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SUPERTRANSPORTE - Resolución 157 de 2023

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 157 de 2023
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2023

RESOLUCIÓN No.

REPUBUCA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE TRANSPORTE

SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE 157 DE 27/01/2023

Por medio de la cual se adopta la Polltica Institucional para la Prevención y Atención del Acoso Laboral y Acoso Sexual Laboral de la Superintendencia de Transporte LA SUPERINTENDENTE DE TRANSPORTE En ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas en los numerales 3 y 23 del artículo 7 del Decreto 2409 del 24 de diciembre de 2018, y demás normas concordantes, y; CONSIDERANDO 1.1. Que el 8rtículo 25 de la Constitución Política de Colombia, establece que "El 'trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un 'trabajo en condiciones dignas y justas." 1.2. Que_ la Ley 1010 del 23 de enero de 2006 adopta medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo. 1.3. Que la Ley 2209 del 23 de mayo de 2022 modifica el artículo 18 de la Ley 1010 de 2006 en el sentido de ampliar el termino de reclamación de las acciones derivadas del acoso laboral en tanto "caducarán en tres (3) aifos a partir de la fecha en que hayan ocurrido las conductas a que hace referencia esta Ley. 1.4. Que la Resolución 652 del 30 de abril de 2012 establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas y se dictan otras disposiciones.

1.4. Que la Resolución 652 del 30 de abril de 2012 establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas y se dictan otras disposiciones. 1.5. Que la Resolución 7542 del 12 de septiembre de 2022: ªporta cual se confonna el Comité de Convivencia Laboral de la Supeñntendencia de Transporte 2022-2024 y se establecen sus lineamientos y funciones." 1.6. Que la Directiva presidencial No. 03 del 08 de mmzo de 2022 establece criterios para la implementación de los "Protocolos para la Prevención y Atención de Acoso Sexual y/o Discriminación por Razón del Sexo en el Ámbito Laboral: 1.7. Que la Polltica Institucional para la Prevención y Atención del Acoso Laboral y Acoso Sexual Laboral busca prevenir, corregir y eliminar toda conducta constitutiva de acoso laboral y acoso sexual en el maroo de las relaciones laborales en la entidad. 1.8. Que el Comité de Convivencia Laboral, por medio de acta del 23 de diciembre de 2022, revisó la Política Institucional para la Prevención y Atención del Acoso Laboral y Acoso Sexual laboral y se aprobó en el Comité Institucional de Gestión y Desempel'io el 25 de enero de 2023. 1.9. Que la polltica aprobada por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño y que se adopta mediante esta resolución, se integrará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeaclón y Gestión - MIPG, aRESOLUCIÓN No. 157 DE 27/01/2023 HOJA No 1

Por medio de la cual se adopta la Polltica Institucional para la Prevención y Atención del Acoso Laboral y Acoso Sexual Laboral de la Superintendencia de Transporte través de la cadena de valor de la Superintendencia de Transporte por la cual se desarrolla el modelo de gestión por procesos. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE Articulo Primero. Adoptar la Polltica Institucional para la Prevención y Atención del Acoso Laboral y Acoso Sexual Laboral de la Superintendencia de Transporte, la cual se encuentra anexa a la presente Resolución y hace parte integral de la misma. Lo anterior, como marco de referencia para promover el respeto como el eje principal de las interacciones de los servidores públicos que laboran en la Superintendencia y la protección de los derechos humanos en el ámbito laboral; prevenir, mitigar y eliminar toda fonna de conducta de acoso laboral y acoso sexual en el marco de las relaciones laborales. Articulo Segundo. Publicar la presente Resolución en la página web de la Superintendencia de Transporte. Articulo Tercero. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de su expedición. La Superintendente COMUNIQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá a los 157 DE 27/01/2023

Proyectó: Contra1lsla Grupo de Talento Humano-Milton Arley .- t.tl{-

Revlsó: Coordinadora Grupo de Talento Humano -Maria Angéli Coley

Secretaria General Sandia -Vlviana cadena Martlnez

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