SUPERTRANSPORTE - Resolución 292 de 2011
Superintendencia de Transporte
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Resolución 292 de 2011
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2011
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MI NISTERIO DE TRANSPORTE
SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCION No UOU292 DE O 3 MAR. 2011 l Por medio de la cual se justifica una contratación directa LA SECRETARIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere la Resolución No. 024535 de noviembre 29 de 2010, y CONSIDERANDO: Que la Supertransporte es un organismo de naturaleza pública creada por la Ley 1ª de 1991, de conformidad con la delegación otorgada por el Presidente de la República, mediante Decreto 101 de 2000, Decreto 1016 de 2000 y Decreto 2741 de 2001, adscrita al Ministerio de Transporte, la cual tiene a su cargo las funciones de inspección, vigilancia y control que le corresponden al Presidente de la República como Suprema Autoridad Administrativa en materia de Tránsito y Transporte y su infraestructura. Que se hace necesario contratar a UN (1) INGENIERO INDUSTRIAL ESPECIALIZADO EN
EVALUACIÓN DE PROYECTOS, MAGÍSTER EN POLÍTICA PUBLICA CON EXPERIENCIA
EN SISTEMAS DE INVERSIONES Y FINANZAS PÚBLICAS, PLANIFICACIÓN DE
PROYECTOS, CONSTRUCCIÓN DE INDICADORES, FORMULACIÓN Y SEGUIMIENTO DE PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS EN ENTIDADES PÚBLICAS, para desarrollar el siguiente objeto contractual: La prestación del servicio profesional para apoyar en temas relacionados con la estructuración de proyectos, construcción de indicadores de gestión, producto y resultados de los proyectos de inversión de la entidad, en el ajuste y seguimiento a la
siguiente objeto contractual: La prestación del servicio profesional para apoyar en temas relacionados con la estructuración de proyectos, construcción de indicadores de gestión, producto y resultados de los proyectos de inversión de la entidad, en el ajuste y seguimiento a la ejecución del Plan Indicativo y planes de acción de las dependencias de la Superintendencia de Puertos y Transporte de la vigencia 2010 y la formulación de los planes vigencia 2011 y 20102014, incluyendo el diseño y medición de indicadores. Asl mismo, en la implementación del Sistema Integrado de Gestión Institucional. Que se elaboraron los estudios y documentos previos respectivos para la contratación que se comenta por parte del a Oficina Asesora de Planeación, según lo señalado en el articulo 3 del decreto 2474 de 2008. Que se cuenta con los recursos necesarios para cubrir las contrataciones conforme al certificado de disponibilidad presupuesta! No 9611 del 16 de febrero de 2011, con cargo al presupuesto de la Superintendencia de Puertos y Transporte vigencia 2011. Que en atención al objeto de la contratación se adelantará un contrato de prestación de servicios conforme al artículo 1 del Decreto 4266 de noviembre 12 de 2010, modificatorio del articulo 82 del Decreto 2474 de 2008 el presente contrato se puede celebrar directamente. Que la señora JHON MIL TON ASPRILLA ECHEVERRIA, cumple con los requisitos requeridos en los estudios y documentos previos. Que conforme al artículo 77 del decreto 2474 de 2008 y providencia del Consejo de Estado del 06 de Agosto de 2009, M.P. Ramiro Saavedra Becerra, Expediente No, 37.044 se hacq,,. necesario justificar la contratación directa que se invoca. O 1.1
06 de Agosto de 2009, M.P. Ramiro Saavedra Becerra, Expediente No, 37.044 se hacq,,. necesario justificar la contratación directa que se invoca. O 1.1 Llbetl.ad y OtdonRESOLUCION No. Ü O U 2 9 2 DE HoiaNo. 2 Por medio de la cual se justifica una contratación directa. Que en mérito de lo expuesto la Secretaria General: RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar y señalar como causal para la celebración de esta modalidad de contratación directa con JHON MIL TON ASPRILLA ECHEVERRIA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 72.256.560 de Barranquilla, para que preste sus servicios profesionales como UN (1) INGENIERO INDUSTRIAL ESPECIALIZADO EN EVALUACIÓN DE PROYECTOS, MAGÍSTER EN POLITICA PUBLICA CON EXPERIENCIA EN SISTEMAS DE INVERSIONES Y FINANZAS PÚBLICAS, PLANIFICACIÓN DE PROYECTOS, CONSTRUCCIÓN DE INDICADORES, FORMULACIÓN Y SEGUIMIENTO DE PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS EN ENTIDADES PÚBLICAS, apoyando a la Oficina Asesora de Planeación, en los temas de su competencia de acuerdo a las actividades que le sean asignadas confonme a su perfil profesional. ARTICULO SEGUNDO.- Determinar el cumplimiento de lo señalado en el artículo 77 del Decreto 2474 de 2008, la contratación objeto del presente acto administrativo reúne además del objeto antes señalado las siguientes características: a) Señalamiento de la Causal que se invoca: Se ha determinado en cumplimiento de lo dispuesto en el literal h, numeral 4 del artículo 2 de la
antes señalado las siguientes características: a) Señalamiento de la Causal que se invoca: Se ha determinado en cumplimiento de lo dispuesto en el literal h, numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el artículo 1 del Decreto 4266 de noviembre 12 de 2010, modificatorio del artículo 82 del Decreto 2474 de 2008, la modalidad de contratación directa. b) Presupuesto para la Contratación: Se estableció como presupuesto oficial la suma de CINCUENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS ($54.000.000) MICTE. conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 9611 del 16 de febrero de 2011, con cargo al presupuesto de la Entidad. Se exigirá al contratista que demuestre los requisitos de idoneidad y experiencia directamente relacionados con el objeto de la presente contratación de acuerdo con los estudios y documentos previos de febrero de 2011. c) Lugar donde se pueden consultar los estudios y documentos previos El estudio de conveniencia y oportunidad se podrá consultar físicamente en la Oficina de la Coordinación Administrativa de la Secretaria General, ubicada en la Calle 13 No. 18-24, Estación de la Sabana, tercer piso, edificio número 1. ARTICULO TERCERO. Ordenar al Coordinador del Grupo de Notificaciones disponer lo necesario para que se publique el presente acto administrativo en la página web de la entidad, lo cual deberá hacerse a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su expedición. ARTICULO CUARTO. Vigencia.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, o.e, a los O 3 MAR. ?íl11 '"•fi17 ASE.
su expedición. ARTICULO CUARTO. Vigencia.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, o.e, a los O 3 MAR. ?íl11 '"•fi17 ASE. 1( VIVIAN CE• fiUERTA GUERRA Secretari • G· neral
Proyectó: Alejandra Tovar Góme-f!. ,
11