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SUPERTRANSPORTE - Resolución 191 de 2013

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 191 de 2013
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2013

REPÚBLICA DE COLOMBIA fi Libt1tad y 01 dvn

MI NISTERIO DE TRANSPORTE SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN No. Ü Ü Ü Ü Ü 191 1 2 5 ENE. 2013

Por la cual se expide al anexo técnico para la homologación de los sistemas de Control y Vigilancia ordenado a través de la Resolución 7034 del 17 de octubre de 2012 y se modifica el término para su exigibilidad. EL SUPERINTENDENTE DE PUERTOS Y TRANSPORTE En ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confieren los artículos 41, 42 y 44 del Decreto 101 del 2000, los numerales 11, 12 y 16 del artículo 12 del Decreto 1016 de 2000, modificados por el artículo 8 del Decreto 2741 de 2001, Ley 1 de 1991, Ley 105 de 1993, Ley 336 de 1996, parágrafo del artículo 89 de la Ley 1450 de 2011 y considerando, CONSIDERANDO De conformidad con el artículo 41 del Decreto 101 de 2000, modificado por el Decreto 27 41 de 2001 se delega en la Superintendencia de Puertos y Transporte "Supertransporte", la función de inspeccionar, vigilar y controlar la aplicación y el cumplimiento de las normas que rigen el sistema de tránsito y transporte. Acorde con lo preceptuado en el parágrafo 3º del artículo 3º de la Ley 769 de 2002 Jr· la Superintendencia de Puertos y Transporte tiene la función de vigilar y controlar a ''Las autoridades, los organismos de tránsito, las entidades públicas o privadas que constituyan organismos de apoyo".

la Superintendencia de Puertos y Transporte tiene la función de vigilar y controlar a ''Las autoridades, los organismos de tránsito, las entidades públicas o privadas que constituyan organismos de apoyo". La Ley 769 de 2002 establece como principios rectores del Tránsito Terrestre a nivel nacional "la seguridad de los usuarios, la calidad, la oportunidad, el cubrimiento, la libertad de acceso, la plena identificación, la libre circulación, la educación y la descentralización", preceptos conforme a los cuales se identifican las actividades que deben desarrollarse en los Centros de Reconocimiento de Conductores. De acuerdo a los requisitos establecidos en el artículo 19 de la Ley 769 de 2002 (modificado por el artículo 5º de la Ley 1383 de 201 O, modificado por el artículo 3º de la Ley 1397 de 201 O y por el artículo 196 del Decreto-ley 019 de 2012) para la obtención de la licencia de conducción para vehículos automotores se requiere: '--------------------- ---- -------RESOLUCION No. DE 2 5 ENE. 2013 00000191 Hoja No. 2 de 5 Por la cual se expide el anexo técnico para la homologación de los sistemas de Control y Vigilancia ordenado a través de la Resolución 7034 del 17 de octubre de 2012 y se modifica el término para su exigibilldad. "e) Presentar certificado de aptitud física, mental y de coordinación motriz para conducir expedido por una Institución Prestadora de Salud o por un Centro de Reconocimiento de Conductores, de conformidad con la reglamentación que expida el Ministerio". En concordancia con el parágrafo de la norma en cita, se establece como uno de los

Reconocimiento de Conductores, de conformidad con la reglamentación que expida el Ministerio". En concordancia con el parágrafo de la norma en cita, se establece como uno de los requisitos para obtener la licencia de conducción por primera vez, la recategorización. o la renovación de la misma, el demostrar ante las autoridades de tránsito la aptitud física, mental y de coordinación motriz, valiéndose para su valoración de los medios tecnológicos sistematizados y digitalizados requeridos, que permitan medir y evaluar dentro de los rangos establecidos por el Ministerio de Transporte según los parámetros y límites internacionales, entre otros: la capacidad de visión y orientación auditiva, la agudeza visual y campimetría, los tiempos de reacción y recuperación al encandilamiento, la capacidad de coordinación entre la aceleración y el frenado, la coordinación integral motriz de la persona, la discriminación de colores y la phoria horizontal y vertical.". De acuerdo a las facultades conferidas en el parágrafo del artículo 89 de la Ley 1450 de 2011 mediante la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010 - 2014, la Superintendencia de Puertos y Transporte está en la obligación de reglamentar las características técnicas de los sistemas de seguridad que deberán implementar cada uno de los vigilados, para que se garantice la legitimidad de esos certificados y se proteja al usuario de la falsificación. Por lo enunciado se hace necesario expedir dicha reglamentación determinando qué condiciones técnicas mínimas deben implementar aquellos vigilados que emiten certificados, para que de esta manera se garantice la legitimidad y la autenticidad de los mismos. Con el fin de garantizar una mayor calidad y transparencia en el proceso de expedición

condiciones técnicas mínimas deben implementar aquellos vigilados que emiten certificados, para que de esta manera se garantice la legitimidad y la autenticidad de los mismos. Con el fin de garantizar una mayor calidad y transparencia en el proceso de expedición de los certificados por parte de los Centros de Reconocimiento de Conductores, es necesario, que los mismos adopten las disposiciones técnicas mínimas requeridas por esta Superintendencia. Que de acuerdo a lo allí preceptuado y en aplicación a los principios contenidos en el artículo 209 de la Constitución Política, el artículo 3º de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo) y los contenidos en el artículo 3º de la Ley 489 de 1998, especialmente los de coordinación, celeridad, economía, eficacia y eficiencia, la reglamentación técnica que deben adoptar los vigilados que emitan certificados conforme se solicita en el parágrafo del artículo 89 de la Ley 1450 de 2011, debe tener en cuenta lineamientos que les faciliten adaptarse a sus nuevas obligaciones legales, las cuales se orientan a dar efectividad y seguridad al proceso del registro y expedición del Certificado de Aptitud física, mental y de coordinación motriz. En virtud de lo anterior, la Superintendencia de Puertos y Transporte expidió la Resolución 7034 del 17 de octubre de 2012 donde se reglamentan las medidas tecnológicas que deben implementar cada uno de los Centros de Reconocimiento a Conductores, CRC, además del Sistema de Control y Vigilancia contemplado en el Capítulo 11 del referido acto administrativo. En cumplimiento de la Ley 1450 de 2011 y la Resolución 7034 del 17 de octubre de

Conductores, CRC, además del Sistema de Control y Vigilancia contemplado en el Capítulo 11 del referido acto administrativo. En cumplimiento de la Ley 1450 de 2011 y la Resolución 7034 del 17 de octubre de 2012 y de conformidad con la Ley 80 de 1993 modificada por la Ley 1150 de 2007, su Decreto reglamentario No. 734 de 2012 y previo a la expedición por parte de la EntidadRESOLUCION No. DE O O O O O 1 9 1 2 5 ENE. 2013 Hoja No. 3 de 5 ----------- ---- -----fi Por la cual se expide el anexo técnico para la homologación de los sistemas de Control y V1gllanc1a ordenado a través de la Resolución 7034 del 17 de octubre de 2012 y se modifica el término para su exigib1lldad de la Resolución 9299 del 24 de diciembre de 2012, "por medio de la cual se justifica una contratación directa" la Superintendencia de Puertos y Transportes celebró el contrato interadministrativo No. 230 del 24 de diciembre de 2012 con la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia identificada con Nit. 891.800.330.1, en la modalidad de contratación directa, por un término de tres (3) meses, cuyo objeto consiste en "prestación de servicios profesionales para la elaboración del anexo técnico para la homologación de los Sistemas de Control y Vigilancia ordenados mediante la Resolución 7034 de 2012 expedida por la Supertransporte, anexo técnico para la implementación del Centro de Monitoreo de la Superintendencia de Puertos y Transporte y hasta diez (1 O) procesos de evaluación a los sistemas de Control y Vigilancia a homologar'.

para la implementación del Centro de Monitoreo de la Superintendencia de Puertos y Transporte y hasta diez (1 O) procesos de evaluación a los sistemas de Control y Vigilancia a homologar'. En el artículo 8º de la Resolución 7034 del 17 de octubre de 2012 al precisar el término para la exigibilidad de las disposiciones contenidas en dicho acto administrativo, precisó que se dispondrá de un periodo de dos (2) meses para la implementación y aplicación de los Sistemas de Control y Vigilancia por parte de todos los Centros de Reconocimiento de Conductores contados a partir de la fecha en que se fijen los requisitos técnicos de Homologación por parte de la Superintendencia de Puertos y Transporte y, un periodo de cuatro (4) meses para la implementación y aplicación del Sistema de Captura de Video, según las disposiciones técnicas contenidas en esta resolución. Debido a la trascendencia y el impacto que tiene para los usuarios contar con un sistema confiable y con el ánimo de garantizar la legitimidad del procedimiento, la Superintendencia de Puertos y Transporte considera conveniente reducir el término de los dos (2) meses que inicialmente se estableció en el artículo 8 de la Resolución 7034 del 17 de octubre de 2012. Se hace necesario ampliar el término de los cuatro (4) meses para la implementación y aplicación del Sistema de Captura de Video de que trata la Resolución 7034 del 17 de octubre de 2012 por el término de un (1) mes más, teniendo en cuenta que el término de los 4 meses empezó a contar a partir de la publicación de la Resolución 7034 del 17 de octubre de 2012, que fue publicada en el Diario Oficial bajo el No. 48594 del 25 de octubre de 2012.

de los 4 meses empezó a contar a partir de la publicación de la Resolución 7034 del 17 de octubre de 2012, que fue publicada en el Diario Oficial bajo el No. 48594 del 25 de octubre de 2012. Mediante radicado 2013-560-00017982 del 15/01/2013 la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia hizo la primera entrega, a la Superintendencia de Puertos y Transporte del objeto del contrato 230 del 24 de diciembre de 2012, esto es del "anexo técnico para la homologación de los sistemas de Control y Vigilancia" y de igual fi-manera el 25 de enero de 2013 efectuó una segunda entrega. En mérito de lo expuesto el Superintendente de de Puertos y Transporte, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Expedir el anexo técnico para la homologación de los sistemas de Control y Vigilancia ordenado a través de la Resolución 7034 del 17 de octubre de 2012 proferida por la superintendencia de puertos y transporte. ARTICULO SEGUNDO. MODIFICAR el término inicial de dos (2) meses de que trata el artículo 8 de la Resolución 7034 de 17 de octubre de 2012, en sentido de reducir a un (1) mes el término para la implementación y aplicación del Sistema de Control y Vigilancia por parte de todos los centros de Centros de Reconocimiento de Conductores, el cual empezará a contar a partir de la fecha de publicación de laRESOLUCION No. DE O O O O O 1 91 2 5 ENE. 2013 Hoja No. 4 de 5

Por la cual se expide el anexo técnico para la homologación de los sistemas de Control y Vigilancia ordenado a través de la Resolución 7034 del 17 de octubre de 2012 y se modifica el término para su exigib1lldad. presente resolución mediante la cual se expide el anexo técnico para la homologacion de los sistemas de Control y Vigilancia ordenado a través de la Resolución 7034 del 17 de octubre de 2012 ARTICULO TERCERO. Ampliar por un (1) mes más el término de los cuatro (4) meses para la implementación y aplicación del Sistema de Captura de Video de que trata la Resolución 7034 del 17 de octubre de 2012 en su articulo 8, de manera que este plazo vencerá el 25 de marzo de 2013. ARTICULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PU BLIQUESE Y CUMPLASÉ 2 5 ENE. 2013

UEL DURÁN PRIETO te de Puertos y Transporte Reviso: Daniel Ortega Dávila - Superintendente Delegado de TránsitU Transport(fi ' Sandra Jiménez Alvarez - Jefe Oficina Asesora Jurídica (Efi Proyectó Miriam Carvajal Carvajal .Abg. Of. Jurídica !\t..{ J:\JURIDICA\Res. requisitos téc de homologac16n.doc( "rJl·c _.::::!_J fi,/ fi l rJ\a,,l·,d l\:\l:1;ff?lfiJ fi fi lr.:"-"tl•tl,.,;1c,1 (k. (u,urn,,1.1 "'10,

DOCUMENTO DE REQUISITOS DE

LOS ASPIRANTES A PROVEEDORES

DEL SISTEMA DE CONTROL Y

VIGILANCIA

lr.:"-"tl•tl,.,;1c,1 (k. (u,urn,,1.1 "'10,

DOCUMENTO DE REQUISITOS DE

LOS ASPIRANTES A PROVEEDORES

DEL SISTEMA DE CONTROL Y

VIGILANCIA

CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN

DE ANEXOS TÉCNICOS PARA LA

HOMOLOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE

CONTROL V VIGILANCIA

DESTINATARIO:

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS V TRANSPORTE Contrato lnteradministrativo 230 del 24 de Diciembre de 2012 14 de Enero del 2013

Tunja-Boyacá Sede Central: Avenida Central del Norte. Edificio Administrativo Piso 5

PBX: (57) 8 7436236 7405626 Fax: 7436206

Bogotá D.C.: Carrera 14 No. 44-51 Teléfono: 5473588-2517283-2855845

Telefax: 2853262CONTROL DE VERSIONES FECHA DESCRIPCIÓN RESPONSABLE 12/01/2013 Versión 1.0 Documento de Requisitos de los aspirantes a Jorge Otálora proveedores del Sistema de Control y Vigilancia Tunja-Boyacá Sede Central: Avenida Central del Norte. Edificio Administrativo Piso 5

PBX: (57) 8 7436236 7405626 Fax: 7436206

Bogotá D.C.: Carrera 14 No. 44-51 Teléfono: 5473588-25172832855845

Telefax: 2853262A continuación se establecen los procedimientos y requisitos que deberán cumplir los aspirantes a homologación para recibir la evaluación, informe de evaluación y acto administrativo de homologación en caso de cumplir con los requisitos.

Telefax: 2853262A continuación se establecen los procedimientos y requisitos que deberán cumplir los aspirantes a homologación para recibir la evaluación, informe de evaluación y acto administrativo de homologación en caso de cumplir con los requisitos.

l. Solicitud de Aclaraciones: A partir del día de publicación y durante un periodo de cinco (5) días calendario, los aspirantes podrán enviar solicitudes de aclaración sobre los requisitos de homologación. En este caso la UPTC tendrá un plazo máximo de cinco (5) días calendario para dar respuesta a las solicitudes de aclaración.

2. Radicación de carta de interés: El aspirante deberá radicar ante la Superintendencia de Puertos y Transporte en la oficina del Superintendente delegado de tránsito, una carta de intención de participar en el proceso de evaluación y homologación como proveedor del Sistema de Control y Vigilancia. Esta carta deberá estar firmada por el representante legal de la sociedad y tendrán hasta quince (15) días calendario después de radicada la carta para entregar los requisitos documentales. En el caso de no radicar los documentos en el periodo establecido se procederá a anular el proceso de evaluación y homologación del aspirante.

3. Radicación de Requisitos Documentales: El aspirante deberá dentro del plazo posterior a la radicación de carta de interés los siguientes documentos:

.. .

REQUISITOS DOCUMENTALES

a. Carta remisoria de radicación de requisitos con referencia "Requisitos documentales para el proceso de evaluación de aspirantes a proveedores del sistema de control y vigilancia", razón social, NIT, número de folios de documentación entregada y datos de contacto (teléfono, dirección, correo electrónico). Esta carta deberá estar firmada por el Representante legal de la sociedad aspirante.

evaluación de aspirantes a proveedores del sistema de control y vigilancia", razón social, NIT, número de folios de documentación entregada y datos de contacto (teléfono, dirección, correo electrónico). Esta carta deberá estar firmada por el Representante legal de la sociedad aspirante. b. Documento foliado y en sobre sellado junto con una copia que contenga los siguientes capítulos: Documentos generales de la sociedad: l. Certificado de Cámara de Comercio no mayor a 30 días

2. Registro único Tributario RUT

3. Carta de Presentación de la Sociedad.

4. Copia de la Cédula de Ciudadanía del representante legal.

5. Certificado de Antecedentes Judiciales del representante legal.

6. Certificado emitido por revisor fiscal o el representante legal según quien lo deba emitir basado en el tipo de sociedad, en el cual se certifique el cumplimiento del pago de los aportes parafiscales.

7. Las sociedades a participar deberán contar con alguna de las siguientes actividades económicas con base en el nuevo CIIU: Procesamiento de datos, consultoría informática y actividades de administración de instalaciones informáticas, actividades de desarrollo de sistemas informáticos.

8. Las sociedades aspirantes deben tener una antigüedad mínima de 5 años a partir de su constitución.

Tunja-Boyacá Sede Central: Avenida Central del Norte. Edilicio Administrativo Piso 5

PBX: (57) 8 7436236 7405626 Fax: 7436206

Bogotá D.C.: Carrera 14 No. 44-51 Teléfono: 5473588-25172832855845

Telefax: 2853262

L'ri\cl'll'-..i,l i'cdafi1•gic.1 !

Bogotá D.C.: Carrera 14 No. 44-51 Teléfono: 5473588-25172832855845

Telefax: 2853262

L'ri\cl'll'-..i,l i'cdafi1•gic.1 ! Tc..'.'ll•llJ)(K,1 d<: lümbfi,9. En caso de participar en unión temporal cada sociedad deberá presentar los documentos anteriores, presentar documento de conformación de la unión temporal con porcentaje de participación y responsabilidades de cada sociedad.

Requisitos Fina ncieros: El aspirante a proveedor deberá presentar los siguientes documentos.

l. Estados Financieros dictaminados de la Sociedad incluyendo como mínimo estado de resultados y Balance general.

2. Hoja de resumen de indicadores financieros que se detalla en el siguiente cuadro:

VALOR DEL

INDICADORES CONCEPTO REQUISITO ASPIRANTE ,

CAPITAL REAL

LIQUIDEZ

NIVEL DE

ENDEUD AMIENTO

CAPITAL DE TRABAJO

EBITDA

DE RIESGO

INDICADOR DE

CRECIMIEN TO DEL

EBITDA

CAPITAL SOCIAL

RESERVAS CONSTITUIDAS

UTILIDADES RETENIDAS

UTILIDADES DEL EJERCICIO

ACTIVO CORRIENTE /

PASIVO CORRIENTE

PASIVO TOTAL

ACTIVO TOTAL

ACTIVO CORRIENTEPASIVO CORRIENTE

UTILIDAD OPERACIONAL

DEPRECIACIONES Y

AMORTIZACIONES

ACTIVO FIJO /

PATRIMONIO NETO

EBITDA ULTIMO AÑO/

EBITDA AÑO ANTERIOR Mayor a

$1.000.000.000 Mayor a 1 Menor a 60% Mayor a O Mayor a O Menor a 0,8

EBITDA ULTIMO AÑO/

EBITDA AÑO ANTERIOR Mayor a

$1.000.000.000 Mayor a 1 Menor a 60% Mayor a O Mayor a O Menor a 0,8 Mayor a 0,8

3. En caso de que el aspirante a proveedor sea evaluado antes del 30 de Marzo de 2013 y no cuente con los estados financieros dictaminados a corte de 31 de diciembre de 2012 podrá presentar los estados financieros a corte de 31 de diciembre del 2011.

4. En caso de participar en unión temporal o consorcio, cada una de las sociedades deberá cumplir con los indicadores fina ncieros.

Requisitos Administrativos: Experiencia de la Compañía.

Tunja-Boyacá Sede Central: Avenida Central del Norte. Edilicio Administrativo Piso S PBX: (57) 8 7436236 7405626 Fax: 7436206

Bogotá D.C.: Carrera 14 No. 44-51 Teléfono: 5473588-25172832855845

Telefax: 2853262► Acreditar experiencia mediante certificación firmada por los clientes en proyectos de sistemas informáticos en máximo 4 certificaciones cuya sumatoria sea superior a ($5.000.000.000) cinco mil millones de pesos, en los últimos cuatro (4) años. ► Acreditar experiencia mediante certificación firmada por los clientes en por lo menos dos proyectos relacionados con sistemas que incluyan alguna de las siguientes funcionalidades: manejo de riesgo, protección de datos, cifrado de información, auditoria de bases de datos, correlación de eventos en proyectos en los últimos 4 años. ► Acreditar experiencia mediante certificación firmada por los clientes en por lo menos un proyecto donde se haya efectuado integración con los sistemas transaccionales de una

datos, correlación de eventos en proyectos en los últimos 4 años. ► Acreditar experiencia mediante certificación firmada por los clientes en por lo menos un proyecto donde se haya efectuado integración con los sistemas transaccionales de una entidad financiera vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia en proyectos en los últimos 4 años. :... El aspirante a proveedor del SCV deberá contar con por lo menos una de las siguientes certificaciones: CMMI, IT MARK, ISO 27001 o ISO 20000. Las certificaciones deberán estar vigentes a la fecha de evaluación. En el caso de unión temporal o consorcio cada sociedad deberá contar con por lo menos una de las certificaciones solicitadas. Experiencia del Equipo de Trabajo.

Equipo de Dirección: ¡... Gerente de Proyectos. 1 profesional en ingeniería de sistemas, industrial, electrónica o afines, con especialización en gerencia de proyectos o maestría en ingeniería de sistemas, con certificación de PMP. :... Con el fin de asegurar la idoneidad y estabilidad del equipo de trabajo se deberá adjuntar copia de título profesional, titulo de postgrado, certificaciones y contrato laboral directo con el aspirante a proveedor y copia de la planilla del último mes en donde se evidencie el pago de los parafiscales de todos los profesionales.

Equipo de trabajo de seguridad: ¡... Gerente de SOC. 1 profesional en ingeniería de sistemas, industrial, electrónica o afines, con especialización en gerencia de proyectos o maestría en ingeniería de sistemas, con certificación de PMP , certificación ITIL y certificación como auditor interno de 150-27001. :... Oficial de Seguridad. 1 profesional en ingeniería de sistemas, electrónico, de redes o afines con postgrado en gerencia de proyectos, gerencia de proyectos en teleinformática,

certificación de PMP , certificación ITIL y certificación como auditor interno de 150-27001. :... Oficial de Seguridad. 1 profesional en ingeniería de sistemas, electrónico, de redes o afines con postgrado en gerencia de proyectos, gerencia de proyectos en teleinformática, seguridad de la información o maestría en seguridad informática, certificado como CISSP o CISM. :... Especialista en Hacking. 1 profesional en ingeniería de sistemas, electrónico, de redes o afines, certificado como CEH. ► Especialistas DAM. 1 profesional en ingeniería de sistemas, electrónica, de redes o afines con certificación técnica emitida por el fabricante de la solución DAM utilizada en la solución presentada por el aspirante. ► Especialista de I PS. 1 profesional en ingeniería de sistemas, electrónico, de redes o afines con certificación técnica emitida por el fabricante de la solución de IPS utilizada en la solución presentada por el aspirante. ► Especial ista ENDP OINT. 1 profesional en ingeniería de sistemas, electrónico, de redes o afines con certificación técnica emitida por el fabricante de la solución de protección ENDPOINT utilizada en los servidores de la solución presentada por el aspirante. ► Auditor interno. 1 profesional en ingeniería de sistemas, industrial, electrónica, de redes o Tunja-Boyacá Sede Central: Avenida Central del Norte. Edificio Administrativo Piso 5

PBX: (57) 8 7436236 7405626 Fax: 7436206

Bogotá D.C.: Carrera 14 No. 44-51 Teléfono: 5473588-2517283· 2855845

Telefax: 2853262 _r_fiptc Lrn r ,ri l'c<Ififi- ,m !

Bogotá D.C.: Carrera 14 No. 44-51 Teléfono: 5473588-2517283· 2855845

Telefax: 2853262 _r_fiptc Lrn r ,ri l'c<Ififi- ,m ! k,-nol-11r.1 ,J..· ·11t11mh,,,afines con certificación como auditor interno de ISO 27001. ).- Con el fin de asegurar la idoneidad y estabilidad del equipo de trabajo se deberá adjuntar copia de título profesional, certificaciones y contrato laboral directo con el aspirante a proveedor y copia de la planilla del último mes en donde se evidencie el pago de los parafiscales de todos los profesionales.

Equipo de trabajo de desarrollo: ).- Ingenieros de desarrollo. 2 profesionales en ingen iería de sistemas, certificados en lenguajes de programación en los cuales se encuentra construida la aplicación presentada por el aspirante para la solución de SCV. ).- Con el fin de asegurar la idoneidad y estabilidad del equipo de trabajo se deberá adjuntar copia de título profesional, titulo de postgrado cuando aplique, certificaciones y contrato laboral directo con el aspirante a proveedor y copia de la planilla del último mes en donde se evidencie el pago de los parafiscales de todos los profesionales.

Equipo de trabajo de soporte: ).- Ingenieros de soporte. 2 profesionales en ingeni ería de sistemas, electrónica o redes. }- Técnicos de soporte. 4 técnicos, tecnólogos o ingenieros de sistemas, electrónica, redes, telecomunicaciones o afines. ).- Con el fin de asegurar la idoneidad y estabilidad del equipo de trabajo se deberá adjuntar copia de título profesional o técnico, certificaciones y contrato laboral directo con el

telecomunicaciones o afines. ).- Con el fin de asegurar la idoneidad y estabilidad del equipo de trabajo se deberá adjuntar copia de título profesional o técnico, certificaciones y contrato laboral directo con el aspirante a proveedor y copia de la planilla del último mes en donde se evidencie el pago de los parafiscales de todos los profesionales. ).- El aspirante a homologación podrá tener subcontrado el servicio de centro de operaciones de seguridad SOC. En este caso deberá presentar el contrato firmado con el proveedor que le preste el servicio de SOC y las hojas de vida del equipo de seguridad podrán ser funcionarios del proveedor de SOC y cumpliendo con la totalidad de requisitos administrativos exigidos para el equipo de trabajo. ).- El aspirante debe generar una carta de compromiso firmada por el representante legal, en la cual establezca que una vez reciba la homologación se comprome terá a realizar las siguientes actividades: o Establecer un canal dedicado con el sistema RUNT o Establecer las siguientes integraciones requeridas con el sistema RUNT: Solicitud de certificado médico • Solicitud de Cargue de certificado médico Apertura de interfaces para validación de candidato y médico o especialista Recepción de certificados médicos • Recepción de licencias de conducción • Recepción de FUPAS o Realizar los procedimientos de conexión y validación de identidad en línea con la Registraduria Nacional del Estado Civil una vez la requiera la Superintendencia de Puertos y Transporte. o Establecer un canal dedicado con el centro de monitoreo de la Superintendencia de Puertos y Transporte o Establecer las siguientes integraciones requeridas con el centro de monitoreo de la Superintendencia de Puertos y Transporte: Tunja-Boyacá Sede Central: Avenida Central del Norte. Edificio Administrativo Piso 5

de Puertos y Transporte o Establecer las siguientes integraciones requeridas con el centro de monitoreo de la Superintendencia de Puertos y Transporte: Tunja-Boyacá Sede Central: Avenida Central del Norte. Edificio Administrativo Piso 5

PBX: (57) 8 7436236 7405626 Fax: 7436206

Bogotá D.C.: Carrera 14 No. 44-51 Teléfono: 5473588-25172832855845

Telefax: 2853262

  • •(fiptc L'rfifir-.dld l'c1b¡f>g1u ! k,'nol,>¡:IC,I 0<.' e uk,ml,,..1

Envío de archivo de recaudo • Envío de archivo de eventos Acceso a software de Posicionamiento Centros de Reconocimiento de Conductores • Generación y envío de archivo de conciliación de actores del proceso La Superintendencia de Puertos y Transporte se encargara de gestionar las autorizaciones con la Registraduría Nacional del Estado Civil y con el RUNT para establecer los procesos de conexión.

Requisitos Técnicos: l. Adjuntar copia del certificado de registro de soporte lógico de la Dirección Nacional de Derechos de Autor. En el caso de que el aspirante utilice una licencia de software de una solución fabricada por otra compañía, el aspirante deberá adjuntar copia de la licencia de uso y copia del certificado de registro de soporte lógico de la Dirección Nacional de Derechos de Autor de la compañía fabricante.

2. Adjuntar copia de la solicitud presentada ante la Superintendencia de Industria y Comercio del registro de invención o de modelo de utilidad de un sistema, estructura o dispositivo que tenga relación con el objeto de sistemas de transmisión segura, sistemas de validación de identidad o

2. Adjuntar copia de la solicitud presentada ante la Superintendencia de Industria y Comercio del registro de invención o de modelo de utilidad de un sistema, estructura o dispositivo que tenga relación con el objeto de sistemas de transmisión segura, sistemas de validación de identidad o sistemas de validación de sitios remotos. La solicitud presentada podrá estar en estado de trámite o en estado de concedido el derecho.

En caso de no contar con la solicitud anterior el aspirante deberá presentar un documento técnico que permita garantizar la idoneidad del aspirante. El documento técnico deberá contar con los siguientes capítulos: Descripción General del Sistema, Descripción General de Subsistemas, Diagrama de red, arquitectura de servidores, arquitectura general de la aplicación, arquitectura de seguridad en sitios remotos y geo-posicionamiento satelital, esquema de correlación de eventos, esquema para el control de ataques informáticos, esquema de auditoria de bases de datos, esquema de verificación de código fuente, esquema de protección de datos sensibles y de transmisión segura de datos, esquema de intercambio transaccional para el recaudo, diagrama E-R (Entidad Relación) de las principales entidades, documento modelo de arquitectura de software, esquema de alta disponibilidad y continuidad de negocio, en el caso en que el representante legal de la compañía no sea ingeniero de sistemas o electrónico deberá una carta de aval de un ingeniero de sistemas o electrónico.

3. Adjuntar copia de contrato de centro de cómputo en caso de que el centro de cómputo se encuentre subcontratado. Los contratos deberán tener una duración mínima de veinticuatro meses.

4. Adjuntar copia de manifiesto de importación de las soluciones de servidores, IPS, Firewall,

encuentre subcontratado. Los contratos deberán tener una duración mínima de veinticuatro meses.

4. Adjuntar copia de manifiesto de importación de las soluciones de servidores, IPS, Firewall, Herramienta DAM, Herramienta SIEM, SAN, Escáner de Vulnerabilidades, Application Delivery

Controller.

S. Adjuntar copia de las facturas de compra de las soluciones de servidor

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