SUPERTRANSPORTE - Resolución 14099 de 2019
Superintendencia de Transporte
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Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Resolución 14099 de 2019
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2019
j < . • Í 'i i REPUBLICA DE COLOMBiA •
• MINISTERIO DE TRANSPORTE SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE RESOLUCIÓN NÚMERO 1 4 O 9 9 1 9 DIC 21119
Por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG en la Superintendencia de Transporte, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones LA SUPERINTENDENTE DE TRANSPORTE En ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto 2409 de 2018 y demás normas concordantes, y l. CONSIDERANDO 1.1. Que la Superintendencia de Transporte es una entidad del orden nacional, adscrita al Ministerio de Transporte, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, encargada de ejercer las funciones de inspección, vigilancia y control que le corresponden al Presidente de la República como suprema autoridad administrativa en materia de tránsito, transporte y su infraestructura de conformidad con la Ley y la delegación establecida en el artículo 4 del Decreto 2409 de 2018. 1.2. Que el artículo 13 de la Ley 87 de 1993 establece que los organismos y entidades del Estado, en sus diferentes órdenes y niveles, deben establecer un Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, de acuerdo con la naturaleza de las funciones propias de la organización. 1.3. Que el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 20182022 "Todos por un nuevo país", integró en un solo sistema de gestión, los sistemas de desarrollo administrativo y de gestión de la calidad, previstos en las Leyes 489 de 1998 y 872 de 2003,
2022 "Todos por un nuevo país", integró en un solo sistema de gestión, los sistemas de desarrollo administrativo y de gestión de la calidad, previstos en las Leyes 489 de 1998 y 872 de 2003, respectivamente, el cual debe articularse con el Sistema de Control Interno consagrado en la Ley 87 de 1993 y en los artículos 27, 28 y 29 de la Ley 489 de 1998. 1.4. Que mediante el Decreto número 1083 de 2015 se expidió el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública y compiló en un solo cuerpo normativo los decretos reglamentarios vigentes de competencia del sector de la función pública, incluidos los atinentes a las siguientes materias: Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, y el Sistema de Gestión de Calidad. 1.5. Que el Decreto 648 de 2017, por el cual se modificó y adicionó el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública, consideró necesario regular la organización de las Oficinas de Control Interno, su rol y actualizar lo relativo al Comité de Coordinación de Control Interno en las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional frente a las nuevas tendencias internacionales en materia de auditoría interna. 1.6. Que el afiículo 2.2.21.1.5 del Decreto 1083 de 2015 definió que las entidades que hacen parte del ámbito de aplicación de la Ley 87 de 1993, deberán establecer un Comité Institucional de Coordinadón de Control Interno como órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos del control interno y dispuso que las entidades y organismos del Estado están obligadas a establecer un Comité Institucional de Coordinación de Control Interno como órgano asesor e instancia decisoria en
Coordinadón de Control Interno como órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos del control interno y dispuso que las entidades y organismos del Estado están obligadas a establecer un Comité Institucional de Coordinación de Control Interno como órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos de control interno.r====================================fi' ===a,• RESOLUCIÓN NÚMERO l 4 O 9 9 1 o r,c 2019 HOJA No. ,2 Por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG en la Superintendencia de Transporte, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones. 1.7. Que en el Artículo 2.2.21.1.6 del Decreto 1083 de 2015; estableció las funciones del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno. 1.8. Que, en concordaficia cpn !o ;anterior, el firt¡culo 2.2.21.1.5 del Decreto 1083 de 2015 dispone que las entidades y Organistn'os del Estado están obligadas a establecer un Comité Institucional de Coordinación de Control Interno como órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos de control interno. 1.9. Que el artículo 2.2.22.3.2 del Decreto 1083 de 2015, estableció los términos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPGy lo determinó como un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y de los organismos públicos, dirigido a generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio.
ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y de los organismos públicos, dirigido a generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio. 1.10. Que el artículo 2.2.22.3.8 del precitado Decreto dispone que cada una de las entidades integrará un Comité Institucional de Gestión y Desempeño encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, el cual sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo y que no sean obligatorios por mandato legal. 1.11. Que el artículo 2.2.23.1 de la misma norma señala que el Sistema de Control Interno previsto en las leyes 87 de 1993 y 489 de 1998 se articulará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, a través de los mecanismos de control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y el logro de resultados de las entidades. 1.12. Que el artículo 2.2.23.1 de la misma norma señala que el Sistema de Control Interno se articulará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, a través de los mecanismos de control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y el logro de resultados de las entidades. El Control Interno es transversal a la gestión y desempeño de las entidades y se implementa a través del Modelo Estándar de Control Interno - MECI. 1.13. Que el artículo 4 del Acuerdo 12 de 1995, "Por el cual se modifica la parte I del Acuerdo No. 07 del
entidades y se implementa a través del Modelo Estándar de Control Interno - MECI. 1.13. Que el artículo 4 del Acuerdo 12 de 1995, "Por el cual se modifica la parte I del Acuerdo No. 07 del 29 de junio de 1994 Reglamento General de Archivos", determina que cada entidad establecerá un Comité de Archivo legalizado mediante un acto administrativo correspondiente, como un grupo asesor de la alta dirección responsable de definir las políticas, los programas de trabajo y de la toma de decisiones en los procesos administrativos y técnicos de los archivos. 1.14. Que a través de la Resolución número 9332 de 2018, la Superintendencia de Transporte adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, reglamentando el alcance del Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno y se conformaron los Comités Institucionales de Gestión y Desempeño y de Coordinación de Control Interno. 1.15. Que el Presidente de la República a través del Decreto 2409 de 2018, renovó la Superintendencia de Transporte, otorgándole nuevas funciones y modificando su estructura. 1.16. Que, en este sentido, se hace necesario actualizar la estructura adoptada a través de la Resolución número 9332 de 2018 por la cual se adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG en la Superintendencia de Transporte. Conforme a lo expuesto este Despacho,l RESOLUCIÓN NÚMERO 1 o me 2319 .: ,; HOJA No.fi Por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG en la Superintendencia de Transporte, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones.
11. RESUELVE
TÍTULO 1
Por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG en la Superintendencia de Transporte, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones.
11. RESUELVE
TÍTULO 1
DEL MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN Artículo Primero. Actualización del Modelo Integrado de Planeación y Gestión. Actualícese para el funcionamiento del Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno, el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, como un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de la Superintendencia de Transporte, con el fin de generar resultados que atiendan al Plan Estratégico Institucional y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio, estableciendo roles y responsabilidades para su desempeño. Artículo Segundo. Objetivos. El Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, tendrá como objetivos: i) Fortalecer el liderazgo y el talento humano bajo los principios de integridad y legalidad, como motores de la generación de resultados de la Superintendencia de Transporte. ii) Agilizar, simplificar y flexibilizar la operación de la Superintendencia de Transporte para la generación de bienes y servicios que resuelvan efectivamente las necesidades de los ciudadanos. iii) Desarrollar una cultura organizacional fundamentada en la información, el control y la evaluación para la toma de decisiones la mejora continua. iv) Facilitar y promover la efectiva participación ciudadana en la planeación, gestión y evaluación de la Superintendencia de Transporte. v) Promover la coordinación de la Superintendencia de Transporte con otras entidades públicas para
- Facilitar y promover la efectiva participación ciudadana en la planeación, gestión y evaluación de la Superintendencia de Transporte. v) Promover la coordinación de la Superintendencia de Transporte con otras entidades públicas para mejorar su gestión y desempeño.
Artículo Tercero. Políticas de Gestión y Desempeño Institucional. Las políticas de Gestión y Desempeño Institucional son las siguientes: i) Planeación Institucional, ii) Gestión presupuesta! y eficiencia del gasto público, iii) Talento humano, iv) Integridad, v) Transparencia, acceso a la información pública y lucha contra la corrupción, vi) Fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos, vii) Servicio al ciudadano, viii) Participación ciudadana en la gestión pública, ix) Racionalización de trámites, x) Gestión documental,RESOLUCIÓN NÚMERO : ' í .' • . ; : ¡ fi: / 1 4 O 9 9 1 o r1{ 2019 HOJA No . .4 Por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG en la Superintendencia de Transporte, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones.
- Gobierno Digital xii) Seguridad Digital, xiii) Defensa jurídica, xiv) Gestión del conocimiento y la innovación, xv) Control interno, xvi) Seguimiento y evaluación del desempeño institucional, y
- Mejora Normativa.
Parágrafo. Las políticas de gestión y desempeño institucional se regirán por las normas que las regulan o reglamentan y se implementarán a través de planes, programas, proyectos, metodologías y estrategias.
- Mejora Normativa.
Parágrafo. Las políticas de gestión y desempeño institucional se regirán por las normas que las regulan o reglamentan y se implementarán a través de planes, programas, proyectos, metodologías y estrategias. Artículo Cuarto. Roles, responsabilidades y autoridades en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG. El diseño, ejecución y mantenimiento de las políticas de gestión y desempeño institucional definidas en el artículo tercero de la presente Resolución y el desarrollo de la metodología para la implementación de las actualizaciones del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, son responsabilidad de las dependencias líderes de la política, sin perjuicio de la participación de las demás dependencias de la entidad involucradas en la ejecución de cada uno de los requerimientos. Así, se definen los soportes documentales relacionados con el cumplimiento de las políticas de gestión y desempeño institucional para cada una de las dimensiones y el líder responsable de gestionarlas dentro de la entidad: Dimensión Políticas de gestión y Rol: Líder desempeño institucional Política de gestión estratégica del Coordinación del Grupo de Talento Talento Humano Talento Humano Humano o quien haga sus veces. Política de integridad (2da. Línea de Defensa) Política de planeación Oficina Asesora de Planeación. institucional (2da. Línea de Defensa) Direccionamiento Política de Gestión Presupuesta! y Secretaría General. estratégico y eficiencia del gasto Público (1ra. Línea de Defensa) planeación Oficina Asesora de Planeación. Política de integridad (Consolida) (2da. Línea de Defensa)
estratégico y eficiencia del gasto Público (1ra. Línea de Defensa) planeación Oficina Asesora de Planeación. Política de integridad (Consolida) (2da. Línea de Defensa) Política de Fortalecimiento Oficina Asesora de Planeación. Organizacional y Simplificación de (2da. Línea de Defensa) Procesos Gestión con Valores Oficina de Tecnologías de la para resultados Política de Gobierno Digital Información y las Comunicaciones. -(2da. Línea de Defensa) Oficina de Tecnologías de la Política de seguridad digital Información y las Comunicaciones - (2da. Línea de Defensa)RESOLUCIÓN NÚMERO : 1 o r1c 2019 HOJA No.§. Por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG en la Superintendencia de Transporte, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones. Dimensión Evaluación de Resultados Información y Comunicación Gestión del conocimiento y la innovación Control Interno Políticas de gfifit¡q1ry, desempeño insfiJÜc'iohair •• Política de Defensa Jurídica Política de servicio al ciudadano Política de Racionalización de· trámites Política de Participación ciudadana en la gestión publica Mejora Normativa Otros aspectos Seguimiento y evaluación del Desempeño Institucional Política de Gestión Documental. Política de Transparencia, acceso a la información Pública y lucha contra la corrupción Gestión del conocimiento y la innovación Control Interno .. . • "' . Rol: Líder.
Política de Gestión Documental. Política de Transparencia, acceso a la información Pública y lucha contra la corrupción Gestión del conocimiento y la innovación Control Interno .. . • "' . Rol: Líder. Oficina Asesora Jurídica (2da. Línea de Defensa) Coordinación del Grupo de Atención al Ciudadano o quien haga sus veces: (2da. Línea de Defensa) Coordinación del Grupo de Atención al Ciudadano o quien haga sus veces.· (2da. Línea de Defensa) Coordinación del Grupo de Atención al Ciudadano o quien haga sus veces. (2da. Línea de Defensa) Oficina Asesora de Planeación (Consolida) Oficina Asesora Jurídica. (2da. Línea de Defensa) Oficina Asesora de Planeación. (2da. Línea de Defensa) (Todas las dependencias) Coordina la Oficina Asesora de Planeación. Dirección Administrativa (2da. Línea de Defensa) Oficina Asesora de Planeación - (2da. Línea de Defensa) Coordinación del Grupo de Talento Humano o quien haga sus veces; Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; y Oficina Asesora de Planeación (2da. Línea de Defensa) Oficina Asesora de Planeación (2da. Línea de Defensa) y Oficina de Control Interno (3ra. Línea de Defensa) Artículo Quinto. Estructura del Modelo Estándar de Control Interno actualizado. El Modelo Estándar de
Oficina Asesora de Planeación (2da. Línea de Defensa) y Oficina de Control Interno (3ra. Línea de Defensa) Artículo Quinto. Estructura del Modelo Estándar de Control Interno actualizado. El Modelo Estándar de Control Interno - MECI actualizado se especializa en el control, de tal manera que no sea entendido como una herramienta de gestión más de las organizaciones. En este sentido, la estructura se acompaña del esquema de ''Tres Líneas de Defensa", las cuales se pueden describen a continuación:RESOLUCIÓN NÚMERO HOJA No.§ Por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG en la Superintendencia de Transporte, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones. LINEA ESTRATÉGICA • Define el marco general para la gestión del riesgo y el control. • A cargo de la Alta Dirección y Comité Institucional de Coordinación de Control Interno. • Este nivel analiza los riesgos y amenazas institucionales al cumplimiento de los planes estratégicos (objetivos, metas, indicadores) • En consecuencia, tiene la responsabilidad de definir el marco general para la gestión del riesgo (política de administración del riesgo) y garantiza el cumplimiento de los planes de la entidad. 1ª Línea de Defensa A cargo de los Gerentes Públicos y líderes de procesos o gerentes operativos de programas y proyectos de la entidad. 2ª Línea de Defensa A cargo de servidores que tienen responsabilidades directas frente al momento y evaluación del estado de los controles y a gestión del riesgo. Entre ellos se encuentran jefes de planeación o quienes hagan sus veces, coordinadores de equipos o grupos de trabajo,
tienen responsabilidades directas frente al momento y evaluación del estado de los controles y a gestión del riesgo. Entre ellos se encuentran jefes de planeación o quienes hagan sus veces, coordinadores de equipos o grupos de trabajo, supervisores e interventores de contratos o proyectos, Comités de Riesgos -donde existan-, Comité de Contratación, áreas financieras, de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, entre otros que generen información para el aseguramiento de la operación. 3ª Línea de Defensa A cargo de la Oficina de Control Interno, Auditoría Interna o quien haga sus veces. Artículo Sexto. Medición de la Gestión y Desempeño Institucional. La Superintendencia de Transporte realizará la recolección de información necesaria para la medición de la gestión y desempeño institucional, la cual se hará a través del Formulario Único de Reporte y Avance de Gestión - FURAG, así como a través de otros mecanismos de análisis de datos y construcción de índices e indicadores y de reportes y visualización de los resultados de la medición del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, de manera consolidada y por política de gestión y desempeño institucional. Parágrafo. La medición de la gestión y desempeño institucional se hará a través del índice, las metodologías o herramientas definidas por el Departamento Administrativo de la Función Pública, sin perjuicio de otras mediciones que en la materia efectúen las entidades del Gobierno Nacional.
TÍTULO 11
DEL SISTEMA DE GESTIÓN Artículo Séptimo. Sistema de Gestión. Es el conjunto de políticas, normas, recursos e información, cuyo
perjuicio de otras mediciones que en la materia efectúen las entidades del Gobierno Nacional.
TÍTULO 11
DEL SISTEMA DE GESTIÓN Artículo Séptimo. Sistema de Gestión. Es el conjunto de políticas, normas, recursos e información, cuyo objeto es dirigir la gestión pública de la Superintendencia de Transporte al mejor desempeño institucional y a la consecución de resultados para la satisfacción de las necesidades y el goce efectivo de los derechos de los ciudadanos, en el marco de la legalidad y la integridad.RESOLUCIÓN NÚMERO 1.4,0 9 9 ,.1. ' '· ; ·- ¡, \ HOJA No.z Por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG en la Superintendencia de Transporte, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones. Artículo Octavo. Articulación y complementariedad con otros sistemas de gestión. El Sistema de Gestión se complementa y articula, entre otros, con los Sistemas Nacional de Servicio al Ciudadano, de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, de Gestión Ambiental y de Seguridad de la Información y otros que se consideren pertinentes e idóneos. Artículo Noveno. Articulación del Sistema de Gestión con los Sistemas de Control Interno. El Sistema de Control Interno previsto en la Ley 87 de 1993 y la Ley 489 de 1998, se articulará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG, a través de los mecanismos de control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y el logro de resultados de la Superintendencia de Transporte. El Control Interno es transversal a la gestión y desempeño de la Superintendencia de Transporte y se
control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y el logro de resultados de la Superintendencia de Transporte. El Control Interno es transversal a la gestión y desempeño de la Superintendencia de Transporte y se implementará a través del Modelo Estándar de Control Interno - MECI. Artículo Décimo. Dirección y Coordinación del Sistema de Gestión. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño será el encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG. Parágrafo. El Superintendente de Transporte, Secretario General, Superintendentes Delegados, Jefes de Oficinas Asesoras, Jefes de Oficinas, Directores, o quienes hagan sus veces, serán responsables de la implementación del Sistema de Gestión en cada una de sus dependencias. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación coordinará el Sistema de Gestión. Artículo Décimo Primero. Cadena de valor. Se adopta la cadena de valor para la Superintendencia ·de Transporte a través de la cual, se desarrolla el modelo de gestión por procesos que se interrelacionan adecuadamente y están en constante mejoramiento, para obtener servicios que satisfacen las necesidades de los clientes tanto internos como externos y a través de los cuales se implementa el Sistema de Gestión de la entidad.
TÍTULO 111
DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO Artículo Décimo Segundo. Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Establézcase el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Superintendencia de Transporte. Parágrafo. Este Comité sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo Integrado de
Institucional de Gestión y Desempeño de la Superintendencia de Transporte. Parágrafo. Este Comité sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, y cuya conformación no sea obligatoria por mandato legal. Artículo Décimo Tercero. Naturaleza del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño es un órgano rector, articulador y ejecutor, a nivel institucional de las acciones y estrategias para la correcta implementación, operación, desarrollo, evaluación y seguimiento del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG. Artículo Décimo Cuarto. Integración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Superintendencia de Transporte estará integrado por: i) El Secretario General, quien lo presidirá. ii) El Superintendente Delegado para la Protección de Usuarios del Sector Transporte.
- El Superintendente Delegado de Puertos.RESOLUCIÓN NÚMERO 1 4 O 9 9 1 O fiIC 2019 HOJA No. 8
Por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG en la Superintendencia de Transporte, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones.
- El Superintendente Delegado de Concesiones e Infraestructura.
- El Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre. vi) El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica. vii) El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, quien actuará como Secretario del Comité. viii) El Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
- El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica. vii) El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, quien actuará como Secretario del Comité. viii) El Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. ix) El Jefe de la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces, quien será invitado permanente con voz, pero sin voto.
Parágrafo. Invitados. Serán invitados ocasionales los funcionarios que, por su condición jerárquica, funcional o conocimiento técnico, deban asistir, según el caso concreto. Igualmente, el Comité por intermedio de su Secretaría Técnica, podrá invitar a sus sesiones a las personas o servidores que requiera para la mejor comprensión de los asuntos materia de consideración, quienes asistirán a las sesiones con derecho a voz, pero sin voto. Artículo Décimo Quinto. Funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Son funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Superintendencia de Transporte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.22.3.8 del Decreto 1083 de 2015, las siguientes: i) Aprobar y hacer seguimiento, por lo menos una vez cada tres meses, a las acciones y estrategias adoptadas para la operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG. ii) Articular los esfuerzos institucionales, recursos, metodologías y estrategias para asegurar la implementación, sostenibilidad y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG. iii) Proponer al Comité Sectorial de Gestión y el Desempeño Institucional, iniciativas que contribuyan al mejoramiento en la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestióniii) Proponer al Comité Sectorial de Gestión y el Desempeño Institucional, iniciativas que contribuyan al mejoramiento en la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y GestiónMIPG. iv) Presentar los informes que el Comité Sectorial de Gestión y el Desempeño Institucional y los organismos de control requieran sobre la gestión y el desempeño de la entidad. v) Adelantar y promover acciones permanentes de autodiagnóstico para facilitar la valoración interna de la gestión. vi) Asegurar la implementación y desarrollo de las políticas de gestión y directrices en materia de seguridad digital y de la información. vii) Cumplir las funciones del Comité Interno de Archivo, enunciadas en el artículo 16 del Decreto 2578 de 2012 y el artículo 11 del Decreto número 2609 del 2012, aprobar el Programa de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo (SGDEA). viii) Realizar análisis de los trámites de la entidad, con el objeto de proceder a su racionalización, simplificación, automatización, aprobación, adopción, publicación y divulgación en el medio y momentos que el Estado disponga para tal efecto. ix) Cumplir con las funciones del Comité en el que se traten los temas relacionados con la capacitación, formación para el trabajo, estímulos e incentivos para el Talento Humano de la entidad.RESOLUCIÓN NÚMERO : ; . ¡ r -1 4 o g g i: • 1 o e I e 2019 HOJA No. ª Por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG en la Superintendencia de Transporte, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones.
Por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG en la Superintendencia de Transporte, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones. x) Definir prioridades para la adopción, adaptación, adecuado funcionamiento y optimización de los sistemas de información gerencial, estadística, financiera, de planeación y de evaluación de procesos, así como para utilización de indicadores de gestión generales y por áreas; xi) Analizar y sugerir las políticas y estrategias necesarias para el desarrollo, implementación, perfeccionamiento y sostenibilidad de la estrategia de Gobierno Digital, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 10 08 del 14 de junio del 2018 . xii) Analizar y emitir propuestas para resolver los asuntos éticos que sea necesario resolver en la entidad. xiii) Las demás que tengan relación directa con la implementación, desarrollo y evaluación del Modelo, tales como: a. Hacer seguimiento a los planes, programas, proyectos, estrategias y herramientas necesarias para la implementación interna de las políticas de gestión. b. Definir mejoras al Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, implementado por la entidad, con especial énfasis en las actividades de control establecidas en todos los niveles de la organización y estudiar y adoptar las mejoras propuestas por el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno. Artículo Décimo Sexto. Funciones del Presidente del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Son funciones del Presidente del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Superintendencia de Transporte, las siguientes: i) Promover las citaciones del Comité, presidir, instalar y dirigir las reuniones correspondientes. ii) Representar al Comité cuando se requiera.
Transporte, las siguientes: i) Promover las citaciones del Comité, presidir, instalar y dirigir las reuniones correspondientes. ii) Representar al Comité cuando se requiera. iii) Servir de canal de comunicación de las decisiones del Comité. Únicamente el presidente podrá informar oficialmente los asuntos decididos por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Superintendencia de Transporte. iv) Las demás funciones que establezca la ley o el reglamento. Artículo Décimo Séptimo. Funciones de la Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. La Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Superintendencia de Transporte será ejercida por el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación o quien haga sus veces. Sus funciones son las siguientes: i) Convocar a sesiones a los integrantes del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, indicando: hora, día y lugar de la reunión, la agenda y si es presencial o virtual. Convocatoria que habrá de realizar con por lo menos con dos (2) días de antelación. ii) Programar la agenda del Comité Institucional de Gestión y Desempeño y enviarla por lo menos con dos (2) días de antelación a los integrantes del Comité. iii) Elaborar las actas de las sesiones que efectúe el Comit
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