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SUPERTRANSPORTE - Resolución 2210 de 2013

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 2210 de 2013
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2013

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REPÚBLICA DE COLOMBIA llbttUd y Otd"'

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SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCION No DE ( 00002210) i1 4 MAR. 2013

Por medio de la cual se justifica una contratación directa EL SECRETARIO GENERAL (E) DE LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere la Resolución No. 5731 de fecha 25 de Julio de 2012, y CONSIDERANDO: Que la Superintendencia de Puertos y Transporte es un organismo de naturaleza pública creada por la Ley 1ª, de conformidad con la delegación otorgada por el Presidente de la República, mediante Decreto 101 de 2000, Decreto 1016 de 2000 y Decreto 2741 de 2001, adscrita al Ministerio de Transporte, la cual tiene a su cargo las funciones de inspección, vigilancia y control que le corresponden al Presidente de la República como Suprema Autoridad Administrativa en materia de Tránsito y Transporte y su infraestructura. Que la Coordinación del Grupo Administrativo, ha justificada la necesidad de contratar para la vigencia 2013 el servicio de publicación en el Diario Oficial de los actos administrativos de carácter general que expida la Superintendencia. Que de acuerdo a lo expuesto se elaboraron los estudios y documentos previos respectivos para la contratación que se comenta, según lo selialado en el Articulo 2.1.1 del Decreto 734 de 2012, por parte de la Coordinación del Grupo de Administrativa. Que de acuerdo a los estudios y documentos previos respectivos, se justifico celebrar el contrato

la contratación que se comenta, según lo selialado en el Articulo 2.1.1 del Decreto 734 de 2012, por parte de la Coordinación del Grupo de Administrativa. Que de acuerdo a los estudios y documentos previos respectivos, se justifico celebrar el contrato con la IMPRENTA NACIONAL atendiendo a que " ... Dada la naturaleza pública de esta Superintendencia, se encuentra sometida a los principios de la función administrativa y como consecuencia de ello, en el desarrollo de la misión institucional, debe procurar al máximo la aplicación de los postulados de la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia, cumpliendo a satisfacción la función de vigilancia, inspección y control que se le ha encomendado. La Ley 489 de 1998, en el artículo 119 determina la obligatoriedad de publicar en el Diario Oficial los actos administrativos de carácter general, expedido por todos los órganos, dependencias, entidades u organismos del orden nacional de las distintas Ramas del Poder Público y de los demás órganos de carácter nacional que integran la estructura del Estado. Por lo tanto, con el fin de cumplir la obligación legal de dar publicidad a las diferentes actuaciones administrativas, la Superintendencia de Puertos y Transporte requiere suscribir un contrato interadministrativo con la Imprenta Nacional de Colombia con el fin de que se preste el servicio de publicación en el Diario Oficial de los actos administrativos de carácter general que expida la Superintendencia ... " Que en atención a lo establecido en el numeral 1 del articulo 4 de la ley 109 de 1994, es función de la Imprenta Nacional de Colombia "Dirigir e imprimir el "Diario Oficial" publicando los actos

Que en atención a lo establecido en el numeral 1 del articulo 4 de la ley 109 de 1994, es función de la Imprenta Nacional de Colombia "Dirigir e imprimir el "Diario Oficial" publicando los actos administrativos y los contratos de las entidades estatales de acuerdo con las disposiciones legales vigentes ... "RESOLUCIOt0 QlJ Ü 2 21 0 DE 2012 1 4 MAR 2013 Por medio de la cual se justifica una contratación directa HoiaNo. 2 Que como consecuencia de lo anterior, la presente contratación se adelantará mediante contratación directa conforme a lo establecido en el literal C) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, reglamentado por el numeral 2) del articulo lo 3.4.2.1.1. del Decreto 734 de 2012., en concordancia con el articulo 3.4.1.1 del citado Decreto, guardando en todo caso, los Principios Generales de la Contratación Estatal. Que para el proceso de contratación se cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 16913 del 3 de marzo de 2013. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar y señalar como causal para la celebración del contrato cuyo objeto consiste el servicio de publicación en el Diario Oficial de los actos administrativos de carácter general que expida la Superintendencia. ARTÍCULO SEGUNDO.- Determinado el cumplimiento de lo señalado en el Articulo 3.4.2.1.1 del Decreto 734 de 2012, la contratación objeto del presente acto administrativo reúne además del objeto antes señalado las siguientes características: a) Señalamiento de la Causal que se invoca:

Decreto 734 de 2012, la contratación objeto del presente acto administrativo reúne además del objeto antes señalado las siguientes características: a) Señalamiento de la Causal que se invoca: Se ha determinado en cumplimiento de dispuesto en el literal C) del numeral 4 del articulo 2 de la Ley 1150 de 2007, reglamentado por el numeral 2) del articulo lo 3.4.2.1.1. del Decreto 734 de 2012., en concordancia con el artículo 3.4.1.1 del citado Decreto. b) Presupuesto para la Contratación: Se estableció como presupuesto oficial la suma de QUINCE MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL Y CORRIENTE ($ 15.000.000.oo) incluido los cuales se cancelarán con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 16913 del 3 de marzo de 2013, de acuerdo al presupuesto de la Superintendencia de Puertos y Transporte para la presente vigencia. c) Lugar donde se pueden consultar los estudios y documentos previos El estudio de conveniencia y oportunidad se podrá consultar físicamente en el Despacho de la Secretaria General, ubicada en la Calle 63 No. 9ª-45, piso 3º. ARTICULO TERCERO. Contra el presente acto no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 75º del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011. ARTICULO CUARTO. Ordenar la publicación del presente acto administrativo en el SECOP. ARTICULO QUINTO. Vigencia.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. A DO MARTINEZ BRAVO Secretario General (E) j - • 14 MAR 2013

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