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SUPERTRANSPORTE - Resolución 11587 de 2014

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 11587 de 2014
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2014

REPÚBLICA DE COLOMBIA

Lib♦fi•d y Otden SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN No. DE fi t AGO l014 1 1 1 5 8 7-, Por medio de ia cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía sam042014 EL SECRETARIO GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, en uso de sus atribuciones legales y CONSIDERANDO Que la Superintendencia de Puertos y Transporte mediante documento de estudios previos determinó la necesidad de contratación para la vigencia 2014, el siguiente

objeto: "CONTRATAR LA PREPRODUCCIÓN, PRODUCCIÓN Y POSTPRODUCCIÓN

DE CINCO (5) PROGRAMAS DE TELEVISIÓN".

Que una vez realizados los estudios y documentos previos relativos a la contratación que se comenta, según lo señalado en el artículo 20 del Decreto 151 O de 2013, se determinó como modalidad de selección para llevarla a cabo, la selección abreviada de menor cuantía, de conformidad con lo dispuesto en el literal b) numeral 2º artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con lo previsto en el Título 1, Numeral 2, Artículo 59 del Decreto 151 O de 2013. Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 19 del Decreto 1510 de 2013, a partir del 25 de junio de 2014, se publicaron en el Portal Único de ContrataciónSECOP-, el documento de Aviso de Convocatoria Pública de la Selección Abreviada de menor cuantía, el Proyecto de Pliego de Condiciones, y los Estudios y Documentos Previos.

SECOP-, el documento de Aviso de Convocatoria Pública de la Selección Abreviada de menor cuantía, el Proyecto de Pliego de Condiciones, y los Estudios y Documentos Previos. Que en cumplimiento del artículo 24 del Decreto 151 O de 2013, mediante Resolución No. 010998 del 09 de julio de 2014, se ordenó la apertura del proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía sam042014, y se señaló el objeto del contrato, la modalidad de selección correspondiente, el cronograma del proceso, el lugar físico y/o electrónico en que se pueden consultar y retirar el pliego de condiciones y los estudios y documentos previos, y la convocatoria para las veedurías ciudadanas, así como la indicación del certificado de disponibilidad presupuesta! correspondiente. Que la Superintendencia de Puertos y Transporte ha estimado como presupuesto oficial de la presente contratación la suma de CIENTO SETENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($ 171.666.667), incluidos los tributos, costos y gastos que se generen en la ejecución del contrato. Los recursos para atender el objeto de esta contratación provienen del presupuesto de la Superintendencia de Puertos y Transporte cuenta conRESOLUCION No. l11 AGO 2014 0 1 1 5 8 7-. Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía sam042014 HoiaNo. 2 el certificado de disponibilidad presupuesta! No. 39614 del 20 de junio de 2014. El valor del presupuesto comprende los costos directos e indirectos, incluyendo los impuestos,

HoiaNo. 2 el certificado de disponibilidad presupuesta! No. 39614 del 20 de junio de 2014. El valor del presupuesto comprende los costos directos e indirectos, incluyendo los impuestos, tasas, contribuciones y demás costos inherentes al cumplimiento satisfactorio del contrato. Que de acuerdo a lo establecido en el cronograma del proceso, el día 23 de julio de 2014, a las 11 :00 a.m. la entidad realizó la diligencia de cierre del proceso, recibiéndose las propuestas presentadas por COLOMBIANA DE TELEVISION S.A., IMAGEN 21

COMUNICACIONES S.A.S., RAFAEL POVEDA TELEVISION E.U., CENTURY MEDIA

S.A.S., CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR CAFAM, VIRTUAL TELEVISION

L TDA, CUARTO PODER O R S.A.S.

Que una vez revisados los sobres presentados por los oferentes, se realizó la evaluación de los requisitos de habilitación jurídica, técnica y financiera, cuyo informe consolidado fue publicado en la página del SECOP - Portal Único de Contratación el día 29 de julio de 2014, el cual contiene la siguiente información: CONSOLIDADO EVALUACION NOMBRE DEL VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN TECNICA VERIFICACION RESULTADO FINAL PROPONENTE JURÍDICA FINANCIERA

COLOMBIANA DE CUMPLE TELEVISION S.A. CUMPLE CUMPLE HABILITADO

IMAGEN 21

COMUNICACIONES CUMPLE NO CUMPLE CUMPLE NO HABILITADO

S.A.S.

RAFAEL POVEDA CUMPLE CUMPLE CUMPLE TELEVISION E.U. HABILITADO

CENTURY MEDIA CUMPLE NO CUMPLE CUMPLE S.A.S. NO HABILITADO

CAJA DE

S.A.S.

RAFAEL POVEDA CUMPLE CUMPLE CUMPLE TELEVISION E.U. HABILITADO

CENTURY MEDIA CUMPLE NO CUMPLE CUMPLE S.A.S. NO HABILITADO

CAJA DE

COMPENSACION CUMPLE NO CUMPLE CUMPLE NO HABILITADO

FAMILIAR CAFAM VIRTUAL TELEVISION CUMPLE CUMPLE CUMPLE LTDA HABILITADO CUARTO PODER O R NO CUMPLE NO CUMPLE CUMPLE S.A.S. NO HABILITADO Que una vez publicada la evaluación de requisitos habilitantes, se dio traslado de la misma, para que los oferentes presentaran sus observaciones, subsanaciones y la cual tuvo como resultado la siguiente verificación:

NOMBRE DEL VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN TECNICA VERIFICACION

PROPONENTE JURÍDICA FINANCIERA RESULTADO FINAL

COLOMBIANA DE CUMPLE CUMPLE TELEVISION S.A. CUMPLE HABILITADO

IMAGEN 21

COMUNICACIONES CUMPLE CUMPLE CUMPLE HABILITADO

S.A.S.

RAFAEL POVEDA CUMPLE CUMPLE CUMPLE TELEVISION E.U. HABILITADO

CENTURY MEDIA CUMPLE CUMPLE S.A.S. CUMPLE HABILITADO

CAJA DE

COMPENSACION CUMPLE NO CUMPLE CUMPLE NO HABILITADO

FAMILIAR CAFAM

VIRTUAL TELEVISION CUMPLE CUMPLE CUMPLE LTDA HABILITADO CUARTO PODER O R CUMPLE CUMPLE S.A.S. CUMPLE HABILITADO Que teniendo en cuenta la anterior evaluación la entidad procedió a realizar la puntuación de las propuestas habilitadas como se pude verificar a continuación:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

Que teniendo en cuenta la anterior evaluación la entidad procedió a realizar la puntuación de las propuestas habilitadas como se pude verificar a continuación:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

CONSOLIDADO RESUMEN DE EVALUACIONRESOLUCION No. d 1 AGO 2014 Hoia No. 3

Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía sam042014

OFERENTE VALOR DE LA EVALUACION EVALUACION APOYO A LA TOTAL

PROPUESTA ECONOMICA TECNICA INDUSTRIA PUNTOS NACIONAL IMAGEN 21 93,28

COMUNICACIONES S.A.S. $ 154.280.000,00 23,28 60 10

NIT 830046731 -5

RAFAEL POVEDA 91 ,37

TELEVISION NIT $ 168.060.970,00 21,37 60 10

83011 4498-5

COLOMBIANA DE 43,66

TELEVISION S.A NIT $ 13 7 .333.325,00 26,1 6 7,5 10

860034318-3

VIRTUAL T.V 40,75

COMUNICACIONES NIT $ 154.500.000,00 23,25 7,5 10

830041621-0

CUARTO PODER OR SAS 40,00

NIT 900098809-7 $ 11 9.735.200,00 30,00 o 10

CENTURY MEDIA S.A.S NIT 35,70 83007501 1-4 $ 13 9.780.000,00 25,70 o 10

Que de acuerdo a lo anterior y previo análisis de la capacidad jurídica, técnica y financiera, de conformidad con lo establecido en los postulados que rigen la función administrativa, dando cumplimiento a los criterios establecidos en los Pliegos de

Que de acuerdo a lo anterior y previo análisis de la capacidad jurídica, técnica y financiera, de conformidad con lo establecido en los postulados que rigen la función administrativa, dando cumplimiento a los criterios establecidos en los Pliegos de Condiciones y por recomendación del equipo evaluador, por ajustarse a la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 151 O de 2013, establecidos en el Pliego de Condiciones y demás normas concordantes, el presente proceso de selección abreviada de menor cuantía sam042014, debe adjudicarse a la empresa IMAGEN 21

COMUNICACIONES S.A.S. con NIT. 830.046.7315

Que en mérito de lo expuesto el Secretario General: RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Adjudicar el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía sam042014, cuyo objeto consiste en: "CONTRATAR LA PREPRODUCCIÓN, PRODUCCIÓN Y POSTPRODUCCIÓN DE CINCO (5) PROGRAMAS DE TELEVISIÓN"., a la empresa IMAGEN 21 COMUNICACIONES S.A.S. con NIT. 830.046.731 -5, por un valor de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL PESOS M/CTE ($1 54.280.000,00), incluido el IVA y los tributos, costos directos e indirectos y gastos que se generen en la ejecución del contrato.

ARTICULO SEGUNDO: Los compromisos contractuales que se deriven de este Proceso de selección abreviada de menor cuantía sam042014, serán con cargo al presupuesto de la Superintendencia de Puertos y Transporte, de acuerdo con el

ejecución del contrato.

ARTICULO SEGUNDO: Los compromisos contractuales que se deriven de este Proceso de selección abreviada de menor cuantía sam042014, serán con cargo al presupuesto de la Superintendencia de Puertos y Transporte, de acuerdo con el certificado de disponibilidad presupuesta! No. 39614 del 20 de junio de 2014.

ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución se entiende notificada en los términos y formas establecidas en el artículo 9° de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTÍCULO CUARTO: Comunicar a los proponentes no favorecidos el contenido de la presente Resolución.

ARTÍCULO QUINTO: El proponente seleccionado deberá suscribir el contrato dentro del término establecido en los Pliegos de Condiciones del Proceso de selección abreviada de menor cuantía sam042014.1[11 AGO ZD14 115 81¡

RESOLUCION No.

Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía sam042014 HoiaNo. 4

ARTÍCULO SEXTO: Publicar el contenido de la presente Resolución en el Portal Único de Contratación - SECOP, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Decreto 1510 de 2013.

ARTÍCULO SÉPTIMO: La presente resolución rige a partir de su notificación y contra la misma no procede recurso alguno por la vía gubernativa, de conformidad con el parágrafo 1 ° del artículo 77 de la Ley 80 de 1993 en concordancia con el inciso 3° del artículo 9° de la Ley 1150 de 2007.

misma no procede recurso alguno por la vía gubernativa, de conformidad con el parágrafo 1 ° del artículo 77 de la Ley 80 de 1993 en concordancia con el inciso 3° del artículo 9° de la Ley 1150 de 2007. Dada en Bogotá, D.C, a los O 11 S 8 7J El

Proyectó: Diego Hernando Forero Castro - Abogado Contratis f¡I/

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