SUPERTRANSPORTE - Resolución 05 de 2022
Superintendencia de Transporte
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Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Resolución 05 de 2022
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2022
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE
RESOLUCIÓN No.
REPUBLICA DE COLOMBIA
I
Por medio de la cual se adiciona la Resolución 8564 del 19 agosto de 2021, creando el Grupo Interno de Trabajo de Gestión Contractual
EL SUPERINTENDENTE DE TRANSPORTE
En ejercicio de sus facultades Constitucionales, legales y, en especial, las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y los numerales 19 y 21 del artículo 7 del Decreto 2409 del 2018, y;
I. CONSIDERANDO:
Que, el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 , establece que en aquellas entidades que cuenten con una planta global el jefe del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, los requerimientos de la organización y sus planes y programas, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia, los objetivos, políticas y programas; igualmente podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo, en cuyo acto de creación se determinarán las tareas que deberán cumplir, sus respo nsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento.
Que, el inciso 19 del artículo 7 del Decreto 2409 de 2018, prevé que el Superintendente de Transporte puede Organizar grupos internos de trabajo, comités, comisiones e instancias de coordinación internas para el mejor desempeño de las funciones de la entidad.
Que el Superintendente de Transporte expidió la Resolución 8564 del 19 de agosto de 2021 “Por la cual se expide la
funciones de la entidad.
Que el Superintendente de Transporte expidió la Resolución 8564 del 19 de agosto de 2021 “Por la cual se expide la Resolución Única de Grupos Internos de Trabajo de la Superintendencia de Transporte”.
Que el artículo 1.1.3 de la Resolución 8564 del 19 de agosto de 2021 dispone que “Las modificaciones o adiciones que se realicen en el futuro deberán incorporarse a esta Resolución Única, adicionando o modificando los Títulos y Capítulos de la misma, según corresponda. Tratándose de nuevo s Grupos Internos, se adicionarán Capítulos al Título II. Tratándose de reglas nuevas aplicables a un Grupo Interno existente, se adicionarán artículos al Capítulo del Grupo Interno correspondiente.”
Que, en consecuencia, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia las funciones de la Superintendencia de Transporte, por medio de la presente Resolución se adicionará el TÍTULO II de la Resolución 8564 de 2021, con un capítulo XIV, para crear el siguiente Grupo Interno de Trabajo:
DEPENDENCIA GRUPO INTERNO DE TRABAJO GRUPO INTERNO DE TRABAJO
Dirección Administrativa Grupo de Gestión Contractual
Que, con fundamento en lo anterior,
II. RESUELVE:
Artículo Primero: Adicionar al Título II de la Resolución Única No. 8564 del 19 de agosto de 2021, el siguiente capitulo:
CAPÍTULO XIV
GRUPO DE GESTIÓN CONTRACTUAL
Artículo 2.14.1. Creación. Créase el grupo interno de trabajo denominado “Grupo de Gestión Contractual”.
CAPÍTULO XIV
GRUPO DE GESTIÓN CONTRACTUAL
Artículo 2.14.1. Creación. Créase el grupo interno de trabajo denominado “Grupo de Gestión Contractual”.
Artículo 2.14.2. Ubicación. El Grupo de Gestión Contractual se encontrará ubicado, dentro de la estructura organizativa, en la Dirección Administrativa.
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Por medio de la cual se adiciona la Resolución 8564 del 19 agosto de 2021
Artículo 2.14.3. Propósito. El Grupo de Gestión Contractual tiene como finalidad principal adelantar las actividades propias de los procesos de selección y contratación para la adquisición de bienes y servicios de conformidad con la normativa vigente.
Artículo 2.13.4. Tareas. El Grupo de Gestión Contractual desarrollará las siguientes tareas:
1. Coordinar y adelantar los trámites y procedimientos relacionados con la gestión contractual de la Superintendencia de Transporte, acorde con la normatividad aplicable y el manual de Contratación.
2. Prestar asesoría y orientación jurídica en materia contractual a las dependencias que lo requieran , durante las diferentes etapas del proceso de contratación.
3. Adelantar las actividades de contratación para la adquisición de bienes y servicios de conformidad con la normativa vigente y aplicar los métodos, procedimientos y mecanismos de control respectivos, y emitir conceptos que le sean requeridos.
4. Revisar y validar documentos, proyectar actos administrativos y adelantar las demás actuaciones propias de la gestión contractual que corresponda, acorde con el manual de contratación y previa firma de la Secretaria General cuando así resulte necesario.
requeridos.
4. Revisar y validar documentos, proyectar actos administrativos y adelantar las demás actuaciones propias de la gestión contractual que corresponda, acorde con el manual de contratación y previa firma de la Secretaria General cuando así resulte necesario.
5. Coordinar las actividades requeridas para el perfeccionamiento y cumplimiento de los requisitos de ejecución y legalización de los contratos.
6. Recopilar, actualizar y divulgar la información jurídica sobre la contratación, utilizando las herramientas informáticas gubernamentales existentes y aquellas con las que disponga la Entidad.
7. Llevar el archivo sistemático y el control de los contratos suscritos por la Entidad, en todas sus etapas, incluyendo la precontractual y post contractual.
8. Preparar, en coordinación con la Dirección Administrativa y la Dirección Financiera, los informes y la rendición de cuentas de los contratos, para ser presentados al ordenador del gasto.
9. Expedir las certificaciones de los contratos y convenios suscritos por la Superintendencia de Transporte que ya hayan finalizado o hayan sido liquidados.
10. Elaborar las actas de terminación anticipada de los contratos suscritos por la entidad
11. Revisar , previa firma de la Secretaria General , las actas de liquidación que se requieran de los contratos o convenios.
12. Revisar, previa aprobación de la Dirección Administrativa, las garantías de los contratos de acuerdo con la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y las demás normas que las reglamenten, adicionen, modifiquen o sustituyan.
13. Proyectar y suscribir las comunicaciones de designación de supervisores de los contratos y llevar el control de las supervisiones designadas.
13. Proyectar y suscribir las comunicaciones de designación de supervisores de los contratos y llevar el control de las supervisiones designadas.
14. Elaborar y suscribir las comunicaciones de designación de comité eva luador en los procesos de selección de la entidad.
15. Elaborar y presentar los informes que le sean solicitados a nivel interno o por las diferentes entidades u organismos de control en los asuntos de su competencia.
16. Coordinar la proyección y suscribir las respuestas a las observaciones realizadas en el marco de los procesos de selección, sin perjuicio de la obligación que le asiste a los evaluadores y supervisores de contratos.
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Por medio de la cual se adiciona la Resolución 8564 del 19 agosto de 2021
17. Apoyar y asesorar, cuando se requiera , a los supervisores o interventor es de contratos o convenios, en el cumplimiento de las responsabilidades derivadas de los mismos.
18. Prestar apoyo para desarrollar las actuaciones administrativas necesarias para la solución de controversias contractuales y elaborar los documentos y actos administrativos que correspondan.
19. Atender las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias relacionadas con asuntos de su competencia.
20. Desempeñar las demás funciones inherentes a la naturaleza del Grupo y aquellas que le sean asignadas.
Artículo Segundo: Vigencia. PUBLIQUESE en el Diario Oficial y en la página web oficial de Ia Superintendencia de Transporte. La presente Resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, a los
Transporte. La presente Resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, a los
El Superintendente de Transporte,
Wilmer Arley Salazar Arias
Elaboró: Profesional Especializado – María Angélica Tello
Revisó: Asesor del DespachoAna Milena Yela Escobar
Coordinadora Grupo de Talento Humano – Luisa Viviana Acosta Ortiz
Aprobó: Estefanía Pisciotti BlancoSecretaria General