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SUPERTRANSPORTE - Resolución 10317 de 2014

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 10317 de 2014
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2014

REPÚBLICA DE COLOMBIA . Libortad y Ord,n SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN No. tO 3 JUN 2014 DE O 1 0 3 ·1 7i Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada Subasta Inversa Presencial sa022014 EL SECRETARIO GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, en uso de sus atribuciones legales y CONSIDERANDO Que la Superintendencia de Puertos y Transporte mediante documento de estudios previos determinó la necesidad de contratación para la vigencia 2014, el siguiente objeto: "Suministro de papelería, útiles y equipos menores de oficina, insumo para impresoras y productos ocasiona/es, a precios fijos unitarios para todas las dependencias de la Superintendencia de Puertos y Transporte, conforme a las descripciones técnicas. " Que una vez realizados los estudios y documentos previos relativos a la contratación que se comenta, y Teniendo en cuenta que los BIENES y/o SERVICIOS a adquirir, son de aquellos considerados como de características técnicas uniformes, definidos por el artículo 3 del Decreto 151 O de 2013, se deberá adelantar el proceso de Selección Abreviada establecida en el literal a) del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, y el mecanismo a seguir, será el de Subasta Inversa Presencial, previsto en los artículos 41 y siguientes del Decreto 151 O de 2013. Las características técnicas uniformes, de conformidad con la normatividad vigente, son los bienes y servicios de común utilización con especificaciones técnicas y patrones de desempeño y calidad iguales o similares, que en consecuencia pueden

Las características técnicas uniformes, de conformidad con la normatividad vigente, son los bienes y servicios de común utilización con especificaciones técnicas y patrones de desempeño y calidad iguales o similares, que en consecuencia pueden ser agrupados como bienes y servicios homogéneos para su adquisición, y a los que se refiere el literal (a) del numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007. Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 19 del Decreto 1510 de 2013, a partir del 5 de Mayo de 2014, se publicaron en el Portal Único de ContrataciónSECOP-, el documento de Aviso de Convocatoria Pública de la Selección Abreviada Subasta Inversa, el Proyecto de Pliego de Condiciones, y los Estudios y Documentos Previos y Ficha técnica. Que estando dentro del término, fueron presentadas observaciones al proyecto de pliego de condiciones, las cuales fueron resueltas y publicadas en el SECOP, el día 14 de Mayo de 2014 así:lO 3 JUN 2014

RESOLUCION No.

010311 Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada Subasta Inversa Presencial sa022014 HoiaNo2

OBSERVACIONES Y RESPUESTA PRESENTADAS AL BORRADOR DE PLIEGO

DE CONDICIONES

OBSERVACION No.1: URBAN PROYECTOS Y SOLUCIONES S.A.S.

NUMERAL 6.3.11 LANCES CON CENTAVOS Si durante la subasta inversa presencial el proponente manifiesta en su lance un valor que incluya centavos, la Superintendencia aplicará automáticamente las aproximación señaladas en la tabla del numeral 3.6.7, y si posterior a esta aproximación se evidencia que el valor ofertado no refleja el

centavos, la Superintendencia aplicará automáticamente las aproximación señaladas en la tabla del numeral 3.6.7, y si posterior a esta aproximación se evidencia que el valor ofertado no refleja el

decremento mínimo de conformidad con lo señalado en el numeral 6.3.6 del Pliego de Condiciones Definitivo, este lance NO se considerará valido y por consiguiente el proponente no podrá seguir presentándolos durante la subasta. "6.3.6 MARGEN MÍNIMO Cada lance deberá reflejar un DECREMENTO MI NIMO DEL 2 % del menor valor de las propuestas habilitadas, los lances subsiguientes, se harán en igual porcentaje de decremento, sobre el valor mínimo ofertado durante la última ronda, dicho porcentaje se aplicará en forma proporcional a cada uno de los precios unitarios ofrecidos."

OBSERVACIÓN No. 2

2. OBSERVACIONES AL NUMERAL 3.6.4 EXPERIENCIA ACREDITADA.

Mínimo tres (3) y Máximo cuatro (4) certificaciones de contratos celebrados, ejecutados y terminados con entidades oficiales, durante los últimos tres (3) años contados desde la fecha de cierre del presente proceso, cuyo objeto sea el suministro de elementos y útiles de oficina.

SOLICITUD: La experiencia para cada oferente sea persona natural. jurídica, consorcio o unión temporal, sea mediante el RUP o mediante la presentación de certificaciones o actas de liquidación de los contratos ejecutados no solo con entidades públicas sino también con privadas esto en aras de la transparencia del proceso y del ofrecimie nto más favorable para la entidad a que se refiere el artículo 5º de la Ley 1150 de 2007 modifi cado por el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011. numerales 2, 3 y lo correspondiente al Capítulo 111 sección 1 Artículo 3.3.1.3

RESPUESTA No se acepta la observación. Teniendo en cuenta que la dinámica de los contratos privados y los

2011. numerales 2, 3 y lo correspondiente al Capítulo 111 sección 1 Artículo 3.3.1.3

RESPUESTA No se acepta la observación. Teniendo en cuenta que la dinámica de los contratos privados y los contratos públicos es diferente y que para la Superintendencia, es fundamental la selección de un contratista con experiencia y cumplimiento en la ejecución de contratos estatales con el objeto descrito en el pliego de condiciones, demostrando a la Entidad que tiene la capacidad de asumir la responsabilidad por el cumplimiento de las obligaciones que adquiera en caso que se le adjudique el contrato, se requiere entonces que las certificaciones de experiencia sean con entidades estatales.

OBSERVACION No 3: F.F. SOLUCIONES S.A. :,-RESOLUCION No. 10 3 JUN 2014 010317

Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada Subasta Inversa Presencial sa022014

l. RESPECTO A 1.1.1 CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS

HoiaNo3 En ar as de ampliar la participación de oferentes y del principio de TRANSPARENCIA, IGUALDAD, PLURALIDAD y apelando al derecho de SELECCIÓN OBJETIVA. Solicitamos incluir la posibilidad de cumplir con tres o cuatro de los Códigos mediante el y/o o incluir el texto "los proponentes deben estar inscritos en por lo menos tres de los siguientes códigos" teniendo en cuenta que el UNSPSC cuenta con un gran número de códigos por lo que no es posible cumplir con doce puntualmente. Ya que no todas las entidades solicitan lo mismo ni bajo las mismas especificaciones. RESPUESTA No se acepta la observación. Es de precisar que los códigos UNSPC contenidos en el Registro Único de

posible cumplir con doce puntualmente. Ya que no todas las entidades solicitan lo mismo ni bajo las mismas especificaciones. RESPUESTA No se acepta la observación. Es de precisar que los códigos UNSPC contenidos en el Registro Único de Proponentes RUP, corresponde a los bienes, obras y servicios que el proponente ofrecerá a las entidades estatales, en consecuencia es el proponente quien se inscribe en los bienes, obras y servicios que está en la capacidad de ofrecer. En este orden de ideas, los códigos relacionados corresponden a los elementos requeridos por la Entidad para cubrir la necesidad de suministro de los elementos de papelería, que a su vez han sido previamente descritos en el Plan Anual de Adquisiciones, publicado en el SECOP. No obstante, con el fin de dar lugar a la pluralidad de oferentes, se manifiesta al proponente que de acuerdo al cronograma establecido, en el pliego de condiciones definitivo, se indicará que el proponente debe estar en al menos DIEZ (10) códigos de los trece relacionados. OBSERVACION No 4: RESPECTO A 3.4.15 REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES Solicitamos a la entidad Aceptar que se presenten proponentes cuyo RUP se encuentre en periodo de firmeza teniendo en cuenta que los datos allí consignados no serán objeto de cambio alguno y para la fecha de la Audiencia de subasta ya se encontrara en firme por lo tanto es un aspecto meramente formal puesto que lo sustancial son los datos contenidos en el documento, Lo anterior en aras de ampliar la participación de oferentes en el presente proceso. RESPUESTA Sea lo primero comentar lo siguiente: La inscripción en el RUP, es el asentamiento de la información

puesto que lo sustancial son los datos contenidos en el documento, Lo anterior en aras de ampliar la participación de oferentes en el presente proceso. RESPUESTA Sea lo primero comentar lo siguiente: La inscripción en el RUP, es el asentamiento de la información correspondiente a los requisitos habilitantes de experiencia, capacidad jurídica, capacidad financiera, capacidad organizacional y la clasificación que realiza el interesado, con el objeto de celebrar contratos con las entidades estatales. En el caso que el proponente habiéndose inscrito haya dejado cesar los efectos, deberá volver a inscribirse, cumpliendo los requisitos establecidos en el Decreto 151 O de 2013 y la Circular única de la Superintendencia de Industria y Comercio. Ahora bien, es importante tener en cuenta que la renovación es el acto mediante el cual se prorroga la vigencia de la inscripción en el Registro Único de Proponentes, RUP y sus efectos. Este acto se debe realizar anualmente a partir del 1 de Enero y hasta el quinto día hábil del mes de Abril de cada año. Así pues, si el proponente no renueva su inscripción en el Registro Único de Proponentes RUP, dentro del término establecido en el artículo 8 del Decreto 16510 de 2013, cesan sus efectos hasta tanto se vuelva a inscribir. Conforme a lo anterior, no es posible aceptar la presentación de proponentes cuyo RUP, se encuentra en proceso de renovación. OBSERVACION No. 5: COMERCIALIZADORA CASAS L TOA "Solicitamos a la entidad que el oferente se encuentre inscrito adicionalmente en las siguientes clasificaciones: 4669 Comercio al por mayor de otros productos n.c.p

proceso de renovación. OBSERVACION No. 5: COMERCIALIZADORA CASAS L TOA "Solicitamos a la entidad que el oferente se encuentre inscrito adicionalmente en las siguientes clasificaciones: 4669 Comercio al por mayor de otros productos n.c.p 4741 Comercio al por menor de computadores, equipos periféricos, programas de informática y equipos de telecomunicaciones en establecimientos especializados. 4761 Comercio al por menor de libros, periódicos, materiales y artículos de papelería y escritorio, en establecimientos especializa dos" RESPUESTA No se acepta la observación. De acuerdo con el régimen de transición previsto en el Decreto 1510 de 2013 artículo 162, a partir del primer día hábil de abril de 2014, para la inscripción, renovación y actualización del RUP todos los proponentes deben utilizar el Clasificador de Bienes y Servicios. En este orden de ideas, se tiene que el primer día hábil de abril de 2014, fue el día martes primero de abril, en consecuencia, los días hábiles que se requieren para su firmeza corresponden al día 16 de abril, por loO 3 JUN 2014

RESOLUCION No. o 1 o 3 1 71

Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada Subasta Inversa Presencial sa022014 HoiaNo4 que se presume que a la fecha de cierre del presente proceso todos los proponentes deben tener su RUP en firme y conforme a la clasificación de bienes y servicios. OBSERVACIONES FINANCIERAS, PRESENTADAS AL BORRADOR DE PLIEGO DE CONDICIONES SELECCION ABREVIADA DE MENOR CUANTIA No. sa022014 1) Dentro de las etapas del proceso, la empresa COMERCIAL MCL S.A.S presentó las

SELECCION ABREVIADA DE MENOR CUANTIA No. sa022014 1) Dentro de las etapas del proceso, la empresa COMERCIAL MCL S.A.S presentó las siguientes observaciones de tipo financiero: De: Jennifer Rodríguez uenniferrodriguez@comercialmcl.com] Enviado el: miércoles, 07 de mayo de 2014 12:10

Para: contratos

Asunto: SUBASTA INVERSA NO. SA 022014 "Buen Día Estamos interesados en participar el proceso del asunto por ende nos permitimos observar de acuerdo al numeral INDICADORES DE VERIFICACION PARA LA CAPACIDAD FINANCIERA 1 Razón de cobertura de intereses 1 Utilidad Operacional/ Gastos de I Mayor o igual a 0.5

Intereses 1 El nivel de Razón de Cobertura de Intereses esta alto (Mayor o igual a 5) indicador que es limitante para las empresas de éste sector de la economía, las cuales por ser comercializadoras, deben mantener una disponibilidad (stock) de productos. Por tal motivo COMERCIAL MCL S.A.S., solicita de manera cortés que el indicador solicitado en liquidez sea cambiado por Mayor o ígual a 3 1 Rentabilidad sobre activos 1 Utilidad Operacional Activo Total / 1 Mayor o igual a 0.20 1 Revisando los indicadores financieros los mismo no se ajustan a la realidad del mercado toda vez que limitan la pluralidad de los oferentes por lo cual solicitamos a la entidad se reconsidere el indicador y sea modificado a Mayor o Igual a 0.10 Esperamos con lo anterior, se evalúe nuevamente este requerimiento ya que aumentar este índice permitirá a la Entidad la pluralidad de oferentes, buscando así su máximo beneficio y alentando el debido proceso."

Esperamos con lo anterior, se evalúe nuevamente este requerimiento ya que aumentar este índice permitirá a la Entidad la pluralidad de oferentes, buscando así su máximo beneficio y alentando el debido proceso." 11) Dentro de las etapas del proceso, la empresa OFFICE GRAFICS LTDA presentó las siguientes observaciones de tipo financiero: De: Office Grafics Ltda [contactenos@officegrafics.com] Enviado el: miércoles, 07 de mayo de 2014 14:53

Para: contratos; Nestor Julio Ospina Ovalle Asunto: OBSERVACION A LA SELECCIÓN ABREVIADA SUBASTA INVERSA No. sa0220104 "Bogotá, o.e., 07 de Mayo de 201 4

Señores

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE

Secretaria General Calle 63 No. 9A - 45 contratos@supertransporte.gov.co I nestorospina@supertransporte.gov.co Ciudad Referencia: OBSERVACION A LA SELECCIÓN ABREVIADA SUBASTA INVERSA No. sa02201 04

Objeto: "Suministro de Papelería, Útiles y Equipos menores de Oficina, Insumos para Impresoras y Productos ocasionales, a precios fijos unitarios para todas las dependencias de la Superintendencia de Puertos y Transporte, conforme a las descripciones técnicas".

Respetados Señores: Reciban un cordial saludo por parte de nuestra compañía, por medio de la presente de acuerdo con la Selección Abreviada Subasta Inversa No. sa0220104, nos permitimos solicitarlD 3 JUN 2014 01 031 1 HoiaNo5

RESOLUCION No.

Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada Subasta Inversa Presencial sa022014

RESOLUCION No.

Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada Subasta Inversa Presencial sa022014 comedidamente hacer las siguientes aclaraciones y/o modificaciones en el Proyecto de Pliego de Condiciones donde nos menciona lo siguiente:

1. En el Numeral 3.5. Documentos de Contenido Financiero Habilitantes, mencionan lo siguiente: "Los indicadores financieros a verificar con corte al 31 de diciembre de 2013, serán los exigidos de conformidad con el artículo 10 del Decreto 15 10 de 2013, la información sobre los requisitos se verificaran directamente en el RUP, por tanto el proponente debe estar inscrito en el Registro Único de Proponente (RUP) y anexar el certificado correspondiente expedido por la Cámara de Comercio. Este documento debe estar actualizado, vigente y en firme." Solicitamos que también se de la alternativa de adjuntar FORMULARIO DEL REGISTRO UNICO EMPRESARIAL Y SOCIAL RUES con su respectivo Recibo de Pago, para dar soporte que nos encontremos en proceso de renovación donde también pueden verificar los códigos UNSPSC, y los Indicadores Financieros requeridos en pliego, esto para dar más alternativa a los oferentes.

2. En el Numeral 3. 5. Documentos de Contenido Financiero Habilitantes, en el siguiente cuadro

mencionan lo siguiente: Cuadro Nº 02 INDICADORES DE VERIFICACION PARA LA CAPACIDAD ORGANIZACIONAL INDICADOR FORMULA MARGEN Rentabilidad sobre Utilidad Operacional / Mayor o igual a patrimonio Patrimonio 0.30 Rentabilidad sobre Utilidad Operacional / Menor o igual a activos Activo Total 0.20 Solicitamos que sean requeridos de la siguiente forma·

Rentabilidad sobre Utilidad Operacional / Mayor o igual a patrimonio Patrimonio 0.30 Rentabilidad sobre Utilidad Operacional / Menor o igual a activos Activo Total 0.20 Solicitamos que sean requeridos de la siguiente forma· INDICADOR FORMULA MARGEN Rentabilidad sobre Utilidad Operacional / Mayor o igual a patrimonio Patrimonio 0.09 Rentabilidad sobre Utilidad Operacional / Menor o igual a activos Activo Total 0.04 Esto con el fin otorgar una mayor pluralidad para los Proponentes. Esperamos su respuesta a estas inquietudes, para lograr una evaluación objetiva y que sea favorable para el contratante como para los proponentes." 111) Dentro de las etapas del proceso, la empresa COMERCIALIZADORA CASAS L TDA presentó las siguientes observaciones de tipo financiero: From: comercializadoracasas@hotmail .com To: contratos@supertransporte.gov .co Subject: Observación al proceso de Selección Abreviada Subasta Inversa No. sa022014

Date: Thu, 8 May 2014 16:12:48 -0500 "JUAN CARLOS CASAS RODRIGUEZ, en mi calidad de persona natural y propietario del establecimiento de comercio COMERCIALIZADORA CASAS L TDA, proponente en la Selección Abreviada Subasta Inversa No. sa022014; me permito presentar solicitud fundamentada en lo siguiente: (. .. ) SEGUNDO: INDICADORES DE VERIFICACIÓN PARA LA CAPACIDAD FINANCIERA: Indice de endeudamiento Pasivo otal sobre ach o e ar o igual a 60% Tc,tat Solicitamos sea ampliado este margen al 78%.

Lo anterior en aras de permitir la mayor participación en la citada convocatoria, toda vez que uno de los

Indice de endeudamiento Pasivo otal sobre ach o e ar o igual a 60% Tc,tat Solicitamos sea ampliado este margen al 78%. Lo anterior en aras de permitir la mayor participación en la citada convocatoria, toda vez que uno de los principios fundamentales de la contratación pública es precisamente facilitar la participación del mayor número de oferentes, lo cual garantiza a la entidad que se presentaran más ofertas y de ellas tendrá más posibilidades comparativas para seleccionar ofertas que puedan llegar a la instancia de subasta y ello redunda en una puja más nutrida y más beneficiosa para la institución que realiza la convocatoria. Por estas razones y en observación de los principios orientadores de la contratación pública como lo son la transparencia, la participación y la igualdad de oportunidad." IV) Dentro de las etapas del proceso, la empresa FFSOLUCIONES presentó las siguientes observaciones de tipo financiero: De: licitaciones [licitaciones@ffsoluciones.com) Enviado el: jueves, 08 de mayo de 2014 10:16

Para: contratos Asunto: Proceso Número sa022014[O 3 JUN 2014

RESOLUCION No.

Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada Subasta Inversa Presencial sa022014 Hoia No6

3. RESPECTO A 3.6 CAPACIDAD ORGANIZACIONAL RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO: En aras del principio transparencia y de pluralidad de oferentes en el presente proceso, de la manera más respetuosa solicitamos a la entidad MODIFICAR el Indicador de Rentabilidad del Patrimonio un valor MAYOR a 20 puesto que solamente el hecho de que sean positivos significa que hubo una aumento en la

respetuosa solicitamos a la entidad MODIFICAR el Indicador de Rentabilidad del Patrimonio un valor MAYOR a 20 puesto que solamente el hecho de que sean positivos significa que hubo una aumento en la rentabilidad de la inversión del capital de los socios lo cual es originado por el incremento de las valorizaciones de la empresa por lo tanto no habría necesidad de requerir este indicador tan alto ya que se limita substancia/mente la participación activa de oferentes interesados en el proceso de referencia; Cohibiéndose de esta manera la entidad de aceptar ofertas de proponentes que cuentan con gran trayectoria y amplia experiencia en el mercado que le puedan brindar a la entidad un mejor suministro.

RENTABILIDAD DEL ACTIVO: Solicitamos a la entidad ajustar el Indicador de Rentabilidad del Activo toda vez que este mide la rentabilidad sobre la inversión, es decir, cuánto genera de utilidad operacional la empresa, por cada peso invertido en ella de manera que al igual que el indicador de rentabilidad del patrimonio con el simple hecho de ser positivo ya se marca la diferencia y no existe la necesidad de solicitarlo tan alto, por lo que sugerimos lo soliciten MAYOR o igual a 1 O. Lo anterior en aras de ampliar la participación activa de oferentes V) Dentro de las etapas del proceso, la empresa URBAN PROYECTOS Y SOLUCIONES SAS NIT.900465550-1 presentó las sigu ientes observaciones de tipo financiero:

"OBSER VACIONES AL NUMERAL 3.5 DOCUMENTOS DE CONTENIDO FINANCIERO HABILITANTES Los indicadores financieros a verificar con corte al 31 de diciembre de 2013 , serán los exigidos de conformidad con el artículo 10 del Decreto 1510 de 2013, la información sobre los requisitos se verificara

HABILITANTES Los indicadores financieros a verificar con corte al 31 de diciembre de 2013 , serán los exigidos de conformidad con el artículo 10 del Decreto 1510 de 2013, la información sobre los requisitos se verificara directamente en el RUP, por tanto el proponente debe estar inscrito en el Registro Único de Proponentes (RUP) y anexar el certificado correspondiente expedido por la Cámara de Comercio. Este documento debe estar actualizado, vigente y en firme. Los siguientes son los Indicadores Financieros establecidos para el presente proceso: Cuadro No. 01 INDICADORES DE VERIFICACION PARA LA CAPACIDAD FINANCIERA INDICADOR FORMULA MARGEN Liquidez Activo corriente / pasivo corriente Mayor o igual a 1.2 f ndice de endeudamiento Pasivo total /activo Total Menor o igual a 60% Razón de cobertura de intereses Utilidad Operacional / Gastos de Mayor o igual a 0.5

Intereses SOLICITUD: Amablemente se solicita aclarar la razón de cobertura de interés en el caso en que este fuese indeterminado cuando los gastos de intereses son cero ya que esto limitaría la participación de algún oferente pues puede presentarse en sus estados financieros, de esta manera queremos pedir que sea incluida la aclaración en la que permitan habilitar al oferente que presente su RCI como indeterminado." RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES En primer lugar, es necesario señalar que en concordancia con la búsqueda de homogeneidad en el trato, la libre competencia y la plur alidad de los posibles oferentes, para la entidad resulta fundamental el tema de verificación de la capacidad financier a y organizacional con el fin de que el proponente

trato, la libre competencia y la plur alidad de los posibles oferentes, para la entidad resulta fundamental el tema de verificación de la capacidad financier a y organizacional con el fin de que el proponente dem uestre la capacidad requerida, dado el monto del presente proceso. Durante el desarrollo del presente proceso, la Entidad ha recibido varias solicitudes en las cuales nu estros posibles participantes han solicitado el ajuste de algunos ind icadores que hacen parte de los requis itos habili tantes, de acuerdo al comportamiento regular del mercado y esto nos lleva a concluir que para lograr la participación esperada es necesario reconsiderar y actualizar el estudio base para la determinación de los indicadores financieros y de capacidad organizacional conforme a la actualidad del sector y su comportamien to financier o con corte a 31 de diciembr e de 20 13 , por tanto se acogen algu nas sugerencias teniendo en cuenta que se busca que haya pluralidad de oferentes y mayor participación, dando de esta forma mayor transparencia y garantía al presente proceso, en los términos que se consignarán en lo pertinente en el pliego definitivo. 1) COMERCIAL MCL S.A.S 1 Observaci ón:RESOLUCION No. ID 3 JUN 2014 010 31 7 Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada Subasta Inversa Presencial sa022014 HoiaNoJ NO ES PROCEDENTE LA OBSERVACION toda vez que el observante desconoce el contenido del pliego de condiciones sa122013 numeral 3.5. RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES publicado en el SECOP, pues este indicador no es de 5 como así lo afirma. En este punto, el observante no se apega al contenido del Pliego de Condiciones cuando señala en su

SECOP, pues este indicador no es de 5 como así lo afirma. En este punto, el observante no se apega al contenido del Pliego de Condiciones cuando señala en su observación "El nivel de Razón de Cobertura de Intereses esta alto (Mayor o igual a 5) indicador que es limitante para las empresas de éste sector de la economía, las cuales por ser comercializadoras, deben mantener una disponibilidad ( stock) de productos. " El margen mencionado por el observante como indicador de cobertura de intereses no está dentro del contenido del Proyecto de Pliego de Condiciones sa022014 publicado en el SECOP, el día 05 de mayo de 2014 a las 10:26 AM, link: https://wv--rw. contratos. gov. co/consultas/deta lle Proceso. do ?nu mConstancia = 1 4-9-385049, adicionalmente al referir "COMERCIAL MCL S.A.S., solicita de manera cortés que el indicador solicitado en liquidez sea cambiado por Mayor o igual a 3", está refiriéndose a otro indicador diferente del mencionado razón por la cual no es procedente dar respuesta en razón a que no es clara la observación en el sentido de saber a cual indicador específic amente se refiere. No obstante a lo anterior es oportuno señalarle al observante que la entidad actualizo el estudio de mercado y de sector conforme a la información financiera y de capacidad organizacional con corte a 31 de diciembre de 2013, el cual incide en la determinación de los indicadores de Capacidad Financiera. Ver pl iego de condicio nes definitivo.

2. Observación: rentabilidad sobre activos. SE ACEPTA PARCIALMENTE LA OBSERVACIÓN, en razón a que la entidad, actualizo el estudio de mercado y de sector conforme a la información financiera y

pl iego de condicio nes definitivo.

2. Observación: rentabilidad sobre activos. SE ACEPTA PARCIALMENTE LA OBSERVACIÓN, en razón a que la entidad, actualizo el estudio de mercado y de sector conforme a la información financiera y de capacidad organizacional con corte a 31 de diciembre de 2013, el cual incide en la determinación de los indi cadores de Capacidad Organizacional. Ver pliego de condicio nes definitivo. 2) OFFICE GRAFICS L TOA. 1 Observación : NO SE ACEPTA LA OBSERVACIÓN toda vez que el objeto del RUP es suministrar la información de quienes aspiran a celebrar contratos con las entidades estatales, de conformidad con el artí culo 6 de la ley 1150 de 2007, mediante la clasificación que cada interesado realiza al momento de su inscripción, renovación o actualización, por tanto es a lugar señalar al tenor del articulo 8 del Decreto 151 O de 2013 que el periodo en el cual los proponentes deberán presentar su renovación es a más tardar el quinto dia hábil del mes de abril de cada año, de lo contario cesan los efectos del RUP. 2 Observación NO ES PROCEDENTE LA OBSERVACION En este punto, el observante no se apega al contenido del pliego de condiciones cuando señala en su observación "En el Numeral 3.5. Documentos de Contenido Financiero Habilitantes, en el siguiente cuadro mencionan lo siguiente:

Cuadro Nº 02 IN DICADORES DE VERIFICACION PARA LA CAPACIDAD ORGANIZACIONAL INDICADOR FORMULA MARGEN Rentabilidad sobre Utilidad Operacional I Mayor o igual a patrimonio Patrimonio 0.30 Rentabilidad sobre Utilidad Operacional I Menor o igual a activos Activo Total 0.20 Es necesario precisarle al observante que de acuerdo a la publicación del proyecto de Pliego de

Rentabilidad sobre Utilidad Operacional I Mayor o igual a patrimonio Patrimonio 0.30 Rentabilidad sobre Utilidad Operacional I Menor o igual a activos Activo Total 0.20 Es necesario precisarle al observante que de acuerdo a la publicación del proyecto de Pliego de Condiciones sa022014 realizada en el SECOP, el día 05 de mayo de 2014 a las 10:26 AM, link https://www.contratos.qov.co/consultas/detalleProceso.do?numConstancia= 1 4-9-385049, los indicadores de Capacidad Organizacional se encuentran relacionados en el nu meral 3.6 y en el cuadro Nº 2 se detallan los márgenes solicitados así: INDICADOR FORMULA MARGEN Rentabilidad sobre Utilidad Operacional / Mayor o igual a patrimonio Patrimonio 0.30 Rentabilidad sobre Utilidad Operacional / Mayor o igual a activos Activo Total 0.20 De lo anterior se colige que lo solicitado por el observante en cuanto a la rentabilidad sobre activos constituye un margen anti técnico, es decir una definición contraria a la naturaleza de este indicador, en razón a que a mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del negocio y mejor la Capacidad Organizacional del proponente.tO 3 JUN 2014

RESOLUCION No.

Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada Subasta Inversa Presencial sa022014 HoiaNo8 No obstante a lo anterior es oportuno señalarle al observante que aplica la respuesta entregada por la entidad a la segunda observación de "COMERCIAL MCL S.A.S. 3) COMERCIALIZADORA CASAS LTDA NO SE ACEPTA LA OBSERVACION, en consideración a que

entidad a la segunda observación de "COMERCIAL MCL S.A.S. 3) COMERCIALIZADORA CASAS LTDA NO SE ACEPTA LA OBSERVACION, en consideración a que el índ ice de Endeudamien to se debe ajustar de acuerdo a los resultados de los estudios del sector de la papelería y en concordancia con el estudio realizado por la entidad de acuerdo a la información financiera y de capacidad organi zacional con corte a 31 de diciembr e de 201 3, además la variación solicitada al nivel de endeudamien to a un 78%, representa una desviación muy sign ificativa a los niveles regularmente aceptados en la determinación de los márgenes de endeudamiento, pues en efecto el nivel de endeudamien to refleja hasta qué punto se tienen comprometidos los activos de una empr esa para con sus acreedores, entre más alto sea este índice mayor

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