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SUPERTRANSPORTE - Resolución 19306 de 2018

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 19306 de 2018
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2018

MI NISTER IO DE TRANSPO RT E

L!be-rUdyOuhn

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN No. (1 fi 3 O 6 2 2 6 ABRlOID

POR LA CUAL SE ADOPTA LA POLÍTICA DE PREVENCIÓNDEL DAÑO ANTIJURÍDICO DEL AÑO 2018 SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE". • • El SUPERINTENDENTE DE PUERTOS Y TRANSPORTE En ejercicio de las facultades legales conferidas por los artículo 6 y 7 del decréto 1016 de 2000, modificado por el Decreto 2741 de 2001, y demás normas concordantes, CONSIDERANDO Que mediante el Decreto compilatorio No1069 de mayo 26 de 2015, se establecieron las normas de obligatorio cumplimiento de los Comités de Conciliación de que trata el artículo 75 de Ley 446 de 1998 señalando integración, funciones, periodicidad de sus sesiones y reglas para la adopción de sus decisiones, funciones de la Secretaria Técnica y lo relacionado con las acciones de repetición y llamamiento en garantía y lo concerniente a la elaboración de las actas de cada cesión del comité. Que el artículo 2.2.4.3.1.2.3. Del mismo Decreto define al Comité de Defensa Judicial y Conciliación como "una instancia administrativa que actúa corno sede de estudio análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad". Que el artículo 2.2,4.3, 1,2,6 ibídem en sus numerales 1 y 2 del mencionado Decreto establece que entre las funciones de los Comités de Defensa Judicial y Conciliación de las

de la entidad". Que el artículo 2.2,4.3, 1,2,6 ibídem en sus numerales 1 y 2 del mencionado Decreto establece que entre las funciones de los Comités de Defensa Judicial y Conciliación de las Entidades Públicas del orden nacional, departamental, distrital. etc... Están las de "Formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico" y "Diseñar las políticas generales que orientarán la defensa de·los intereses de la entidad". Que mediante Resolución No.13414 del 30 de Diciembre de 2009 se estructuró el Comité de Defensa Judicial y Conciliación en la Superintendencia de Puertos y Transporte y en desarrollo de lo establecido en el Decreto 1069 de 2015 y el artículo 4 de la precitada Resolución se estableció como funciones del Comité de Defensa Judicial y Conciliación Formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico" y "Diseñar las políticas generales que orientan la defensa de los intereses en litigio de la entidad que le serán aplicables a los casos análogos y recurrentes en los que la entidad hace parte con el fin de asistir a las diferentes instancias prejudiciales y judiciales con una posición institucional unificada y coherente cuando se debatan asuntos con identidad fáctica y jurídica. 1m Página 1 de 7RESOLUCIÓN No. '-- ·1 9 3 O &JEL 2 6 AllR20l8

POR LA CUAL SE ADOPTA LA POLITICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJUR{DICO DEL AÑO 2018

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE".

Que en virtud de lo anterior, el Comité de Conciliación de la Superintendencia de Puertos y

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE".

Que en virtud de lo anterior, el Comité de Conciliación de la Superintendencia de Puertos y Transporte, bajo los lineamientos y metodología definidos por la Dirección de Políticas y Estrategias, de la Agencia Nacional para la Defensa Jurídica del Estado, diseñó y presentó la Política de Prevención del Daño Antijurídico para la vigencia 2018. Que mediante oficio No. 20183000021451 del 18 de abril de 2018, la Dirección de Políticas y Estrategias, manifestó lo siguiente: "( ... ) Analizado el documento denominado "ACTUALIZACIÓN DE LA POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO Y LA DEFENSA JUDICIAL SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE", la ANDJE encontró que el comité de conciliación formuló una política de acuerdo con los lineamientos y metodología elaborados por esa entidad. (. .. ) Que por lo anterior, las recomendaciones emitidas por el Comité de Defensa Judicial y de Conciliación a título de prevención del daño antijurídico y por la Dirección de Políticas y Estrategias de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, serán puestas en conocimiento a las diferentes áreas y dependencias de la Superintendencia de Puertos y Transporte en aras de evitar la recurrencia de los hechos generadores del daño antijurídico que llegasen a causar un detrimento al patrimonio público. Que para unificar las recomendaciones y directrices impartidas por el Comité de Defensa Judicial y de Conciliación, a título de prevención de daño antijurídico y la defensa judicial con el fin de mitigar los hechos generadores del daño con el conocimiento de todas las

Que para unificar las recomendaciones y directrices impartidas por el Comité de Defensa Judicial y de Conciliación, a título de prevención de daño antijurídico y la defensa judicial con el fin de mitigar los hechos generadores del daño con el conocimiento de todas las áreas se considera necesario implementar las Políticas de Gestión Jurídica Prevención del Daño Antijurídico y Defensa Judicial de la Superintendencia de acuerdo a lo consagrado en el Decreto No 1069 de mayo 26 de 2015 Que en virtud de lo anteriormente señalado, este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Superintendencia Puertos y Transporte para el año 2018, contenido en el anexo, el cual hará parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: Con el fin de asegurar la implementación de la Política de Prevención del Daño Antijurídico vigencia 2018, publíquese la presente resolución en la página web de la entidad.

ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de lá fecha de su expedición.

Dada en Bogotá D.C., a los /1 IU

/"\ LI )UEJE Y CÚMPLASE. 1 6 ABR2018 fi. 19306

JAVIE fi J. RAMILLO RAMIREZ Superinten fi nt \ de Puertos y Transporte Proyectó: John Jairo Riascos Urbano Revisó: .d· Alcidfis Espinosa Ospino -Secretario general -Ordenador del Gasto (d) fi Gloria Inés Lache Jiménez - Jefe Oficina Asesora Jurídica. Juan Pablo Restrepo CastrillónAsesor de Despacho-Delegado del Superintendente

fi Gloria Inés Lache Jiménez - Jefe Oficina Asesora Jurídica. Juan Pablo Restrepo CastrillónAsesor de Despacho-Delegado del Superintendente árolina Marcela Ramlrez TocaAsesora de Despacho arlas Alvarez MuñetonAsesor de Despacho Página 2 de 7RESOLUCIÓN No. DEL '1 fi ARR 2018

POR LA CUAL SE ADOPTA LA POL{TICA DE PREVENCIÓN DEL DA/ÍJO ANTIJUR{DICO DEL A/ÍJO 2018

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE".

ANEXO RESOLUCIÓN No

"ACTUALIZACIÓN DE LA POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO Y

LA DEFENSA JUDICIAL SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE" INTRODUCCIÓN Por principio constitucional el Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas, lo cual conlleva la necesidad de determinar una Política de Estado que defina lineamientos para una efectiva defensa de los intereses de patrimoniales en cabeza de las entidades y autoridades públicas que forman parte de este. La Superintendencia de Puertos y Transporte es la autoridad de tránsito, según el artículo 3° de la ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito, que debe velar por la seguridad de las personas y las cosas en la vía pública, velar por el cumplimiento de los principios de libre acceso, calidad y seguridad, en la prestación del servicio de transporte, y sus acciones tendrán el carácter de preventivas, en concordancia con lo dispuesto en el art. 8 de la ley 336

acceso, calidad y seguridad, en la prestación del servicio de transporte, y sus acciones tendrán el carácter de preventivas, en concordancia con lo dispuesto en el art. 8 de la ley 336 de 1996, que le impone el deber de velar por la: "organización, vigilancia y control de la actividad transportadora, dentro de la jurisdicción.." esto con base en los criterios de colaboración y armonía. Corresponde al superintendente de puertos y transporte: Inspeccionar, vigilar y controlar la aplicación y el cumplimiento de las normas que rigen el sistema de tránsito y transporte e Inspeccionar, vigilar y controlar la permanente, eficiente y segura prestación del seNicio de transporte, en concordancia con el principio constitucional de asegurar la convivencia pacifica y mantener la regulación, el control y la vigilancia de los seNicios públicos En virtud de lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el decreto 1716 de 2009, el Comité de Conciliación de la Superintendencia es la instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre la prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la Entidad, en cumplimiento de las funciones realiza el estudio sobre la procedencia o improcedencia de la conciliación o cualquier otro medio alternativo de solución de conflictos y recomienda al representante legal para la actividad de los apoderados apoderados en las audiencias de conciliación, con el estudio y análisis de los casos objeto de convocatoria de conciliación bajo criterios objetivos descritos en la jurisprudencia reiterada y en la ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 19° del Decreto 1716 de 2.009. La normatividad regulatoria del -actuar del Comité de Conciliación, dentro de las funciones

en la ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 19° del Decreto 1716 de 2.009. La normatividad regulatoria del -actuar del Comité de Conciliación, dentro de las funciones impuestas la definió: formular Políticas generales y de prevención del daño antijurídico para la defensa de los intereses de la Entidad con miras a mitigar el riesgo de condenas que se deriven de demandas judiciales. En consonancia con la normatividad citada, el decreto ley 4085 de 2011 define objetivos y estructura de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, en ejercicio de sus facultades legales, definió la metodología para la formulación e implementación de políticas de prevención, que las Entidades Públicas del orden nacional deben atender, con el fin de fortalecer la defensa jurídica del Estado. PASO 1 Paso uno: identíficación de la actividad litigiosa Z:fl/ Página 3 de 7RESOLUCIÓN No. r e fi ,, 1 9 3 O 6 2 6 ABR2018 . DfiL,.

POR LA CUAL SE ADOPTA LA POL{T/CA DE PREVENCIÓN DEL DAfíJO ANTIJURfDICO DEL AfíJO 2018

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE".

ANEXO RESOLUCIÓN No

SUPfRINTENOCNCIA DE. PUERTOS Y TRANSPORTI Nlvel de hugios1dod: MF.010

Paso uno: 1den11r,cación de 1a acuv,(lad 1111g1osa Periodo aru1llzado Desde: ene-16 Hasta dlc-16 ipo de lnsum Tipo de acción Causa general Frecuencia Valor

Paso uno: 1den11r,cación de 1a acuv,(lad 1111g1osa Periodo aru1llzado Desde: ene-16 Hasta dlc-16 ipo de lnsum Tipo de acción Causa general Frecuencia Valor

VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVO 74 • 14.596.769.375

NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO

DEL DERECHO ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE IMPONE SANCION POR INFRACCION DE TRANSITO 32 • 6.255. 758.304

REPARACIÓN DIRECTA VIA DE HECHO DE LA AOMlNISTRACION 11 • 6.962.996.651

DEMANDAS

EJECUTIVO CONEXOS INCUMPLIMIENTO DE SENTENCIA JUDICIAL 1 • 451.045.000

NULIDAD SIMPLE OMISION EN LAS FUNCIONES DE INSPECCION, VIGILANCIA Y CONTROL 1 • POPULARES VIOL.ACION O AMENAZA Al GOCE DEL ESPACIO PUBLICO Y A LA 2 • UTILIZACION Y DEFENSA DE 81ENES DE USO PUBLICO.

CONDENAS NINGUNA PARA El 2016

La Superintendencia de Puertos y Transporte ejerce la defensa y representación judicial, a través de abogados contratistas en acciones jurisdiccionales en los que la entidad actúa como parte demandante o demandada. El Comité de Conciliación, ha considerado importante establecer directrices en materia de administración del riesgo y de prévención de litigios, para aportarle a una adecuada defensa de los intereses del Estado en cabeza de la Superintendencia de Puertos y Transporte, partiendo de los antecedentes litigiosos en los que ha tenido de responder, los procesos a favor y el análisis y estudio jurídico que se presenta en los comités para

defensa de los intereses del Estado en cabeza de la Superintendencia de Puertos y Transporte, partiendo de los antecedentes litigiosos en los que ha tenido de responder, los procesos a favor y el análisis y estudio jurídico que se presenta en los comités para adoptar decisiones de conciliación; también se tienen en cuenta los informes de los apoderados valorando el riesgo bajo las circunstancia procesales de los diferentés expedientes. Resulta importante para la determinación de la Política tener en cuenta los hechos generadores de las demandas, la naturaleza de las acciones y las conductas que han provocado las acciones, por lo que se identificaron de manera conjunta los riesgos asociados a los procesos de gestión que pudieran constituirse en hechos generadores de demandas. El reporte de los procesos judiciales en los cuales la entidad debe ejercer defensa están relacionados con el resultado de los procesos sancionatorios que adelantan las Superintendencias delegadas de Tránsito y Transporte Terrestre, Puertos y Concesiones y por acciones u omisiones derivadas de la actividad de inspección, control y vigilancia como función principal de la Superintendencia y actos administrativos de carácter general, entre otros. Los hechos generadores de las demandas son causa de acciones de: • Nulidad y Restablecimiento del derecho

  • Nulidad Simple • Acciones Populares • Acciones de Reparación directa Página 4 de 7RESOLUCIÓN No. DEL POR LA CUAL SE ADOPTA LA POLfTICA DE PREVENCIÓN DEL DA/ÍJO ANTIJURÍDICO DEL A/ÍJO 2018

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE".

ANEXO RESOLUCIÓN No Para las acciones relativas a las acciones de simple nulidad, acciones populares y

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE".

ANEXO RESOLUCIÓN No Para las acciones relativas a las acciones de simple nulidad, acciones populares y acciones de reparación directa se identificaron los siguientes elementos como causas generales, las siguientes: ACCION DE REPARACIÓN DIRECTA causa general VIA DE HECHO DE LA ADMINISTRACION, en el ejercicio de la actividad de inspección, vigilancia y control por acciones que generadoras de daño. NULIDAD SIMPLE causa general OMISION EN LAS FUNCIONES DE INSPECCION, VIGILANCIA Y CONTROL, representado en actos administrativos de carácter general en ejercicio de la actividad regulatoria.

ACCIONES POPULARES: causa general VIOLACION O AMENAZA AL GOCE DEL ESPACIO PUBLICO Y A LA UTILIZACION Y DEFENSA DE BIENES DE USO PUBLICO, por acciones y actividades conexas al sector transporte e infraestructura realizados por los sujetos sometidos a inspección vigilancia y control de esta superintendencia LA NULIDAD Y EL RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO causas generales; VOLACIÓN

AL DEBIDO PROCESO E ILEGALIDAD DE ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE IMPONE

SANCIÓN POR INFRACCIÓN DE TRÁNSITO.

Por sus facultades de inspección vigilancia y control, la Superintendencia de Puertos y Transporte tiene alta frecuencia de demandas de NULIDAD Y EL RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO frente a los demás medios de control, ya que los demandantes eligen este medio con el propósito que la autoridad judicial declare nula la sanción consistente en una multa la cual obliga al demandante a hacer efectivo un pago a favor de la entidad y como consecuencia de lo descrito se obligue a la entidad a restablecer el derecho presuntamente afectado a los accionantes.

multa la cual obliga al demandante a hacer efectivo un pago a favor de la entidad y como consecuencia de lo descrito se obligue a la entidad a restablecer el derecho presuntamente afectado a los accionantes. Las demandas bajo este medio de control representan un 64.7% de la actividad litigiosá de la entidad es por eso que se tiene como primer paso dar prioridad a este medio de control frente a los demás. Así mismo se tiene en cuenta que para el periodo tomado como referencia enero 2016 a diciembre de 2016, para fijar esta política, la entidad no tuvo condenas. Como acciones importantes que se ha logrado identificar en el marci;> de la actividad litigiosa de la entidad, de manera particular en los Procesos de Nulidad y Restablecimiento del Derecho se estudian recientes fallos que contienen directrices orientadoras de los procesos sancionatorios como medidas de mitigación de riesgo, relacionadas con actividades procesales importantes que repercuten en la toma de las decisiones. PASO 2 Análisis de las causas primarias o subcausas Nombre de la entidad SUPERINTENOENCIA DE PUERTOS Y TRANSPOIHE Nivel de l1t1glos1d11d: MEDIO Paso dos. An81rn,s de tas c11uSII$ p1lma11aa o subcuus11s Área Cau111 general Hechos Causos prlmorí8s o Frecuencia Valor generadora de ¿Prevenlble? Pnoridad priorizada subcau1a1 la conducta Expedlo16n de actos MtllUpllcldad normativa en el administrativos &In obaervancla del VJOLACION AL DEBIDO Sector Transporte y proce30 marco normativo en sanclonlltorlo que conlll!Vtl a 1a OF1C1NA

MtllUpllcldad normativa en el administrativos &In obaervancla del VJOLACION AL DEBIDO Sector Transporte y proce30 marco normativo en sanclonlltorlo que conlll!Vtl a 1a OF1C1NA PSOC<SO materia de " $14.696.769,375 JURÍDICA. SI MEDIO ADMINISTRATIVO desun!faclon de criterios por parta Transporte do los funcionarios de la entidad. Página 5 de 7RESOLUCIÓN No. • 1 9 3.0 6

POR LA CUAL SE ADOPTA LA POLfTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURfDICO DEL AÑO 2018

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE".

ANEXO RESOLUCIÓN No Para que la aplicación de la politica de prevención de daño antijurídico resulte eficaz es de vital importancia que la Oficina Asesora Jurídica tenga plenamente identificados e individualizados cada uno de los procesos con el fin que se tenga certeza de cuáles son las razones por las que más se demanda a la entidad: cuanto representan monetariamente estas demandas en el caso de que la entidad no obtenga un fallo favorable y además es menester que se tenga claridad de los puntos en los que se presentan vicisitudes frente al proceso sancionatorio y así mismo poder dar una solución oportuna y contundente, dando los mejores resultados menos.de mandas y disminución de fallos en contra. Causa general priorizada en demandas por NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO: Para la presente política de prevención de daño antijurídico se identificó corno causa general priorizada LA VIOLACION AL DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVO, al ser la causa con más incidencias en los contenidos de las demandas, con la mayor frecuencia

DERECHO: Para la presente política de prevención de daño antijurídico se identificó corno causa general priorizada LA VIOLACION AL DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVO, al ser la causa con más incidencias en los contenidos de las demandas, con la mayor frecuencia frente a la otra causa identificada, valorándose esta causa en nivel alto para la presente

Política. Por lo anterior, es necesario hacer plena identificación del hecho que podría llevar a los funcionarios encargados a errar durante el proceso sancionatorio y de la misma manera poder establecer un plan de mejoramiento eficaz y pertinente. PASO 3 PLAN DE ACCION NOMbtO, de •• <1nto<1•d ' SUPrmNTCNOCNCIA O[ pu¡¡RTQS y Ht.\NSPOrnc Pt1a<> IrP"'n .,., Jl,;,e,6" c.,.,....,, pnmt1r11,9 o M dld Q ,; ? M"""'"lflmo ,i,Cfi,no Cronog,,11ml> ¿eufindo 1fi"fi:""ª""1" lh,ouu,os ¿C..n QUfi In ,,., 6 "ecun<1n,la<1 " "¿ u hn.,.., 1 1,,..,,.,10', t,,..,,.,,.,., 4 "fi,.':.:fi/"" hM,or7 D,vulftnn• n

EXPEOICIÓN OEACTOS

AOMINISTRA TlVOS SIN

OBSERVANCIA DEL MARCO

NORMATIVO EN MATERIA

DE TRANSPORTE.

LOGRAR QUE LOS

FUNCIONARIOS QUE

EXPIOA.N ACTOS

AOMlr,jlSTRATIVOS

TENG/1.N EN CUENTA LA

NORMATIVAYl-OS

UNEAMIEtllTQS INTERNOS

Y JURfiPRUDENCIALE:5

FUNCIONARIOS QUE

EXPIOA.N ACTOS

AOMlr,jlSTRATIVOS

TENG/1.N EN CUENTA LA

NORMATIVAYl-OS

UNEAMIEtllTQS INTERNOS

Y JURfiPRUDENCIALE:5

3CA!'ACITACIONES

REFERENTES Al MARCO

NORMATIVO DEL SECTOR

TRANSPORTE Y

PROCEDIMIENTO

ADMIN!STRATIVO,

EXl'aJICIÓN D!( :¡

LINEAMIENTOS

INTERNOS Y

JURISPRUDENCIALES

30DE •amL

30 DE AGOSTO.

280€0ICIEMaRE

300E ABRIL

TALENTO HUMANO

' OFICINA JUR/OIC\

300E AG0STO OACINAJURÍDICA

28 DE OICIEMBRE,

FINANCIEROS HUMANOS liUMANOS

MEMORANDO

A TRAVI.S DEL ACTO

ADMJNISTAATIVO QUE APRUEBA

LA PÓLmCA 0E PREVENCIÓN DEL

il,,IJ,OANTUURÍ0.00. TODA VEZ

QUE ES LA OFJCINA ASESORA

JURÍDICA QUIEN DEBE EXPEDIR El REFERIDO ACTO Para que la aplicación de la política de prevención de daño antijurídico resulte eficaz es de vital importancia definir un plan de ACCIÓN que incluya actividades claras que conlleven a disminuir el número de demandas de Nulidad y restablecimiento del derecho por la causa general priorizada.

PLAN DE ACCIÓN: En busca de dar una eficiente respuesta a los presuntos errores en el proceso sancionatorio se implementará un plan de acción el cual estará en constante vigilancia por la Oficina Asesora Jurídica, ejecutado de manera mancomunada con el área

PLAN DE ACCIÓN: En busca de dar una eficiente respuesta a los presuntos errores en el proceso sancionatorio se implementará un plan de acción el cual estará en constante vigilancia por la Oficina Asesora Jurídica, ejecutado de manera mancomunada con el área de Talento Humano y el área Financiera de la Superintendencia de Puertos y Transporte cuyo objetivo es LOGRAR QUE LOS FUNCIONARIOS QUE EXPIDAN ACTOS

ADMINISTRATIVOS TENGAN EN CUENTA LA NORMATIVA Y LOS LINEAMIENTOS

INTERNOS Y JURISPRUDENCIALES.

Las actividades a realizar en el marco del Plan de Acción direccionadas al cumplimiento del objetivo señalado son:

CAPACITACIONES REFERENTES AL MARCO NORMATIVO DEL SECTOR

TRANSPORTE Y PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO y EXPEDICÍÓN DE 3

LINEAMIENTOS INTERNOS Y JURISPRUDENCIALES.

ANEXO RESOLUCIÓN No Página 6 de 7RESOLUCIÓN No. DEL i 9 3 O 6 ?. 6 ABR2013

POR LA CUAL SE ADOPTA LA POL[TICA DE PREVENCIÓN DEL DAfíJO ANTIJUR[DICO DEL Afilo 2018

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE".

ANEXO RESOLUCIÓN No En vista de lo anterior y con el conocimiento por parte de la Oficina Asesora Jurídica respecto de la actividad propuesta se hace necesario capacitar a los funcionarios de manera especial acerca de la normativa del sector transporte para así crear unanimidad conceptual en situaciones homólogas. Para tal efecto se plantean 3 capacitaciones en la vigencia, una capacitación cada 4 meses y con el mismo ·propósito, con los aportes de los grupos de los profesionales de cada una de las Delegadas de la entidad construir tres lineam ientos

capacitación cada 4 meses y con el mismo ·propósito, con los aportes de los grupos de los profesionales de cada una de las Delegadas de la entidad construir tres lineam ientos internos y jurisprudenciales, para la vigencia 2018. Los medios de divulgación definidos para ejecutar el plan de acción son memorandos ara convocar a las capacitaciones y actos administrativos para las directri,ces. PASO 4: Seguimie nto y Evaluación Nombre de la entidad SUPERINTENDEN CIA DE PUE RTOS Y TRANSPORTE Paso cuatro: Seg mm lento y Evaluación Insumos del Pl::in de Acción Evatuacíon Causa primarias o segu'1dar,as Mecan,s,no Indi cador do Gost16n fi Ind icador de ResuHadO Indicador de ImpactoSugor,do ANDJE" Sugerido ANDJÉ ' NÚMERO DE' CAPAcrTACJONES 3 CAPACITA910NES CADA REFERENTE AL MARCO NO MERO DE ACTOS r-ÍDRMATIVO DEL SECTOR' NÚMERO DE DEMANDAS POR 4 MESES REFERENTES AL TRANSPORTE, ADMINISTRATIVOS VIOLACIÓN AL DEBIDO MARCO NORMATIVO DEL LINEAMIENTOS PROFERIDOS APLICANDO LA PROCESO ADMINISTRA TLVO SECTOR TRANSPORTE Y JURIDSPRUOENCIALES E •f'!ORMATIVA Y : EN EL2 018NÚMERO DE

EXPEDICIÓN DE ACTOS PROCEDIMIENTO INTERNOS LINEAMIENTOS, DEMANoAs RADICADAS POR ADMINISTRATIVOS SIN OBSERVANCIA ADMINlSTfiATIVO. REAUZADAS/NÚMERfi DE: ADECUAOAMEl':ffE / VIOLACIÓN AL DEBIDO NÚMERO TOTAL DE ACTOS DEL MARl:9 NORMATIVO EN MATERIA CAPACITACIONES ADMINISTRATIVOS PROCESO ADMINISTRA TLVO

DE TRANSPORTE. PROGRAMADAS. PROFERIDOS CON EN 2017 / NÚMERO DE

POSTÉRIORIDAOA LA DEMANDAS RADICADAS POR

PRIMERA CAPACITACIÓN Y VIOLACIÓN AL DEBIDO

1

AL PRIMER LINEAMIENTO PROCESO ADMINISTRATIVO

NÚMERO DE '' EXPEDIDO. EN 2017 X 100

EXPEDICIÓN DE 3 LINEAMIENTOS

LINEAMIENTOS JURISPRUDENCÍALES E

INTERNOS Y INTERNOS

JURISPRUDENCIALES, EXPEDlOOS/NÜMERO DE

LINEAMIENTOS A EXPEDIR.

Una vez realizados los medios de ejecuc,on del plan de acc1on propuesto la Superinfendencia procede a definir los criterios de medición de la eficacia de la Política de Prevención del Daño Antijurídico que se formula. El criterio de evaluación y seguim iento que permite verificar el grado porcentual de implementación de la Política está representado en:

Indicador de Gestión NÚMER O DE CAPACITACIONES REFERENTE AL MARCO

NORMATIVO DEL SECTOR TRANSPORTE, LINEAMIENTOS JURIDSPRUDEN CIALES E

INTERNOS REALIZADAS/NÚMERO DE CAPACITACIONES PROGRAMADAS.

Indicador de Evaluación: . NÚMERO DE ACTOS ADMINIS TRATIVOS PROFERIDOS

NORMATIVO DEL SECTOR TRANSPORTE, LINEAMIENTOS JURIDSPRUDEN CIALES E

INTERNOS REALIZADAS/NÚMERO DE CAPACITACIONES PROGRAMADAS.

Indicador de Evaluación: . NÚMERO DE ACTOS ADMINIS TRATIVOS PROFERIDOS APLICANDO LA NORMATIVA Y LINEAMIENTOS, ADECUADAMENTE / NÚME RO TOTAL DE ACTOS ADMINIS TRATIVOS PROFERIDOS CON POSTERIORID AD A LA PRIM ERA

CAPACITACIÓN Y AL PRIMER LINEAMIENTO EXPEDIDO.

Indicador de Impacto: NÚMERO DE DEMANDAS POR VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO ADMINI STRATIVO EN EL 2018 - NÚMER O DE DEMANDAS RADICADAS .POR VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO ADMINIS TRATIVO EN 2017 / NÚMERO DE DEMANDAS RADICADAS POR VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO ADMINIS TRATIVO EN 2017 X1 00 La presente Política de Prevención del Daño Antijurídico se fórmula bajo· 1a metodología propuesta por la Agencia Nacional para la Defensa Jurídica del Estado, _ con criterios asociados a la mitigación de .los riesgos asociados a la actividad litigiosa de la Superintendencia de Puertos y Transporte. l/11.j . Página 7 de 7

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