SUPERTRANSPORTE - Resolución 05321 de 2019
Superintendencia de Transporte
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Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Resolución 05321 de 2019
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2019
- 1
REPUBLICA DE COLOMBIA ', i,; ¡
'.L.'
MINISTERIO DE TRANSPORTE SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE RESOLUCIÓN NÚMERO 5 9 2 1 3 1 JUL 2019
Por la cual se adopta la Política de prevención del Daño Antijurídico de la Superintendencia de Transporte. LA SUPERINTENDENTE DE TRANSPORTE En ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto 1069 de 2015, el Decreto 1 1167 dfi 2016, Decreto 101 de 2000 y el Decreto 2409 de 2018, y demás normas concordantes, y 1.1. 1.2. 1.3. 1.4. 1.5. '"' ? ' ' ' l. CONSIDERANDO Qufi el Decreto 1069 de 2015 por medio del cual se expide el Decreto único reglamentario del sector justicia, en su artículo 2.2.4.3.1.2.2., dispone que el Comité de Conciliación es una instancia adryinistrativa para el estudio, análisis y formulación de políticas de prevención del daño antijurídico y defensa de la entidad. • • QJ el Comité de Conciliación de la Superintendencia de Transporte, en ejercicio de sus funciones, particularmente la señalada en el artículo 2.2.4.3.1.2.5 del Decreto 1069 de 2015, procedió a diseñar y fo1 rmular la Política de prevención del daño antijurídico para el año 2019. QuJ el artículo 2 del Decreto Ley 4085 de 2011 prevé que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del
y fo1 rmular la Política de prevención del daño antijurídico para el año 2019. QuJ el artículo 2 del Decreto Ley 4085 de 2011 prevé que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estédo tiene como objetivos la formulación, evaluación y difusión de políticas de prevención de las con6uctas antijurídicas, del daño antijurídico y la extensión de sus efectos, la dirección, coordinación, y ejedución de las acciones que aseguren la implementación de la ·misma, para la defensa de los intereses litigiosos de la Nación. Que de acuerdo con la metodología propuesta por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estédo, el Comité de Conciliación, identificó y evaluó las causas generadoras de litigios originados en él año inmediatamente anterior, con el fin de establecer una política de prevención encaminada a redilicir la litigiosidad y mitigar las situaciones generadoras de daño antijurídico, como consecuencia de lfis decisiones adoptadas por esta entidad en el ejercicio de sus competencias. QJ mediante oficio número 20193010042591-SA de 27 de junio de 2019, la Agencia Nacional de Defknsa Jurídica del Estado, aprobó la política de prevención de daño antijurídico y defensa judicial de a Superintendencia de Transporte, al encontrar que cumple con los lineamientos establecidos por esa entidad. 1.6. Que en virtud de lo anterior, corresponde al Comité de Conciliación, la promoción y difusión de la política de prevención del daño antijurídico, dentro de todas las áreas de la Superintendencia de Trafisporte, con el fin de evitar la ocurrencia de situaciones que puedan implicar demandas o res r nsabilidad patrimonial para la entidad.
política de prevención del daño antijurídico, dentro de todas las áreas de la Superintendencia de Trafisporte, con el fin de evitar la ocurrencia de situaciones que puedan implicar demandas o res r nsabilidad patrimonial para la entidad. Que, en virtud de lo anterior, la Superintendente de Transporte
11. RESUELVE Artículo f rimero: Adoptar la política de prevención del daño antijurídico de la Superintendencia de Transport l para el año 2019, c
, ontenida en el anexo, el cual hace parte integral de la presente Resolución.RESOLUCIÓN NÚMERO 5 3 2 1 3 1 JUL 2019 HOJA No 2 Por la cual se adopta la Política de prevención del Daño Antijurídico de la Superintendencia de Transporte.
Artículo Segundo: Promover la implementación de la política de prevención del daño antijurídico dentro de todas las áreas y dependencias de la Superintendencia de Transporte. ,:·:,:\' ; ·!. f ¡." . • Artículo Tercero: Publica(la presente Resolución en la página web de la Superintendencia de Transporte.
Artículo Cuarto. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 11 La Superintendente de Transporte, 5 3 2 1 3 1 JUL 2019 ·1
Proyectó: Revisó
y Aprobó: María del Rosario Oviedo Rojas - Jefe Oficina Asesora Jurídícá½-fi Rebeca Asunción Mejía - Secretaria Técnica del Comité de Conciliación Dra. María Píerína González Falla Dr. Julio Mario Bonilla Aldana
Rebeca Asunción Mejía - Secretaria Técnica del Comité de Conciliación Dra. María Píerína González Falla Dr. Julio Mario Bonilla Aldana Dra. Adriana del Pilar Tapiero Cáceres /fi:¿;yfi 1 I T ,._.,_... carmen éigia Valderrama Rojas · 1 • 1 11 1 11 1 1 11 'I 1 11 1¡ 1 11 ! I.... 1 !
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MINISTERIO DE TRANSPORTE
SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE ANEXO RESOLUCION NÚMERO ! 5 3 2 1 3 1 JUL 2019
POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO Y DEFENSA JUDICIAL DE LA
SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE.
INTRODUCCIÓN El artículo 90 de la Constitución Política establece que el Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción u omisión de las autoridades públicas, por lo cual es necesario ia formulación de una política de Estado. con la finalidad de materializar una efectiva defensa de los intereses fiatrimoniales de cada una de las entidadfis públicas. Por su parte, l1 artículo 3 de la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Transito), en concordancia con el artículo 8 de la Leyj 336 de 1996, el Decreto 101 de 2000 y el Decreto 2409 de 2018 dispusieron que la Superintendencia de Transporte es la autoridad que organiza, vigila y controla la actividad transportadora
8 de la Leyj 336 de 1996, el Decreto 101 de 2000 y el Decreto 2409 de 2018 dispusieron que la Superintendencia de Transporte es la autoridad que organiza, vigila y controla la actividad transportadora dentro de su iurisdicción y ejerce sus funciones con base en los criterios de colaboración y armonía. En ese orde1 de ideas, la Superintendencia tiene como funciones las de inspeccionar, vigilar y controlar la aplicación y cumplimiento de las normas que rigen el sistema de transporte, su infraestructura y servicios afines. Ahora bien, el artículo 16 del Decreto 1716 de 2009 estableció que el Comité de Conciliación es una instancia administrativfi que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del ,daño antijurídico y jdefensa de los intereses de la entidad; el cual a su vez decidirá en cada caso específico sobre la procedencia ae la conciliación o de cualquier otro medio alternativo de solución de conflictos. Así mismo, 1ls numerales 1 y 2 del artículo 2.2.4.3.1.2.5 del Decreto 1069 de 2015 establecen que entre las funciones dfiI comité de conciliación están las de "formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico"fi "diseñar las políticas generales que orientaran la defensa de los intereses de la entidad", con el objetivo de litigar el riesgo de condenas derivadas de procesos judiciales. De igual manera, el artículo 2 del Decreto Ley 4085 de 2011 prevé que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado tiene como objetivos la formulación, evaluación y difusión de políticas de prevención de las
De igual manera, el artículo 2 del Decreto Ley 4085 de 2011 prevé que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado tiene como objetivos la formulación, evaluación y difusión de políticas de prevención de las conductas ahtijurídicas, del daño antijurídico y la extensión de sus efectos, la dirección, coordinación, y ejecución de[ las acciones que aseguren la implementación de la misma, para la defensa de los intereses litigiosos de la Nación. Así las cosaJ, a continuación se fijan los pasos para llevar a cabo la política de prevención del daño antijurídico dentro de la fintidad, de la siguiente manera: Paso uno (1,: Identificación de la actividad litigiosa o Identificación de riesgos: Paso uno identificación de actividad lití íosa Período analizado Desde: enero 2017 Hasta: diciembre 2017ANEXO RESOLUCIÓN NÚMERO 5 3 2 1 3 1 JUL 2019 Tipo de insumo Demandas Condenas Tipo de Acción Nulidad y Restablecimiento del derecho ,.:"· ···fi i Reparación Directa Ejecutivos Conexos Nulidad Simple Acción Grupo Acción de cumplimiento Populares Causa General Violación al debido proceso administrativo Ilegalidad del acto administrativo que impone sanción por infracción de transporte. Via de hecho de la administración Incumplimiento de sentencia judicial Omisión en las funciones de inspección, vigilancia y control Indemnización de perjuicios Incumplimiento de normas (Leyes, Decretos o actos administrativos) Violación o amenaza al goce del espacio público y a la
Omisión en las funciones de inspección, vigilancia y control Indemnización de perjuicios Incumplimiento de normas (Leyes, Decretos o actos administrativos) Violación o amenaza al goce del espacio público y a la utilización y defensa de bienes de uso público. $6.064.3672
HOJA No.2
Frecuencia Valor1 142 $14.596.769.375 $6.255.758.304 61 13 $6.962.996.651 o $451.045.000 o 3 6 La Superintendencia de Transporte ejerce la representación judicial a través de abogados contratistas, a través de los cuales la entidad actúa como parte demandante y demandada. El Comité de Conciliación ha establecido directrices en relación a la prevención del daño antijurídico, unificando criterios aplicables a cada caso, para así realizar una adecuada defensa de los intereses de la entidad en cada una de las instancias judiciales. Para la adopción de la política de prevención del daño antijurídico es importante identificar las causas de las acciones y su naturaleza, para asi crear un plan de acción que las mitigue y le permita a la entidad disminuir los índices de litigiosidad en contra de ella. Las principales causas por las cuales la entidad es accionada son: • Nulidad y restablecimiento del derecho • Reparación directa • Acciones populares • Acciones de cumplimiento • Acciones de grupo. La Superintendencia de Transporte a través de su facultad sancionatoria por violación de normas nacionales y demás normatividad vigente que regula los modos de transporte, en relación a la debida prestación del
- Acciones de cumplimiento • Acciones de grupo.
La Superintendencia de Transporte a través de su facultad sancionatoria por violación de normas nacionales y demás normatividad vigente que regula los modos de transporte, en relación a la debida prestación del servicio e infraestructura de transporte, por lo anterior impone sanciones por las cuales se presentan el mayor número de demandas del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, este medio de control representa el 70% de la actividad litigiosa de la entidad por lo tanto necesita de una atención especial por parte del comité de conciliación. 1Valores sujetos a actualización por parte de la entidad. 2Valor correspondiente a condenas en costas procesales ....' ANEXO RESOLUCIÓN NÚMERO 5 3 2 1 3 1 JUL 2019 HOJA NoJ Paso dos (2)1Análisis de las causas primarias o subcausas: 1 Paso 2 Análisis de las causas primarias o subcausas Causa ! Causas Area generadora general 1 Hechos primarias o Frecuencia Valor de la conducta Prevenible Prioridad priorizada subcausas Violación al , Imposición Expedición de 142 $14.596.769.375 Las debido de actos Superintendencias SI· Alta proceso sanción administrativos Delegadas administrativo por con violación a inobservancia las al normas de procedimiento transporte administrativo sancionatorio La causa gerieral priorizada en acciones del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho es la violación al dfibido proceso, por lo anterior esta causa es de gran incidencia para el detrimento patrimonial de la entidad. Paso tres (3) ¡ Plan de acción: i ¡ Causas primarias o
violación al dfibido proceso, por lo anterior esta causa es de gran incidencia para el detrimento patrimonial de la entidad. Paso tres (3) ¡ Plan de acción: i ¡ Causas primarias o subcausas 1 Expedición 1 actos 1 administrativos sin tener 1 en 1 cuenta los principios dbl procedimiento administrativo sancionatorio. Medida Expedir dos directrices a través de las cuales se establezcan los parámetros bajo los cuales se deberán elaborar actos administrativo s que se ajusten a las normas de que rigen la expedición de los mismos.
Paso tres: Plan de Acción
Mecanismos Cronograma Responsable Recursos Divulgación Dos (2) Capacitacione 1. Julio a Datos sobre la sobre la Agosto de Oficina capacitación a s 2019. Asesora normatividad Financieros y través de correo rige el 2. Octubre a Jurídica y Humanos electrónico que Noviembre Talento procedimiento de 2019. Humano. institucional y administrativo memorando. sancionatorio En ese orde!n de ideas, la política de prevención del daño antijurídico debe establecer un plan acción adecuado pa r 1 a disminuir los números registrados en la actividad litigiosa de la entidad, para lo cual se debe expedir actos administrativos plenamente ajustados a las normas que los rigen y regulan. Con este objetivo1 se pretende ajustar los actos administrativos a la normatividad vigente y a su vez realizar la capacitación be los funcionarios para que tengan conocimiento sobre la misma] utilizando como herramienta
Con este objetivo1 se pretende ajustar los actos administrativos a la normatividad vigente y a su vez realizar la capacitación be los funcionarios para que tengan conocimiento sobre la misma] utilizando como herramienta esencial la adtualización de los pronunciamientos jurisprudenciales aplicables a cada una de estas materias. Paso Cuatro (4) Seguimiento y evaluación: Paso 4 Seguimiento y EvaluaciónANEXO RESOLUCIÓN NÚMERO 5 3 2 1 3 1 JUL 2019 HOJA No.1 Causas primarias o Indicador de Indicador de Indicador de Impacto Mecanismos Gestión Sugerido subcausas ANDJE Resultado Sugerido Dos (2) Número de actos Numero de administrativos Capacitaciones capacitaciones expedidos con ajuste Número de demandas sobre la interpuestas en contra de la Expedición de actos normatividad que efectuadas, sobre a las normas que entidad durante el 2019, administrativos sin tener el número de rigen el procedimiento en cuenta los principios rige el capacitaciones administrativo menos el número de del procedimiento procedí miento programadas. sancionatorio, sobre el demandas interpuestas en administrativo el 2017, dividido el número administrativo sancionatorio número de actos a de demandas interpuestas sancionatorio. expedir. Memorandos que en el 2017 multiplicado por Expedición de emitan las Memorandos emitidos 100. dos directrices directrices. e informados La Superintendencia de Transporte luego de emitir el plan de acción, procederá a definir los criterios de eficacia de la Política de Prevención del daño antijurídico presentado, con la finalidad de efectuar una adecuada trazabilidad de su materialización. A manera de conclusión, se manifiesta que la presente política de prevención del daño antijurídico se formula
eficacia de la Política de Prevención del daño antijurídico presentado, con la finalidad de efectuar una adecuada trazabilidad de su materialización. A manera de conclusión, se manifiesta que la presente política de prevención del daño antijurídico se formula bajo las directrices propuestas por la Agencia Nacional para la Defensa Jurídica del Estado, teniendo como objeto primordial la mitigación de los riesgos asociados con la actividad litigiosa de la Superintendencia de Transporte.