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SUPERTRANSPORTE - Resolución 2000 de 2020

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 2000 de 2020
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2020

REPUBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE TRANSPORTE SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE RESOLUCIÓN NÚMERO O 2 O O O DE O 3 FEB 2020 2020

Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Superintendencia de Transporte. LA SUPERINTENDENTE DE TRANSPORTE, En ejercicio de las facultades legales conferidas en el Decreto 2409 de 2018 y Decreto único reglamentario del sector Función Pública 1083 de 2015, y l. CONSIDERANDO: 1.1 Que el artículo 122 de la Constitución Política de Colombia establece que: "No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveerlos de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente ( .. .)" 1.2. Que los artículos 17, 19,20 y 21 de la ley 909 de 2004, dispone que las entidades deben expedir sus manuales específicos de funciones, requisitos mínimos y competencias laborales, según la estructura del empleo público. 1.3 Que en el artículo 2.2.2.6.1. del Decreto 1083 del 26 de mayo de 2015, establece: "Artículo 2.2.2.6.1 Expedición. Los organismos y entidades a los cuales se refiere el presente Título expedirán el manual específico de funciones y de competencias laborales describiendo las funciones que corresponden a los empleos de la planta de personal y determinando los requisitos exigidos para su ejercicio. La adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante resolución

el manual específico de funciones y de competencias laborales describiendo las funciones que corresponden a los empleos de la planta de personal y determinando los requisitos exigidos para su ejercicio. La adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo o entidad, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el presente Título" 1.4. Que el Decreto 815 del 8 de mayo de 2018, sustituyó el Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, en lo relacionado con las Competencias Laborales Generales para los Empleos, Públicos de los distintos niveles jerárquicos. 1.5. Que el artículo 1 ° del Decreto 051 de 2018, establece que: ''!tRTÍCULO 1. Adicionar el Parágrafo 3 al artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Unico del Sector de la Función Pública, el cual quedara así: "PARÁGRAFO 3. En el marco de lo señalado en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, las entidades deberán publicar, por el término señalado en su reglamentación, las modificaciones o actualizaciones al manual especifico de funciones y de competencias laborales. La administración, previo a la expedición del acto administrativo lo socializara con las organizaciones sindicales. Lo anterior sin perjuicio de la autonomía del jefe del organismo para adoptarlo, actualizar/o o modificar/o." 1.6. Que mediante el Decreto No. 2402 del 27 de diciembre de 2019, se modificó la estructura de la Superintendencia de Transporte.

del jefe del organismo para adoptarlo, actualizar/o o modificar/o." 1.6. Que mediante el Decreto No. 2402 del 27 de diciembre de 2019, se modificó la estructura de la Superintendencia de Transporte. 1.7. Que mediante el Decreto No. 2403 del 27 de diciembre de 2019, se modificó la planta de personal de la Superintendencia de Transporte. 1.8. Que mediante Resolución No.1800 del 20 de mayo de 2019, se adoptó el Manual específico de funciones y competencias laborales para los empleos de la planta de personal de la Superintendencia de Transporte.

./RESOLUCIÓN No. o 2 o o a O 3 FEB 2020 HOJA No 1

Por la cual se establece el Manual específico de funciones y competencias laborales para los empleos de la planta de personal de la Superintendencia de Transporte. 1.9 Que con el fin de ajustar las funciones de los empleos de la planta de personal de la entidad e incluir los nuevos cargos creados mediante Decreto 2403 de 2019, es procedente expedir un nuevo Manual de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de. la planta de personal de la Superintendencia de Transporte. 1.1 O Que en cumplimiento del Decreto 051 de 2018, la Superintendencia de Transporte realizó reunión de socialización del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la entidad, el día 8 de enero de 2020, con la participaron de los señores Fabiola Caro Bermúdez, identificada con cédula de ciudadanía 51.595.056, Giovanny Murillo M, identificado con cédula de ciudadanía 11.797.428, Miguel Eduardo Latiff Gómez, identificado con cédula de ciudadanía 13.438.483, representantes de la Asociación Sindical de

51.595.056, Giovanny Murillo M, identificado con cédula de ciudadanía 11.797.428, Miguel Eduardo Latiff Gómez, identificado con cédula de ciudadanía 13.438.483, representantes de la Asociación Sindical de Empleados de las Superintendencias del Estado Colombiano -ASEESCO. Se deja registro de la sesión en • acta. Que, con fundamento en lo anterior,

11. RESUELVE: Artículo Primero: Establecer el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de personal de la Superintendencia de Transporte, fijada por el Decreto 1347 de 2000 y modificada por los Decretos 1488 de 2003, 1944 de 2004 y 2410 de 2018 y 2403 de 2019, las cuales deberán ser cumplidas por los funcionarios con criterios de eficiencia y eficacia, en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalan a la entidad, el cual hace parte integral de la presente Resolución.

Artículo Segundo. La Coordinación del Grupo de Talento Humano de la Superintendencia, hará entrega a los servidores públicos copia de las funciones y competencias establecidas en el presente manual. Los jefes inmediatos responderán por la orientación de éstos en el cumplimiento de sus funciones. Artículo Tercero. La Superintendencia aplicará las equivalencias establecidas en el capítulo 4, del artículo 2.2.2.4.1 del Decreto 1083 de 2015 Artículo Cuarto. Para el ejercicio de los empleos que tengan requisitos establecidos en la ley, se acreditará lo allí señalado, sin que se posible modificarlo o adicionarlos en el manual específico de funciones y competencias laborales.

Artículo Cuarto. Para el ejercicio de los empleos que tengan requisitos establecidos en la ley, se acreditará lo allí señalado, sin que se posible modificarlo o adicionarlos en el manual específico de funciones y competencias laborales. Artículo Quinto. Vigencia y Derogatoria: La presente resolución rige a partir de la fecha de la expedición y deroga la Resolución 1800 del 20 de mayo de 2019.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, o.e.,

La Superintendente de Transporte,

Elaboró: Contratista Secretaria General - Nelly Greis Pardo Sanchez fi

Revisaron: Coordinadora de Talento Humano -Belsy Sánche.z Therart) Secretaria General - María Pierina González Fallal; fi c:\users\nellypardo\documents\supertransporte\manualde funciofis\nuevo manual 2020.docx O 2 O O O O 3 FEB 2020RESOLUCIÓN NÚMERO 2000 DEL 3 DE FEBRERO DE 2020

“Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal de la Superintendencia de Transporte”

CONTENIDO

Dependencia Anexo Presentación Despacho Superintendente Anexo 1 Oficina Asesora Jurídica Anexo 1.1 Oficina Asesora de Planeación Anexo 1.2 Oficina de Tecnología de la Información y las Comunicaciones Anexo 1.3 Oficina de Control Interno Anexo 1.4 Despacho Delegado para la Protección de Usuarios del Sector Transporte Anexo 2 Despacho Delegado de Puertos Anexo 3 Despacho Delegado de Concesiones e Infraestructura Anexo 4

Oficina de Control Interno Anexo 1.4 Despacho Delegado para la Protección de Usuarios del Sector Transporte Anexo 2 Despacho Delegado de Puertos Anexo 3 Despacho Delegado de Concesiones e Infraestructura Anexo 4 Despacho Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Anexo 5 Secretaría General Anexo 6 Dirección Administrativa Anexo 6.1 Dirección Financiera Anexo 6.2 Técnicos Anexo 7 Asistenciales Anexo 8 Competencias Funcionales Anexo 9MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES

Y COMPETENCIAS LABORALES

SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE

BOGOTÁ D.C. FEBRERO DE 2020RESOLUCIÓN NÚMERO 2000 DEL 3 DE FEBRERO 2020

“Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal de la Superintendencia de Transporte”

PRESENTACIÓN

CONTENIDO Objetivo de la Superintendencia de Transporte 3 Funciones de la Superintendencia de Transporte 3-4 Organigrama 5 Estructura Organizacional de la Superintendencia de Transporte 6 Planta de Personal de la Superintendencia de Transporte 7RESOLUCIÓN NÚMERO 2000 DEL 3 DE FEBRERO 2020

“Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la

Planta de Personal de la Superintendencia de Transporte 7RESOLUCIÓN NÚMERO 2000 DEL 3 DE FEBRERO 2020

“Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal de la Superintendencia de Transporte”

PRESENTACIÓN La Superintendencia de Transporte tiene como objetivo principal la vigilancia, inspección, y control que le corresponden al Presidente de la República como suprema autoridad administrativa en materia de tránsito, transporte y su infraestructura de conformidad con la ley y la delegación establecida en este decreto acceso, seguridad y legalidad, en aras de contribuir a una logística eficiente del sector. Corresponde a la Superintendencia de Transporte cumplir, con las siguientes funciones de conformidad con el Decreto 2409 de 2019:

1. Asesorar al Gobierno Nacional y participar en la formulación de las políticas en los temas de competencia de la superintendencia, en las cuales siempre se debe privilegiar la protección de los derechos de los usuarios establecidos en la Constitución y en la normativa vigente.

2. Adoptar las políticas, metodologías y procedimientos para ejercer la supervisión de las entidades sometidas a la vigilancia, inspección y control de la Superintendencia.

3. Vigilar, inspeccionar y controlar el cumplimiento de las disposiciones que regulan la debida prestación del servicio público de transporte, puertos, concesiones e infraestructura, servicios conexos, y la protección de los usuarios del sector transporte, salvo norma especial en la materia.

4. Vigilar, inspeccionar y controlar las condiciones subjetivas de las empresas de servicio público de transporte, puertos, concesiones e infraestructura y servicios conexos.

de los usuarios del sector transporte, salvo norma especial en la materia.

4. Vigilar, inspeccionar y controlar las condiciones subjetivas de las empresas de servicio público de transporte, puertos, concesiones e infraestructura y servicios conexos.

5. Realizar visitas de inspección, interrogar, tomar declaraciones y, en general, decretar y practicar pruebas, con el fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones de la normativa cuyo control es de competencia de la Superintendencia.

6. Solicitar a las autoridades públicas y particulares, el suministro y entrega de documentos públicos, privados, reservados, garantizando la cadena de custodia, y cualquier otra información que se requiera para el correcto ejercicio de sus funciones.

7. Ordenar planes de mejoramiento, mediante acto administrativo de carácter particular, y cuando así se considere necesario, con la finalidad de subsanar las dificultades identificadas a partir del análisis del estado jurídico, contable, económico y/o administrativo interno de todos aquellos quienes presten el servicio de transporte, los puertos, las concesiones o infraestructura, servicios conexos y los demás sujetos previstos en la normativa vigente.RESOLUCIÓN NÚMERO 2000 DEL 3 DE FEBRERO 2020

“Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal de la Superintendencia de Transporte”

PRESENTACIÓN

8. Adelantar y decidir las investigaciones administrativas a que haya lugar por las fallas en la debida prestación del servicio público de transporte, puertos, concesiones e infraestructura, servicios conexos, y o en la protección de los usuarios del sector transporte, de acuerdo con la normativa vigente.

9. Imponer las medidas y sanciones que correspondan de acuerdo con la normativa vigente, como

o en la protección de los usuarios del sector transporte, de acuerdo con la normativa vigente.

9. Imponer las medidas y sanciones que correspondan de acuerdo con la normativa vigente, como consecuencia de la infracción de las normas relacionadas con la debida prestación del servicio público de transporte, puertos, concesiones e infraestructura, servicios conexos, y la protección de los usuarios del sector transporte,

10. Imponer las medidas y sanciones que correspondan por la inobservancia de órdenes e instrucciones impartidas por la Superintendencia o por la obstrucción de su actuación administrativa.

11. Ordenar, mediante acto administrativo de carácter particular y cuando así proceda, los correctivos necesarios para subsanar una situación crítica de los prestadores del servicio de transporte, los puertos, las concesiones o infraestructura, servicios conexos, y los demás sujetos previstos en la ley.

12. Decretar medidas especiales o provisionales en busca de garantizar la debida prestación del servicio público de transporte, así como la correcta operación de los servicios conexos en puertos, concesiones e infraestructura, siempre privilegiando la protección de los derechos de los usuarios en los términos señalados en la normativa vigente.

13. Impartir instrucciones para la debida prestación del servicio público de transporte, puertos, concesiones e infraestructura, servicios conexos, y la protección de los usuarios del sector transporte, así como en las demás áreas propias de sus funciones; fijar criterios que faciliten su cumplimiento y señalar los trámites para su cabal aplicación.

14. Divulgar, promocionar y capacitar a los vigilados y público en general, en las materias de competencia de la Superintendencia.

15. Emitir los conceptos relacionados con la debida prestación del servicio público de transporte, puertos,

para su cabal aplicación.

14. Divulgar, promocionar y capacitar a los vigilados y público en general, en las materias de competencia de la Superintendencia.

15. Emitir los conceptos relacionados con la debida prestación del servicio público de transporte, puertos, concesiones e infraestructura, servicios conexos, y la protección de los usuarios del sector transporte.

16. Fijar las tarifas de las contribuciones y cobrar las multas que deban pagar las entidades vigiladas y controladas, de conformidad con la ley.

17. Administrar y llevar las bases de datos y registros asignados a la entidad y que resulten de competencia de la Superintendencia.

18. Todas las demás que se le atribuyan de conformidad con la ley.RESOLUCIÓN NÚMERO 2000 DEL 3 DE FEBRERO 2020

“Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal de la Superintendencia de Transporte”

PRESENTACIÓN

ORGANIGRAMA DE LA SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTERESOLUCIÓN NÚMERO 2000 DEL 3 DE FEBRERO 2020

“Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal de la Superintendencia de Transporte”

PRESENTACIÓN

ESTRUCTURA DE LA SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE

1. Despacho del Superintendente de Transporte

1.1 Oficina Asesora Jurídica 1.2 Oficina Asesora de Planeación 1.3 Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones 1.4 Oficina de Control Interno

2. Despacho Superintendente Delegado la Protección de Usuarios del Sector Transporte

1.2 Oficina Asesora de Planeación 1.3 Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones 1.4 Oficina de Control Interno

2. Despacho Superintendente Delegado la Protección de Usuarios del Sector Transporte

2.1 Dirección de Prevención, Promoción y Atención a Usuarios Sector Transporte 2.2 Dirección de Investigaciones la Protección de Usuarios del Sector Transporte

3. Despacho del Superintendente Delegado de Puertos

3.1 Dirección de Promoción y Prevención en Puertos 3.2 Dirección de Investigaciones de Puertos

4. Despacho del Superintendente Delegado Concesiones e Infraestructura

4.1 Dirección de Promoción y Prevención en Concesiones e Infraestructura 4.2 Dirección de Investigaciones de Concesiones e Infraestructura

5. Despacho del Superintendente Delegado Tránsito y Transporte Terrestre

5.1 Dirección Promoción y Prevención en Tránsito y Transporte Terrestre 5.2 Dirección de Investigaciones de Tránsito y Transporte Terrestre

6. Secretaría General

6.1 Dirección Administrativa 6.2 Dirección Financiera

7. Órganos Internos de Asesoría y Coordinación

7.1 Comité Gestión y Desempeño Institucional 7.2 Comité de Coordinación Sistema de Control Interno 7.3 Comisión de Personal 7.4 Comité de CoordinaciónRESOLUCIÓN NÚMERO 2000 DEL 3 DE FEBRERO 2020

“Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la

7.4 Comité de CoordinaciónRESOLUCIÓN NÚMERO 2000 DEL 3 DE FEBRERO 2020

“Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal de la Superintendencia de Transporte”

PRESENTACIÓN

PLANTA DE PERSONAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE

DENOMINACIÓN DE CARGO Grado Total Cargos de Planta Superintendente 26 1 Superintendente Delegado 23 4 Secretario General 23 1 Jefe de Oficina 16 2 Director 11 10 Jefe De Oficina Asesora 9 2 Asesor 11 5 Asesor 13 3 Asesor 8 4 Asesor 4 1 Profesional Especializado 17 6 Profesional Especializado 16 16 Profesional Especializado 15 10 Profesional Especializado 14 26 Profesional Especializado 13 25 Profesional Especializado 12 47 Profesional Universitario 11 9 Profesional Universitario 10 5 Profesional Universitario 9 5 Profesional Universitario 8 2 Profesional Universitario 7 2 Profesional Universitario 6 4 Profesional Universitario 2 1 Profesional Universitario 1 28 Técnico Administrativo 17 1 Técnico Administrativo 16 3 Técnico Administrativo 13 6 Técnico Administrativo 11 1 Técnico Administrativo 9 5 Técnico Administrativo 6 11

Técnico Administrativo 16 3 Técnico Administrativo 13 6 Técnico Administrativo 11 1 Técnico Administrativo 9 5 Técnico Administrativo 6 11 Auxiliar Administrativo 15 12 Secretario Ejecutivo 24 1 Secretario Ejecutivo 22 6 Secretario Ejecutivo 16 9 Conductor Mecánico 19 1 Conductor Mecánico 19 2 Conductor Mecánico 17 3

TOTAL EMPLEOS 280JUSTIFICACIÓN TÉCNICA PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL

MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DE LA SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE Para adelantar la actualización del Manual de Funciones y Competencias Laborales de la entidad es necesario tener como marco de referencias los antecedentes relacionados a continuación: En la XVII Conferencia Iberoamericana de Ministras y Ministros de Administración Pública y Reforma del Estado aprobó la Carta Iberoamericana de Gobierno Abierto (CIGA) en julio de 2016, con el fin de promover gobiernos transparentes, abiertos y cercanos a la ciudadanía en la región. En esta Gula se identificaron las competencias que deben acreditar o desarrollar quienes estén vinculados a la administración pública, las cuales fueron agrupadas en tres secciones: transversales, directivas y profesionales. Desde el Departamento Administrativo de la Función Pública se expidió la Resolución 629 de 2018 mediante la que se determinaron las competencias específicas para los empleos con funciones de archivista que exijan formación técnica profesional, tecnológica y profesional o universitaria de archivista; competencias que deben ser integradas al Manual de Funciones y Competencias Laborales de la Entidad.

que se determinaron las competencias específicas para los empleos con funciones de archivista que exijan formación técnica profesional, tecnológica y profesional o universitaria de archivista; competencias que deben ser integradas al Manual de Funciones y Competencias Laborales de la Entidad. Así mismo, mediante Resolución 667 de 2018 se adoptó el catálogo de competencias funcionales para las áreas o procesos transversales en las entidades públicas y en el artículo 1 º, parágrafo 1 se estableció que las entidades deberán adoptar las competencias funcionales dispuestas en el catálogo para las áreas o procesos transversales. De otra parte, la Superintendencia de Transporte rediseñó su estructura orgánica y su planta de personal mediante los Decretos números 2403 de 2012 2405 de 2019, creando la Dirección de Prevención, Promoción y Atención a Usuarios del Sector Transporte y amplio su planta en 37 empleos lo que hace necesario modificar el Manual y acondicionarlo a la nueva estructura. De otra parte, se requiere implementar el catálogo de competencias funcionales en las secciones transversales, directivas y profesionales que no estaban contempladas en el Manual anterior. El Grupo de Talento Humano, considera necesario actualizar y ajustar el manual especifico de funciones y competencias laborales de la Superintendencia, en los perfiles vigentes de los diferentes niveles jerárquicos y grados, detallando en ellos el nivel de responsabilidad que se exige en cada empleo, actualizando los propósitos principales, funciones esenciales, conocimientos básicos, competencias y requisitos de formación académica, de manera que respondan a la lógica del modelo de operación establecido por la entidad a través de su Sistema Integrado de Gestión. Teniendo en cuenta lo anterior y con el propósito de atender las necesidades del servicio en la Función Pública,

de manera que respondan a la lógica del modelo de operación establecido por la entidad a través de su Sistema Integrado de Gestión. Teniendo en cuenta lo anterior y con el propósito de atender las necesidades del servicio en la Función Pública, se requiere modificar la Resolución Nº 1800 del 20 de mayo de 2019, en los términos anteriormente señalados. ,-,-­' heran

to HumanoRESOLUCIÓN NÚMERO 2000 DEL 3 DE FEBRERO DE 2020

“Por la cual se establece el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la Superintendencia de Transporte”

ANEXO No. 1 DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE

Empleo Grado Páginas Superintendente 26 2-4 Asesor 13 5-6 Asesor 11 7-8

Asesor 4 9-10RESOLUCIÓN No. 2000 DEL 2 DE FEBRERO DE 2020 HOJA No 2

Por la cual se establece el Manual específico de funciones y competencias laborales para los empleos de la planta de personal de la Superintendencia de Transporte.

I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO

NIVEL Directivo DENOMINACIÓN DEL EMPLEO Superintendente

CÓDIGO 0030

GRADO 26

N. DE CARGOS Uno (1)

DEPENDENCIA Despacho del Superintendente CARGO JEFE INMEDIATO El Presidente de la República

II. ÁREA FUNCIONAL

Despacho del Superintendente

III. PROPÓSITO PRINCIPAL Dirigir la Superintendencia de Transporte en el ejercicio de las funciones de vigilancia, inspección y control garantice la debida prestación del servicio público de transporte, así como la correcta operación de los

Despacho del Superintendente

III. PROPÓSITO PRINCIPAL Dirigir la Superintendencia de Transporte en el ejercicio de las funciones de vigilancia, inspección y control garantice la debida prestación del servicio público de transporte, así como la correcta operación de los servicios conexos en puertos, concesiones e infraestructura, siempre privilegiando la protección de los derechos de los usuarios establecidos en la Constitución y en la ley.

IV. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESENCIALES

1. Asesorar al Gobierno Nacional y participar en la formulación de las políticas en todas aquellas materias que tengan que ver con la debida prestación del servicio público de transporte, puertos, concesiones e infraestructura, servicios conexos, y la protección de los usuarios del sector transporte..

2. Adoptar las políticas, metodologías y procedimientos para ejercer la supervisión de las entidades sometidas a la vigilancia, inspección y control de la Superintendencia.

3. Adoptar las políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administración de la Superintendencia.

4. Dirigir y adoptar la acción administrativa de la Superintendencia y el cumplimiento de las funciones que a esta corresponden.

5. Dirigir, supervisar y coordinar el desarrollo de la labor de inspección, vigilancia y control en el cumplimiento de las normas relativas a la debida prestación del servicio público de transporte, puertos, concesiones e infraestructura, servic1ios conexos, y la protección de los usuarios del sector transporte.

6. Impartir instrucciones en materia de la prestación del servicio de transporte, la protección de sus usuarios, concesiones e infraestructura, servicios conexos; así como en las demás áreas propias de sus funciones; fijar criterios que faciliten! su cumplimiento y señalar los procedimientos para su cabal aplicación.

concesiones e infraestructura, servicios conexos; así como en las demás áreas propias de sus funciones; fijar criterios que faciliten! su cumplimiento y señalar los procedimientos para su cabal aplicación.

7. Vigilar, inspeccionar y controlar el cumplimiento de las disposiciones que regulan la debida prestación del servicio público de transporte, puertos, concesione~ e infraestructura, servicios conexos, y la protección de los usuarios del sector transporte, salvo norma especial en contrario.

8. Vigilar, inspeccionar y controlar las condiciones subjetivas de las empresas de servicio público de transporte, puertos, concesiones e infraestructura y servidos conexos.

9. Vigilar, inspeccionar y controlar el cumplimiento de las disposiciones que regulan la debida prestación del servicio público de transporte, puertos, concesiones e infraestructura, servicios conexos, y la protección de los usuarios del sector transporte, salvo norma especial en contrario.

10. Vigilar, inspeccionar y controlar las condiciones subjetivas de las empresas de servicio público de transporte, puertos, concesiones e infraestructura y servidos conexos.

11. Asumir y decidir, cuando lo considere pertinente, los asuntos que en primera instancia fueron asumidos y decididos por las Direcciones adscritas a las Delegaturas de la entidad.

12. Decretar medidas especiales, provisionales y las demás contenidas en la normativa vigente, en busca de

garantizar la debida prestación del servicio público de transporteRESOLUCIÓN No. 2000 DEL 2 DE FEBRERO DE 2020 HOJA No 3

Por la cual se establece el Manual específico de funciones y competencias laborales para los empleos de la planta de personal de la Superintendencia de Transporte.

13. Impartir la decisión frente a la vigilancia subjetiva en cuanto al estado jurídico, contable, económico y/o

Por la cual se establece el Manual específico de funciones y competencias laborales para los empleos de la planta de personal de la Superintendencia de Transporte.

13. Impartir la decisión frente a la vigilancia subjetiva en cuanto al estado jurídico, contable, económico y/o administrativo interno de los prestadores del servicio público de transporte, los puertos, las concesiones o infraestructura, servicios conexos y los demás sujetos previstos en la ley.

14. Ordenar como consecuencia de la evaluación de las condiciones subjetivas, mediante acto administrativo de carácter particular y cuando así proceda, los correctivos necesarios para subsanar una situación crítica de todos aquellos quienes presten el servicio de transporte, los puertos, las concesiones o infraestructura, servicios conexos, y los demás sujetos previstos en la ley.

15. Expedir los reglamentos, manuales e instructivos que sean necesarios para ejercer la vigilancia, inspección y control.

16. Autorizar previamente la solemnización y registro de las reformas estatutarias de transformación, fusión y escisión de empresas de transporte terrestre automotor especial y de transporte masivo de pasajeros por metro ligero, tren ligero, tranvía y tren-tramo

17. Actuar como representante legal de la Superintendencia de Transporte.

18. Velar por el eficiente desempeño de las funciones de la entidad.

19. Organizar grupos internos de trabajo, comités, comisiones e instancias de coordinación internas para el mejor desempeño de las funciones de la entidad.

20. Crear, organizar y presidir los comités técnicos a que haya lugar para el normal ejercicio de sus funciones.

21. Nombrar, remover y distribuir a los servidores de la Superintendencia, de I conformidad con las disposiciones legales.

20. Crear, organizar y presidir los comités técnicos a que haya lugar para el normal ejercicio de sus funciones.

21. Nombrar, remover y distribuir a los servidores de la Superintendencia, de I conformidad con las disposiciones legales.

22. Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la Superintendencia para; su posterior incorporación al proyecto de Presupuesto General de la Nación.

23. Dirigir la implementación y mantenimiento de las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional, y del

Modelo Integrado de Planeación y Gestión.

24. Ordenar el gasto y el pago para el compromiso y el reconocimiento de las obligaciones a cargo de la entidad.

25. Expedir los actos y celebrar los convenios y contratos que se requieran para el normal funcionamiento de la Superintendencia.

26. Adelantar y resolver en segunda instancia los procesos disciplinarios respecto de aquellas conductas en que incurran los servidores y exservidores de la Superintendencia.

27. Rendir informes detallados al Presidente de la República y al Ministro de Transporte, de conformidad con las normas vigentes en la materia o las solicitudes formuladas por los mismos.

28. Las demás que se le asignen y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

V.

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