SUPERTRANSPORTE - Resolución 11667 de 2014
Superintendencia de Transporte
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Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Resolución 11667 de 2014
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2014
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
Llbtfiad y O,dtn SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN No. DE l1. 4 AGO 2014 O 1 1 6 6 7; Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada Subasta Inversa Presencial sa052014 EL SECRETARIO GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, en uso de sus atribuciones legales y CONSIDERANDO Que la Superintendencia de Puertos y Transporte mediante documento de estudios previos determinó la necesidad de contratación para la vigencia 2014, el siguiente objeto: "Contratar la adquisición de cinco (5) vehículos para la Superintendencia de Puertos y Transporte, de acuerdo con las especificaciones de la ficha técnica". Que una vez realizados los estudios y documentos previos relativos a la contratación que se comenta, y Teniendo en cuenta que los BIENES y/o SERVICIOS a adquirir, son de aquellos considerados como de características técnicas uniformes, definidos por el artículo 3 del Decreto 1510 de 2013, se deberá adelantar el proceso de Selección Abreviada establecida en el literal a) del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, y el mecanismo a seguir, será el de Subasta Inversa Presencial, previsto en los artículos 41 y siguientes del Decreto 151 O de 2013. Las características técnicas uniformes, de conformidad con la normatividad vigente, son los bienes y servicios de común utilización con especificaciones técnicas y patrones de desempeño y calidad iguales o similares, que en consecuencia pueden ser agrupados como
Las características técnicas uniformes, de conformidad con la normatividad vigente, son los bienes y servicios de común utilización con especificaciones técnicas y patrones de desempeño y calidad iguales o similares, que en consecuencia pueden ser agrupados como bienes y servicios homogéneos para su adquisición, y a los que se refiere el literal (a) del numeral 2 del articulo 2 de la Ley 1150 de 2007. Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 19 del Decreto 151 O de 2013, a partir del 14 de julio de 2014, se publicaron en el Portal Único de Contratación - SECOP-, el documento de Aviso de Convocatoria Pública de la Selección Abreviada Subasta Inversa, el Proyecto de Pliego de Condiciones, y los Estudios y Documentos Previos y Ficha técnica. Que estando dentro del término, fueron presentadas observaciones al proyecto de pliego de condiciones, las cuales fueron resueltas y publicadas en el SECOP, el día 21 de julio de 2014. Que en cumplimiento del artículo 24 del Decreto 1510 de 2013, mediante Resolución No. 011184 del 21 de julio de 2014, se ordenó la apertura del proceso de Selección Abreviada Subasta Inversa sa052014, y se publico conjuntamente con el Pliego Definitivo de Condiciones en la página del SECOP, señalándose el objeto del contrato, la modalidad de selección correspondiente, el cronograma del proceso, el lugar físico y/o electrónico en que se pueden consultar y retirar el pliego de condiciones y los estudios y documentos previos, y la convocatoria para las veedurias ciudadanas, así como la indicación del certificado de disponibilidad presupuesta! correspondiente. Que la Superintendencia de Puertos y Transporte ha estimado como presupuesto oficial de la
convocatoria para las veedurias ciudadanas, así como la indicación del certificado de disponibilidad presupuesta! correspondiente. Que la Superintendencia de Puertos y Transporte ha estimado como presupuesto oficial de la presente contratación la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONESl1 4 AGO 2014 O 1 1 6 6 7, HoiaNo2
RESOLUCION No.
Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada Subasta Inversa Presencial sa052014 QUINIENTOS MIL PESOS ($354.500.000), incluidos todos los impuestos a que haya lugar, costos y gastos que se generen en la ejecución del contrato. Los recursos para atender el objeto de esta contratación provienen primero del peritaje del parque automotor de la entidad que dio como resultado la suma de CINCUENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($54.500.000) y segundo TRECIENTOS MILLONES DE PESOS ($300.000.000) del presupuesto de la Superintendencia de Puertos y Transporte, correspondientes a la vigencia 2014, con cargo al Certificado Disponibilidad Presupuesta! No. 39214 del 12 de junio de 2014. Que de acuerdo a lo establecido en el cronograma del proceso, el día 01 de agosto de 2014, a las 11 :00 a.m. la entidad realizó la diligencia de cierre del proceso, recibiéndose las propuestas presentadas por: BARU MOTORS S.A., CARCO S.A. y CASA TORO AUTOMOTRIZ S.A. Que una vez revisados los sobres presentados por los proponentes, se realizó la evaluación de los requisitos de habilitación jurídica, técnica y financiera, cuyo informe consolidado fue
Que una vez revisados los sobres presentados por los proponentes, se realizó la evaluación de los requisitos de habilitación jurídica, técnica y financiera, cuyo informe consolidado fue publicado en la página del SECOP - Portal Único de Contratación el día 06 de agosto de 2014, el cual contiene la siguiente información.
CONSOLIDADO EVALUACION
NOMBRE DEL VERIFICACION VERIFICACION VERIFICACION RESULTADO
PROPONENTE JURÍDICA TECNICA FINANCIERA FINAL
BARU MOTOR$ CUMPLE NO CUMPLE CUMPLE NO
S.A. HABILITADO
CARCO S.A. NO CUMPLE NO CUMPLE CUMPLE NO
HABILITADO
CASA TORO CUMPLE NO CUMPLE CUMPLE NO AUTOMOTRIZ S.A. HABILITADO Que estando dentro del término de traslado para subsanar, la nueva calificación y consolidado de la evaluación jurídica y Técnica de los proponentes que subsanaron corresponde al siguiente:
NOMBRE DEL VERIFICACION VERIFICACION VERIFICACION RESULTADO
PROPONENTE JURÍDICA TECNICA FINANCIERA FINAL
BARU MOTORS CUMPLE NO CUMPLE CUMPLE NO
S.A. HABILITADO
CARCO S.A. CUMPLE CUMPLE CUMPLE HABILITADO
CASA TORO CUMPLE CUMPLE CUMPLE HABILITADO AUTOMOTRIZ S.A.
Que el día 13 de agosto de 2014, fue publicado en el SECOP el informe definitivo y la lista de proponentes habilitados para participar en la Subasta Inversa Presencial. Que conforme al cronograma establecido en el pliego de condiciones del proceso sa052014 Subasta Inversa Presencial, el día 14 de agosto se llevó a cabo la audiencia pública de
proponentes habilitados para participar en la Subasta Inversa Presencial. Que conforme al cronograma establecido en el pliego de condiciones del proceso sa052014 Subasta Inversa Presencial, el día 14 de agosto se llevó a cabo la audiencia pública de subasta inversa presencial del proceso sa052014, cuyo objeto consiste en: Contratar la adquisición de cinco (5) vehículos para la Superintendencia de Puertos y Transporte, de acuerdo con las especificaciones de la ficha técnica. DESARROLLO DE LA AUDIENCIA Siendo las 11 :00 a.m. del día 14 de Agosto de 2014, conforme al cronograma establecido en el pliego de condiciones del proceso sa052014, se procedió a la verificada del registro de asistencia de los proponentes habilitados a la audiencia de subasta inversa del proceso de selección abreviada sa052014, en el siguiente orden:
1. VERIFICACIÓN Y REGISTRO DE ASISTENCIA..
RESOLUCION No. l1. 4 AGO 2014 01 16 67 .
Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada Subasta Inversa Presencial sa052014 HolaNoJ
1. CASA TORO AUTOMOTRIZ S.A., Representada por el señora YASMID AY ALA ANGULO identificado con la cédula de ciudadanía No. 63.435.253 de Bogotá, previa verificación dfi poder anexo.
2. CARCO S.A., Representada por el señor RICARDO ANTONIO NIÑO CARDENAS identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.303.423 de Bogotá, previa verificación dfi poder anexo.
Acto seguido, se manifiesta que se publicaron en el Secop los documentos que acreditaron la
identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.303.423 de Bogotá, previa verificación dfi poder anexo. Acto seguido, se manifiesta que se publicaron en el Secop los documentos que acreditaron la subsanación y que dieron como resultado a los siguientes habilitados: 1. CASATORO
AUTOMOTRIZ S.A. y 2. CARCO S.A.
2. ASIGNACION DE CONTRASEÑAS Se hace la entrega de contraseñas a los dos proponentes participantes en la audiencia de subasta inversa conjuntamente con sobre y formato para realizar lances.
Se manifiesta a los proponentes que el valor del presupuesto es la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($354.500.000) incluido todos los impuestos a que haya lugar. Acto seguido, se da lectura al procedimiento y reglamento del desarrollo de la Subasta Inversa Presencial por parte del Secretario General el Doctor Nelson Miguel Jaime Olaya, establecido en el Pliego de Condiciones contenidos a partir del numeral 6.3.
3. APERTURA DE OFERTAS ECONOMICAS Se procede a la apertura de la urna que contiene las ofertas económicas y se abren los sobres de los proponentes encontrando que la oferta económica correspondiente a $340.600.000, presentada por el proponente CASATORO AUTOMOTRIZ S.A., constituye precio de arranque para la subasta. No obstante lo anterior, el equipo evaluador verifico cada una de las ofertas presentadas por los proponentes, cumpliendo con lo establecido en el pliego de condiciones.
Conocido el menor valor de oferta económica que corresponde al $340.600.000, se puso de manifiesto a los proponentes, que el tiempo establecido para cada lance es de tres (3) minutos,
Conocido el menor valor de oferta económica que corresponde al $340.600.000, se puso de manifiesto a los proponentes, que el tiempo establecido para cada lance es de tres (3) minutos, y que el decremento establecido sobre el menor valor es del 0.5%, tiempo en el cual hicieron lance y entregaron los dos proponentes su lance respectivo, arrojando como resultado, que de los dos lances realizados, uno no realizo mejora de precio, situación que los inhabilita para seguir participando en la Subasta, conforme a lo establecido en el numeral 6.3.9 LANCES SIN MEJORA DE PRECIOS. "a. En caso de que el proponente no tenga la voluntad de hacer lance de mejora de precios, deberá consignarlo expresa e inequívocamente en formulario para lance de mejora en el campo destinado para el efecto, con lo cual se entenderá su intención de no continuar participando en la subasta." Recibidos los sobres contentivos de los lances anteríormente relacionados y en presencia de los asistentes a la audiencia por parte de la entidad así: Secretario GeneralDr. Nelson Miguel Jaime Olaya. Oficina de Control lnterno.-Jose Jorge roca Martinez. Coordinación Grupo financieraSergio Andres Caro Uscategui delegado. Jefe Oficina Jurídica - Dra. Lina Marcela Cuadros Pineda. Coordinador de Recursos HumanosJuan Armando Miranda Corrales. ContratosNestor Julio Ospina Ovalle y Diego Hernando Forero Castro. Grupo Administrativa Govern Evangelista Vergara Arcia y Diana Sierra Ochoa, se concluye que el menor valor de oferta económica corresponde a TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES OCHENTA MIL PESOS M/CTE. ($338.080.000) Incluidos todos los impuestos a que haya lugar,
oferta económica corresponde a TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES OCHENTA MIL PESOS M/CTE. ($338.080.000) Incluidos todos los impuestos a que haya lugar, correspondiente al lance realizado por la empresa CASA TORO AUTOMOTRIZ S.A. Que Finalizada la audiencia de subasta inversa presencial, la suscripción y legalización del contrato se realizará dentro de los dos (02) días hábiles siguientes a la entrega formal de la minuta del contrato el cual se registrará presupuestalmente, se remitirá copia escaneada a la dirección electrónico que el contratista señale en su propuesta. Que conforme a lo anterior y previo análisis de la capacidad jurídica, técnica y financiera, de conformidad con lo establecido en los postulados que rigen la función administrativa, dando cumplimiento a los criterios establecidos en los Pliegos de Condiciones y por recomendaciónRESOLUCION No. l1 4 AGO 2014 0 1 1 6 6 71 Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada Subasta Inversa Presencial sa052014 HoiaNo4 del equipo evaluador, por ajustarse a la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y en particular al procedimiento establecido en el Decreto 1510 de 2013, articulo 41 establecidos en el Pliego de Condiciones y demás normas concordantes, el presente proceso de selección abreviada Subasta Inversa Presencial sa052014, debe adjudicarse a la empresa CASATORO AUTOMOTRIZ S.A. Nit. 830.004.993-8 por haber presentado y ofertado la propuesta económica más baja. Que en mérito de lo expuesto el Secretario General:
RESUELVE
AUTOMOTRIZ S.A. Nit. 830.004.993-8 por haber presentado y ofertado la propuesta económica más baja. Que en mérito de lo expuesto el Secretario General: RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Adjudicar el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada Subasta Inversa Presencial sa052014, cuyo objeto consiste en: "Contratar la adquisición de cinco (5) vehículos para la Superintendencia de Puertos y Transporte, de acuerdo con las especificaciones de la ficha técnica", a la empresa CASATORO AUTOMOTRIZ S.A. Nit. 830.004.993-8 por un valor de TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES OCHENTA MIL PESOS M/CTE. ($338.080.000) Incluidos todos los impuestos a que haya lugar.
ARTICULO SEGUNDO: Los compromisos contractuales que se deriven de este Proceso de Selección Abreviada sa022014, serán con cargo al presupuesto de la Superintendencia de Puertos y Transporte, de acuerdo con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 39214 del 12 de junio de 2014.
ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución se entiende notificada en los términos y formas establecidas en el artículo 9° de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar a los proponentes no favorecidos el contenido de la presente Resolución.
ARTÍCULO QUINTO: El proponente seleccionado deberá suscribir el contrato dentro del término establecido en los Pliegos de Condiciones del Proceso de Selección Abreviada
Subasta Inversa 052014.
presente Resolución.
ARTÍCULO QUINTO: El proponente seleccionado deberá suscribir el contrato dentro del término establecido en los Pliegos de Condiciones del Proceso de Selección Abreviada
Subasta Inversa 052014.
ARTÍCULO SEXTO: Publicar el contenido de la presente Resolución en el Portal Único de Contratación - SECOP, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Decreto 1510 de 2013.
ARTÍCULO SÉPTIMO: La presente resolución rige a partir de su comunicación y contra la misma no procede recurso alguno por la via gubernativa, de conformidad con el parágrafo 1° del artículo 77 de la Ley 80 de 1993 en concordancia con el inciso 3° del artículo 9° de la Ley 1150 de 2007.
Dada en Bogotá, o.e, a los l1 4 AGO 2014
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQU
Proyectó: Diego Hemando Forero Castro - Abogado Contratista.
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