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SUPERTRANSPORTE - Resolución 15679 de 2013

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 15679 de 2013
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2013

REPÚBLICA DE COLOMBIA • 16 OIU 21113

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MINISTERIO DE TR ANS PO RTE

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE

RESOLUCION No DE ( Por medio de la cual se justifica una contratación directa O 156 79 EL SECRETARIO GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, en uso de sus atr ibuciones legales y en especial las que le confiere la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 734 de 2012 y las Resolución No. 8474 del 5 de diciembre de 2012, modificada mediante la Resolución 7730 de 2013. y CONSIDERANDO: Que según lo señalado en la Resolución No. 8531 del 5 de agosto de 2013. publicada en el SECOP el 6 de agosto de 2013 y en el Diario Oficial el dia 9 de agosto de 2013, la Superintendencia de Puertos y Transporte se acogió al régimen pe transición señalado en el numeral 2, articulo 162 del Decreto 1510 de 2013. En consecuencia, lodos los procesos de contratación de la Superintendencia de Puertos y Transporte continuaran bajo el régimen contractual regulado en el Decreto 734 de 2012 hasta el 31 de Diciembre de 2013. Que la Coordinación del Grupo de Informática y Estadística, ha identificado la necesidad de adquirír las actualizaciones de la versión del software PC SECURE-PC ADMIN para el sistema de seguridad de estaciones cliente de la Superintendencia de Puertos y Transporte, incluido soporte postventa. Que de acuerdo a lo expuesto se elaboraron los estudios y documentos previos respectivos para la

las actualizaciones de la versión del software PC SECURE-PC ADMIN para el sistema de seguridad de estaciones cliente de la Superintendencia de Puertos y Transporte, incluido soporte postventa. Que de acuerdo a lo expuesto se elaboraron los estudios y documentos previos respectivos para la contratación que se comenta, según lo señalado en el Articulo 2.1.1 del Decreto 734 de 2012, por parte de la Coordinación del Grupo de Informática y Estadística. Que los estudios previos anteriormente señalados señalan que: ºLa empresa TECNOLOGIA DE HARDWARE Y SOFTWARE PCTECHSOFT S.A.S. se encuentra autorizada por el Ministerio de Interior y de Justicia, Di/'8cción Nacional de Derechos de Autor como propietaria del software en mención Registro Nacional de Derecho de Autor correspondiente al libro 13, Tomo 8 partida 137, con certificado de inscripción Oficio No. 2000339 desde el ailo 2011 y de acuerdo al articulo 7 de la Decisión 351 de 1993 "el derecho de autor protege exclusivamente la forma mediante la cual las Ideas del autor son descritas, explicadas, Ilustradas o incorporadas a las obras". La Superintendencia de Puertos y Transporte suscribió el 09 de Julio de 2012, con Fa empresa TECNOLOGIA DE HARDWARE Y SOFTWARE PCTECHSOFT S.A.S., el contrato que desarrollo el siguiente objeto contractual: "Adquisición de licencia vitalicia del aplicativo PC SECURE:-PC ADMIN para el sistema de seguridad de estaciones cliente de la superintendencia de puertos y transporte, Teniendo que la empresa TECNOLOGIA DE HARDWARE Y SOFTWARE PCTECHSOFT S.A.S., es qvien ostenta /a propiedad de los registros y derechos de autor. es el (mico que puede proveer la necesidad plasmada án el presente estudio previo.· ir j j

S.A.S., es qvien ostenta /a propiedad de los registros y derechos de autor. es el (mico que puede proveer la necesidad plasmada án el presente estudio previo.· ir j j .] (., ,)RESOLUCION No.

16 DIE20U

DE 2013 015679 Por medio de la cual se justifica una contratación directa HoiaNo. 2 Que por lo anterior se cumplen los requisitos legales para la celebración de un contrato de compraventa, mediante la causal de oontratacion directa señalada en el literal g) del numeral 4, articulo 2° de Ley 1150 de 2007 reglamentado por el numeral 2 del articulo 3.4.2.4.1 del Decreto 734 de 2012 que señala: Artículo 3.4.2.4.1. Contratación directa cuando no exista pluralidad de oferentes. Se considera que no exíi,te pluralidad de oferentes: (. ... )

2. Cuando solo exista una persona que pueda proveer el bien o el servicio por ser titular de los derechos de propiedad industrial o de los derechos de autor, o por ser su proveedor exclusivo. ( . .) Que para el proceso de contratación se cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta!

No. 74213 del 4 de diciembre de 2013. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar y sel\alar como causal para la celebración del contrato cuyo objeto consiste en "Adquirir /as actualizaciones de la version del software pe secure-pc admin para el sistema de seguridad de estaciones c/ienie de la superintendencia de puertos y transporte. Incluido soporte pos/venta·, en la modalidad de contratación directa con TECNOLOGIA DE

el sistema de seguridad de estaciones c/ienie de la superintendencia de puertos y transporte. Incluido soporte pos/venta·, en la modalidad de contratación directa con TECNOLOGIA DE HARDWARE Y SOFTWARE PCTECHSOFT SAS identificada con Nit 900018297-4 ARTICULO SEGUNDO.- Determinar, en cumplimiento de lo señalado en el Articulo 3.4.1.1 del Decreto 734 de 2012, que la contratación objeto del presente acto administrativo reúne además del objeto antes señalado las siguientes características: a) Señalamiento de ta Cáusat que se invoca: Se ha determínado en cumplimiento de dispuesto en el literal g) del numeral 4, artículo 2° de Ley 1150 de 2007 reglamentado por el numeral 2 del artículo 3.4.2.4.1 del Decreto 734 de 2012 b) Presupuesto para la Contratación: Se estableció como presupuesto oficial la suma de NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SESENTA PESOS, ($9.951.060), incluido todos los tributos, los cuales se cancelarán con cargo al Certificado de Disp.onibilidad Presupuesta! No. 7 4213 del 4 de diciembre de 2013. c) Lugar donde se pueden consultar tos estudios y documentos previos El estudio de conveniencia y op0rtunidad se podrá consultar físicamente en el Despacho de la Secretaria General, ubicada en la Calle 63 No. 9•.45, piso 3'. ARTICULO TERCERO. Contra el presente acto no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el articulo 75• del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011

ARTICULO TERCERO. Contra el presente acto no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el articulo 75• del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011 ARTICULO CUARTO. Ordenar la publicación del presente acto administrativo en el SECOP. Proyectó· Ftevlsó jt. i i r, ARTICULO QUINTO. Vigencia.- La presente Resolución rigel":z: 11 ir expedición. fi11 OLAYA de ta fecha de su 015679

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