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SUPERTRANSPORTE - Resolución 10701 de 2014

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 10701 de 2014
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2014

REPÚBLICA DE COLOMBIA lii>trt•d y Orden SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN No. 12 4 JUN 2014 DE O 1 O 7 O 1

Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía sam022014 EL SECRETARIO GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, en uso de sus atribuciones legales y CONSIDERANDO Que la Superintendencia de Puertos y Transporte mediante documento de estudios previos determinó la necesidad de contratación para la vigencia 2014, el siguiente

objeto: "CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ALOJAMIENTO ESPECIALIZADO

PARA LOS SISTEMAS MISIONALES DE LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y

TRANSPORTE".

Que una vez realizados los estudios y documentos previos relativos a la contratación que se comenta, según lo señalado en el artículo 20 del Decreto 1510 de 2013, se determinó como modalidad de selección para llevarla a cabo, la selección abreviada de menor cuantía, de conformidad con lo dispuesto en el literal d) numeral 2º artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con lo previsto en el Título 1, Numeral 2, Artículo 61 del Decreto 1510 de 2013. Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 19 del Decreto 1510 de 2013, a partir del 20 de mayo de 2014, se publicaron en el Portal Único de ContrataciónSECOP-, el documento de Aviso de Convocatoria Pública de la Selección Abreviada de menor cuantía, el Proyecto de Pliego de Condiciones, y los Estudios y Documentos

SECOP-, el documento de Aviso de Convocatoria Pública de la Selección Abreviada de menor cuantía, el Proyecto de Pliego de Condiciones, y los Estudios y Documentos Previos. Que en cumplimiento del artículo 24 del Decreto 1510 de 2013, mediante Resolución No. 009706 del 28 de mayo de 2014, se ordenó la apertura del proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía sam022014, y se señaló el objeto del contrato, la modalidad de selección correspondiente, el cronograma del proceso, el lugar físico y/o electrónico en que se pueden consultar y retirar el pliego de condiciones y los estudios y documentos previos, y la convocatoria para las veedurías ciudadanas, así como la indicación del certificado de disponibilidad presupuesta! correspondiente. Que la Superintendencia de Puertos y Transporte ha estimado como presupuesto oficial de la presente contratación la suma de MIL DOSCIENTOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA PESOS M/CTE ($ 1.200.737.960)12 4 JU 20 4 01070 1 RESOLUCION No. Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía sam022014 HoiaNo. 2 incluidos los tributos, costos y gastos que se generen en la ejecución del contrato. Los recursos para atender el objeto de esta contratación provienen del presupuesto de la Superintendencia de Puertos y Transporte, correspondientes a la vigencia 2014, con cargo a los certificados de disponibilidad presupuesta! Nos. 32214 del veinticinco de febrero de 2014 y 34814 de 12 de marzo de 2014. El valor del presupuesto comprende

cargo a los certificados de disponibilidad presupuesta! Nos. 32214 del veinticinco de febrero de 2014 y 34814 de 12 de marzo de 2014. El valor del presupuesto comprende los costos directos e indirectos, incluyendo los impuestos, tasas, contribuciones y demás costos inherentes al cumplimiento satisfactorio del contrato. Que de acuerdo a lo establecido en el cronograma del proceso, el día 11 de junio de 2014, a las 11 :00 a.m. la entidad realizó la diligencia de cierre del proceso, recibiéndose la propuesta presentada por UNION TEMPORAL E-SERVICES SUPER TRANSPORTE Que una vez revisados los sobres presentados por el proponente, se realizó la evaluación de los requisitos de habilitación jurídica, técnica y financiera, así como los puntajes asignados, cuyo informe consolidado fue publicado en la página del SECOPPortal Único de Contratación el día 16 de junio de 2014, el cual contiene la siguiente información:

CONSOLIDADO EVALUACION

NOMBRE DEL VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN VERIFICACION RESULTADO FINAL

PROPONENTE JURiDICA TECNICA FINANCIERA-.

UNION TEMPORAL ESERVICES SUPER CUMPLE CUMPLE CUMPLE HABILITADO

TRANSPORTE

CRITERIOS Y COMENTARIOS A LA EVALUACION

CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

FACTORES DE EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN

PARAMETRO EVALUACION PONDERACION PUNTAJE

EVALUACION ECONOMICA

Ponderación 30

EVALUACION TECNICA

Ponderación 60

APOYO A LA INDUSTRIA

NACIONAL

Ponderación 10

TOTAL: 100 PUNTOS Verificada la información el proponente UNION TEMPORAL E-SERVICES SUPER

Ponderación 30

EVALUACION TECNICA

Ponderación 60

APOYO A LA INDUSTRIA

NACIONAL

Ponderación 10

TOTAL: 100 PUNTOS Verificada la información el proponente UNION TEMPORAL E-SERVICES SUPER TRANSP ORTE cumple con todos los requisitos que ha exigido la Superintendencia de Puertos y Transporte en el pliego de condiciones del proceso de selección abreviada de menor cuantía No. SAM022014, alcanzando cien puntos de cien posibles.

Que luego de vencerse el término de traslado concedido a los proponentes para realizar observaciones al informe de verificación, evaluación y calificación, establecido en el cronograma del pliego de condiciones, no se presento ninguna observación. Que conforme a lo anterior y previo análisis de la capacidad jurídica, técnica y financiera, de conformidad con lo establecido en los postulados que rigen la función administrativa, dando cumplimiento a los criterios establecidos en los Pliegos deRESOLUCION No. 1 2 4 JUN 2014 01070 1 Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía sam022014 HoiaNo. 3 Condiciones y por recomendación del equipo evaluador, por ajustarse a la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 151 O de 2013, establecidos en el Pliego de Condiciones y demás normas concordantes, el presente proceso de selección abreviada de menor cuantía sam022014, debe adjudicarse a la empresa UNION TEMPOR AL E-SERVICES SUPER TRANS PORTE Que en mérito de lo expuesto el Secretario General: RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Adjudicar el contrato resultante del Proceso de Selección

TEMPOR AL E-SERVICES SUPER TRANS PORTE Que en mérito de lo expuesto el Secretario General: RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Adjudicar el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía sam022014, cuyo objeto consiste en: "CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ALOJAMIENTO ESPECIALIZADO PARA LOS SISTEMAS MISIONALES DE LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE"., a la UNION TEMPOR AL E-SERVICES SUPER TRANSP ORTE, por un valor de MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA PESOS M/CTE ($1.199.940.630), incluido el IVA y los tributos, costos directos e indirectos y gastos que se generen en la ejecución del contrato.

ARTICULO SEGUNDO: Los compromisos contractuales que se deriven de este Proceso de selección abreviada de menor cuantía sam022014, serán con cargo al presupuesto de la Superintendencia de Puertos y Transporte, de acuerdo con los certificados de disponibilidad presupuesta! Nos. 32214 del veinticinco de febrero de 2014 y 34814 de 12 de marzo de 2014.

ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución se entiende notificada en los términos y formas establecidas en el artículo 9° de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTÍCULO CUARTO: Comunicar a los proponentes no favorecidos el contenido de la presente Resolución.

ARTÍCULO QUINTO: El proponente seleccionado deberá suscribir el contrato dentro

ARTÍCULO CUARTO: Comunicar a los proponentes no favorecidos el contenido de la presente Resolución.

ARTÍCULO QUINTO: El proponente seleccionado deberá suscribir el contrato dentro del término establecido en los Pliegos de Condiciones del Proceso de selección abreviada de menor cuantía sam022014.

ARTÍCULO SEXTO: Publicar el contenido de la presente Resolución en el Portal Único de Contratación - SECOP, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Decreto 1510 de 2013.

ARTÍCULO SÉPTIMO: La presente resolución rige a partir de su notificación y contra la misma no procede recurso alguno por la vía gubernativa, de conformidad con el parágrafo 1 ° del artículo 77 de la Ley 80 de 1993 en concordancia con el inciso 3° del artículo 9° de la Ley 1150 de 2007.

Dada en Bogotá, D.C, a los

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