SUPERTRANSPORTE - Resolución 05812 de 2019
Superintendencia de Transporte
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Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Resolución 05812 de 2019
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2019
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-MINISTERIO DE TRANSPORTE SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE RESOLUCIÓN NÜMERO : ... 5 8 11 2 O 9 AGO 2019
Por la cual se amplía el plazo para la adopción del Manual de Imagen Corporativa de la Superintendencia de Transporte y se dictan otras disposiciones. LA SUPERINTENDENTE DE TRANSPORTE En ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere la Ley 1 de 1991, los Decretos 101 de 2000, modificado por el Decreto 2741 de 2001 y el Decreto 2409 de 2018 y demás normas concordantes, y l. CONSIDERANDO 1.1. Que a través de la Resolución número 572 del 12 de febrero de 2013, se reglamentaron las características técnicas de los adhesivos que deben portar los vehículos de servicio público de transporte terrestre automotor. 1.2. Que a través de la Circular Externa número 8 del 13 de marzo de 2013, se ordenó la difusión del programa nacional para la seguridad vial "Cómo Conduzco" en los terminales de transporte terrestre automotor del pais. 1.3. Que a través de la Resolución número 84 del 1 O de enero de 2019 se modificó el lego institucional de la Superintendencia de Transporte en razón a la renovación institucional dictada por los Decretos 2409 y 2410 del 24 de diciembre de 2018. 1.4, Que a través de la Resolución número 1511 del 8 de mayo de 2019, se adoptó el Manual de Imagen
2409 y 2410 del 24 de diciembre de 2018. 1.4, Que a través de la Resolución número 1511 del 8 de mayo de 2019, se adoptó el Manual de Imagen Corporativa de la Superintendencia de Transporte y se dictaron otras disposiciones. 1.5. Que una vez evaluadas las circunstancias fijadas en el acto precitado, se hace necesario modificar el plazo de su periodo de transición para el cambio del logo y emblema de diferentes piezas y objetos teniendo en cuenta aspectos logísticos, económicos y administrativos de los sujetos a vigilancia, inspección y control por parte de la entidad. 1.6. Que por otra parte, es menester aclarar ciertas disposiciones contenidas en la Resolución número 1511 del 8 de mayo· de 2019, con el fin de dar a los sujetos vigilados, un mejor entendimiento de las instrucciones y órdenes dadas por parte de la Superintendencia de Transporte sobre el Manual de Imagen Corporativa y el respectivo uso del logo y emblema en los lugares y momentos donde este debe utilizarse. Conforme a lo expuesto este Despacho,
11. RESUELVE Artículo Primero: AMPLIAR el término descrito en el artículo octavo de la Resolución número 1511 del 8 de mayo de 2019, denominado "Período de Transición", hasta el dia 8 de mayo de·2020 para que los sujetos vigilados de la Superintendencia realicen el cambio de adhesivos, emblemas y legos en los vehículos, vallas y papelería en la cual aplique el mismo.RESOLUCIÓN NÚMERO O 9 ASO 2019 HOJA fiJo. 2
Por la cual se amplia el plazo para la adopción del Manual de Imagen Corporativa de la Superintendencia de Transporte l y se dictan otras disposiciones.
Por la cual se amplia el plazo para la adopción del Manual de Imagen Corporativa de la Superintendencia de Transporte l y se dictan otras disposiciones.
Artículo Segundo: ACLARAR e! artículo cuarto de la Resolución número 1511 del 8 de mayo de 2019 en el sentido que el emblema "Vigilado SuperTransporte" deberá hacer parte de los documen_tos que se relacionen estrictamente con !a prestación del servicio habilitado o autorizado; y no con documentación de orden privada o relacionada con operaciones no supervisadas por parte de esta entidad.
Parágrafo Primero: Para efectos del cumplimiento en el Reglamento Aeronáutico Colombiano -RAC - 3 y otros que le complementen o modifiquen, se excluye de la obligación de incorporación del emblema •'Vigilado SuperTransporte" a los tiquetes aéreos y pasabordos del servicio público de transporte aéreo. mientras no se determine lo contrario. Las disposiciones sobre los mismos se continuarán ciñendo a lo establecido en el respectivo Reglamento Aeronáutico de Colombia o la norma que sobre el particular regule lo pertinente.
Artículo Tercero: ACLARAR el artículo noveno de la Resolución número 1511 del 8 de mayo de 2019 en el sentido que la accesibilidad sobre las piezas publicitarias donde aparezca el emblema "Vigilado SuperTransporte" deberá guiarse por lo dispuesto en la Ley 1346 de 2009 y Ley 1618 de 2013. Lo anterior implica que la publicidad deberá orientarse a garantizar el derecho fundamental a la igualdad y accesibilidad de la información, permitiendo que personas con yfo en situación de discapacidad que puedan ser sujetos de publicidad, logren acceder a ésta de forma clara y entendible. Esto no índica disposiciones ele orden
de la información, permitiendo que personas con yfo en situación de discapacidad que puedan ser sujetos de publicidad, logren acceder a ésta de forma clara y entendible. Esto no índica disposiciones ele orden específico y técnico sobre el asunto.
Artículo Cuarto: PUBLICAR la presente Resolución en la página web de la Superintendencia de Transporte y en el Diario Oficial.
Articulo Quinto: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
La Superintendente de Transporte,
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los Pn:,1ec16. Cam!\.:, Ernesto O¡&da Arnaya. Rev,sér Maria del Rosalié, Ov1edo Rojas Jefe Of1c111a As>?:so:3 iutídicaifi O 9 ASO 2019),