SUPERTRANSPORTE - Resolución 23560 de 2016
Superintendencia de Transporte
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Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Resolución 23560 de 2016
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2016
. ' REPÚBLICA DE COLOMBIA M,;- -;i libertnd y Otden
MI NISTER IO DE TRANSPORTE
SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE
RESOLUCIÓN No. 7 3 5 6 O
) DE 2 3 JUN 2016 23-0b Por la cual se evalúa parcialmente la propuesta presentada por la Unión Temporal KONTROL Y VIGILANCIA, para su homologación como proveedor de los Sistemas de Control y Vigilancia CDA's de conformidad con lo ordenado en la Resolución Número 9304 del 24 de diciembre de 2012 y 13830 de 2014, expedidas por el Superintendente de Puertos y Transporte. EL SUPERINTENDENTE DELEGADO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial los numerales 4, 5 y 14 del Decreto 1016 de 2000, modificado por el artículo 1 O del Decreto 27 41 de 2001, el numeral 2.1 del anexo adoptado mediante la Resolución 13830 del 2014 y. CONSIDERACIONES Que el Artículo 4° del Decreto 1016 de 2000, modificado por el Artículo 6° del Decreto 2741 de 2001 le asigna como funciones a la Superintendencia de Puertos y Transporte, entre otras, las siguientes: .. 4. Inspeccionar, vigilar y controlar el cumplimiento de las normas nacionales de tránsito, y sancionar y aplicar las sanciones correspondientes salvo en materia de tránsito terrestre automotor, aéreo y marítimo·; .. 14. Solicitar a las entidades públicas que conforman el Sistema Nacional de Transporte la información que estime conveniente para evaluar
terrestre automotor, aéreo y marítimo·; .. 14. Solicitar a las entidades públicas que conforman el Sistema Nacional de Transporte la información que estime conveniente para evaluar periódicamente el cumplimiento de las normas de tránsito, transporte e infraestructura·; .. 15. Solicitar documentos e información general, inclusive los libros de comercio, así como practicar las visitas, inspecciones y pruebas que sean necesarias para el cumplimiento del objeto de su delegación y funciones .. , .. 19. Establecer mediante actos de carácter general las metodologías, criterios y demás elementos o instrumentos técnicos específicos necesarios para el cumplimiento de sus funciones dentro del marco que éstas establecen··. Que el Código Nacional de Tránsito en el Parágrafo 3 del Artículo 3, modificado por el Artículo 2 de la Ley 1383 de 201 O, establece que .. Las autoridades, los organismos de tránsito, las entidades públicas o privadas que constituyan organismos de apoyo, serán vigiladas y controladas por la Superintendencia de Puertos y Transporte .. ; estableciendo también el Parágrafo 1 de la misma disposición que ·Las entidades públicas o privadas a las que mediante delegación o convenio les sean asignadas determinadas funciones de tránsito, constituirán organismos de apoyo a las autoridades de tránsito.·· Que el Parágrafo 1 del Artículo 44 del Decreto 101 de 2000, establece que •• Sin perjuicio de la conformación de sus propios sistemas de información, la Supertransporte utilizará los registros y demás bases de datos que estén a cargo del Ministerio del Transporte y las demás entidades del sector:· Que la función de vigilancia, inspección y control tiene por objeto establecer .orden en las
conformación de sus propios sistemas de información, la Supertransporte utilizará los registros y demás bases de datos que estén a cargo del Ministerio del Transporte y las demás entidades del sector:· Que la función de vigilancia, inspección y control tiene por objeto establecer .orden en las actividades que se desarrollan en el sector del transporte, incluidas las actividades de apoyo al tránsito y el mejoramiento de la vigilancia y el control, a través de mecanismos sistematizados de autorizados para el desarrollo de tales actividades. I ,RESOLUCIÓN No. 1 3 5 o O DE 2 3 JUrfi 2016 Hoja No. . ' 2 "Por la cual se evalúa la propuesta presentada por la UNIÓN TEMPORAL KONTROL Y VIGILANCIA, para su homologación como proveedor de los Sistemas de Control y Vigilancia COA ·s de conformidad con lo ordenado en la Resolución Número 9304 del '24 de diciembre de 2012 y 13830 de 2014, expedidas por el Superintendente de Puertos y Transporte". Que el Superintendente de Puertos y Transporte, expidió las Resoluciones 9304 del 24 de diciembre de 2012, "Por la cual se reglamentan las características técnicas de los sistemas de seguridad documental, garantizando la legitimidad de los certificados y la protección al usuario de la falsificación" y 13830 de 2014, "Por la cual se expide el anexo técnico para la implementación de los Sistemas de Control y Vigilancia ordenado a través de la por la Resolución Número 9304 del 24 de diciembre de 2012". Que la Resolución 13830 de 2014, determinó los requisitos y condiciones necesarias para que los interesados en ofrecer los servicios como proveedor del sistema de control y vigilancia para
Resolución Número 9304 del 24 de diciembre de 2012". Que la Resolución 13830 de 2014, determinó los requisitos y condiciones necesarias para que los interesados en ofrecer los servicios como proveedor del sistema de control y vigilancia para los Centros de Diagnóstico Automotor, presenten la correspondiente propuesta, junto con los respectivos soportes ante el Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Automotor, entre los que se encuentran: requisitos de infraestructura tecnológica y de comunicaciones, condiciones jurídicas, administrativas, financieras y técnicas, cuya evaluación exige la revisión de la documentación presentada y la verificación in situ de las condiciones de carácter técnico y tecnológico, de los equipos y de los sistemas propuestos, con sus correspondientes funcionalidades. Que teniendo en cuenta lo anterior, la evaluación de las propuestas debe realizarse en dos momentos, el primero consiste en la revisión de la documentación presentada, en el que se revisarán aspectos de carácter jurídico, administrativo y financiero; la segunda revisión consistirá en la verificación de los aspectos de carácter técnico de las propuestas que cumplan la primera evaluación. Que el artículo 29 de la Carta Política, dispone que el debido proceso debe observarse en toda clase de actuaciones judiciales y administrativas, es decir que obliga no solamente a los jueces sino también a los organismos y dependencias de la administración pública. Que el debido proceso administrativo consiste en que los actos y actuaciones de las autoridades administrativas deben ajustarse no sólo al ordenamiento jurídico, sino a los preceptos constitucionales y que los funcionarios deben ejercer sus competencias con sujeción al principio de legalidad, a fin de que los derechos e intereses de los administrados conforme a
autoridades administrativas deben ajustarse no sólo al ordenamiento jurídico, sino a los preceptos constitucionales y que los funcionarios deben ejercer sus competencias con sujeción al principio de legalidad, a fin de que los derechos e intereses de los administrados conforme a los mandatos constitucionales, legales o reglamentarios vigentes, al momento de su presentación (Sentencia T 1341 del 11 de Diciembre de 2001, M.P. Álvaro Tafur Galvis). Que por lo anterior, la evaluación que se plasma en el presente acto administrativo, consideró las circunstancias de orden fáctico y legal al momento de la radicación de la solicitud. En consecuencia, los requisitos financieros, como aquellos documentos sujetos a un término o condición de vigencia y era cumplida al momento de la radicación, deben acogerse como una condición cumplida, sin perjuicio su actualización. Que los requisitos de carácter financiero contenidos en la Resolución No. 13830 de 2014, son inmodificables e incorregibles, ya que representan el estado financiero de la sociedad al momento de la radicación reflejando la capacidad financiera del interesado para la prestación del servicio. En tal sentido, si el interesado no cumple con los requisitos de orden financiero, no es procedente continuar con el proceso de evaluación, ni requerir la presentación de documentos adicionales. Que el artículo 17 de la Ley 1437 de 2011, sustituido por el artículo 17 de la Ley 1755 de 2015, establece que en virtud del principio de eficacia, cuando la autoridad constate que una petición ya radicada está incompleta y que la actuación pueda continuar sin oponerse a la ley, requerirá al peticionario para que la complete en el término máximo de un (1) mes y que se entenderá
ya radicada está incompleta y que la actuación pueda continuar sin oponerse a la ley, requerirá al peticionario para que la complete en el término máximo de un (1) mes y que se entenderá que el peticionario ha desistido de su solicitud o de la actuación, cuando no satisfaga el requerimiento, en tal caso, la autoridad decretará el desistimiento y el archivo del expediente. Que el representante legal de la Unión Temporal Kontrol y Vigilancia, presentó propuesta para proveer los Sistemas de Control y Vigilancia de los Centros de Diagnóstico Automotor, oferta radicada con número de radicado 2015-560-081461-2 de 11 de noviembre de 2015.RFSOLUCIÓN No. Hoja No. 3 "Por la cual se evalúa la propuesta presentada por la UNIÓN TEMPORAL KONTROL Y VIGILANCIA, para su homologación como proveedor de los Sistemas de Control y Vigilancia COA ·s de conformidad con lo ordenado en la Resolución Número 9304 del 24 de diciembre de 2012 y 13830 de 2014, expedidas por el Superintendente de Puertos y Transporte". Que una vez revisado documentalmente la propuesta presenta, mediante oficio No. 20168000168261 de fecha de 14 de marzo de 2016, se requirió a la Unión Temporal Kontrol y Vigilancia, para que en el término de un mes, contados a partir del día siguiente de recibido el requerimiento, subsanará o adicionara los documentos faltantes para realizar la evaluación de la propuesta. Que mediante el radicado No. 2016-560-026556-2 de 18 de abril de 2016, la Unión Temporal Kontrol y Vigilancia, presentó subsanación a la propuesta para homologarse como proveedor
la propuesta. Que mediante el radicado No. 2016-560-026556-2 de 18 de abril de 2016, la Unión Temporal Kontrol y Vigilancia, presentó subsanación a la propuesta para homologarse como proveedor del sistema de control y vigilancia para los centros de diagnóstico automotor. Que el siguiente es el resumen de dicha verificación y evaluación: REQUISITO CUMPLIMIENTO SOCIEDAD EVALUADA Unión TemQoral Kontrol Y. Vigilancia, conformada por:
- HEISON BUSINESS TECHNOLOGY S.A., con Nit. 800.046.226-8 - TERASYS S.A., con Nit, 900.104.327-5 - IP TECHNOLOGIES S.A.S, con Nit. 900245045-8
- FUNDACIÓN CENTRO PARA EL DESARROLLO
TECNOLÓGICO DEL COMERCIO, TURISMO y
SERVICIOS - FUNDECOMERCIO, con Nit.
800.009.130-2 TITULO II REQUISITOS DOCUMENTALES 2.1. Carta de Interés y Radicación de Requisitos Presenta Carta de Interés, allegada mediante radicado Documentales. 2015-560-081461-2 de 11 de noviembre de 2015 2.1.2 Modelo carta de interés y Radicación y requisitos Documentales, La carta de interés y radicación de CONCLUSIÓN: CUMPLE requisitos documentales. Permitirá iniciar el proceso de validación de los requisitos para homologarse como proveedor de los Sistemas de Control y Vigilancia en los Centros de DiaQnóstico Automotor (CDAs). 2.1.1 y 2.1.2. Especificaciones de la entrega del Folio 3. Carta de presentación, presentó acorde con las documento, según el modelo preestablecido especificaciones.
Centros de DiaQnóstico Automotor (CDAs). 2.1.1 y 2.1.2. Especificaciones de la entrega del Folio 3. Carta de presentación, presentó acorde con las documento, según el modelo preestablecido especificaciones. -Debe imprimirse en tamaño carta. En 2 Tomos (originales) de 677 folios; - Debe ir en papel membrete de la compañía. 1 CDs, con 4.356 Kbytes - Indicar el nombre y apellidos del Superintendente Delegado. CONCLUSIÓN: CUMPLE - Indicar la razón social empresa, consorcio o unión temporal. -Número del NIT. -Número de folios entregados en el medio físico. 2.2. Requisitos del Aspirante Una vez revisado el sistema de documentación de la 2.2.1. Instrucciones de la presentación del documento Superintendencia, la carta de interés y sus anexos, se con los requisitos del aspirante: presentaron acorde con las especificaciones de a. Técnica de Empaste Unibind presentación. b. Color de las tapas: transparente c. Foliación: Lugar Visible Folio 1. Portada. d. Idioma: Español e. Papel. Tamaño Carta 8.1 /2"11 CONCLUSIÓN: CUMPLE. 2.2.2.1 y 2.2.2.2: Especificaciones de la entrega del documento. - La portada debe colocarse al inicio del documento - Su número de folio debe ser 1 2.2.3.- 2.2.3.1.- 2.2.3.2 Indice General y Folio 19. Presentó las especificaciones del índice Especificaciones de la Entrega.- general conforme las condiciones de la Resolución 13830 de 2014.
CONCLUSIÓN: CUMPLE.
Especificaciones de la Entrega.- general conforme las condiciones de la Resolución 13830 de 2014.
CONCLUSIÓN: CUMPLE. 2.3. LISTA DE REQUISITOS JURIDICOS Folio 20 y 21. Portada "Requerimientos jurídicos".
Obligarse a cumplir el objeto del proceso; no estar Folio 22. Heison Bussiness Technology_ S.A.: incursa en inhabilidades o incompatibilidades que - Folio 23 al 29. Copia de la Certificado de existencia y impidan el ejercicio de las actividades involucradas en el representación legal, expedido por la cámara Y. proceso. comercio, expedido el 1 O de octubre de 2015, la 2.3.1. Certificado de Cámara de Comercio. presentación de la carta de interés es de 11 de 2.3.1.1 Especificaciones del Documento: noviembre de 2015.RESOLUCIÓN No. 2 3 5 b 0 DE 2 3 JUN 2016 Hoja No. 4 "Por la cual se evalúa la propuesta presentada por la UNIÓN TEMPORAL KONTROL Y VIGILANCIA, para su homologación como proveedor de los Sistemas de Control y Vigilancia COA ·s de conformidad con lo ordenado en la Resolución Número 9304 del 24 de diciembre de 2012 y 13830 de 2014, expedidas por el Superintendente de Puertos y Transporte". -Se debe presentar en original. - Su expedición debe ser igual o inferior a 30 dias - Folio 30. Terasys S.A. calendario al de la fecha de radicación. Folio 31 al 34. Copia de certificado de experiencia y representación legal, expedido por Cámara de Comercio el 30 de octubre de 2015, la presentación de la carta de
calendario al de la fecha de radicación. Folio 31 al 34. Copia de certificado de experiencia y representación legal, expedido por Cámara de Comercio el 30 de octubre de 2015, la presentación de la carta de interés es de 11 de noviembre de 2015. - Folio 35. Fundecomercio. Folio 36 al 37. Copia de certificado de experiencia y representación legal, expedido por Cámara de Comercio el 29 de septiembre de 2015, la presentación de la carta de interés es de 29 de septiembre de 2015, tiene 12 días de vencimiento. Folio 38, IP Technologies SAS. Folio 39 al 41, Copia de la Certificado de existencia y representación legal, expedido el 7 de octubre de 2015, la presentación de la carta de interés es de 11 de noviembre de 2015. Se requirió a la Unión Temporal, para que allegara Copia actualizada de la Certificado de existencia y representación legal de la empresa de Fundacomercio, en oficio 20165600265562 de 18 de abril de 2016, la unión temporal aportó: Folio 2 al 7. Copia certificado de cámara de comercio expido el día 22 de marzo de 2016, actualizado para la fecha de presentación de la subsanación.
EN CONCLUSIÓN: CUMPLE 2.3.2. y 2.3.2.1 Registro Único Tributario y Folio 42. Portada.
Especificaciones de la entrega del documento. El aspirante debe presentar dentro de su propuesta fotocopia legible del Registro Único Tributario (RUT) expedido por la DIAN. La información contentiva en el RUT deberá encontrarse actualizada.
Especificaciones de la entrega del documento. El aspirante debe presentar dentro de su propuesta fotocopia legible del Registro Único Tributario (RUT) expedido por la DIAN. La información contentiva en el RUT deberá encontrarse actualizada. Heison Bussiness Technology S.A. Folio 44. Copia de RUT. (CIIU 6201, 6202)
TERASYS S.A.
Folio 46. Copia R.U.T. {CIIU 6202) - Deben estar presentes los códigos CIIU de la FUNDECOMERCIO actividad económica, con la versión vigente. Las Folio 48. Copia R.U.T. (CIIU 6201) siguientes son las actividades económicas -6201: Actividades de Desarrollo de sistemas informáticos, consultoría informática y actividades relacionadas, Esta clase comprende el análisis, el diseño, la escritura, pruebas, modificación y suministro de asistencia en relación con programas informáticos y actividades conexas relacionadas. - 6202: Actividades de consultoría informática y actividades de administración de instalaciones informáticas y actividades conexas relacionadas. -6311: Procesamiento de datos, alojamiento (hosting) y actividades relacionadas. Esta clase incluye el suministro de infraestructura para servicios de hosting, servicios de procesamiento de datos y actividades conexas relacionadas. 2.3.3. Copia Documento de identidad del Representante Legal.
IP TECHNOLOGIES S.A.S.
Folio 50. Copia R.U.T. (CIIU 6202)
CONCLUSIÓN: CUMPLE Folio 52 portada.
Folio 53. Cédula de Ciudadanía del representante legal de la empresa Heinsohn Business Technology S.A.
Folio 50. Copia R.U.T. (CIIU 6202)
CONCLUSIÓN: CUMPLE Folio 52 portada.
Folio 53. Cédula de Ciudadanía del representante legal de la empresa Heinsohn Business Technology S.A. Folio 55. Cédula de Ciudadanía del representante legal de la empresa Terasys S.A. Folio 57. Cédula de Ciudadanía del representante legal de Fundecomercio. Folio 59. Cédula de Ciudadanía del representante legal de IP Technologies S.A.SR,ESOLUCIÓN No. 7 3 5 t. 0 DE 2 3 JUN 2016 Hoja No. 5 "Por la cual se evalúa la propuesta presentada por la UNIÓN TEMPORAL KONTROL Y VIGILANCIA, para su homologación como proveedor de los Sistemas de Control y Vigilancia COA ·s de conformidad con lo ordenado en la Resolución Número 9304 del 24 de diciembre de 2012 y 13830 de 2014, expedidas por el Superintendente de Puertos y Transporte". 2.3.4 y 2.3.4.1. Certificado de Pago Aportes Parafiscales y Especificaciones de la entrega del documento. Toda empresa o unidad productiva que tenga trabajadores vinculados mediante Contrato de trabajo debe hacer un aporte equivalente al 9% de su Nómina por concepto de los llamados aportes parafiscales, los cuales se distribuirán de la siguiente forma: 4% para el subsidio familiar (Cajas de Compensación Familiar), 3% para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y 2% para el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), o la normatividad vigente. -Certificado emitido por revisor fiscal o representante
para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y 2% para el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), o la normatividad vigente. -Certificado emitido por revisor fiscal o representante legal según corresponda, basado en el tipo de persona. - Su expedición debe ser igual o inferior a 30 dias calendario al de la fecha de radicación. - En caso de ser un revisor fiscal el obligado a emitir el certificado deberá anexar fotocopia de la cédula de ciudadanía, fotocopia de la tarjeta profesional y antecedentes disciplinarios de la Junta Nacional de Contadores.
CONCLUSIÓN: CUMPLE
Folio 60. Portada. Folio 19. Certificación de aportes parafiscales de la empresa Heinsohn Business Technology S.A., expedida el 6 de octubre de 2015, por el revisor fiscal ZULMAN
SANCHEZ REINA.
Folio 63. Fotocopia del documento de identidad del revisor fiscal. Folio 64. Fotocopia de la matrícula profesional del revisor fiscal. Folio 65. Certificado de antecedentes disciplinario del revisor fiscal, expedido por la Junta Central de Contadores el día 10 de septiembre de 2015 .. Folio 68. Portada Folio 68. Certificación de aportes parafiscales de la empresa T erasys S.A., expedida el 2 de noviembre de 2015, por el revisor fiscal TITO MANUEL FRANCO
AGOSTA.
Folio 68.Fotocopia del documento de identidad del revisor fiscal. Folio 69. Fotocopia de la matrícula profesional del revisor fiscal. Folio 70. Certificado de antecedentes disciplinario del revisor fiscal, expedido por la Junta Central de
revisor fiscal. Folio 69. Fotocopia de la matrícula profesional del revisor fiscal. Folio 70. Certificado de antecedentes disciplinario del revisor fiscal, expedido por la Junta Central de Contadores el dia 25 de septiembre de 2015. Folio 71. Portada Folio 72. Certificación de aportes parafiscales de la empresa Terasys S.A., expedida el 2 de octubre de 2015, por el revisor fiscal ARNULFO BOCACHICA RICO Folio 73. Fotocopia del documento de identidad del revisor fiscal. Folio 74. Fotocopia de la matricula profesional del revisor fiscal. Folio 75. Certificado de antecedentes disciplinario del revisor fiscal, expedido por la Junta Central de Contadores el día 30 de septiembre de 2015. Folio 76. Portada Folio 77. Certificación de aportes parafiscales de la empresa IP Technologies S.A.S., expedida el 27 de octubre de 2015, por el revisor fiscal ANGELA MARIA
LUNA MORENO.
Folio 78. Fotocopia del documento de identidad del revisor fiscal. Folio 79. Fotocopia de la matricula profesional del revisor fiscal. Folio 80. Certificado de antecedentes disciplinario del revisor fiscal, expedido por la Junta Central de Contadores el dia 18 de agosto de 2015.
CONCLUSIÓN: CUMPLE 2.3.5.y 2.3.5.1.Certificación de Composición de Socios Folio 81. Portada. o Accionistas, Especificaciones de Entrega del Documento: Folio 83. El Revisor Fiscal ZULMAN SANCHEZ REINA -Certificado emitido por revisor fiscal o representante
o Accionistas, Especificaciones de Entrega del Documento: Folio 83. El Revisor Fiscal ZULMAN SANCHEZ REINA -Certificado emitido por revisor fiscal o representante legal según corresponda, basado en el tipo de persona. - Su expedición debe ser igual o inferior a 30 dias calendario al de la fecha de radicación. - En caso de ser un revisor fiscal el obligado a emitir el certificado deberá anexar fotocopia de la cédula de ciudadanía, fotocopia de la tarjeta profesional y antece9entes disciplinarios de la Junta Nacional de Contadores. - El certificado de composición de socios o accionistas deberá ser emitido por el Revisor Fiscal de la empresa o consorcio. - El certificado deberá ser autenticado con firma y huella de la empresa Heisohn Business Technology S.A., certificó el día 25 de octubre de 2015, la composición accionaria. Folio 84 .. El Revisor Fiscal TITO MANUEL FRANCO AGOSTA de la empresa Terasys S.A., certificó el dia 25 de octubre de 2015, la composición accionaria. Folio 85. El revisor fiscal ARNULFO BOCACHICA RICO de la Fundación Centro para el desarrollo Tecnológico del Comercio, turismo y serviciosFundecomercio-. Documento, certificó el día 23 de octubre de 2015, que la entidad es sin ánimo de lucro. Folio 89. El Revisor Fiscal ANGELA MARIA LUNA MORENO de la empresa IP Techologies S.A.S, certificó el día 27 de octubre de 2015, la composición accionaria, documento que esta presentado y reconocido por la notaria 60 del Círculo de Bogotá.
MORENO de la empresa IP Techologies S.A.S, certificó el día 27 de octubre de 2015, la composición accionaria, documento que esta presentado y reconocido por la notaria 60 del Círculo de Bogotá. Aoortar. Comoosición accionaria de la emoresa MarinnoRESOLUCIÓN No. 7 3 5 b 0 DE 2 3 JUN 2016 Hoja No. 6 "Por la cual se evalúa la propuesta presentada por la UNIÓN TEMPORAL KONTROL Y VIGILANCIA, para su homologación como proveedor de los Sistemas de Control y Vigilancia COA ·s de conformidad con lo ordenado en la Resolución Número 9304 del 24 de diciembre de 2012 y 13830 de 2014, expedidas por el Superintendente de Puertos y Transporte". 2.4. Requerimientos administrativos. 2.4.1. Experiencia de la Compañía. La experiencia es el conocimiento del aspirante derivado de su participación previa en actividades iguales o similares a las previstas en el objeto del contrato. Los aspirantes deben presentar los contratos que hayan celebrado para prestar los bienes y servicios que pretenden ofrecer y esta puede ser experiencia adquirida de forma directa o a través de la participación del aspirante en consorcios o uniones temporales. Esta experiencia se obtiene con contratantes pública, privada, nacional o extranjera. a) Cuantía total de la experiencia requerida: la cuantía de la experiencia será la sumatoria total (de los tres grupos de actividades) de ser igual o superior a 6.494 SMMLV b) Número de contratos a certificar: Los aspirantes deberán acreditar experiencia mediante certificación firmada por los contratantes en mínimo una (1), máximo
grupos de actividades) de ser igual o superior a 6.494 SMMLV b) Número de contratos a certificar: Los aspirantes deberán acreditar experiencia mediante certificación firmada por los contratantes en mínimo una (1), máximo dos (2) certificaciones por cada grupo de actividades; c) Antigüedad en celebración de contratos: Las certificaciones de los contratos de experiencia deberán tener una antigüedad máxima de cinco (5) años contada a partir de la fecha de terminación a satisfacción de cada contrato y hasta la fecha de radicación de la carta de interés y de los requisitos documentales; d) Acreditación de la experiencia: Los aspirantes deberán acreditar experiencia en cada uno de los grupos de actividades requeridos descritos en el literal "f)" de este numeral, ninguno podrá tener menos del (25%) del total de la experiencia equivalente a 1624 smmlv (salarios mínimos mensuales legales vigentes). e) Cumplimiento de contratos: Aquellas certificaciones de experiencia que califiquen el cumplimiento del contrato como "malo", "regular", o expresiones similares que demuestren el cumplimiento no satisfactorio del mismo o que indiquen que durante su ejecución fueron sujetas a multas o sanciones debidamente impuestas por la administración o que a las mismas se les haya hecho efectiva la cláusula penal estipuladas en los & Asosicados S.A.S, que tiene el 5% de la participación. Aportar la composición accionaria de su empresa conforme al numeral 2.3.5 de la Resolución 13830 de 2014. El documento que contiene la composición accionaria de Heisohn Business Technology S.A. y Fundecomercio, no se encuentra el reconocimiento de texto, solo de firma y huella, pero no de texto.
2014. El documento que contiene la composición accionaria de Heisohn Business Technology S.A. y Fundecomercio, no se encuentra el reconocimiento de texto, solo de firma y huella, pero no de texto. En oficio 20165600265562 de 18 de abril de 2016. la unión temporal presento subsanación de los documentos de la propuesta: Folio 9. Composición accionaria de Heisohn Business Technology, en el que registra el 5% de participación de Marinno y Asociados S.A.S. Folio 11. Composición accionaria de Marinno y Asociados S.A.S. Folio 12 Composición accionaria de Fundacomercio. En conclusión. CUMPLE Folio 91. Portada. Actividades por Grupo. 1. seguridad de la información. Folio 93 al 96 del grupo 1 (1) contrato: Folio 92. Formato de certificación de experiencia exigible al aspirante.
Folio 95. CONTRATO ENTRE TERASYS S.A. y la
COMPAÑIA DE MEDICINA PRE PAGADA
COLSANITAS.
Objeto: Arrendamiento operativo y suministro de infraestructura en un centro alterno, con el fin de brindar respaldo a sus equipos de producción y seguridad en la información alojada.
Valor del contrato. $ 2.038.568.634 Fecha de inicio. 29 de mayo de 2012. Fecha de terminación. Agosto de 2018
2. Desarrollo de Video.
Folio 97 al 102 del grupo 2 (1) contratos: Folio 97. Formato de certificación de experiencia exigible al aspirante.
Folio 37. CONTRATO ENTRE IP TECHNOLOGIES SAS
Y ALCALDIA MUNICIPIO DE SOACHA
Folio 97 al 102 del grupo 2 (1) contratos: Folio 97. Formato de certificación de experiencia exigible al aspirante. Folio 37. CONTRATO ENTRE IP TECHNOLOGIES SAS Y ALCALDIA MUNICIPIO DE SOACHA Objeto. Contratar los servicios de administración, mantenimiento y mejoramiento de los sistemas de información, matricula en LineaSigma y Gestión académica tecnológicas de propiedad de· Ia Secretaría de Educación y cultura, conectividad para los IEO y optimización de la seguridad para datos. Valor del contrato. $ 2.831.302.491 Fecha de inicio. agosto de 2014 Fecha de terminación. 7 de mayo 2015. Cuantía de experiencia. 1.579 SMML VfiESOLUCIÓN No. 7 3 5 e O DE 2 3 .JUN 2016 Hoja No. 7 , "Por la cual se evalúa la propuesta presentada por la UNIÓN TEMPORAL KONTROL Y VIGILANCIA, para su homologación como proveedor de los Sistemas de Control y Vigilancia COA ·s de conformidad con lo ordenado en la Resolución Número 9304 del 24 de diciembre de 2012 y 13830 de 2014, expedidas por el Superintendente de Puertos y Transporte". contratos, no se aceptarán por el ente evaluador; Folio 100 a la 102. Certificado de experiencia, expedido el 25 de septiembre de 2015, por el secretario de f) Actividades por grupo requeridas: A continuación se Educación y Cultura del Municipio de Soacha describen las actividades por grupo a tener en cuenta para acreditar la experiencia de la compañía. se tendrá 3. Desarrollo de software. en cuenta que esta se encuentre en los siguientes
describen las actividades por grupo a tener en cuenta para acreditar la experiencia de la compañía. se tendrá 3. Desarrollo de software. en cuenta que esta se encuentre en los siguientes grupos: Folio 104 y 108 del grupo 3 (2) contratos: - Seguridad de la Información: Protección de datos y/o CONTRATO SUSCRITO ENTRE HEISOHN BUSINESS cifrado de información y/o auditoría de bases de datos TECHNOLOGY S.A Y ASOFONDOS y/o correlación de eventos. Folio 104. Formato de certificación de experiencia exigible al aspirante. - Sistemas de video: Suministro, implementación y mantenimiento de soluciones de video, centros de Objeto. Contrato de servicios profesionales para el monitoreo de video y/o sistemas de circuitos cerrados desarrollo, mantenimiento y mejoramiento. de televisión (CCTV) con analitica de video. Valor del contrato. 8.610.868.031. - Desa·rrollo de Software: Desarrollo y/o implantación de software, Desarrollo e implantación de software. Fecha de inicio. 21 de Mayo de 2012. Fecha de terminación. 20 de Mayo de 2015 El aspirante acreditará la experiencia requerida para este proceso de evaluación a través de los si
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