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SUPERTRANSPORTE - Resolución 10867 de 2021

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 10867 de 2021
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2021

MINISTERIO DE TRANSPORTE

SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE

RESOLUCIÓN NÚMERO

REPUBLICA DE COLOMBIA

I

Por la cual se adopta la Política de Administración del Riesgo para la Superintendencia de Transporte

EL SUPERINTENDENTE DE TRANSPORTE

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en los numerales 3 y 23 del artículo 7 del Decreto 2409 de 2018 y;

I. CONSIDERANDO:

1. Que de acuerdo con el artículo 269 de la Constitución Política, las entidades públicas están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la ley.

2. Que el artículo 1° de la Ley 87 de 1993 define el control interno como un sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad, cuyo objetivo es que todas las actividades, operaciones, actuaciones de la entidad, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes, dentro de las políticas trazadas por la direc ción y en atención a las metas u objetivos previstos.

3. Que la precitada Ley 87 de 1993 en el artículo 2 °, establece los objetivos del Sistema de Control Interno y señala en los literales a) y f) respectivamente, como objetivos fundamentales: “Proteger los recursos de la organización, buscando su adecuada

Control Interno y señala en los literales a) y f) respectivamente, como objetivos fundamentales: “Proteger los recursos de la organización, buscando su adecuada administración ante posibles riesgos que los afecten ” y “Definir y aplicar medidas para prevenir los riesgos, detectar y corregir las desviaciones que se presenten en la organización y que puedan afectar el logro de sus objetivos”.

4. Que el Sistema de Gestión, creado en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, que integra los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de la Calidad, es el conjunto de entidades y organismos del Estado, políticas, normas, recursos e información, cuyo objeto es dirigir la gestión pública al mejor desempeño institucional y a la consecución de resultados para la satisfacción de las necesidades y el goce efectivo de los derechos de los ciudadanos, en el marco de la legalidad y la integridad.

5. Que el Decreto 1083 de 2015 expidió el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública y compiló en un solo cuerpo normativo los decretos reglamentarios vigentes de competencia del sector de la función pública, incluidos los atinentes a las siguientes materias: Sistema de Control Interno, Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, y el Sistema de Gestión de Calidad.

6. Que conforme al artículo 2.2.21.5.3 del Decreto anteriormente mencionado se establece como uno de los roles, a través de los cuales la Oficina de Control Interno desarrolla su labor, el rol

de "Evaluación de la Gestión del Riesgo".RESOLUCIÓN No. HOJA No 2

Por la cual se adopta la actualización de la Política de Administración del Riesgo para la

de "Evaluación de la Gestión del Riesgo".RESOLUCIÓN No. HOJA No 2

Por la cual se adopta la actualización de la Política de Administración del Riesgo para la Superintendencia de Transporte

7. Que el Departamento Administrativo de la Función Pública actualizó en diciembre del 2020, la Guía metodológica para la administración del riesgo y el diseño de controles en entidades públicas siendo necesario actualizar los lineamientos internos de administración del riesgo.

8. Que entre las funciones del C omité Institucional de Coordinación de Control Interno se encuentra, someter para aprobación del representante legal, la política de administración del riesgo previamente estructurada por parte de la Oficina Asesora de Planeación, como segunda línea de defensa en la entidad; hacer seguimiento para su posible actualización y evaluar su eficacia frente a la gestión del riesgo institucional.

9. Que, en sesión del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno , realizada el 16 de septiembre de 2021, se aprobó la actualización de la Política de Administración del Riesgo acorde con la última guía expedida por el Departamento Administrativo de la Función Pública.

10. Que la política aprobada en Comité Institucional de Coordinación de Control Interno y que se adopta mediante esta resolución, se integrará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, a través de la cadena de valor de la Superintendencia de Transporte por la cual se desarrolla el modelo de gestión por procesos.

En mérito de lo expuesto

II. RESUELVE:

Artículo Primero: Adoptar la Política de Administración del Riesgo de la Superintendencia de Transporte como

En mérito de lo expuesto

II. RESUELVE:

Artículo Primero: Adoptar la Política de Administración del Riesgo de la Superintendencia de Transporte como marco de referencia que permite gestionar adecuadamente los eventos potenciales, tanto internos como externos, que puedan afectar el logro de los objetivos estratégicos y de los procesos de la entidad y la cual establece lineamientos precisos acerca del tratamiento, manejo y seguimiento a los riesgos.

Artículo Segundo: Publicar la presente resolución en el sitio web de la Superintendencia de Transporte y en el Diario oficial.

Artículo Tercero: Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución No. 12263 de 2019 y demás disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C. a los

El Superintendente de Transporte

Camilo Pabón Almanza

Proyectó: María Ximena Sarmiento – Profesional Especializado Oficina Asesora de Planeación Revisó: Diego Felipe Díaz Burgos – Jefe Oficina Asesora de Planeación

María Fernanda Serna Quiroga – Jefe Oficina Asesora Jurídica Estefania Pisciotti Blanco-Asesora del Despacho del Superintendente

Aprobó: Diego Felipe Diaz Burgos – Lider de Proceso Direccionamiento Estratégico.

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