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SUPERTRANSPORTE - Resolución 14133 de 2020

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 14133 de 2020
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2020

REPÚBLICA DE COLOMBIA

M I N I S T E R I O D E T R A N S P O R T E

SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE

RESOLUCIÓN No. DE

( )

"Por la cual se subroga la resolución 14099 del 10 de diciembre de 2019 que actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones.”

EL SUPERINTENDENTE DE TRANSPORTE

En ejercicio de facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Decreto 2741 de 2001 y el Decreto 2409 del 24 de diciembre de 2018 y demás normas concordantes.

CONSIDERANDO

La Superintendencia de Transporte es una entidad del orden nacional, adscrita al Ministerio de Transporte, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, encargada de ejercer las funciones de Inspección, Vigilancia y Control que le corresponden al Presidente de la República como suprema autoridad administrativa en materia de tránsito, transporte y su infraestructura de conformidad con la Ley y la delegación establecida en el Artículo 41 del Decreto 101 de 2000, modificado por el artículo 3 del Decreto 2741 de 2001 y el artículo 4 del decreto 2409 de 2018.

El artículo 13 de la Ley 87 de 1993 establece que los organismos y entidades del Estado, en sus diferentes órdenes y niveles, deben establecer un Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, de acuerdo con la naturaleza de las funciones propias de la organización.

El artículo 6 de la Ley 87 de 1993 establece que el establecimiento y desarrollo del Sistema de Control

Interno, de acuerdo con la naturaleza de las funciones propias de la organización.

El artículo 6 de la Ley 87 de 1993 establece que el establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en los organismos y entidades públicas, será responsabilidad del representante legal o máximo directivo correspondiente. No obstante, la aplicación de los métodos y procedimientos al igual que la calidad, eficiencia y eficacia del control interno, también será de responsabilidad de los jefes de cada una de las distintas dependencias de las entidades y organismos.

El artículo 4 del Acuerdo 12 de 1995, “Por el cual se modifica la parte I del Acuerdo No.07 del 29 de junio de 1994 Reglamento General de Archivos”, determina que cada entidad establecerá un Comité de Archivo legalizado mediante un acto Administrativo correspondiente, como un grupo asesor de alta dirección responsable de definir las políticas, los programas de trabajo y de la toma de decisiones en los procesos administrativos y técnicos de los archivos.

El artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, integró en un solo Sistema de Gestión, los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de la Calidad, previstos en las Leyes 489 de 1998 y 872 de 2003, respectivamente, el cual deberá articularse con el Sistema de Control Interno consagrado en la Ley 87 de 1993 y en los artículos 27 al 29 de la Ley 489 de 1998.

Mediante el Decreto número 1083 de 2015, se expidió el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública y compiló en un solo cuerpo normativo los decretos reglamentarios vigentes de"Por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones.”

Función Pública y compiló en un solo cuerpo normativo los decretos reglamentarios vigentes de"Por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones.”

competencia del sector de la función pública, incluidos los atinentes a las siguientes materias; Modelo Integrado de Planeación y Gestión; Sistema de Gestión de Calidad.

En concordancia con lo anterior, el artículo 2.2.21.1.5 del Decreto 1083 de 2015 dispone que las entidades y organismos del Estado están obligadas a establecer un Comité Institucional de Coordinación de Control Interno como órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos de control interno.

El artículo 2.2.22.3.1 del Decreto 1083 de 2015 adoptó la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG con el fin de lograr el funcionamiento del Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno.

El artículo 2.2.22.3.2. del Decreto 1083 de 2015, estableció los términos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG es un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y de los organismos públicos, dirigido a generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio.

El Artículo 2.2.22.3.8 del citado Decreto dispone que cada una de las entidades integrará un Comité Institucional de Gestión y Desempeño encargado de orientar la implementación y operación del Modelo

El Artículo 2.2.22.3.8 del citado Decreto dispone que cada una de las entidades integrará un Comité Institucional de Gestión y Desempeño encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, el cual sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo y que no sean obligatorios por mandato legal.

La misma norma establece que en el nivel central de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, el Comité será liderado por el viceministro o subdirector de departamento administrativo o secretarios generales y en el nivel descentralizado, por los subdirectores generales o administrativos o los secretarios generales o quienes hagan sus veces, e integrado por los servidores públicos del nivel directivo o asesor que designe el representante legal de cada entidad.

El artículo 2.2.23.1 de la misma norma señala que el Sistema de Control Interno previsto en las leyes 87 de 1993 y 489 de 1998 se articulará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, a través de los mecanismos de control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y el logro de resultados de las entidades. El Control Interno es transversal a la gestión y desempeño de las entidades y se implementa a través del Modelo Estándar de Control Interno – MECI.

El Decreto 648 de 2017, expedido por la Presidencia de la Republica, “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentaria Único del Sector de la Función Pública”, consideró necesario regular la organización de las Oficinas de Control Interno, su rol y actualizar lo relativo al Comité de Coordinación

Decreto 1083 de 2015, Reglamentaria Único del Sector de la Función Pública”, consideró necesario regular la organización de las Oficinas de Control Interno, su rol y actualizar lo relativo al Comité de Coordinación de Control Interno en las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional frente a las nuevas tendencias internacionales en materia de auditoría interna. De esta manera, en su artículo 2.2.21.1.5 Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, definió que las entidades que hacen parte del ámbito de aplicación de la Ley 87 de 1993, deberán establecer un Comité Institucional de Coordinación de Control Interno como órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos del control interno.

El artículo 2.2.21.1.6 del Decreto 648 de 2017, se establecieron las Funciones del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno.

En concordancia con lo anterior, el artículo 2.2.21.1.5 del Decreto 1083 de 2015 dispone que las entidades y organismos del Estado están obligadas a establecer un Comité Institucional de Coordinación de Control Interno como órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos de control interno.

Mediante resolución No.9332 de 1 de marzo de 2018, la Superintendencia de Puertos y Transporte (hoy Superintendencia de Transporte) adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, reglamentando el alcance del Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno y se conformaron los Comités Institucionales de Gestión y Desempeño y de Coordinación de Control RESOLUCION No. DE Hoja No. 2 de 17RESOLUCION No. DE Hoja No. 3 de 17

se conformaron los Comités Institucionales de Gestión y Desempeño y de Coordinación de Control RESOLUCION No. DE Hoja No. 2 de 17RESOLUCION No. DE Hoja No. 3 de 17

"Por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones.”

Interno. Mediante Resolución 14099 del 10 de diciembre de 2019, se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones.

En diciembre de 2019, el Departamento Administrativo de la Función Pública – DAFP, emitió la 3ra. versión de Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, que presentó cambios de forma y fondo y en particular en lo relacionado con la actualización de la denominación y contenidos de la Política de Archivos y Gestión Documental y la Incorporación de contenidos para las políticas de Mejora Normativa y Gestión de la Información Estadística.

El Presidente de la República a través del Decreto 2409 del 24 de diciembre de 2018, renovó la Superintendencia de Transporte, otorgándole nuevas funciones y modificando su estructura.

Que, con fundamento en las anteriores consideraciones,

RESUELVE:

TÍTULO I:

DEL MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN

ARTÍCULO PRIMERO. Actualización del Modelo Integrado de Planeación y Gestión. Actualícese el Modelo Integrado de Planeación y Gestión conformado por el Sistema de Gestión y el Sistema de Control Interno, como un mecanismo que facilita la integración y articulación de los mismos. El Modelo Integrado

Modelo Integrado de Planeación y Gestión conformado por el Sistema de Gestión y el Sistema de Control Interno, como un mecanismo que facilita la integración y articulación de los mismos. El Modelo Integrado de Planeación y Gestión es el marco de referencia para planear, ejecutar, dirigir, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de la Superintendencia de Transporte, con el fin de generar resultados que atiendan al Plan Estratégico Institucional y resuelvan las necesidades y problemas de los usuarios, ciudadanos y grupos de valor con integridad y calidad en el servicio.

ARTÍCULO SEGUNDO: Objetivos. El Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), tendrá como

objetivos:

1. Fortalecer el liderazgo y el talento humano bajo los principios de integridad y legalidad, como motores de la generación de resultados de la Superintendencia de Transporte.

2. Agilizar, simplificar y flexibilizar la operación de la Superintendencia de Transporte para la generación de bienes y servicios que resuelvan efectivamente las necesidades de los ciudadanos.

3. Desarrollar una cultura organizacional fundamentada en la información, el control y la evaluación para la toma de decisiones en procura de la mejora continua.

4. Facilitar y promover la efectiva participación ciudadana en la planeación, gestión y evaluación de la Superintendencia de Transporte.

5. Promover la coordinación de la Superintendencia de Transporte con otras entidades públicas para mejorar su gestión y desempeño.

ARTÍCULO TERCERO: Políticas de Gestión y Desempeño Institucional. Las políticas de Gestión y

Desempeño Institucional son las siguientes:

1. Planeación Institucional

2. Gestión presupuestal y eficiencia del gasto público

3. Talento humano

Desempeño Institucional son las siguientes:

1. Planeación Institucional

2. Gestión presupuestal y eficiencia del gasto público

3. Talento humano

4. Integridad

5. Transparencia, acceso a la información pública y lucha contra la corrupción

6. Fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos

7. Servicio al ciudadano

8. Participación ciudadana en la gestión públicaRESOLUCION No. DE Hoja No. 4 de 17

"Por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones.”

9. Racionalización de trámites

10. Gobierno Digital, antes Gobierno en Línea

11. Seguridad Digital

12. Defensa jurídica

13. Mejora Normativa

14. Gestión del Conocimiento y la Innovación

15. Gestión Documental

16. Gestión de la información estadística

17. Seguimiento y evaluación del desempeño institucional

18. Control interno PARÁGRAFO. Las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional se regirán por las normas que las regulan o reglamentan y se implementarán a través de planes, programas, proyectos, metodologías y estrategias.

ARTÍCULO CUARTO: Roles, responsabilidades y autoridades en el Modelo de Planeación y Gestión – MIPG. El diseño, ejecución y mantenimiento de las políticas de gestión y desempeño institucional definidas en el artículo tercero de la presente resolución y el desarrollo de la metodología para la implementación de las actualizaciones del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, son responsabilidad de las dependencias líderes de la política, sin perjuicio de la participación de las demás dependencias de la entidad

las actualizaciones del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, son responsabilidad de las dependencias líderes de la política, sin perjuicio de la participación de las demás dependencias de la entidad involucradas en la ejecución de cada uno de los requerimientos.

Así se definen los soportes documentales relacionados con el cumplimiento de las políticas de gestión y desempeño institucional para cada una de las dimensiones y el líder responsable de gestionarlas dentro de la entidad:

Dimensión Política de Gestión y Desempeño Institucional

Rol: Líder

1. Talento Humano 1.1 Política de Gestión Estratégica del Talento Humano Coordinación del Grupo de Talento Humano o quien haga sus veces. (2da. Línea de defensa) 1.2 Política de Integridad

2.Direccionamiento Estratégico y Planeación 2.1 Política de Planeación Institucional Oficina Asesora de Planeación (2da. Línea de defensa) 2.2 Política de Gestión Presupuestal y Eficiencia del Gasto Público Secretaria General (1ra. Línea de defensa) 2.3 Política de Integridad Oficina Asesora de Planeación (2da. Línea de defensa)

3. Gestión con Valores para Resultados 3.1 Política de Fortalecimiento Organizacional y Simplificación de

Procesos Oficina Asesora de Planeación (2da. Línea de defensa) 3.2 Política de Gobierno Digital Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (2da. Línea de defensa)

Procesos Oficina Asesora de Planeación (2da. Línea de defensa) 3.2 Política de Gobierno Digital Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (2da. Línea de defensa) 3.3 Política de Seguridad Digital Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (2da. Línea de defensa) 3.4 Política de Defensa Jurídica Oficina Asesora Jurídica (2da. Línea de defensa) 3.5 Mejora Normativa Oficina Asesora Jurídica (2da. Línea de defensa)RESOLUCION No. DE Hoja No. 5 de 17

"Por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones.”

Dimensión Política de Gestión y Desempeño

Institucional Rol: Líder 3.6 Política de Servicio al

Ciudadano Coordinación Grupo de Atención al Ciudadano o quien haga sus veces (2da. Línea de defensa) 3.7 Política Racionalización de Trámites Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y Oficina Asesora de Planeación (2da. Línea de defensa) 3.8 Política de Participación Ciudadana en la Gestión Pública Coordinador del Grupo de Atención al Ciudadano o quien haga sus veces (2da. Línea de defensa)

4. Evaluación de Resultados 4.1 Seguimiento y Evaluación del

Desempeño Institucional (Todas las dependencias) Coordina la Oficina Asesora de Planeación

4. Evaluación de Resultados 4.1 Seguimiento y Evaluación del

Desempeño Institucional (Todas las dependencias) Coordina la Oficina Asesora de Planeación

5. Información y Comunicación

5.1 Política de Gestión Documental (Política de Archivos y Gestión Documental) Dirección Administrativa (2da. Línea de defensa) 5.2 Política de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Lucha Contra la Corrupción. Oficina Asesora de Planeación (2da. Línea de defensa) 5.3 Política de Gestión de la Información Estadística Oficina Asesora de Planeación (2da. Línea de defensa)

6. Gestión del Conocimiento y la Innovación 6.1 Política de Gestión del Conocimiento y la Innovación

Coordinación del Grupo de Talento Humano o quien haga sus veces; Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Y Oficina Asesora de Planeación. (2da. Línea de defensa)

7. Control Interno

7.1 Control Interno Línea Estratégica, Alta Dirección y Comité Institucional de Control Interno, los Líderes de Proceso y sus equipos (1era. Línea), Oficina Asesora de Planeación (2da. Línea de defensa) y quienes realizan la autoevaluación.

ARTÍCULO QUINTO: Estructura del Modelo Estándar de Control Interno actualizado: El Modelo Estándar de Control Interno – MECI actualizado se especializa en el control, de tal manera que no sea

realizan la autoevaluación.

ARTÍCULO QUINTO: Estructura del Modelo Estándar de Control Interno actualizado: El Modelo Estándar de Control Interno – MECI actualizado se especializa en el control, de tal manera que no sea entendido como una herramienta de gestión más de las organizaciones. En este sentido, la estructura se acompaña del esquema de “Tres Líneas de Defensa” las cuales se describen a continuación:

LINEA ESTRATEGICA  Define el marco general para la gestión del riesgo y el control.  A cargo de la Alta Dirección y Comité Institucional de Coordinación de Control Interno  Este nivel analiza los riesgos y amenazas institucionales al cumplimiento de los planes estratégicos (objetivos, metas, indicadores)  En consecuencia, tiene la responsabilidad de definir el marco general para la gestión del riesgo (política de administración del riesgo) y garantiza el cumplimiento de los planes de la entidad.RESOLUCION No. DE Hoja No. 6 de 17

"Por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones.”

1ª Línea de Defensa 2ª Línea de Defensa 3ª Línea de Defensa A cargo de los Gerentes Públicos y líderes de procesos o gerentes operativos de programas y proyectos de la entidad. A cargo de servidores que tienen responsabilidades directas frente al momento y evaluación del estado de los controles y la gestión del riesgo. Entre ellos se encuentran jefes de planeación o quienes hagan sus veces, coordinadores de equipos o grupos de trabajo, supervisores e interventores de contratos o proyectos, Comités de riesgosgestión del riesgo. Entre ellos se encuentran jefes de planeación o quienes hagan sus veces, coordinadores de equipos o grupos de trabajo, supervisores e interventores de contratos o proyectos, Comités de riesgosdonde existan-, Comité de Contratación, áreas financieras, de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, entre otros que generen información para el aseguramiento de la operación. A cargo de la Oficina de Control Interno, Auditoria Interna o quien haga sus veces.

ARTÍCULO SEXTO: Medición de la Gestión y Desempeño Institucional. La Superintendencia de Transporte realizará la recolección de información necesaria para dicha medición se hará a través del Formulario Único de Reporte y Avance de Gestión – FURAG, así como a través de otros mecanismos de análisis de datos y construcción de índices, indicadores, reportes y visualización de los resultados de la medición del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, de manera consolidada y por política de gestión y desempeño institucional.

La medición de la gestión y desempeño institucional se hará a través del índice, las metodologías o herramientas definidas por el Departamento Administrativo de la Función Pública, sin perjuicio de otras mediciones que en la materia efectúen las entidades del Gobierno Nacional.

TÍTULO II:

DEL SISTEMA DE GESTIÓN.

ARTÍCULO SÉPTIMO. Sistema de Gestión. Es el conjunto de políticas, normas, recursos e información, cuyo objeto es dirigir la gestión pública de la Superintendencia de Transporte al mejor desempeño institucional y a la consecución de resultados para la satisfacción de las necesidades y el goce efectivo de

cuyo objeto es dirigir la gestión pública de la Superintendencia de Transporte al mejor desempeño institucional y a la consecución de resultados para la satisfacción de las necesidades y el goce efectivo de los derechos de los ciudadanos, en el marco de la legalidad y la integridad.

ARTÍCULO OCTAVO: Articulación y complementariedad con otros sistemas de gestión. El Sistema de Gestión se complementa y articula, entre otros, con los Sistemas Nacional de Servicio al Ciudadano, de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, de Gestión Ambiental y de Seguridad de la Información y otros que se consideren pertinentes e idóneos.

ARTÍCULO NOVENO. Articulación del Sistema de Gestión con los Sistemas de Control Interno. El Sistema de Control Interno previsto en la Ley 87 de 1993 y la Ley 489 de 1998, se articulará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, a través de los mecanismos de control y verificación que permite el cumplimiento de los objetivos y el logro de los resultados de la Superintendencia de Transporte.

El Control Interno es transversal a la gestión y desempeño de la Superintendencia de Transporte y se implementará a través del Modelo Estándar de Control Interno – MECI.

ARTÍCULO DÉCIMO. Dirección y Coordinación del Sistema de Gestión. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño será el encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG.RESOLUCION No. DE Hoja No. 7 de 17

"Por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones.”

de Planeación y Gestión – MIPG.RESOLUCION No. DE Hoja No. 7 de 17

"Por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones.”

PARÁGRAFO. El Superintendente de Transporte, Secretario General, Superintendentes Delegados, Jefes de oficinas Asesoras, Jefes de Oficinas, Directores, o quienes hagan sus veces, serán responsables de la implementación del Sistema de Gestión en cada una de sus dependencias. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación coordinará el Sistema de Gestión.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. Cadena de Valor. Se adopta la cadena de valor para la Superintendencia de Transporte a través de la cual, se desarrolla el modelo de gestión por procesos que se interrelacionan adecuadamente y están en constante mejoramiento, para obtener servicios que satisfacen las necesidades de los clientes tanto internos como externos y a través de los cuales se implementa el Sistema de Gestión de la entidad.

TÍTULO III:

DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. Mantener el Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Preservar la creación y funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Superintendencia de Transporte.

PARÁGRAFO. Este comité sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG y que no sean obligatorios por mandato legal.

ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. Naturaleza del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. El

Planeación y Gestión – MIPG y que no sean obligatorios por mandato legal.

ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. Naturaleza del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño es un órgano rector, articulador y ejecutor, a nivel institucional, de las acciones y estrategias para la correcta implementación, operación, desarrollo, evaluación y seguimiento del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG.

CAPÍTULO I

INTEGRACIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO

ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO. Integración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Superintendencia de Transporte está integrado por:

1. El Secretario General, quien lo presidirá.

2. El Superintendente Delegado de Puertos.

3. El Superintendente Delegado de Concesiones e Infraestructura.

4. El Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre.

5. El Superintendente Delegado de Protección de Usuarios del Sector Transporte.

6. El Jefe de la Oficina Jurídica.

7. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, quien actuará como Secretario del Comité.

8. El Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. La secretaría técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Superintendencia de

ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. La secretaría técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Superintendencia de Transporte será ejercida por el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación o quien haga sus veces.

ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO. Funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Son funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Superintendencia de Transporte, las siguientes:

1. Aprobar y hacer seguimiento, por lo menos una vez cada tres meses, a las acciones y estrategias adoptadas para la operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG.

2. Articular los esfuerzos institucionales, recursos, metodologías y estrategias para asegurar la implementación, sostenibilidad y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG.

3. Proponer al Comité Sectorial de Gestión y el Desempeño Institucional, iniciativas que contribuyan al mejoramiento en la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión

– MIPG.RESOLUCION No. DE Hoja No. 8 de 17

"Por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, se crean algunas instancias administrativas y se dictan otras disposiciones.”

4. Presentar los informes que el Comité Sectorial de Gestión y el Desempeño Institucional y los organismos de control requieran sobre la gestión y el desempeño de la entidad.

5. Adelantar y promover acciones permanentes de autodiagnóstico para facilitar la valoración interna de la gestión.

6. Asegurar la implementación y desarrollo de las políticas de gestión y directrices en materia de

5. Adelantar y promover acciones permanentes de autodiagnóstico para facilitar la valoración interna de la gestión.

6. Asegurar la implementación y desarrollo de las políticas de gestión y directrices en materia de seguridad digital y de la información.

7. Aprobar y hacer seguimiento a los planes, programas, proyectos, estrategias y herramientas necesarias para la implementación interna de las políticas de gestión.

8. Definir mejoras al Modelo Integrado de Planeación y Gestión implementado por la entidad, con especial énfasis en las actividades de control establecidas en todos los niveles de la organización y estudiar y adoptar las mejoras propuestas del Comité Institucional de Coordinación de Control

Interno.

9. Efectuar recomendaciones al Comité Institucional de Coordinación de Control Interno en relación con las políticas de gestión y desempeño que puedan generar cambios o ajustes a la estructura de control de la entidad.

10. Generar espacios que permitan a sus participantes el estudio y análisis de temas relacionados con políticas de gestión y desempeño, buenas prácticas, herramientas, metodologías u otros temas de interés para fortalecer la gestión y el desempeño institucional y así lograr el adecuado desarrollo de sus funciones.

11. Cumplir las funciones del Comité Interno de Archivo, enunciadas en el artículo 16 del Decreto número 2578 de 2012 y conforme al artículo 11 del Decreto número 2609 del 2012, aprobar el Programa de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo (SGDEA).

12. Realizar análisis de los trámites de la entidad, con el objeto de proceder a su racionalización, simplificación, automatización, aprobación, adopción, publicación y divulgación en el medio que el estado tenga a bien disponer para tal efecto.

12. Realizar análisis de los trámites de la entidad, con el objeto de proceder a su racionalización, simplificación, automatización, aprobación, adopción, publicación y divulgación en el medio que el estado tenga a bien disponer para tal efecto.

13. Cumplir con las funciones del Comité en el que se traten los temas relacionados con la capacitación, formación para el trabajo, estímulos e incentivos para el Talento Humano de la entidad.

14. Definir prioridades para la adopción, adaptación, adecuado funcionamiento y optimización de los sistemas de información gerencial, estadística, financiera, de planeación y de evaluación de procesos, así como para utilización de indicadores de gestión generales y por áreas;

15. Analizar y sugerir las políticas y estrategias necesarias para el desarrollo, implementación, perfeccionamiento y sostenibilidad de la estrategia de Gobierno Digital, en concordancia con el Decreto 1008 del 14 de junio del 2018.

16. Analizar y emitir propuestas para resolver los asuntos éticos que sea necesario resolver en la entidad.

17. Las demás asignadas por el Representante Legal de la Superintendencia de Transporte que tengan relación directa con la implementación, desarrollo y evaluación del Modelo, tales como:

17.1 Hacer seguimiento a los planes, programas, proyectos, estrategias y herramientas necesarias para la implementación interna de las políticas de gestión.

17.2 Definir mejoras al Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, implementado por la entidad, con especial énfasis en las actividades de control establecidas en todos los niveles de la organización, estudiar y adoptar las mejoras propuestas por el Comité Institu

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