SUPERTRANSPORTE - Resolución 12760 de 2014
Superintendencia de Transporte
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Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Resolución 12760 de 2014
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2014
REPÚBLICA DE COLOMBIA
Ul:et13d y Orden SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN No. DE 12 7 AGO 2014 D 1 2 7 6 Q¡ Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección por Concurso de Méritos cm012014 EL SECRETARIO GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, en uso de sus atribuciones legales y CONSIDERANDO Que la Superintendencia de Puertos y Transporte mediante documento de estudios previos determinó la necesidad de contratación para la vigencia 2014, el siguiente objeto: "Seleccionar un intermediario de seguros, legalmente establecido en Colombia, para que sin erogación para la LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, preste asesoría integral en la contratación, administración y manejo de las pólizas que integran el programa de seguros para la adecuada protección de las personas, bienes muebles o inmuebles propiedad de LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE y aquellos por los que sea o llegare a ser legalmente responsable y demás intereses patrimoniales, contra los riesgos a que se encuentre expuesta LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, a partir del vencimiento de las pólizas con las que cuenta la entidad" Que una vez realizados los estudios y documentos previos relativos a la contratación que se comenta, según lo señalado en el artículo 20 del Decreto 151 O de 2013, se determinó como modalidad de selección para llevarla a cabo, el Concurso de Méritos, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, en
como modalidad de selección para llevarla a cabo, el Concurso de Méritos, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con lo previsto en el Artículo 66 del Decreto 151 O de 2013. Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 19 del Decreto 151 O de 2013, a partir del 21 de julio de 2014, se publicaron en el Portal Único de Contratación - SECOP-, el documento de Aviso de Convocatoria Pública de la Selección Abreviada de menor cuantía, el Proyecto de Pliego de Condiciones, y los Estudios y Documentos Previos. Que de conformidad con el artículo 1341 del código de comercio "La comisión del intermediario de seguros será pagada directamente por la compañía aseguradora que emita las pólizas que se contraten durante el período de vigencia del contrato con el intermediario". En consecuencia, el contrato resultante no causa pago o erogación alguna para LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, cualquier pago que genere la intermediación solicitada será por cuenta de la(s) compañía(s) de seguro, con las cuales se suscriban las pólizas. Que durante el término de publicación del proyecto de pliegos de condiciones, se presentaron observaciones las cuales fueron oportunamente respondidas y publicadas.RESOLUCION No. 12 7 AGO 2014 01276 Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección por Concurso de Méritos cm012014 Hoja o. 2 Que mediante Resolución No.011442 del 30 de julio de 2014, el Secretario General de la SUPERINTENDENCIA, ordenó la Apertura del Concurso de Méritos cm012014, y en el
Hoja o. 2 Que mediante Resolución No.011442 del 30 de julio de 2014, el Secretario General de la SUPERINTENDENCIA, ordenó la Apertura del Concurso de Méritos cm012014, y en el mismo acto se dispuso la publicación del Pliego de Condiciones, la cual se cumplió en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP), a través del Portal Único de Contratación www.contratos.gov.co. Que el 5 de agosto de 2014, se publicó la Adenda No.1, eliminándose el numeral 3.1.3. Certificado de Existencia y representación Legal expedido por la Superintendencia Financiera y se modificaron los anexos 2, 3 y 4, y el tercer punto del numeral 3.3.3. Personal Mínimo Requerido, de los pliegos de condiciones. Que de acuerdo a lo establecido en el cronograma del proceso, el día 12 de agosto de 2014, a las 09:00 a.m. la entidad realizó la diligencia de cierre del proceso, recibiéndose dos (2) propuestas, presentadas por:
1. DELIMA MARSH S.A.
2. JARGU S.A. CORREDORES DE SEGUROS Que el Secretario General designó el Comité Evaluador del concurso de méritos cm012014.
Que el comité evaluador llevó a cabo la evaluación de los requisitos de habilitación jurídica, técnica y financiera, así como los puntajes asignados, cuyo informe consolidado fue publicado en la página del SECOPPortal Unico de Contratación el día 19 de agosto de 2014, arrojando la siguiente información:
EVALUACIÓN TÉCNICA
fue publicado en la página del SECOPPortal Unico de Contratación el día 19 de agosto de 2014, arrojando la siguiente información: EVALUACIÓN TÉCNICA # NOMBRE EVALAUCIÓN EVALUACIÓN EXPERIENCIA INDUSTRIA RESÚMEN PPTE JURÍDICA FINANCIERA DEL EXPERIENCIA EQUIPO DE NACIONAL
PROPONENTE ESPECIFICA TRABAJO IHABILITANTEI OELIMA CUMPLE CUMPLE CUMPLE 400 400 200 CUMPLE 1 MARSH S.A
JARGU S.A.
CORREDORE NO CUMPLE CUMPLE CUMPLE 400 350 200 NO CUMPLE 2 S DE SEGUROS Que durante la etapa de traslado, los oferentes tuvieron la oportunidad de presentar observaciones y documentos para subsanar la evaluación, según fuera el caso, y como resultado de dicho traslado fue publicada la evaluación 2 el 26 de agosto de 2014, con el siguiente resultado: EVALUACIÓN TÉCNICA # NOMBRE EVALAUCIÓN EVALUACIÓN EXPERIENCIA INDUSTRIA RESÚMEN PPTE JURÍDICA FINANCIERA DEL EXPERIENCIA EQUIPO DE NACIONAL
PROPONENTE ESPECIFICA TRABAJO IHABILITANTEI DELIMA CUMPLE CUMPLE CUMPLE 200 400 200 CUMPLE 1 MARSH S.A
JARGU S.A.
CORREDORE CUMPLE CUMPLE CUMPLE 400 400 200 CUMPLE 2 S DE
SEGUROS
Que el 26 de agosto de 2014, se publicó la Adenda No.2, modificando la hora señalada para la audiencia de adjudicación. Que en virtud del numeral 2.19 del pliego de condiciones, la propuesta más favorable para la SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, es la propuesta
para la audiencia de adjudicación. Que en virtud del numeral 2.19 del pliego de condiciones, la propuesta más favorable para la SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, es la propuesta presentada por JARGU S.A. CORREDORES DE SEGUROS. Que en tal virtud, el comité evaluador hace la recomendación al Secretario General del7 7 AGO 2014 O 1 2 7 6 01
RESOLUCION No.
Por medio de la cual se adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección por Concurso de Méritos cm012014 Hoja No. 3 adjudicar el concurso de méritos cm012014, al proponente JARGU S.A. CORREDORES
DE SEGUROS.
Que habiéndose agotado conforme lo indicado anteriormente, todos los trámites legales previstos, el Secretario General de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en ejemicio de sus atribuciones legales, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Adjudicar el contrato resultante del Proceso de Selección por Concurso de Méritos cm012014, cuyo objeto es "Seleccionar un intermediario de seguros, legalmente establecido en Colombia, para que sin erogación para la LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, preste asesoría integral en la contratación, administración y manejo de las pólizas que integran el programa de seguros para la adecuada protección de las personas, bienes muebles o inmuebles propiedad de LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE y aquellos por los que sea o llegare a ser legalmente responsable y demás intereses patrimoniales, contra /os riesgos a que se encuentre expuesta LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, a partir del vencimiento de las
por los que sea o llegare a ser legalmente responsable y demás intereses patrimoniales, contra /os riesgos a que se encuentre expuesta LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, a partir del vencimiento de las pólizas con las que cuenta la entidad", a la empresa JARGU S.A. CORREDORES DE
SEGUROS.
ARTICULO SEGUNDO: La presente Resolución se entiende notificada en los términos y formas establecidas en el artículo 9° de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO TERCERO: El proponente seleccionado deberá suscribir el contrato dentro del término establecido en los Pliegos de Condiciones del Concurso de Méritos cm012014.
ARTICULO CUARTO: Publicar el contenido de la presente Resolución en el Portal Único de Contratación - SECOP, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Decreto 1510 de 2013.
ARTÍCULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de su notificación y contra la misma no procede recurso alguno por la vía gubernativa, de conformidad con el parágrafo 1° del artículo 77 de la Ley 80 de 1993 en concordancia con el inciso 3° del artículo 9° de la Ley 1150 de 2007.
Dada en Bogotá, D.C, a los veintisiete (27) días del mes de agosto de 2.014. 012760 YA
Proyectó: Mauricio Andres Hernandez Anzola - Aboga,do Contr isla