clasificación y actualización para el manejo y conservación de los recursos propios de la dependencia.

7. Mantener un control y registro actualizado de los asuntos tramitados que sean competencia de la dependencia.

8. Dar respuesta a las peticiones, quejas y reclamos que le sean asignados y que sean de su competencia, teniendo en cuenta el término legalmente prescrito. 9. • Coordinar la realización de actividades preventivas en materia disciplinaria. 1 O. Recopilar y mantener actualizada la normatividad disciplinaria y divulgarla.

11. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del cargo.· Artículo Décimo Quinto: Crear los siguientes Grupos Internos de Trabajo en la Dirección Administrativa de la

Secretaria General:

1. Grupo Interno de Trabajo de Atención al Ciudadano

2. Grupo Interno de Trabajo de Apoyo a la Gestión Administrativa Artículo Décimo Sexto: El Grupo de Atención al Ciudadano tendrá como finalidad principal recibir las solicitudes de información, peticiones, quejas y reclamos, sugerencias felicitaciones y denuncias interpuestas por los ciudadanos, vigilados, personas naturales y/o jurídicas, nacionales y extranjeras. A través de cualquier canal disponible y gestionar acciones que permitan ofrecer alternativas de soluci.ón a los requerimientos que se presentan en la entidad.

Artículo Décimo Séptimo: El Grupo de Atención al Ciudadano desarrollará las siguientes funciones:

disponible y gestionar acciones que permitan ofrecer alternativas de soluci.ón a los requerimientos que se presentan en la entidad.

Artículo Décimo Séptimo: El Grupo de Atención al Ciudadano desarrollará las siguientes funciones:

1. Atención presencial, telefónica y vía correo electrónico de las solicitudes de información, peticiones, quejas y reclamos, sugerencias, felicitaciones y denuncias interpuestas por los ciudadanos y gestionar acciones que permitan ofrecer alternativas de solución a los requerimientos que se presentan en la entidad.

2. Reasignar las peticiones, quejas, denuncias y reclamos formuladas por los ciudadanos.

3. Presentar mensualmente a la Secretaria General el informe pormenorizado incluyendo del trámite de las peticiones, quejas y reclamos recibidas.ri ¡I i

-1

RESOLUCIÓN N6. O 17 9 5 - iÍ' , 2 O MAY 2019 HOJA No l

4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12.

Por la cual se: suprimen y crean unos grupos internos de trabajo de la Supefintendencia de Transporte. !

Hacer seguimiento y control a las quejas y reclamos que se hayan formulado a la Entidad. i . 1 Contribuir coh el mejoramiento y optimización de la calidad y oportunidad dfi las respuestas emitidas por las dependencias encargadas de los requerimientos interpuestos por los ciudadanos 1 : Mantener actualizada la base de datos o registros de la atención que presta la dependencia frente a las solicitudes de información general o requerimientos realizados por los ciudadanos. 1 • - • 1 1 Informar a la ciudadanía sobre el estado de su trámite o requerimiento, así como de las acciones emprendidas! por la entidad.

solicitudes de información general o requerimientos realizados por los ciudadanos. 1 • - • 1 1 Informar a la ciudadanía sobre el estado de su trámite o requerimiento, así como de las acciones emprendidas! por la entidad. Hacer el seguimiento de los indicadores de gestión para la Participación Ciudadana. 1 , i Colaborar cdn la ejecución de acciones y seguimientos a los trámites derivados de la atención a los requerimient9s realizados por los ciudadanos. - : • 1 Participar en eventos que permitan establecer mecanismos de participacióh ciudadana. i . • . ¡ Preparar y pfiesentar los informes que le que le sean solicitados. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del Grupo.

Artículo Décimo Octavo: el Grupo de Apoyo a la Gestión Administrativa tendrá como finalidad principal ejecutar los procesos de nqtificación, comunicación y publicación de todos los actos afiministrativos expedidos por la Superintendencia d.e Transporte, así como desarrollar las actividades administrativas y técnicas, tendientes a la planificación, manejo y organización de la documentación producida y recibida pdr la entidad. 1 1

Artículo Décimo N.oveno: El Grupo de Apoyo a la Gestión Administrativa desarrollará las siguientes funciones: ' , '

1 • 1. 2. 3. 4. 1 Recepcionar y! radicar los documentos que sean presentados por ciudadanof. Numerar, radic,ar y custodiar la totalidad de las resoluciones expedidas por la Superintendencia de Transporte. Ejecutar los prpcedimientos de notificación, comunicación y publicación de todas las resoluciones expedidas por la Superintendencia de Transporte. 1 .l

Ejecutar los prpcedimientos de notificación, comunicación y publicación de todas las resoluciones expedidas por la Superintendencia de Transporte. 1 .l Realizar las citaciones dirigidas a los vigilados, para efectos de la notificaci6n y/o comunicación de los actos admini strativos.

5. Elaborar la fijafión y desfijación de los edictos en los términos de ley.

6. Suministrar lak copias que requieran los interesados y las autoridades debidamente facultadas, previa verificación de: la cancelación de las sumas establecidas para tal fin. 1 1

7. Efectuar control y seguimiento a los convenios que celebre la Superintendeficia de Transporte, para efectuar las notificacio fies de los actos administrativos expedidos por la entidad. 1 • '

8. Certificar la ejficutoria de los actos administrativos y su remisión a la depefidencia respectiva, junto con las decisiones en las que se imponen sanciones y se adopten cualquier otra clase de determinaciones.

I 1

9. Formular, ejecfitar y evaluar el proceso de gestión documental de la Superintendencia de Transporte. 1 1 ' 1 O. Ejecutar, controlar y velar por la eficiente pr7stación fiel servicio dfi cofirespondencia y archivfi fie las comunicaciones internas y externas en la Supenntendenc,a, de conformidad con las normas y proced1m1entos establecidos. •

11. Gestionar a trfivés del aplicativo de Gestión Documental de la Superintendencia, toda la correspondencia que entre o salga 9e la misma.

1RESOLUCIÓN No. HOJA No -ª Por la cual se suprimen y crean unos grupos internos de trabajo de la Superintendencia de Transporte.

entre o salga 9e la misma. 1RESOLUCIÓN No. HOJA No -ª Por la cual se suprimen y crean unos grupos internos de trabajo de la Superintendencia de Transporte.

12. Velar por la adecuada organización del archivo de gestión, fondos acumulados y archivo central de la Entidad.

13. Administrar, custodiar, controlar y velar por la seguridad del Archivo Central de la entidad con fundamento en la normatividad vig

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