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SUPERTRANSPORTE - Resolución 211 de 2011

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 211 de 2011
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2011

.'.211

REPÚBLICA DE COLOMBIA

MIN ISTERIO DE TRANSPO RT E

SU PERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN No. Píl•"!J 1 7 FEB. 2011 1

Por la cual se convoca a la elección de los representantes de los empleados con sus respectivos suplentes. ante el Comílé Paritario de Salud Ocupacional (COPASO) y se determina el correspondiente proceso de elección. El SUPERINTENDENTE DE PUERTOS Y TRANSPORTE En ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto 1016 de 2000 y el Articulo 5° de la Resolución 2013 del 06 de Junio de 1986, y CONSIDERANDO Que de acuerdo con el Articulo Primero de la Resolución No. 2013 de 1986, toda empresa e institución pública o privada que tenga más de 10 trabajadores, está en la obligación de conformar el Comité Paritario de Salud Ocupacional COPASO. Que el Articulo Segundo de la mencionada resolución establece que el Comité Paritario de Salud Ocupacional COPASO. estará conformado por igual número de representantes del empleador y de los empleados, con sus respectivos suplentes. Que de acuerdo con el párrafo anterior. a la Superintendencia de Puertos y Transporte le corresponde integrar el Comité Paritario de Salud Ocupacional COPASO con dos presentantes del empleador designados discrecionalmente y dos (2) representantes elegidos por los empleados con sus respectivos suplentes. Que el Articulo Quinto de la Resolución 2013 de 1986 señala que los empleados elegirán a sus representantes, mediante votación libre. En meri1o de lo expuesto,

RESUELVE

Que el Articulo Quinto de la Resolución 2013 de 1986 señala que los empleados elegirán a sus representantes, mediante votación libre. En meri1o de lo expuesto, RESUELVE ARTICULO PRIMERO: CONVOCAR, a los empleados de la Superintendencia de Puertos y Transporte, para elegir a sus representantes al Comité Pantario de Salud Ocupacional COPASO. para un periodo de dos (2) anos vigentes a partir de la .,p expedición de la resolución de designación )"'? fi 1 ' jRESOLUCION No 1 7 F[B. 2ni1 Hota No. 2 de 3 Por la cual se convoca a la elección de dos (2) representantes de los empleados, con sus respecUvos suplentes, ante el Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO) y se determina el correspondiente proceso de elección.

PARÁGRAFO ÚNICO: Fijar como fecha para la elección a que se refiere el presente articulo, el día jueves 24 de febrero de 2011. en el horario comprendido eI1tre las 9:00 a.m .• 12:00 m. y de las 2:00 p.m. a las 04:00 p.m

ARTICULO SEGUNDO: REQUISITOS E INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS.

Podrán inscribirse como Representantes de los empleados. quienes se encuentren vinculados a la Entidad como funcionarios de planta que tengan como mlnimo un ( 1) año de vinculación y no tengan sanción disciplinaria vigente: verificación que se hará a través del Grupo de Talento Humano. PARÁGRAFO; Los aspirantes deberán inscribirse utilizando el formato que el Grupo de Talento Humano dispondrá para el efecto y se hará en la Oficina de

hará a través del Grupo de Talento Humano. PARÁGRAFO; Los aspirantes deberán inscribirse utilizando el formato que el Grupo de Talento Humano dispondrá para el efecto y se hará en la Oficina de Bienestar Social de la Superintendencia de Puertos y Transporte. entre los dlas 14 y 18 de febrero del 2011 de 8:00 a.m. a tas 5:00 p.m ARTICULO TERCERO. INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS: La inscripción de tos candidatos a representantes y los respectivos suplentes ante el Comité Parítario de Salud Ocupacional COPASO, se realizara mediante el sistema de lista. Cada lista estará conformada por dos candidatos. en donde uno (1) será quien se postule como representante principal de los empleados y el otro actuará en calidad de suplente nominal ante el Comité Paritario de Salud Ocupacional COPASO de la Superintendencia de Puertos y Transporte. Las personas que se postulen como candidatos a representantes de los Empleados de la Superíntendencla de Puertos y Transporte ante et COPASO. deberán hacerlo bien sea como candidatos principales a representantes o como suplentes del mismo, en una sola Lista y no podrán Integrar diferentes listas.

ARTICULO CUARTO: VOTACIONES. Para efectos de la elección a que se refiere la presente resolución. tendrán derecho a votar. todos los funcionarios de planta de la entidad.

ARTÍCULO QUINTO: LUGAR DE VOTACIÓN. El lugar de votación será ta oncina de Bienestar Social de la Superintendencia de Puertos y Transporte. Et elector antes de depositar su voto, el cual será secreto, deberá identificarse ante los jurados de votación, y firmar et listado correspondiente.

de Bienestar Social de la Superintendencia de Puertos y Transporte. Et elector antes de depositar su voto, el cual será secreto, deberá identificarse ante los jurados de votación, y firmar et listado correspondiente.

ARTICULO SEXTO: COMISIÓN ELECTORAL. Se designa una Comisión Electoral compuesta por los siguientes funclonarros: 1) El Coordinador del Grupo de Talento Humano de la Superintendencia de Puertos y Transporte. quien será el encargado de dirigir todo el proceso electoral, asl como de designar los jurados y preparar las listas del personal apto para votar. 2) El Jefe de la Oficina de Control Interno Oiscrpllnario o su delegado, La Comisión tendrá ta función de vigilar el proceso electoral y resolver las quejas y reclamaciones presentadas en el mismo.

ARTICULO SEPTIMO: DE LOS ESCRUTINIOS. Realizados los escrufinlos.b\ dihgenciada y firmada el acta. por los Jurados de la mesa. será entregada a la ..,, L.. -;·¡ r 1 l • 1 i

1 1 i rRESOLUCION No. 1: fl· "1J 1 7 FEB. 2011 Hoja No 3 de 3 Por la cual se convoca a la elección de dos (2) ropresentantes de los empleados, con sus respectivos suplentes, ante el Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO) y se determina el correspondiente proceso de elección. Oficina de Talento Humano qwen dentro de los dos (2) d las hábiles siguientes, env iará un informe de los resultados de las elecciones al Despacho del Superintendente de Puertos y Transporte. adjuntando además el respectívo proyecto de resolución de integración del Comilé Paritario de Salud Ocupacional

env iará un informe de los resultados de las elecciones al Despacho del Superintendente de Puertos y Transporte. adjuntando además el respectívo proyecto de resolución de integración del Comilé Paritario de Salud Ocupacional

COPASO.

Serán respect1vamenle representantes y suplentes de los empleados ante el COPASO, los miembros pertenecientes a las dos (2) listas que obtengan la mayor votación en la elección. En constancia de lo anterior se levantará el Acta que contendrá et número de votos emitidos a favor de cada lista ARTICULO OCTAVO: Recibido en el Despacho del Superintendente de Puertos y Transporte el informe del resultado de las elecciones, se procederá mediante resoluc ión a la designación de los integrantes del Comtté Paritario de Salud Ocvpacional, el cual estar/1 conformado por dos (2) representantes designados por la administración. con sus respeolívos suplentes y los dos (2) representantes de los empleados y sus suplentes elegidos según el proceso electoral enunciado en esta Resolución.

ARTÍCULO NOVENO: La presente Resolución rige a partir de ta feeha de su expedicl611.

Dada en Bogotá D c.. a ll 7 FEB. ?'111

COMUNIQUESE Y CUMPLASE \ fi.,,...... 7 - -

J GUEL DURAN PRIETO Supermtende to de Puertos y Transporto -- ---- 1 fi ¡ 1 í r i i

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